GUÍA PARA LA GESTIÓN DE LOS RESIDUOS URBANOS EN LA PROVINCIA DE PALENCIA.



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Transcripción:

GUÍA PARA LA GESTIÓN DE LOS RESIDUOS URBANOS EN LA PROVINCIA DE PALENCIA. Contenido Introducción.... 2 1.- RESIDUOS URBANOS ORDINARIOS.... 3 1.1.- RESIDUOS ORGÁNICOS... 3 1.2.- VIDRIO... 5 1.3.- RESIDUOS DE CARTON Y PAPEL.... 9 1.4.- RESIDUOS DE ENVASES... 13 1.5.- ACEITE DOMÉSTICO.... 17 2.- RESIDUOS URBANOS ESPECIALES... 21 2.1.- RESIDUOS PROCEDENTES DE LIMPIEZA DE VÍAS PÚBLICAS, ZONAS VERDES, AREAS RECREATIVAS Y PLAYAS.... 21 2.2.- ANIMALES DOMÉSTICOS MUERTOS.... 24 2.3.- MUEBLES, ENSERES Y VEHÍCULOS ABANDONADOS... 26 2.3.1.- MUEBLES... 26 2.3.2.- ENSERES... 28 2.3.3.- RESIDUOS DE APARATOS ELÉCTRICOS Y ELECTRÓNICOS.31 2.3.4.- VEHICULOS FUERA DE USO.... 35 2.4.- RESIDUOS DE CONSTRUCCIÓN Y DEMOLICIÓN.... 38 3.- RESIDUOS URBANOS CON CARACTERISTICAS ESPECIALES POR SU PELIGROSIDAD... 43 3.1.- RESIDUOS FARMACEÚTICOS... 43 3.2.- PILAS Y ACUMULADORES.... 46 BIBLIOGRAFÍA:... 50 1

Guía para la Gestión de los Residuos Urbanos Introducción. Dentro de la concepción general de los residuos, destacan por su importancia en el seno de la Administración Local, los denominados urbanos caracterizados por su dispersión normativa, y legalmente definidos en el artículo 3.b) de la Ley 10/98 de 21 de Abril de residuos, que señala: Residuos urbanos o municipales: los generados en los domicilios particulares, comercios, oficinas y servicios, así como todos aquellos que no tengan la calificación de peligrosos y que por su naturaleza o composición puedan asimilarse a los producidos en los anteriores lugares o actividades. Tendrán también la consideración de residuos urbanos los siguientes: Residuos procedentes de la limpieza de vías públicas áreas recreativas y playas. Animales domésticos muertos, así como muebles, enseres y vehículos abandonados. Residuos y escombros procedentes de obras menores de construcción y reparación domiciliaria. El Ministerio de Medio Ambiente y Medio Rural y Marino está tramitando la nueva Ley de Residuos, esta nueva Ley transpondrá la directiva de residuos 2008/98/CE y sustituirá la Ley de Residuos 1998, que hasta el momento ha sido el marco legislativo para la gestión de los residuos en nuestro país. 2

1.- RESIDUOS URBANOS ORDINARIOS. 1.1.- RESIDUOS ORGÁNICOS En los municipios se generan residuos de materia orgánica fermentable que proceden fundamentalmente de restos alimentarios (domiciliarios, de hostelería, mercado ). La mayor parte de la materia orgánica se genera en los domicilios particulares y está constituida principalmente por restos de alimentos cocinados y sin cocinar que se producen diariamente en los hogares. Residuos admisibles como orgánicos a) Municipios con recogida selectiva Restos orgánicos domiciliarios. Papel limpieza Residuos no admisibles como orgánicos. Medicamentos, aceites, pilas y Acumuladores. b) Municipios sin recogida selectiva Restos orgánicos domiciliarios. Papel limpieza. Envases de papel, vidrio, plásticos, tetrabriks y latas. a.- NORMATIVA POR LA QUE SE REGULA. -Ley 10/98 de 21 de Abril de Residuos. ( BOE nº 96, 22 de Abril de 1998). 3

Guía para la Gestión de los Residuos Urbanos -La ley 11/97, de 24 de Abril de envases y residuos de envases (BOE nº 99 de 25 de Abril de 1997) y el Reglamento que la desarrolla, aprobado por Real Decreto 782/1998. -El Real Decreto 1481/2001, de 27 de Diciembre, por el que se regula la eliminación de residuos mediante depósito en vertedero. (BOE nº 25, de 29 de Diciembre de 2001). -La Ley 16/2002, de 1 de Julio, de prevención y control integrado de la contaminación. (BOE. Nº 157 de 2 de Julio de 2002) -Plan Regional de ámbito sectorial de residuos urbanos y residuos de envases de Castilla y León 2004/2010, aprobado por Real Decreto 18/2005 (BOCYL nº 37 de 23/02/2005). -Estrategia Regional de Residuos de Castilla y León 2004/2010, aprobado por Decreto 74/2002, de 30 de Mayo (BOCYL nº107, 05/06/2002). - Reglamento del Servicio del Consorcio provincial para la gestión medioambiental y tratamiento de residuos sólidos urbanos en la provincia de Palencia, BOP (11 de Febrero de 2009). b.- GESTION DE LA MATERIA ORGÁNICA. El Consorcio provincial para la gestión medioambiental y tratamiento de residuos de la provincia de Palencia, prestará el citado servicio a todos los ayuntamientos de la provincia directamente en el caso de la capital, o bien a través de la Diputación de Provincial para los demás municipios para lo que se dispone de un Centro de Tratamiento de Residuos (CTR) y un depósito de rechazos ubicados en el término municipal de Palencia, prestando los siguientes servicios: 1.- Tratamiento de los residuos sólidos urbanos a todos los municipios de la provincia de Palencia. 2.- Recogida selectiva y tratamiento de residuos de envases, papel-cartón, de envases y de vidrio. Las estaciones de transferencia están ubicadas en los municipios de Aguilar de Campoó, Guardo, Saldaña y Osorno; y en ella 4

verterán sus residuos urbanos, los municipios de las respectivas zonas. c.- BENEFICIOS AMBIENTALES. La gestión de los residuos urbanos gestionada a través de un Centro de Tratamiento de Residuos, junto con las estaciones de transferencia va a generar muchas ventajas, entre ellas: -Desaparición de los vertederos, tanto controlados como incontrolados. -Las estaciones de transferencias de residuos no tienen ningún riesgo medioambiental o sanitario. -Recuperación de las materias primas y ahorro en el consumo de energía, agua y recursos naturales, al reutilizar los materiales que componen la basura como materias primas. -Se produce compost de gran calidad, al utilizar la fracción orgánica de forma selectiva y se reduce la cantidad de materia orgánica que se destina a vertedero, cumpliendo con lo que se recoge en Real Decreto 1481/2001 de vertederos. d.- DATOS. Residuos orgánicos recogidos en el CTR en el año 2009: 55.257 Tm, de las cuales 15.673 Tm fueron recuperadas y el resto 39.840,500 Tm fueron al deposito de rechazos. 1.2.2.- VIDRIO La Real Academia de la Lengua Española define el vidrio: Sustancia dura, frágil, transparente por lo común, de brillo especial, que está formada por la combinación de la sílice con potasa o sosa y pequeñas cantidades de otras bases, y se fabrica generalmente en hornos o crisoles. 5

