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NORMAS Y PROCEDIMIENTOS PARA LA REALIZACIÓN DE CURSOS DE EDUCACIÓN CONTINUA Y DIPLOMADOS DE LA FACULTAD DE MEDICINA ALBERTO HURTADO (Aprobado en Consejo de Facultad de..)

NORMAS Y PROCEDIMIENTOS PARA LA REALIZACIÓN DE CURSOS DE EDUCACIÓN CONTINUA Y DIPLOMADOS DE LA FACULTAD DE MEDICINA ALBERTO HURTADO 1. GENERALIDADES 2. DE LA ORGANIZACIÓN DE LOS CURSOS Y DIPLOMADOS 3. DE LA EJECUCIÓN DE LOS CURSOS Y DIPLOMADOS 4. DE LA EXPEDICIÓN DE DOCUMENTOS DE EDUCACIÓN CONTINUA 5. PRESENTACION DEL INFORME FINAL 6. DISPOSICIONES TRANSITOR IAS

1. GENERALIDADES 1.1 Las normas y procedimientos contenidos en el presente documento tienen como objetivo establecer los lineamientos generales para los cursos de Educación Continua y Diplomados organizados en la Facultad de Medicina Alberto Hurtado de la Universidad Peruana Cayetano Heredia. 1.2 La Educación Continua de la Facultad de Medicina Alberto Hurtado es una actividad educativa distinta al sistema educativo formal, dirigida a profesionales y público en general con el propósito de actualizar sus conocimientos prioritariamente en el campo de la medicina y las carreras de tecnología médica. Esta se impartirá en forma de diplomados, seminarios, talleres, cursos y conferencias, pasantías y otros actos académicos diferentes a los realizados en el bachillerato, la licenciatura, las especialidades, las maestrías y los doctorados, estudios que no pertenecen a los propósitos de la Educación Continua. 1. 3 Los actos académicos contemplados en la educación continua de la Facultad de Medicina son: a. Diplomado. Promueve la actualización y profundización de los conocimientos, así como el desarrollo y fortalecimiento de habilidades y destrezas en un área específica. Los contenidos y estrategias de enseñanza aprendizaje se organizan y estructuran por medio de módulos secuenciados lógicamente, con rigor académico y metodológico. Deberá contar con un mínimo 24 horas crédito y un máximo de 32. Los diplomados que se imparten en la Facultad de Medicina podrán ser de actualización profesional y de extensión. Se entiende por diplomado de actualización profesional aquel que tiene como propósito el desarrollo y perfeccionamiento de competencias, profundización de conocimientos existentes o de nuevos campos del saber científico y tecnológico, se dirige específicamente a profesionales. Se entiende por diplomado de extensión aquel cuyo propósito esencial es actualizar y ampliar el conocimiento del público en general. b. Curso. Promueve la adquisición de conocimientos nuevos o la actualización de los ya existentes en una temática específica, con la conducción de especialistas o expertos, por medio de estrategias didácticas de trabajo individual y/o

grupal. Puede ser teórico, taller, o teórico-practico. Contará con un número mínimo de 1 hora crédito. c. Seminario. Promueve la reflexión, consolidación o generación del conocimiento sobre un tema de interés común para los participantes. Propicia el aprendizaje a partir de la interacción del grupo con el aporte de sus conocimientos y experiencias sobre el tópico. Permite la producción de documentos académicos que plasman las conclusiones. d. Conferencia. Exposición oral de corta duración que desarrolla un especialista o experto sobre un tema específico para transmitir sus conocimientos o experiencias. La exposición puede enriquecerse con una sesión de preguntas y respuestas. e. Taller, es una estrategia de capacitación caracterizada por la presencia activa de los participantes, en relación directa con el facilitador, quien planifica los contenidos a desarrollar a partir de los objetivos de aprendizaje que se precisa alcanzar. Proceso intensivo y de corta duración, cuya finalidad es desarrollar objetivos de aprendizaje conceptuales y conocimientos teóricos, a través de un proceso de aprendizaje significativo. f. Pasantias, Actividades destinadas a perfeccionar o adquirir habilidades y destrezas en un área específica, se desarrolla en los servicios, sedes docentes o laboratorios de la universidad contando con el apoyo o guía permanente de un tutor. 2. DE LA ORGANIZACIÓN DE LOS CURSOS Y DIPLOMADOS 2.1 Los cursos de Educación Continua y Diplomados serán organizados por los Departamentos Académicos o la Dirección de Postgrado y Especialización en Medicina, en los términos del presente documento. La dirección de Postgrado y Especialización en Medicina deberá tener conocimiento de todos los eventos de educación continua que se realicen en la Facultad, por lo que será necesario notificarlo por escrito a dicha Dirección. 2.2 La Dirección Asociada de Educación Continua coordinará la organización de los cursos y diplomados con un representante de cada Departamento Académico, designado para tal fin por el Jefe del Departamento, el representante del Departamento académico deberá:

a. Estudiar la factibilidad de los proyectos presentados por los docentes del Departamento, considerando aspectos académicos y presupuéstales. b. Determinar necesidades de apoyo, materiales e infraestructura para las actividades a desarrollar. c. Presentar al Comité Directivo el cronograma trimestral de actividades de Educación Continua, para su aprobación y posterior envío a la Dirección de Postgrado y Especialización en Medicina. 2.3 Cada Departamento Académico presentará a la Dirección de Postgrado y Especialización en Medicina el cronograma trimestral de actividades académicas con tres meses de anticipación al inicio de la primera actividad. Adicionalmente los Departamentos Académicos podrán presentar proyectos académicos fuera de la programación trimestral, con un plazo no menor de dos meses para el caso de seminarios y conferencias, tres meses para cursos y seis meses para el caso de Diplomados. Los proyectos deberán ser presentados según el formato establecido por la Dirección de Postgrado y Especialización en Medicina. Anexo Nº 01 (cursos) y Anexo Nº 02 para Diplomados. 2.4 Los eventos académicos de Educación Continua podrán impartirse bajo las modalidades, presencial, a distancia o una combinación de ambas. Siempre y cuando estas se adecuen a los objetivos académicos planteados. Las actividades de educación continua en la modalidad de educación a distancia, son equivalentes a los sistemas presénciales. 2.5 Cada evento académico deberá contar con un Coordinador, quien será la persona que diseñe la propuesta y se responsabilice por su ejecución en caso de ser aprobado. El coordinador deberá ser profesor ordinario de la Universidad Peruana Cayetano Heredia. 2.6 Los especialistas o expertos, que participen en los actos académicos deberán ser docentes de la universidad o profesionales externos y contar con título profesional o equivalente. Serán seleccionados en base a su experiencia profesional y docente. Por la naturaleza de las funciones que desempeñan, los profesionales externos a la universidad que participen en actividades de educación continua, no adquirirán la figura de personal docente de la Universidad Peruana Cayetano Heredia. 2.7 Debido a que los eventos de educación continua significan un trabajo adicional, los docentes de la universidad que participen en éstas, recibirán una remuneración complementaria, el monto será establecido por la Dirección de Postgrado y Especialización en Medicina.

2.8 El presupuesto de las actividades académicas de educación continua deberá acompañar al programa académico respectivo y será remitido a la Dirección de Gestión y Administración para su aprobación. El presupuesto deberá seguir el formato establecido. (Anexo 03). Los aportes, donaciones y auspicios de entidades externas deberán figurar en el presupuesto, así como los montos considerados para el alquiler de espacios destinados a la difusión de entidades comerciales. Todas las coordinaciones con entidades auspiciadoras o financiadoras, deberán ser comunicadas a la Dirección de Postgrado y Especialización. 3. DE LA EJECUCIÓN DE LOS CURSOS Y DIPLOMADOS 3.1 Para la ejecución de actividades de educación continua es necesaria la aprobación del proyecto por Consejo de Facultad y Consejo Universitario. Por ninguna razón se podrán desarrollar cursos que no cumplan con este requisito. 3.2 Las actividades académicas deberán desarrollarse de acuerdo al cronograma y en las condiciones aprobadas en el proyecto. El desarrollo de los eventos es de responsabilidad del área organizadora y contará con el apoyo de La Dirección de Postgrado y Especialización en Medicina a través de su Dirección Asociada de Educación Continua. 3.3 Los programas académicos de Educación Continua deberán autofinanciar la totalidad de los gastos que estos generen. En caso que las actividades programadas no completen sus vacantes y no se cubra el presupuesto establecido, es potestad de la Dirección de Postgrado y Especialización en Medicina, las postergación s suspensión del evento, lo cual será comunicado al Consejo de Facultad. En el caso de que el evento se realizara bajo las condiciones indicadas, el área organizadora cubrirá el déficit en el presupuesto. 3.4 Los aportes de dinero de entidades externas, deberán ingresar por caja de la universidad. En ningún caso, el coordinador del curso o los miembros del equipo organizador deberán recibir directamente los fondos. En caso que los cursos se realicen fuera del campus universitario, el cobro de inscripciones deberá realizarse por personal designado por caja de la universidad. 3.5 El otorgamiento de becas estará sujeto a los estatutos, reglamentos y convenios interinstitucionales de la Facultad de Medicina Alberto Hurtado, a las políticas de la entidad y a las políticas de promoción de cada evento. Estas serán aprobadas por la Dirección de Postgrado y Especialización en Medicina.

