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El Instituto Cervantes es un organismo público español, creado por la ley 7/1991, de 21 de marzo, para la promoción y la enseñanza de la lengua española y para la difusión de la cultura española e hispanoamericana. EL CENTRO DEL INSTITUTO CERVANTES DE DUBLÍN CONVOCA, POR EL SISTEMA DE ACCESO LIBRE, UN PROCESO SELECTIVO PARA LA COBERTURA DE UNA PLAZA DE AUXILIAR ADMINISTRATIVO (Ref.: C13-AUXI-PUBV-01/15) DE ACUERDO CON LAS SIGUIENTES BASES 1. PLAZA CONVOCADA El centro del Instituto Cervantes de Dublín convoca, por el sistema de acceso libre, un proceso selectivo para la cobertura de una plaza de auxiliar administrativo, con contrato laboral de carácter indefinido. 2. PUBLICACIÓN DE LA CONVOCATORIA 2.1. La convocatoria se publica simultáneamente: a) En los tablones de anuncios de la Sede Central del Instituto Cervantes (C/ Alcalá, 49, 28014 Madrid). b) En los tablones de anuncios del Centro del Instituto Cervantes de Dublín (Lincoln House, Lincoln Place, Dublín 2, Irlanda) c) En la página web del Instituto Cervantes: http://www.cervantes.es d) En la página web del Instituto Cervantes de Dublín: http://dublin.cervantes.es e) Y en un periódico local de ámbito nacional. 2.2. La información relativa al proceso de selección se facilitará a través de la Sede del Instituto Cervantes en Madrid (dirección indicada más arriba), teléfono: (34) 91 436 76 59, fax: (34) 91 436 77 21, correo electrónico: seleccion.centros@cervantes.es y de la página web del Instituto Cervantes.

3. LUGAR DE REALIZACIÓN DEL PROCESO DE SELECCIÓN El proceso de selección se realizará en el Instituto Cervantes de Dublín. (Lincoln House, Lincoln Place, Dublín 2, Irlanda) 4. RETRIBUCIÓN La retribución será en torno a 31.762 brutos anuales. 5. REQUISITOS DE LOS CANDIDATOS a) Título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria y otros equivalentes o superiores. La titulación será la oficialmente reconocida u homologada por el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte español o por el organismo local correspondiente. b) Experiencia laboral de dos años relacionada con las funciones del puesto. La experiencia laboral debe acreditarse mediante, al menos, uno de los dos documentos siguientes: - Contrato de trabajo - Hoja de vida laboral (Informe vida laboral) Además, se aportará Certificado de empresa en aquellos casos en los que el contrato de trabajo no acredite las funciones realizadas o cuando no se presente la Hoja de vida laboral (que acredita el tiempo trabajado). Aclaración: Se debe acreditar documentalmente la existencia de relación laboral (que únicamente se acreditará mediante contrato laboral y/o hoja de vida laboral), duración de la misma (que se acreditará a través de vida laboral o certificado de empresa) y puesto desempeñado y /o funciones realizadas (que se acreditará mediante contrato de trabajo si coincide el puesto definido en el contrato con la plaza convocada o bien certificado de funciones emitido por la empresa). c) Buen conocimiento de los idiomas español (se acreditará con el DELE de nivel B2 para candidatos de nacionalidad no española ni hispanoamericana; en caso de no presentar este diploma el candidato deberá superar una prueba equivalente al nivel B2 del diploma DELE) e inglés (se acreditará mediante certificado equivalente al DELE B2). d) Los candidatos que no tengan la nacionalidad de un Estado miembro de la Unión Europea, del Espacio Económico Europeo o de la Confederación Suiza, deberán estar en posesión del correspondiente permiso o autorización de residencia y de trabajo. Asimismo los candidatos deberán cumplir los requisitos que impongan las autoridades del país para el desempeño del puesto de trabajo. El candidato deberá presentar declaración responsable de: e) Poseer capacidad funcional para el desempeño de las tareas.

f) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial. 5.1. El incumplimiento o la falta de acreditación de alguno de estos requisitos determinará la exclusión del candidato del proceso de selección, salvo que en el plazo de subsanación los candidatos subsanen la causa o causas de la exclusión. 5.2. El candidato deberá cumplir todos los requisitos exigidos al término del plazo de presentación de solicitudes. No obstante, el permiso de residencia y trabajo deberá acreditarse el día de la formalización del contrato y con anterioridad a que ésta se produzca. 6. MÉRITOS ESPECÍFICOS DEL PUESTO Se valorarán los siguientes méritos, siempre por encima de lo exigido en requisitos: a) Formación relacionada con las funciones del puesto. b) Experiencia laboral relacionada con las funciones del puesto. c) Conocimiento de otros idiomas, además de los exigidos en requisitos. d) Conocimiento de otros programas informáticos. 7. FUNCIONES DEL PUESTO DE TRABAJO Las funciones del puesto de trabajo son: a) Mecanografiado en formato electrónico de cartas, de informes y de otros documentos, en español y en idioma local. b) Utilizar todo tipo de herramientas informáticas. Dominio de las aplicaciones corporativas relacionadas con la actividad del área de adscripción. Introducir datos, obtener listados, cuadros, e informes, producir gráficos, etc. c) Distribuir y enviar escritos y documentos a través de cualquier medio de utilización en el I.C. (correo, valija, fax, e-mail, etc.) d) Coordinar la agenda de las actividades del centro. e) Preparación de reuniones y concertación de entrevistas. f) Atención al público en general. g) Gestión del proceso de matrícula y becas y su tramitación administrativa: cobro de tasas y recibos. h) Gestión de préstamos de fondos bibliográficos: actualización del inventario y colocación de fondos; control de pedidos y facturas. i) Atención de visitas y de llamadas telefónicas. j) Organización y archivo de la correspondencia y de otra documentación. k) Realización de otras actividades administrativas que se le encomienden. 8. SOLICITUDES

8.1. El plazo de presentación de solicitudes finaliza el xx de julio de 2015. 8.2. Los candidatos deberán dirigir sus solicitudes a la presidenta de la Comisión de Selección indicando en el sobre la referencia del proceso (Ref.: C13-AUXI-PUBV-01/15), por uno de los siguientes medios: a) Presentación en la sede central del Instituto Cervantes (Horario de oficina de registro: de lunes a viernes de 9 a 14 h.) Oficina de Información y Registro A/A Dpto. de Selección e Inspección C/ Alcalá, 49, 28014 MADRID. b) Presentación en la sede del Instituto Cervantes en Dublín (De lunes a jueves de 9:30 a 17:30 h y viernes de 9:30 a 14:00 h) (Lincoln House, Lincoln Place, Dublín 2, Irlanda) c) Envío a la sede central por correo postal registrado y sellado dentro del plazo de admisión de solicitudes por una Oficina de Correos (C/ Alcalá, 49, 28014 MADRID). Obligatoriamente, los candidatos que opten por esta opción deberán enviar, dentro del plazo de presentación de solicitudes, un fax nº (34) 91 436 77 21 o un correo electrónico (seleccion.centros@cervantes.es), dirigido a la presidenta de la Comisión de Selección, indicando que remiten solicitud por correo para participar en el proceso de selección. d) Por fax (34 91 436 77 21) o por correo electrónico: seleccion.centros@cervantes.es 8.3. Las solicitudes, dirigidas a la presidenta de la Comisión de Selección, se acompañarán obligatoriamente de la siguiente documentación del candidato: Solicitud de participación y relación de méritos (Anejo I). Currículum vitae en español. Fotocopias de la documentación acreditativa de los requisitos exigidos en el apartado quinto y de los méritos específicos del puesto detallados en el apartado sexto. 8.4. En el caso de no haber obtenido la plaza, los candidatos podrán solicitar la devolución de la documentación en el plazo de 15 días naturales contados desde el día siguiente al de la publicación de la adjudicación de la plaza. Transcurrido este plazo, el Instituto Cervantes se reserva el derecho a destruir dicha documentación. 8.5. Toda documentación en lengua no española deberá ir acompañada de traducción al español, de lo contrario no será considerada. 9. PROCESO DE SELECCIÓN El proceso de selección constará de las siguientes fases: PRIMERA FASE: CONCURSO DE MÉRITOS La Comisión de Selección baremará las solicitudes de los candidatos que cumplan con los requisitos exigidos en el apartado quinto de estas bases, de acuerdo con el siguiente baremo, sobre un máximo de 5 puntos:

1. FORMACIÓN DE 0 A 1,25 PUNTOS Formación relacionada con las funciones del puesto Formación Profesional de grado medio o equivalente 0,50 puntos Por cada 10 horas de formación en los últimos 5 años 0,0125 puntos Por cada 10 horas de formación anterior a los últimos 5 años 0,005 puntos 2. EXPERIENCIA DE 0 A 2,50 PUNTOS Experiencia profesional relacionada con las funciones del puesto, en los últimos 10 años superior a la exigida en requisitos Por cada año de experiencia profesional en otro país, fuera del Instituto Cervantes (0,0125 puntos/mes) Por cada año de experiencia profesional en el país, fuera del Instituto Cervantes (0,0175 puntos/mes) Por cada año de experiencia profesional en el Instituto Cervantes, con contrato laboral (0,025 puntos/mes) Por cada año de experiencia profesional en el Instituto Cervantes, como colaborador externo (0,02 puntos/mes) Por cada año de experiencia profesional en el Instituto Cervantes (prácticas, beca o similar) (0,015 puntos/mes) 0,15 puntos 0,21 puntos 0,30 puntos 0,24 puntos 0,18 puntos 3. IDIOMAS DE 0 A 0,25 PUNTOS Conocimientos de otros idiomas, además de los exigidos en requisitos Competencia comunicativa suficiente para comprender todo lo que oye o lee y para expresarse con gran fluidez y precisión (C1 / C2 o equivalente) Competencia comunicativa suficiente para desenvolverse en la mayoría de las situaciones del ámbito profesional (B1 / B2 o equivalente) Competencia comunicativa suficiente para llevar a cabo tareas sencillas sobre cuestiones conocidas o habituales (A1 / A2 o equivalente) 0,25 puntos por idioma 0,125 puntos por idioma 0,0625 puntos por idioma 4. INFORMÁTICA DE 0 A 1 PUNTOS Conocimientos de aplicaciones de tratamiento de textos, correo electrónico e Internet (por cada hora de formación acreditada) Manejo de hojas de cálculo, bases de datos (por cada hora de formación acreditada) 0,010 puntos 0,005 puntos Otros cursos (por cada hora de formación acreditada) 0,0025 puntos