Guía para la Gestión de los Residuos Urbanos Se deposita en el contenedor de vidrio Botellas de vidrio.- Botellas de cervezas, vinos, mostos, sidras, licores, zumos, refrescos, etc. Tarros y frascos de vidrio.- Tarros y frascos de vidrio tanto de bebidas y alimentos como de perfumes. No debe depositarse en el contenedor de vidrio. Envases de medicamentos.- Los tarros y botellas de medicamentos entran en un circuito de reciclaje distinto al del resto de los envases de vidrio. Cualquier elemento de vidrio o cristal (vasos, ventanas, etc.) que no sea un envase.- Las cristalerías, las vajillas, los jarrones, el vidrio plano, vidrio armado, vidrio laminado, las ventanas, etc., tienen su propio circuito de reciclado. Cerámicas, porcelanas, ladrillos y piedras.- Éstos son los principales enemigos del reciclado de vidrio. Todos funden a temperaturas distintas a las del vidrio. Por eso, si llegan a los hornos vidrieros, producen botellas y frascos excesivamente frágiles, que hay que desechar. Tapas y tapones.- Es recomendable que los envases se depositen en los iglúes libres de tapas y tapones. a.- NORMATIVA POR LA QUE SE REGULA. Ley 10/98 de 21 de Abril de Residuos. ( BOE nº 96, 22 de Abril de 1998). -La ley 11/97, de 24 de Abril de envases y residuos de envases (BOE nº 99 de 25 de Abril de 1997) y el Reglamento que la desarrolla, aprobado por Real Decreto 782/1998. 6

-El Real Decreto 1481/2001, de 27 de Diciembre, por el que se regula la eliminación de residuos mediante depósito en vertedero. (BOE nº 25, de 29 de Diciembre de 2001). -La Ley 16/2002, de 1 de Julio, de prevención y control integrado de la contaminación. (BOE. Nº 157 de 2 de Julio de 2002) -Convenio de Colaboración firmado con la Diputación de Palencia y Ecovidrio el 21 de Julio de 2001. -Plan Regional de ámbito sectorial de residuos urbanos y residuos de envases de Castilla y León 2004/2010, aprobado por Real Decreto 18/2005 (BOCYL nº 37 de 23/02/2005). -Estrategia Regional de Residuos de Castilla y León 2004/2010, aprobado por Decreto 74/2002, de 30 de Mayo (BOCYL nº107, 05/06/2002). - Reglamento del Servicio del Consorcio provincial para la gestión medioambiental y tratamiento de residuos sólidos urbanos en la provincia de Palencia, BOP (11 de Febrero de 2009). b.- GESTIÓN DEL RESIDUO DEL VIDRIO. En primer lugar el consumidor, que puede ser titular de un domicilio particular, pequeño comercio, oficina o servicio, tal y como señala el artículo 3b) de la ley 10/98; como primer eslabón de la cadena, debe: 1.-Aprender a seleccionar; es decir separar los envases de vidrio del resto de los residuos. Guardarlos en un lugar distinto de la basura y del resto de los residuos. Depositar los residuos de envases de vidrio en su contenedor específico, solo para envases de vidrio, conocido como iglú, de color verde. 2.-Una vez depositados los envases de vidrio en sus contenedores, éstos son recogidos y trasladados a la Planta de tratamiento; en el caso de Palencia, es trasladado a la planta de Santaolalla en Burgos. 7

Guía para la Gestión de los Residuos Urbanos 3.-En la planta de tratamiento se limpia el vidrio de cualquier impureza o material diferente al mismo. Así, por ejemplo, encontramos líneas de lavado (para quitar las etiquetas) o imanes (que eliminan los elementos metálicos, como tapones). Por último el vidrio limpio se tritura, consiguiendo el casco o calcín, materia prima que se traslada a las fábricas de envases de vidrio. 4.-En la fábrica de vidrio el calcín se mezcla con arena, sosa, caliza y otros componentes, y se funde a 1.500 grados centígrados, aproximadamente. Una vez fundidos se obtiene una masa líquida: la gota de vidrio. Esta gota se deposita en moldes que darán forma a los nuevos envases, cuyas características físicas son las mismas que las de los envases originales. 5.-Las botellas, frascos y tarros que se producen en la fábrica de envases de vidrio son trasladados a la planta envasadora, donde se llenan y utilizan para contener alimentos y bebidas. Al final de la cadena de envasado se les pone el punto verde. 6.-Dichos alimentos y bebidas tienen como destino el comercio. 7.-Siendo adquiridos por el consumidor final. Por último, el consumidor, para no interrumpir la cadena, debe volver a seleccionar, separar y depositar en los iglúes los residuos de envases de vidrio. Los envases que se recogen de los iglúes o contenedores de vidrio se reciclan al 100%. Todo es aprovechable y no pierde ninguna de sus cualidades. Además, los envases de vidrio admiten esta operación tantas veces como sea necesario. c.- BENEFICIOS AMBIENTALES DE RECICLAR VIDRIO. Debido al compromiso que Ecovidrio tiene por su actividad gestora con la conservación del Medio Ambiente, es importante resaltar los beneficios que el reciclado de vidrio 8

puede aportar a la consecución de los objetivos medioambientales del protocolo de Kyoto. Asi, Ahorramos energía; la fabricación de nuevos envases vidrio con materias primas necesita un mayor uso de energía que los fabricados con vidrio reciclado (calcín). Contaminamos menos el aire: la fabricación de nuevos envases con vidrio reciclado reduce las emisiones de gases que provocan el efecto invernadero. Además el vidrio se puede reciclar al 100% y tantas veces como sea necesario. Sin embargo, si mezclamos el vidrio con el resto de los residuos, lo enviamos directamente al vertedero y contribuimos a la degradación de la naturaleza con la extracción de nuevas materias primas. d.- DATOS En el caso de la provincia de Palencia existen 888 contenedores y los Kg recogidos en el año 2009 han sido 3.845.540 kg; siendo la tasa media de recogida de vidrio de 22,18 habitante/año. La ratio es de 1 contenedor cada 195 habitantes. 1.3.- RESIDUOS DE CARTON Y PAPEL. Esta fracción está compuesta principalmente por restos de embalajes, periódicos y revistas. Para asegurar su correcta gestión es necesario depositar estos residuos en los contenedores de color azul. 9

