La historia de los derechos humanos está muy ligada a la historia misma de la humanidad.



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Transcripción:

La historia de los derechos humanos está muy ligada a la historia misma de la humanidad. La historia de los derechos humanos está muy ligada a la historia misma de la humanidad, puesto que la búsqueda de la dignidad, la igualdad, la libertad, la equidad y el bienestar han dinamizado y dinamizan las luchas sociales, políticas, económicas e, incluso, culturales. En Mesopotamia, durante el tercer milenio antes de Cristo, aparecen por primera vez recopilaciones de normas, de forma sistematizada, orientadas a organizar la vida social. El Código de Urukagina (ca 2350 ac.), conocido sólo por las referencias incluidas en documentos posteriores, y el Código de Ur-Nammu (ca 2050 ac.), el primer código jurídico escrito que se conoce fueron los precedentes del Código de Hammurabi (ca 1700 ac), la compilación jurídica más conocida de la Antigüedad, que además de normas referentes a los tribunales, contenía disposiciones sobre la familia y el comercio. El Código de Hammurabi regulaba la conocida Ley del Talión. Esta ley estableció el principio de proporcionalidad de la venganza; a cada agresión, se correspondería un castigo equivalente. La persona perjudicada por el delito tenía el derecho de cometer ese mismo delito con el delincuente o con su familia ( ojo por ojo ). En el contexto actual nos parece una ley bárbara pero en esa época sin ley, a menudo los castigos por delitos menores eran desmesurados y por un insulto podían ejecutar a una familia entera. De modo que la ley del Talión constituyó una de las primeras limitaciones al sistema de la venganza desmesurada y sin límites. A la aplicación de esta ley, se le puede atribuir el surgimiento de las indemnizaciones, es decir, se reemplazaba la pena por el pago de una cantidad. El aspecto cuestionable de esta ley era que pagaban personas inocentes por el crimen de otras y además no era netamente equitativa, pues la mujer era bastante discriminada en ella: el valor de dos ojos femeninos cubrían el valor de un ojo masculino. Además, la ley hacía una distinción entre hombres libres y esclavos, y según la condición establecía la pena. Queremos señalar que en la actualidad la ley del Talíon no ha desaparecido del todo. Muchos países musulmanes siguen aplicándola. La justicia iraní, basada en la Sharía o ley islámica, aplica la pena del Talión en los casos de daños físicos intencionados y a instancias de la víctima. Y como ejemplo de ello un hecho que cubrieron los medios y que quizás ya se conozca, en diciembre del año 2008, un tribunal iraní condenó a un hombre que dejó ciega a una mujer al arrojarle ácido a la cara, a perder la vista de la misma forma. Volviendo a la historia de la humanidad, en el año 539 a. C., Ciro el grande, tras conquistar la ciudad de Babilonia, hizo algo totalmente inesperado: liberó a todos los esclavos y les permitió volver a casa. Aún más, declaró que la gente tenía derecho a escoger su propia religión. El cilindro de Ciro, una tablilla de arcilla con estas proclamaciones inscritas, se considera la primera declaración de derechos humanos en la historia. Desde Babilonia, la idea de los derechos humanos se difundió rápidamente por la India, Grecia y, por último, a Roma. La cultura griega supuso un avance substancial, estableciendo el nacimiento de la democracia. La democracia ateniense se basaba en un nuevo concepto de la dignidad humana, en el hombre libre, el ciudadano. La ciudadanía estaba restringida a los hombres libres de Atenas quedando excluidas las mujeres, los extranjeros y los esclavos. La administración de la justicia era también una de las grandes preocupaciones del mundo helénico. En 621, Dracón fue nombrado legislador extraordinario para proceder a una revisión de la Constitución y las leyes. A pesar de ser famoso por su severidad, el Código que éste promulgó suponía el fin de la arbitrariedad legal, ya que las penas eran independientes de la posición social de los