3.6 Serán considerados participantes a las actividades de educación continua, quienes cumplan con los siguientes requisitos: a. Solicitar la inscripción al programa, según el formato establecido para tal fin. b. Cumplir con los requisitos señalados en la convocatoria para cada programa académico. c. Contar con la aceptación de la Dirección de Postgrado y Especialización en Medicina, de acuerdo a los criterios de evaluación establecidos para cada caso. d. Para el caso de los Diplomados, matricularse al programa académico según el cronograma establecido. 3.7 Los participantes a las actividades deberán: a. Asistir a las actividades académicas conforme al cronograma establecido para cada programa. b. Cumplir con las evaluaciones establecidas para cada programa académico. c. Cumplir con puntualidad con el pago de los derechos correspondientes. 3.8 Los participantes en los actos de educación continua no serán considerados alumnos regulares de la Universidad Peruana Cayetano Heredia. 3.9 Es obligación de la Dirección asociada de educación continua supervisar el adecuado desarrollo de las actividades y evaluar sus resultados. 4. DE LA EXPEDICIÓN DE DOCUMENTOS DE EDUCACIÓN CONTINUA 4.1 Los participantes que cumplan con la totalidad de requisitos establecidos por cada programa de educación continua, podrán recibir los siguientes documentos: a) Constancia: Documento que se extiende para comprobar la asistencia a las actividades académicas del evento. b) Certificado: Se otorga cuando además de la asistencia, existe un proceso de evaluación que asegure el cumplimiento de los objetivos del acto académico. b) Diploma: Documento que se extiende a los participantes que han cubierto la totalidad del programa académico de un diplomado. Los tipos de diploma que se pueden otorgar son: Diploma de

Actualización Profesional, y Diploma de Extensión, de acuerdo con lo estipulado en el numeral 1.3, inciso (a), del presente Documento. 4.2 Los docentes que participen en actividades de educación continua recibirán una constancia de participación en la que deberá especificarse la actividad específica que desarrollo (coordinación, ponente, jefe de practicas, etc.). 4.3 Los documentos de participación en actividades de educación continua, solo podrán ser emitidos por la Dirección Asociada de educación continua, según un formato único para cada programa académico. Los documentos podrán ser firmados por: El Decano de la Facultad de Medicina El responsable de la dirección de Postgrado y Especialización en Medicina El responsable de la institución co-organizadora. El coordinador o responsable académico del evento. 4.4 La Dirección de Educación Continua contará con un Libro de Registro en el que se asentarán los datos de las constancias, certificados y diplomas que expidan. 5. PRESENTACION DEL INFORME FINAL 5.1 Finalizado el evento académico la Dirección de Postgrado y Especialización en Medicina a través de su Dirección Asociada de Educación Continua, presentará un informe final del evento, en este se incluirán: a. Logro de objetivos académicos planteados. b. Resultados de las encuestas de satisfacción de los participantes. c. Informe económico pormenorizado y documentado. 5.2 El informe final será presentado con un plazo no mayor de 30 días de finalizado el evento. 6. DISPOSICIONES TRANSITOR IAS 6.1 Cualquier aspecto no previsto en estas normas y procedimientos será resuelto en primera instancia por la Dirección Asociada de Educación Continua y en segunda instancia por la Dirección de Postgrado y especialización en Medicina de la Facultad de Medicina Alberto Hurtado.

ANEXO Nº 02 FORMATO DE PRESENTACIÓN DE DIPLOMADOS Los proyectos de diplomados que se presenten a la Dirección de Postgrado, tendrán el esquema general siguiente: 1. Nombre del diplomado. 2. Área académica, disciplina y temas o problemas con los que se relaciona. 3. Tipo de diplomado ( Numeral 1.3, inciso a de la presente norma). 4. Antecedentes y fundamentación: pertinencia, necesidades a las que responde, oportunidad y viabilidad. 5. Objetivo general. Objetivos específicos 6. Requisitos de ingreso. 7. Perfil del egresado. Definido por competencias 8. Estructura modular. 9. Programa desglosado de cada módulo: nombre, duración, objetivos, contenido temático, estrategias de enseñanza-aprendizaje. 10. Estrategias y procedimientos de evaluación: de la estructura del programa, del aprendizaje de los participantes, del desempeño docente, de los materiales didácticos y de la organización y aspectos administrativos del diplomado. 11. Coordinador Académico del diplomado. 12. Resumen curricular de los especialistas y expertos. 13. Requisitos de permanencia. 14. Requisitos para la obtención del diploma. 15. Bibliografía básica y complementaria. Para los diplomados de Educación Continua impartidos en la modalidad a distancia, además de lo citado en el artículo anterior, se incluirá información relativa a: 1. Medios de comunicación e interacción con las sedes y los participantes. 2. Estrategias y procedimientos de asesoría académica. Estrategia y procedimientos de evaluación académica a distancia. 3. Requerimientos de infraestructura tecnológica y de comunicación, así como de la operación, transmisión y recepción de la señal. 4. Sedes o participantes a distancia. 5. Coordinador de apoyo en cada sede, cuando las actividades del grupo así lo requieran. 6. Compromisos de las sedes o participantes receptores. Funciones de los asesores