Guía para la Gestión de los Residuos Urbanos Se deposita en el contenedor de papel. Periódicos y revistas. Propaganda impresa. Envases de cartón: galletas, hueveras de cartón. Bolsas de papel. No debe depositarse en el contenedor de papel. Tetra Bricks. Papeles plastificados, encerados o metalizados. Papeles manchados con sustancias peligrosas. a.- NORMATIVA POR LA QUE SE REGULA. -Ley 10/98 de 21 de Abril de Residuos. ( BOE nº 96, 22 de Abril de 1998). -La ley 11/97, de 24 de Abril de envases y residuos de envases (BOE nº 99 de 25 de Abril de 1997) y el Reglamento que la desarrolla, aprobado por Real Decreto 782/1998. -El Real Decreto 1481/2001, de 27 de Diciembre, por el que se regula la eliminación de residuos mediante depósito en vertedero. (BOE nº 25, de 29 de Diciembre de 2001). -La Ley 16/2002, de 1 de Julio, de prevención y control integrado de la contaminación. (BOE. Nº 157 de 2 de Julio de 2002) -Plan Regional de ámbito sectorial de residuos urbanos y residuos de envases de Castilla y León 2004/2010, aprobado por Real Decreto 18/2005 (BOCYL nº 37 de 23/02/2005). -Estrategia Regional de Residuos de Castilla y León 2004/2010, aprobado por Decreto 74/2002, de 30 de Mayo (BOCYL nº107, 05/06/2002). - Reglamento del Servicio del Consorcio provincial para la gestión medioambiental y tratamiento de residuos sólidos urbanos en la provincia de Palencia, BOP (11 de Febrero de 2009). 10

-El Convenio con la Diputación de Palencia y Ecoembes, para la recogida selectiva de papel y cartón en pueblos de más de 400 habitantes se ha firmado el 1 de Octubre de 2009. b.- GESTION DEL RESIDUO DE PAPEL. La gestión eficaz de los residuos de papel y cartón de los productos que consumimos habitualmente en nuestros hogares requiere de la colaboración y coordinación de diferentes agentes que participan en un Sistema Integrado de Gestión (SIG) de envases y residuos de envases. 1.- Recogida. Para hacer posible esta recogida que cada uno de nosotros generamos cada día, el sistema de gestión ambiental mantiene una estrecha relación con las administraciones tanto autonómicas como locales. Esta colaboración se lleva a cabo con la firma de convenios para implantar la recogida selectiva y financiar el extracoste que la misma implica para las Entidades Locales, y también para la puesta en marcha de acciones de comunicación dirigidas a la población. Para ello, las Entidades Locales distribuyen contenedores azules de recogida selectiva de forma que los ciudadanos podamos depositar el papel y cartón generado en los domicilios particulares, pequeños comercios, oficinas o servicios. 2.- Recuperación y reciclaje de papel. Una vez que hemos depositado el papel-cartón en el contenedor adecuado, las propias Entidades Locales a través de los recuperadores, recogen y trasladan el papel-cartón, a las plantas de clasificación y posteriormente a los recicladores ya que las fibras presentes en el papel cartón viejo pueden volver a utilizarse para fabricar papel y cartón nuevo, no obstante este proceso no se puede repetir indefinidamente ya que las fibras recuperadas pierden resistencia en el proceso, siendo necesario aportar, según la resistencia del papel que se quiera fabricar una proporción de 11

Guía para la Gestión de los Residuos Urbanos fibras vírgenes al proceso de reciclado, ya sea procedente de madera o de otras fibras vegetales. El proceso de fabricación de pasta de papel recuperado consta de las siguientes etapas: -Clasificación del papel recuperado, en función del tipo de papel que se va a producir, es necesario realizar una clasificación de papel recuperado según las calidades, que dependen del tipo de pasta empleada para la fabricación de papel original y la cantidad e intensidad de mancha que tiene el papel usado. -Triturado o desfibrado, en esta fase el papel se trata junto con agua en el pulper o desfibrador, donde se tritura para separar las fibras de celulosa. -Depuración de la pasta virgen. Para ello se retiran los materiales impropios que puedan perjudicar el proceso, por medio de cribado y centrifugación. Una de las impurezas más importantes de la pasta es la tinta, que es separada mediante distintos procesos. -Blanqueo y mejora de la pasta en algunos casos, y en función del grado de blancura que se quiera obtener. Ello se logra blanqueando con cloro, hipoclorito o peróxido, o preferiblemente con compuestos oxigenados menos contaminantes. También es habitual que se añada pasta virgen u otros productos como almidón o colorantes para mejorar la calidad de la pasta. c.- BENEFICIOS AMBIENTALES DE RECICLAR PAPEL -Por cada tonelada (1000kg) de papel y cartón que producimos se cortan 150 árboles. -La fabricación de papel reciclado necesita un menor consumo energético, lo que se traduce en un ahorro económico y de recursos, reduciéndose también las emisiones atmosféricas. -La utilización de papel viejo como materia prima reduce la contaminación producida, dado que el consumo de agua para la 12

fabricación de papel se reduce en el 61% y la DBO (demanda biológica de oxigeno) en el 55%. - Por cada 700 kg de papel recuperado, ahorramos en el vertedero el espacio equivalente a un automóvil y evitamos emisiones equivalentes a un viaje de más de 3.700 km. Supone una menor contaminación del aire, disminuyéndose en el 73% las emisiones atmosféricas y eliminándose la producción de compuestos de azufre (SO2 sulfuros y mercaptanos causantes de la mayor parte de los malos olores producidos por las industrias papeleras). d.- DATOS En el caso de la provincia de Palencia, como ya hemos señalado, la Diputación, firmó un Convenio con Ecoembes para la recogida selectiva de cartón y papel, repartiendo para ello 202 contenedores de papel y cartón. 1.4.- RESIDUOS DE ENVASES Esta fracción está compuesta principalmente por restos de embalajes, envoltorios y envases. Para asegurar su correcta gestión es necesario depositar estos residuos en los contenedores de color amarillo. 13