infractores. Este código regulaba las competencias de los tribunales y apoyó diversas reformas sociales tendentes a limitar el poder de la aristocracia y beneficiar a las clases menos favorecidas. De todos modos cabe señalar que existen grandes dudas sobre cuál era su contenido real y cuál fue su alcance. El código de Dragón fue suavizado mediante el posterior Código de Solón (590 ac). Roma es otro de los grandes referentes de la antigüedad. Su mayor mérito consistió en reunir los logros de las civilizaciones que la habían precedido (griega, egipcia, fenicio-cartaginesa) refundiéndolos y expandiéndolos por la cuenca mediterránea y Europa. Como en Grecia, la democracia y la ciudadanía eran dos características del mundo romano y, como la griega, la sociedad romana era esclavista. La Ley de las Doce Tablas (ca 450 ac) fue la primera ley escrita romana. Hasta entonces la administración del derecho en Roma, reservada a los sacerdotes, se basaba en rituales, sacrificios y visiones, con lo que la justicia estaba sujeta a todas las arbitrariedades. La redacción de las Doce Tablas será el punto de partida de la desacralización del derecho romano. Con el tiempo los romanos desarrollaron un amplio cuerpo de leyes. El Derecho Romano se basa en ideas racionales derivadas de la naturaleza de las cosas y representó un avance importante en la concepción de la justicia, sentando las bases del derecho civil en los países occidentales, especialmente en la Europa Continental. La aparición del cristianismo es otro importante hito histórico en el desarrollo de los derechos humanos. Heredero de la tradición judaica e influenciado por el estoicismo, el cristianismo insiste y profundiza en la idea de la dignidad e igualdad de todos los seres humanos. Más tarde, a principios del siglo VII Mahoma empieza a divulgar el Islam, lo cual supone un proceso de humanización de las costumbres de las sociedades del Norte de África. Insistió en la igualdad de los seres humanos. El Islam, al igual que el cristianismo y todas las grandes religiones, en ocasiones ha defendido la igualdad entre los seres humanos, la reivindicación de un mayor respeto a la mujer, etc., mientras que en otras ocasiones, basándose también en sus textos sagrados, ha impulsado el expansionismo violento, la intolerancia religiosa, la misoginia, la homofobia, la esclavitud, etc. Con la invasión de los pueblos germánicos y la descomposición del Imperio Romano se va perdiendo el concepto de ciudadanía que es sustituido por relaciones de dependencia personal entre nobles y siervos (el feudalismo). La ley escrita pierde vigencia y la fuerza será durante siglos la principal fuente de todo derecho, quedando en el olvido los avances filosóficos y sociales de la cultura grecorromana, entre ellos aquellos relativos a la defensa de los derechos de los individuos. Los monasterios eran los últimos reductos de la cultura grecorromana en el mundo occidental. Durante esta época es importante la aportación del mundo árabe como conservador de la herencia cultural grecorromana A partir del siglo XII, con el nacimiento de las ciudades, toma fuerza una nueva clase social: la burguesía y sus miembros inician una larga lucha en defensa de sus derechos. En 1215, después de que el rey Juan de Inglaterra (Juan sin tierra) violara algunas leyes y tradiciones antiguas con que se había gobernado Inglaterra durante décadas, sus súbditos le forzaron a firmar la Carta Magna, que recoge el derecho de la iglesia a estar libre de la intervención del gobierno, los derechos de todos los ciudadanos libres a poseer y heredar propiedades y que se les protegiera de impuestos excesivos. Estableció el derecho de las viudas que poseían propiedades para decidir no volver a casarse, y establece principios de garantías legales e igualdad ante la ley. También contenía disposiciones que prohibían el soborno y la mala conducta de los