Guía para la Gestión de los Residuos Urbanos Se deposita en el contenedor de envases -Envases y envoltorios de plástico: bolsas, botellas, garrafas, tarrinas, envases de yogurt, envoltorios varios, bandejas de poliespán, tubos de dentífrico, tapones, etc. No debe depositarse en el contenedor de envases. -Envases de medicamentos: Entran en un circuito distinto de reciclaje de los envases de vidrio. -Envases y envoltorios de metal: latas de conserva, latas de bebida, tubos de crema, tarrinas, papel de aluminio, etc. -Envases tetrabrik :, lo que coloquialmente se denomina cartón de leche, zumo, vino, etc. y que están fabricados con un material compuesto de papel, kraft, aluminio y plástico. a.- NORMATIVA POR LA QUE SE REGULA. Ley 10/98 de 21 de Abril de Residuos. (BOE nº 96, 22 de Abril de 1998). -La ley 11/97, de 24 de Abril de envases y residuos de envases (BOE nº 99 de 25 de Abril de 1997) y el Reglamento que la desarrolla, aprobado por Real Decreto 782/1998. -El Real Decreto 1481/2001, de 27 de Diciembre, por el que se regula la eliminación de residuos mediante depósito en vertedero. (BOE nº 25, de 29 de Diciembre de 2001). -La Ley 16/2002, de 1 de Julio, de prevención y control integrado de la contaminación. (BOE. Nº 157 de 2 de Julio de 2002) -Plan Regional de ámbito sectorial de residuos urbanos y residuos de envases de Castilla y León 2004/2010, aprobado por Real Decreto 18/2005 (BOCYL nº 37 de 23/02/2005). 14

-Estrategia Regional de Residuos de Castilla y León 2004/2010, aprobado por Decreto 74/2002, de 30 de Mayo (BOCYL nº107, 05/06/2002). - Reglamento del Servicio del Consorcio provincial para la gestión medioambiental y tratamiento de residuos sólidos urbanos en la provincia de Palencia, BOP (11 de Febrero de 2009). -La Diputación de Palencia ha firmado con Ecoembes un Convenio para la recogida de envases en la provincia de Palencia en los municipios de más de 400 habitantes. b.- GESTION DEL RESIDUO DE ENVASES. La gestión eficaz de los residuos de envases de los productos que consumimos habitualmente en nuestros hogares requiere de la colaboración y coordinación de diferentes agentes que participan en un Sistema Integrado de Gestión (SIG) de envases y residuos de envases. Gracias a ello es posible cerrar el ciclo: desde el diseño y fabricación del envase, envasado, distribución y comercialización del producto, hasta la recuperación del residuo de envase y su transformación en una nueva materia prima, gracias al reciclaje. Prevención. Las empresas trabajan para reducir el impacto ambiental de los residuos de envases aplicando un enfoque global que abarca todo el ciclo de vida del producto envasado: diseñando envases que tengan un menor impacto sobre el entorno, reduciendo la cantidad de residuos que generan y facilitando su posterior reciclaje. Envasado y Comercialización. Las empresas envasadoras que participan en Ecoembes, contribuyen de forma colectiva a la puesta en marcha de un Sistema de Gestión de residuos de envases, encaminado a alcanzar los objetivos de reciclaje y valorización que establece la Ley de Envases y Residuos de Envases. Este SIG, gestionado por Ecoembes, ofrece una 15

Guía para la Gestión de los Residuos Urbanos solución global y eficiente en la gestión de los residuos de envases domésticos de los productos puestos en el mercado por las empresas envasadoras, facilitándolas el cumplimiento de sus obligaciones de acuerdo a la Ley de Envases. Los envases domésticos de los productos comercializados por las empresas adheridas a Ecoembes, colaboran por tanto en la financiación de los costes de gestión de los residuos de los envases. Recogida del envase. Para hacer posible la recogida de los residuos de envases domésticos que cada uno de nosotros generamos cada día, Ecoembes mantiene una estrecha relación con las administraciones tanto autonómicas como locales. Esta colaboración se lleva a cabo con la firma de convenios para implantar la recogida selectiva y financiar el extracoste que la misma implica para las Entidades Locales, y también para la puesta en marcha de acciones de comunicación dirigidas a la población. Para ello, las Entidades Locales distribuyen contenedores amarillos y azules de recogida selectiva de forma que los ciudadanos podamos depositar en cada uno de ellos, el envase que corresponda. Recuperación y reciclaje del envase. Una vez que hemos depositado nuestros envases en el contenedor amarillo, se trasladan al Centro de Tratamiento de Residuos Urbanos que en Palencia está en funcionamiento desde Julio de 2006; disponen de dos líneas para los dos tipos de basura que recibe: los residuos procedentes de los contenedores de resto y de los contenedores de envases. Tiene capacidad para separar 2000 kg/hora, en la línea de envases y 25.000kg/hora en la línea resto. Una vez que los materiales han sido recuperados y trasladados a las plantas de clasificación, finalmente serán los recicladores los que transformarán los materiales de los envases en nueva materia prima, cerrando con ello en ciclo del envase, dando una nueva vida a los materiales y evitando que terminen 16

amontonados, sin ninguna utilidad y con un impacto ecológico negativo en los vertederos. c.- BENEFICIOS AMBIENTALES DE RECICLAR ENVASES. - Una botella de plástico tarda entre 300 y 500 años en degradarse si no se recicla; y así con 40 botellas de plástico se hace un forro polar. - Una lata de aluminio tarda entre 200 y 500 años en degradarse si no se recicla y así con 80 latas se obtiene una llanta. - Un brick tarda entre 25 y 50 años en degradarse si no se recicla, y si reciclamos 6 bricks se transforman en una caja de zapatos. d.- DATOS. En el caso de la provincia de Palencia, como ya hemos señalado, la Diputación, firmó un Convenio con Ecoembes para la recogida selectiva de cartón y papel, repartiendo para ello 262 contenedores de embases ligeros. 1.5.- ACEITE DOMÉSTICO. Los aceites domésticos usados, son aquellos que han sido utilizados en los procesos de cocción en restaurantes, comedores e industrias alimentarias así como en domicilios particulares. Son los aceites que se utilizan en las cocinas pudiendo ser de soja, girasol y oliva que una vez utilizados, generalmente son vertidos a la red de alcantarillado. Actualmente no existe una legislación específica a nivel nacional para este tipo de productos. 17

Guía para la Gestión de los Residuos Urbanos El principal problema en la gestión de los aceites domésticos viene dado por la importante dispersión asociada a su generación. Así, la logística de la recogida de los aceites domésticos usados está condicionada por la distribución de los generadores. Entre éstos, lo más importantes son los restaurantes, los hoteles, las cocinas industriales y, en menor medida, los domicilios particulares. Es ampliamente conocido el problema que generan los residuos urbanos también su recogida como en su tratamiento posterior, con el fin de obtener productos reutilizables o reciclados, y reducir así el impacto medioambiental. La competencia de la gestión de los aceite domésticos es de las entidades locales, siendo, sin embargo, competencia de las comunidades autónomas tanto la autorización de las personas físicas o jurídicas que se dedican a la valorización y/o eliminación, como el registro de las actividades de gestión diferentes de la valorización y eliminación. a.- LEGISLACIÓN. -Ley 10/98 de 21 de Abril de Residuos. (BOE nº 96, 22 de Abril de 1998) y sus modificaciones. -La ley 11/97, de 24 de Abril de envases y residuos de envases (BOE nº 99 de 25 de Abril de 1997) y el Reglamento que la desarrolla, aprobado por Real Decreto 782/1998. -El Real Decreto 1481/2001, de 27 de Diciembre, por el que se regula la eliminación de residuos mediante depósito en vertedero. (BOE nº 25, de 29 de Diciembre de 2001). -La Ley 16/2002, de 1 de Julio, de prevención y control integrado de la contaminación. (BOE. Nº 157 de 2 de Julio de 2002) -Plan Regional de ámbito sectorial de residuos urbanos y residuos de envases de Castilla y León 2004/2010, aprobado por Real Decreto 18/2005 (BOCYL nº 37 de 23/02/2005). 18

-Estrategia Regional de Residuos de Castilla y León 2004/2010, aprobado por Decreto 74/2002, de 30 de Mayo (BOCYL nº107, 05/06/2002). - Reglamento del Servicio del Consorcio provincial para la gestión medioambiental y tratamiento de residuos sólidos urbanos en la provincia de Palencia, BOP (11 de Febrero de 2009). b.- GESTIÓN AMBIENTAL. Con este tipo de residuos tenemos que distinguir dos tipos de gestión: El aceite procedente de domicilios, y el procedente de restaurantes mercados o colegios; pero nos vamos a centrar en: -Aceite vegetal procedente de domicilios: los residuos de aceite generados en los domicilios se pueden encontrar en. a) Contenedor específico, el aceite se recoge selectivamente en unos recipientes específicos. En la mayoría de los casos, estos contenedores están situados en los Puntos Limpios, pero existen casos que están colocados en las áreas de aportación. b) Recogida domiciliaria, existen Ayuntamientos que realizan un servicio de recogida domiciliaria de aceite domésticos. Este servicio se realiza de forma periódica o mediante solicitud de los usuarios, a través de los denominados Puntos móviles. Una vez recogidos los aceites son almacenados en los centros de transferencia o en centros adecuados para ello. En estos centros se les somete a unos procesos de preparación e eliminación de impurezas dependiendo del uso final a que se destine y en el caso de su aprovechamiento para preparación de biodiesel se somete a tratamientos algo más complejos que permiten obtener un combustible con un rendimiento superior. 19

Guía para la Gestión de los Residuos Urbanos Algunos otros usos de estos residuos son la fabricación de piensos de animales o de jabones. En una de las botellas de plástico se va depositando el aceite residual a medida que se va generando en el hogar. Las botellas se depositan a granel en unos contenedores especiales ubicados siempre en sitios cerrados y vigilados. Estos contenedores disponen de unos carros de transporte para que los traslade a la planta de reciclaje y valorización. Una vez allí, las botellas llenas de aceite se van introduciendo en una máquina que las rompe y extrae el aceite y en el tramo final se tritura la botella rota para convertirla en granza de plástico regenerado. Después se destina a diferentes procesos de fabricación de productos. c.- BENEFICIOS AMBIENTALES DE LA RECOGIDA DE ACEITE DOMESTICO. El aceite derramado sobre la tierra o vertido irresponsablemente en una alcantarilla contamina el suelo y las aguas subterráneas. Además puede alcanzar un cauce de río. vista: Los beneficios son múltiples desde distintos puntos de Energético: -Su recogida puede usarse para la producción de biodiesel. -Se reducen las dependencias de petróleo. Agua. -Se reduce la contaminación del agua. -Se disminuye el coste de la depuración de las aguas residuales. 20

2.- RESIDUOS URBANOS ESPECIALES 2.1.- RESIDUOS PROCEDENTES DE LIMPIEZA L DE VÍAS PÚBLICAS, ZONAS VERDES, AREAS RECREATIVAS Y PLAYAS. La limpieza de los municipios es una necesidad estética, higiénica y ambiental. La suciedad de la vía pública deriva de las actividades humanas (transporte, comercio) y del ciclo de la naturaleza (hojas y polen). Podemos distinguir: Derivados de la actividad humana. Naturales. -Tráfico: Se incluyen los residuos arrojados por y desde los vehículos, compuestos de hidrocarburos, metales pesados, etc. -Comercio y hostelería: Es importante la generación de residuos en las cercanías de los mercados de abastos, así como mercados de venta ambulante, etc. -Vegetal: Hojas de árbol, polen, briznas, etc. -Animal: Excrementos de animales como palomas, perros, etc. -Mineral: Erosión de las fachadas, calzadas, arrastre de obras, etc. -Accidentales: fiestas populares, manifestaciones, etc. En este apartado se abordan también los residuos vegetales, es decir restos de poda y brozas de jardín, procedentes del mantenimiento de zonas verdes como parques, urbanizaciones y jardines. Los residuos procedentes de limpieza de vías públicas áreas recreativas y playas comprenden los residuos forestales, fundamentalmente se tratan los residuos de 21

Guía para la Gestión de los Residuos Urbanos limpieza y mantenimiento de zonas verdes: residuos de poda de árboles, siega de céspedes, etc. a.- NORMATIVA POR LA QUE SE REGULA. -Ley 10/98 de 21 de Abril de Residuos. (BOE nº 96, 22 de Abril de 1998). -La ley 11/97, de 24 de Abril de envases y residuos de envases (BOE nº 99 de 25 de Abril de 1997) y el Reglamento que la desarrolla, aprobado por Real Decreto 782/1998. -El Real Decreto 1481/2001, de 27 de Diciembre, por el que se regula la eliminación de residuos mediante depósito en vertedero. (BOE nº 25, de 29 de Diciembre de 2001). -La Ley 16/2002, de 1 de Julio, de prevención y control integrado de la contaminación. (BOE. Nº 157 de 2 de Julio de 2002) -Plan Regional de ámbito sectorial de residuos urbanos y residuos de envases de Castilla y León 2004/2010, aprobado por Real Decreto 18/2005 (BOCYL nº 37 de 23/02/2005). -Estrategia Regional de Residuos de Castilla y León 2004/2010, aprobado por Decreto 74/2002, de 30 de Mayo (BOCYL nº107, 05/06/2002). - Reglamento del Servicio del Consorcio provincial para la gestión medioambiental y tratamiento de residuos sólidos urbanos en la provincia de Palencia, BOP (11 de Febrero de 2009). b.- GESTIÓN DEL RESIDUO. Todos los restos de poda de árboles y siega de céspedes, pueden gestionarse desde el Ayuntamiento y así la mejor opción es el compostaje; en el que se habilitaría una zona en el municipio para la recepción de residuos vegetales. 22