funcionarios. Así, recoge el derecho a no ser detenido arbitrariamente o la necesidad de pruebas que fundamenten las sentencias que se dicten. Debido esto último, la tortura adquiere gran protagonismo como práctica judicial, como forma eficaz de obtener confesiones (ya fueran ciertas o falsas). A mediados del siglo XV se inicia el Renacimiento en Italia que, inspirado en la antigüedad clásica, rescata la concepción griega del hombre como medida de todas las cosas y puesto que todos los hombres comparten la misma naturaleza también comparten los mismos derechos. El derecho natural abandona la base teológica sobre la que se había asentado durante la Edad Media y adopta una concepción puramente racionalista. Los derechos empiezan a girar alrededor de la persona individual independiente de la colectividad. El rey Enrique IV de Francia promulga en Nantes un edicto que asegura la libertad de culto a los hugonotes, poniendo fin a las guerras de religión entre protestantes y católicos que tiñeron Francia de sangre durante décadas. Este edicto establece por primera vez unas bases jurídicas firmes para la coexistencia pacífica entre las dos grandes confesiones cristianas. El edicto garantizaba la libertad de conciencia y concedía a la minoría protestante el respeto a sus derechos y privilegios, incluido el de poder desempeñar cargos públicos, e incluso una de las cláusulas secretas les otorgaba protección frente a la Inquisición cuando viajasen fuera del país. El Edicto de Nantes, firmado en 1598 fue revocado parcialmente por Luis XIII en 1626, y definitivamente por Luis XIV en 1685 con el Edicto de Fontainebleau. Después de que el parlamento inglés rechazara seguir financiando su política exterior, el rey Carlos I exigió prestamos forzosos y obligó a sus súbditos acuartelar las tropas en sus casas. El arresto y encarcelamiento arbitrarios por oponerse a estas políticas produjo en el Parlamento inglés una oposición violenta y dio lugar a la Petición del Derecho (1628) aprobada a la fuerza por el rey Carlos I. Al no respetar éste, posteriormente las reclamaciones que contenía la Petición se originó la Revolución Inglesa, que acabó con la victoria parlamentaria y la decapitación de Carlos I en 1649. La Petición del Derecho hace valer cuatro principios: (1) No se podrá recaudar ningún impuesto sin el consentimiento del Parlamento. (2) No se puede encarcelar a ningún súbdito sin una causa probada (reafirmación del derecho de habeas corpus), (3) A ningún soldado se le puede acuartelar debido a su ciudadanía, y (4) No puede usarse la ley marcial en tiempos de paz. La Declaración de Derechos (Bill of Rights, 1689) fue impuesta, como condición previa a su coronación, por el Parlamento inglés a la reina María II Estuardo y a su esposo Guillermo de Orange. En la Declaración la monarquía inglesa reconoce la potestad legislativa del Parlamento y consagra las libertades públicas de los súbditos del reino. Se trata, por primera vez, de un verdadero contrato, establecido entre los soberanos y el pueblo, también soberano. Este texto es de gran relevancia, no solo por tener un importante carácter político ya que cambiará la forma de gobierno en Inglaterra de una Monarquía Absoluta a una Monarquía Parlamentaria sino porque marca un precedente para otro tipo de revoluciones, como la que produjo la independencia de las colonias americanas o la Revolución Francesa un siglo después Redactada en el año 1787, la Constitución de los Estados Unidos de América es la constitución nacional escrita más antigua en uso y define los organismos principales del gobierno y sus jurisdicciones, así como los derechos básicos de la ciudadanía. Las primeras diez enmiendas a la Constitución (la Carta de Derechos) entraron en vigor el 15 de diciembre de 1791, limitando los poderes del gobierno federal de Estados Unidos y protegiendo los derechos de todos los ciudadanos, residentes y visitantes en territorio estadounidense. Así, la Carta protege la libertad de expresión, la libertad