En primer lugar, el residuo forestal se trituraría para convertirlo en un material homogéneo y para acelerar el proceso de descomposición de la materia orgánica. Una vez triturado el material se apilaría y voltearía con frecuencia para favorecer el proceso de maduración. Una vez terminada la fermentación aerobia, el material obtenido se cribaría para separar los materiales de mayor tamaño. El producto obtenido se composta; serviría de abono o fertilizante. c.- BENEFICIOS MEDIOAMBIENTALES DE LA REUTILIZACIÓN DE LOS RESIDUOS DE PODA. -Los restos de poda se han destinado tradicionalmente a la quema en las propias fincas aunque hoy es una práctica poco recomendable por el peligro de incendios que puede suponer. -Los beneficios de carácter ambiental son la disminución de residuos destinados a eliminación, el incremento de la materia orgánica en los suelos y la contribución al cumplimiento de los objetivos de compostaje. d.- DATOS. La estrategia regional de residuos de Castilla y León 2000-2010, señala que la producción anual agregada alcanza prácticamente 10 millones de toneladas al año de residuos agrícolas y forestales. No obstante en estos datos tenemos que señalar que forman parte de los citados residuos forestales, los residuos agrícolas leñosos y los residuos agrícolas herbáceos. 23

Guía para la Gestión de los Residuos Urbanos 2.2.- ANIMALES DOMÉSTICOS MUERTOS. Según la ley 10/98, de 21 de Abril de Residuos los animales muertos tienen la consideración de residuos urbanos, y por tanto son las entidades Locales las competentes para la gestión de los mismos en las forma en la que establezcan sus respectivas ordenanzas municipales. El artículo 2.1 apartado f) del Reglamento (CE) nº 1774/2002 del Parlamento europeo y del Consejo, por el que se establecen las normas sanitarias aplicables a los subproductos animales no destinados al consumo humano (DOCE nº 273 de 10 de Octubre) se establece la definición de animal de compañía como: Cualquier animal perteneciente a las especies normalmente criadas y mantenidas, pero no consumidas, por los seres humanos con fines no relacionados con la ganadería. El artículo 3.4 de la Ley 8/2003, de 24 de Abril, de sanidad ambiental, en el que se establece que los animales domésticos: Son aquellos animales que tenga en su poder el hombre, siempre que su tenencia no tenga como destino su consumo o el aprovechamiento de sus producciones, o no se lleve a cabo, en general con fines comerciales o lucrativos. a.- NORMATIVA POR LA QUE SE REGULA. -Ley 10/98 de 21 de Abril de Residuos. (BOE nº 96, 22 de Abril de 1998). -Ley 8/2003 de 24 de Abril, de sanidad animal por la que se desarrolla el establecimiento de las normas básicas y de coordinación en materia de sanidad animal, y de regulación de la sanidad exterior en lo relativo a la sanidad animal. -Real Decreto 4/2001, de 16 de Febrero, sobre el régimen de intervención administrativa aplicable a la valorización energética de harinas de origen animal procedentes de la transformación de despojos y cadáveres animales. 24

-El Real Decreto 1481/2001, de 27 de Diciembre, por el que se regula la eliminación de residuos mediante depósito en vertedero. (BOE nº 25, de 29 de Diciembre de 2001). -La Ley 16/2002, de 1 de Julio, de prevención y control integrado de la contaminación. (BOE. Nº 157 de 2 de Julio de 2002) -Plan Regional de ámbito sectorial de residuos urbanos y residuos de envases de Castilla y León 2004/2010, aprobado por Real Decreto 18/2005 (BOCYL nº 37 de 23/02/2005). -Estrategia Regional de Residuos de Castilla y León 2004/2010, aprobado por Decreto 74/2002, de 30 de Mayo (BOCYL nº107, 05/06/2002). - Reglamento del Servicio del Consorcio provincial para la gestión medioambiental y tratamiento de residuos sólidos urbanos en la provincia de Palencia, BOP (11 de Febrero de 2009). b.- GESTIÓN DE LOS ANIMALES MUERTOS. En el artículo 24 del Reglamento (CE) nº 1774/2002 del Parlamento europeo y del Consejo, por el que se establecen las normas sanitarias aplicables a los subproductos animales no destinados al consumo humano (DOCE nº 273 de 10 de Octubre), se establecen las excepciones relativas a la eliminación de los subproductos animales. Concretamente en su apartado 1.a) se contempla que la autoridad competente podrá, de ser necesario, decidir que los animales de compañía muertos puedan eliminarse directamente como residuo mediante enterramiento. Idéntico precepto se contempla en el artículo 9.1.a) del Real decreto 1429/2003, de 21 de Noviembre, por el que se regulan las condiciones de aplicación de la normativa comunitaria en materia de subproductos de origen animal no destinados al consumo humano (BOE nº 280 de 22 de Noviembre). De acuerdo con lo anterior y teniendo en cuenta las atribuciones establecidas en al artículo 27.1. g. de la Orden AYG/1099/2003, de 28 de Agosto, por la que se desarrolla la Estructura Orgánica de los Servicios Centrales de la Consejería de 25

Guía para la Gestión de los Residuos Urbanos Agricultura y Ganadería (BOCYL nº 170 de 3 de Septiembre), se establece que en el ámbito territorial de Castilla y León se podrán eliminar los cadáveres de animales de compañía (según la citada definición) mediante su enterramiento y siempre y cuando se cumplan las condiciones de Prevención medioambiental y de Salud Pública que establezca la normativa y las Administraciones competentes en estas materias, conforme la normativa aportada. c.- BENEFICIOS AMBIENTALES. Los beneficios ambientales para considerar una buena gestión de los animales muertos, es fundamental, para la prevención de riesgos sobre la salud humana; así como una protección del medio ambiente; y una mejora en la limpieza y seguridad vial del municipio. d.- DATOS. Actualmente desconocemos los datos de la gestión de los animales domésticos muertos por parte de los municipios. 2.3.- MUEBLES, ENSERES Y VEHÍCULOS ABANDONADOS 2.3.1.- MUEBLES ES Los muebles, se trata de un residuo de gran tamaño, por lo que su recogida es más compleja que la del resto de residuos domiciliarios. Actualmente es frecuente encontrar estos residuos abandonados en las aceras o cerca de los contenedores siendo en este caso su destino habitual la eliminación en vertedero. 26

a.- NORMATIVA POR LA QUE SE REGULAN. -Ley 10/98 de 21 de Abril de Residuos. (BOE nº 96, 22 de Abril de 1998). -El Real Decreto 1481/2001, de 27 de Diciembre, por el que se regula la eliminación de residuos mediante depósito en vertedero. (BOE nº 25, de 29 de Diciembre de 2001). -La Ley 16/2002, de 1 de Julio, de prevención y control integrado de la contaminación. (BOE. Nº 157 de 2 de Julio de 2002) -Plan Regional de ámbito sectorial de residuos urbanos y residuos de envases de Castilla y León 2004/2010, aprobado por Real Decreto 18/2005 (BOCYL nº 37 de 23/02/2005). -Estrategia Regional de Residuos de Castilla y León 2004/2010, aprobado por Decreto 74/2002, de 30 de Mayo (BOCYL nº107, 05/06/2002). - Reglamento del Servicio del Consorcio provincial para la gestión medioambiental y tratamiento de residuos sólidos urbanos en la provincia de Palencia, BOP (11 de Febrero de 2009). b.- GESTIÓN DE LOS RESIDUOS DE LOS MUEBLES. Teniendo presente que este tipo de materiales es susceptible de recuperación, las entidades locales debe realizar un esfuerzo adicional para concienciar a los ciudadanos de que utilicen los servicios especiales de recogida que los Ayuntamientos están poniendo en marcha. Para ello pueden realizarse campañas de concienciación. Las diferentes vías por las que estos materiales entran a formar parte de los residuos urbanos son las siguientes: Residuos voluminosos procedentes de domicilios: los residuos voluminosos generados en los domicilios se pueden encontrar en: -Contenedor específico, los residuos voluminosos se recogen en un contenedor específico. Estos contenedores se encuentran principalmente en Puntos limpios. 27

Guía para la Gestión de los Residuos Urbanos -Recogida domiciliaria muchas entidades disponen de un sistema de recogida domiciliaria de residuos voluminoso. La primera opción de gestión considera, siempre que sea posible, la reutilización del 70% de los enseres recuperados. En el caso de que los objetos estén demasiado deteriorados, se procede a su desmantelamiento para poder aprovechar alguna o todas sus partes por separado. c.- BENEFICIOS AMBIENTALES DE LA RECOGIDA DE MUEBLES. -La recogida de los residuos voluminosos como los muebles conlleva una reutilización de los materiales recogidos, evitando así que vayan a vertedero. -Existe un gran beneficio económico, que se obtiene de la separación de los diferentes materiales para su posterior venta. d.- DATOS. Según la Junta de Castilla y León se han recogido en estas infraestructuras ambientales 1475 toneladas de residuos voluminosos de las cuales 1370 toneladas son muebles. Asimismo se puede estimar que un 63% de la cantidad recogida en los puntos limpios se recicla. 2.3.2.- ENSERES Según la Real Academia de la Lengua española, se definen los enseres como: utensilios, muebles, instrumentos necesarios o convenientes en una casa o para el ejercicio de una profesión. Y así, dentro de este concepto no incluímos los muebles por estar recogido de forma expresa en el artículo 3b) de la ley 10/98. 28

Por ello podemos incluir un listado de residuos como pueden ser, los textiles y los RAEES (Residuos de aparatos eléctricos y electrónicos) pero éste por ser un residuo especial le analizamos a parte. Comenzamos con los textiles, no obstante las entidades locales no tienen obligación de recoger los residuos textiles que se producen en el municipio, pero actualmente muchas llegan a acuerdos y convenios de colaboración con organizaciones no gubernamentales y asociaciones de reinserción socio laboral. En aplicación de estos Convenios, el Ayuntamiento permite a las asociaciones la instalación de contenedores específicos para la recogida de residuos textiles en las calles del municipio, junto con el resto de contenedores de recogida selectiva y en los puntos limpios que tenga instalado el municipio. En general estos convenios únicamente abarcan los residuos producidos por particulares, aunque pueden incluir los restos de textiles no vendidos que desechan las empresas textiles. La generación de residuos textiles tiene lugar tanto en domicilios particulares como en comercios. a.- NORMATIVA POR LA QUE SE REGULAN. -Ley 10/98 de 21 de Abril de Residuos (BOE nº 96, 22 de Abril de 1998). -El Real Decreto 1481/2001, de 27 de Diciembre, por el que se regula la eliminación de residuos mediante depósito en vertedero. (BOE nº 25, de 29 de Diciembre de 2001). -La Ley 16/2002, de 1 de Julio, de prevención y control integrado de la contaminación. (BOE. nº 157 de 2 de Julio de 2002) -Plan Regional de ámbito sectorial de residuos urbanos y residuos de envases de Castilla y León 2004/2010, aprobado por Real Decreto 18/2005 (BOCYL nº 37 de 23/02/2005). 29

Guía para la Gestión de los Residuos Urbanos -Estrategia Regional de Residuos de Castilla y León 2004/2010, aprobado por Decreto 74/2002, de 30 de Mayo (BOCYL nº107, 05/06/2002). - Reglamento del Servicio del Consorcio provincial para la gestión medioambiental y tratamiento de residuos sólidos urbanos en la provincia de Palencia, BOP (11 de Febrero de 2009). b.- GESTIÓN DE LOS RESIDUOS TEXTILES. Los residuos textiles procedentes de los domicilios particulares pueden depositarse en: -Contenedores específicos situados en la calle, localizados principalmente en áreas de aportación junto con los contenedores de recogida selectiva de papel/cartón, vidrio, etc. También pueden encontrarse en los Puntos Limpios de titularidad municipal. -Recogida domiciliaria, programando una recogida cada cierto tiempo en los portales de las viviendas. Una vez que los residuos son recogidos en los contenedores, se transportan a una planta de clasificación en la cual se dividen los textiles en cuatro grupos según sus diferentes calidades: -Ropa de gran calidad, una vez clasificadas se venden en tiendas de segunda mano de las ONG y asociaciones sin ánimo de lucro situadas en España. -Ropa aprovechable, se venden a pequeños comerciantes, normalmente del continente africano generando un movimiento de dinero. -Ropa deteriorada pasa por un proceso de reciclaje industrial, para posteriormente utilizarla para la creación de nuevos materiales como paños, trapos y rellenos, etc. -Ropa inservible, se envía a depósito final controlado. 30