religiosa, el derecho de tener y portar armas, el derecho de reunirse y la libertad de petición. También prohíbe la búsqueda e incautación irrazonable, castigo cruel e inusual y la autoincriminación obligada. Entre las protecciones legales que brinda, la Carta de Derechos le prohíbe al Congreso hacer cualquier ley respecto al establecimiento de religión y le prohíbe al gobierno federal privar a cualquier persona de la vida, libertad o propiedad sin el debido proceso legal. En casos criminales federales se requiere de una acusación por un gran jurado, por cualquier delito capital, o crimen reprobable, garantiza un juicio público rápido con un jurado imparcial en el distrito en el cual el crimen ocurrió, y prohíbe el doble enjuiciamiento. En 1789, la Asamblea Nacional Constituyente aprobó la Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano que pretendía constituir una declaración de principios de alcance o validez universal. Resultaba, sin embargo, una obra burguesa, tanto en su concepción como en sus destinatarios. Influida por la Declaración de Independencia de los EEUU y por el pensamiento filosófico del siglo XVIII, en su preámbulo señalaba los derechos naturales del hombre, que aparecían definidos (art.2) como imprescriptibles y limitados a los derechos civiles, como el de la libertad individual, de pensamiento, de prensa y de credo. Definida como derecho natural, la igualdad debía estar asegurada legislativa, judicial y fiscalmente por el Estado. Sin embargo, se admitía su imposibilidad a causa de la diferenciación de los individuos en función de su utilidad social y su capacidad intelectual. La declaración remarcaba la transferencia de la soberanía del rey a la nación ( art.2) y la separación de poderes ( art.16). La revolución francesa, fue un gran caldo de cultivo para la acción femenina. Las mujeres se movilizaron junto a las masas y participando en los clubes políticos desarrollaron acción revolucionaria. En estas luchas organizaron una Sociedad de Mujeres Republicanas y Revolucionarias y conquistaron la supresión del derecho de primogenitura y abolición de los privilegios de masculinidad, obtuvieron igual derecho de sucesión que los varones y consiguieron el divorcio. Sin embargo, Olimpia de Gouges (seudónimo de Marie Gouze), militante y protagonista de la revolución, fue guillotinada por sus compañeros de lucha por publicar en 1791 en respuesta a la Declaración de los Derechos del Hombre y el Ciudadano, la Declaración de los Derechos de la Mujer y de la Ciudadana. En 1793, se redactó una nueva Declaración de Derechos del Hombre y del Ciudadano, precediendo a la constitución francesa del 24 de junio de ese año que reconocía la propiedad como derecho natural del hombre, estableciendo la mayor importancia de los derechos individuales sobre los sociales. Bastante más democrática que la de 1789, esta declaración prohibía la esclavitud y señalaba como deber el derecho a sublevarse contra la tiranía. Una nueva Declaración de Derechos del Hombre y el Ciudadano precedió en 1795 a la constitución francesa del año III. Más parecida a la de 1789 que a la de 1793, pretendía evitar, sin embargo, la posibilidad de instauración de una democracia social. Condenaba la esclavitud y confirmaba la libertad económica. Posteriormente, en el Código Civil de Napoleón, la mujer casada vuelve a ser sometida a tutela, cae bajo el dominio del marido en su persona y en sus bienes; se niega la indagación de la paternidad; se quita a la mujer casada derechos civiles; se les prohíbe el divorcio y el derecho de enajenar sus propiedades Fuentes de información: - Historia de los derechos humanos, Grup d'educació, Amnistia Internacional Catalunya, 2009

- Historia y evolución de la protección de los derechos humanos, Jordi Bonet Pérez - P07/73049/02229 - http://www.humanrights.com/what-are-human-rights/brief-history/cyrus-cylinder.html - Los derechos humanos a través de la historia, Fernando Sorondo, 1988 - Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano, http://thales.cica.es/rd/recursos/rd99/ed99-0257-01/decldch.html - Olimpia de Gouges http://thales.cica.es/rd/recursos/rd99/ed99-0257-01/olimpia.html - Declaración de los derechos de la mujer y de la ciudadana, http://clio.rediris.es/n31/derechosmujer.pdf