c.- BENEFICIOS AMBIENTALES DEL RECICLAJE TEXTIL. -Una recogida de ropa, significa una reutilización los materiales recogidos, ya que no utilizan materias primas. -Por tratarse de un residuo, y si es gestionado correctamente, conlleva una protección del medio ambiente. -La ropa aprovechable, es gestionada por ONG s o asociaciones de reinserción laboral, conllevando una ayuda social a colectivos desfavorecidos. d.- DATOS El consumo de productos textiles viene marcado por la renta per cápita de los países; así los países más desarrollados del mundo son los que concentran la mayor parte del consumo textil. Estados Unidos, Japón y la Unión Europea con un 13% de la población mundial, son responsables del 40% de dicho consumo. En Europa se consumen 22 kg de fibras textiles por habitante y año, frente a los 7 kg de China. 2.3.3.- RESIDUOS DE APARATOS ELÉCTRICOS Y ELECTRÓNICOS. Se entenderá por Residuos de aparatos eléctricos y electrónicos; de acuerdo con el artículo 2b) del Real Decreto 208/2005, de 25 de Febrero, sobre aparatos eléctricos y electrónicos y la gestión de sus residuos; los procedentes de hogares particulares y de fuentes comerciales, industriales, institucionales y de otro tipo que, por su naturaleza y cantidad, son similares a los procedentes de hogares particulares. Estos residuos tendrán la consideración de residuos urbanos, según la definición del artículo 3b) de la Ley 10/98, de 21 de Abril de Residuos. 31

Guía para la Gestión de los Residuos Urbanos De acuerdo con el Real Decreto 208/2005, de 25 de febrero, sobre aparatos eléctricos y electrónicos, estas son las grandes categorías de residuos: ANEXO I Categorías de aparatos eléctricos o electrónicos incluidos en el ámbito de aplicación de este Real Decreto. Lista indicativa de productos, según las categorías: 1. Grandes electrodomésticos. 2. Pequeños electrodomésticos. 3. Equipos de informática y telecomunicaciones. 4. Aparatos electrónicos de consumo. 5. Aparatos de alumbrado. 6. Herramientas eléctricas o electrónicas (excepto las herramientas industriales fijas permanentemente, de gran envergadura e instaladas por profesionales). 7. Juguetes y equipos deportivos o de tiempo libre. 8. Aparatos médicos (excepto todos los productos implantados e infectados). 9. Instrumentos de vigilancia o control. 10. Máquinas expendedoras. a.- NORMATIVA POR LA QUE SE REGULA. -Ley 10/98, de 21 de Abril de Residuos. (BOE nº 96, de 22 de Abril) y sus modificaciones. -La Ley 16/2002, de 1 de Julio, de prevención y control integrado de la contaminación. (BOE nº157 de 2 de Julio de 2002). -Real Decreto 208/2005, de 25 de Febrero, sobre aparatos eléctricos y electrónicos -Plan Regional de ámbito sectorial de residuos urbanos y residuos de envases de Castilla y León 2004/2010, aprobado por Real Decreto 18/2005 (BOCYL nº 37 de 23/02/2005). 32

-Estrategia Regional de Residuos de Castilla y León 2004/2010, aprobado por Decreto 74/2002, de 30 de Mayo (BOCYL nº107, 05/06/2002). -Plan Nacional Integrado de Residuos 2008.(PNIR). -Convenio de Colaboración para la gestión de residuos de aparatos eléctricos y electrónicos en los municipios de Palencia, firmado entre la Diputación de Palencia e Indurraes con fecha 15 de Diciembre de 2008. b.- GESTION DEL RESIDUO El Real Decreto 208/2005, sobre aparatos eléctricos y electrónicos y la gestión de sus residuos, determina como se deben gestionar estos residuos de los aparatos eléctricos y electrónicos para minimizar la afección ambiental. Además concreta las operaciones de tratamiento de estos residuos, que deben ajustarse a las técnicas disponibles, teniendo en cuenta lo dispuesto en la ley 16/2002 de prevención y control integrado de la contaminación. En aplicación del principio de quien contamina paga es el productor quien debe de hacerse cargo los costes de la gestión, incluida la recogida desde las instalaciones de almacenamiento temporal, ya sean las de entidades locales o las de los distribuidores, hasta las plantas de tratamiento, de los residuos generados tras el fin de la vida útil de los aparatos eléctricos y electrónicos. Las entidades locales pueden participar de la gestión de estos residuos, a través de Convenios de Colaboración para la gestión de residuos de aparatos eléctricos y electrónicos. Actualmente la Diputación de Palencia tiene un Convenio firmado con Indurraes, donde los Ayuntamientos reciben este servicio gratuitamente y verán compensadas económicamente las cantidades gestionadas a través del convenio junta de castilla y leon, federación regional de municipios y sigs. 33

Guía para la Gestión de los Residuos Urbanos Las actividades que se producen en las Plantas de Tratamiento donde se depositan los residuos de aparatos eléctricos y electrónicos son las siguientes: -Clasificación, se procede a la clasificación de los residuos en función de su tipología, para ser tratado según las diferentes características de los mismos. -Desmontaje manual, el personal técnico de la planta procede al desmontaje manual de los aparatos, retirando los elementos que interfieran el proceso de trituración. -Descontaminación, se realiza una extracción de todos los elementos y sustancias peligrosas (pilas, mercurio, PCBs, gases CFCs, etc) que son remitidos a plantas especializadas para su posterior tratamiento. -Trituración, los residuos son triturados, separando los materiales que puedan ser valorizables (acero, aluminio, cobre, plásticos, etc). c.- BENEFICIOS AMBIENTALES DEL RECICLAJE DE APARATOS ELÉCTRICOS Y ELECTRÓNICOS. -Cuando un RAEE entra en una planta de tratamiento se recuperan todas las materias primas que puedan volver a utilizarse en posteriores procesos de fabricación, (hierro, cobre, aluminio, plásticos) y se extraen las sustancias tóxicas que puedan contener, como el plomo, el cadmio o el mercurio, evitando de esta forma la sobreexplotación de recursos limitados y la contaminación del entorno. - Algunos de los RAEE pueden ser recuperados y reparados por entidades de economía social a través de programas de inserción social y laboral de personas en riesgo de exclusión y una vez reparados son puestos a la venta en mercados de segunda mano a precios muy asequibles. 34