Finalizada la baremación, la Comisión de Selección publicará en los tablones de anuncios de la sede central del Instituto Cervantes, en los tablones de anuncios del centro de Dublín y en las páginas web: http://www.cervantes.es y http://dublin.cervantes.es, la relación provisional de los candidatos que cumplen requisitos (por orden de puntuación obtenida tras la valoración de los méritos específicos del puesto) y la relación de los candidatos excluidos (ordenada alfabéticamente y con indicación de la causa o causas de la exclusión). El candidato, dentro de los 2 días hábiles siguientes a la publicación de la relación provisional, podrá presentar en la sede central del Instituto Cervantes (C/ Alcalá, 49, 28014 Madrid), enviar por fax (34 91 436 77 21) o por correo electrónico (seleccion.centros@cervantes.es) las subsanaciones o las reclamaciones que considere oportunas. Éstas se dirigirán a la presidenta de la Comisión de Selección. Transcurrido este plazo, la Comisión de Selección publicará en los tablones de anuncios de la sede central del Instituto Cervantes, en los tablones de anuncios del centro del Instituto Cervantes de Dublín y en las páginas web: http://www.cervantes.es y http://dublin.cervantes.es, la relación definitiva (ordenada de mayor a menor) de las puntuaciones finales obtenidas por los candidatos en esta fase y especificará los diez candidatos que con la mayor puntuación pasan a la siguiente fase. SEGUNDA FASE: PRUEBAS (5 PUNTOS) Se realizarán tres pruebas encaminadas a evaluar las capacidades de los candidatos para desempeñar sus futuras funciones. PRUEBAS DE IDIOMAS: Consistirán en la traducción directa e inversa en ambos idiomas y/o la redacción de un texto: Relacionada con el conocimiento del idioma español (será necesario un mínimo de 0,875 puntos para superarla) Relacionada con el conocimiento del idioma inglés (será necesario un mínimo de 0,875 puntos para superarla) De 0 a 1,75 puntos De 0 a 1,75 puntos PRUEBAS DE INFORMÁTICA: Prueba de Word (será necesario un mínimo de 0,75 puntos para superarla) De 0 a 1,50 puntos Nota: será necesario obtener el mínimo de puntos exigidos en cada caso para pasar a realizar la entrevista. TERCERA FASE: ENTREVISTA (5 PUNTOS) La entrevista tiene por objeto determinar y valorar la adecuación del candidato al puesto de trabajo convocado, su iniciativa y su capacidad de organización, así como la voluntad para integrarse en un proyecto de difusión y consolidación de la lengua y cultura españolas.

Se contrastarán los conocimientos técnicos, su experiencia profesional, la competencia lingüística, así como las competencias personales del candidato para asumir las funciones del puesto de auxiliar administrativo. La entrevista se valorará de 0 a 5 puntos, siendo necesaria una puntuación mínima de 2,5 para superarla. 10. DESIGNACIÓN DEL CANDIDATO SELECCIONADO 10.1. Siempre que la puntuación obtenida en la fase de la entrevista sea igual o superior a 2,5 puntos, la Comisión de Selección asignará la plaza convocada al candidato con la mayor puntuación, sumadas las puntuaciones obtenidas en las tres fases. Se creará una bolsa de trabajo para cubrir cualquier incidencia que pudiera surgir durante el año siguiente a la finalización de este proceso de selección, con los candidatos que habiendo superado la entrevista hayan obtenido las siguientes mayores puntuaciones. Si ningún candidato obtuviera una puntuación igual o superior a 2,5, la Comisión de Selección declarará desierta la plaza convocada. 10.2. La Comisión de Selección publicará en los tablones de anuncios de la sede central del Instituto Cervantes, en los tablones de anuncios del centro del Instituto Cervantes de Dublín, así como en la página web, las puntuaciones obtenidas en la segunda y tercera fase (pruebas y entrevistas) y el acuerdo de resolución del proceso de selección. 10.3. Una vez finalizado el proceso de selección, la Comisión de Selección levantará acta, en la que se dejará constancia del desarrollo de todo el proceso. 11. COMPOSICIÓN DE LA COMISIÓN DE SELECCIÓN 11.1. La Comisión de Selección estará constituida por los siguientes miembros: a) Presidenta: Rosa León Conde, Directora del centro. b) Vocal: Vicente Morales Gallo, Administrador del centro. c) Secretaria: Raquel Ruiz Sánchez, Técnico de Selección del Instituto Cervantes. 11.2. La Comisión de Selección se halla facultada para resolver cualquier duda o incidencia que se produzca a lo largo de este proceso, adoptando al respecto las decisiones que estime pertinentes. 11.3. Los miembros de la Comisión de Selección deberán abstenerse de intervenir en los siguientes supuestos: a) Tener interés personal en el asunto de que se trate o tener cuestión litigiosa con algún candidato. b) Tener parentesco de consanguinidad dentro del cuarto grado o de afinidad dentro del segundo, con cualquiera de los candidatos. c) Tener amistad íntima o enemistad manifiesta con algún candidato.

11.4. Por su parte, los aspirantes podrán recusar a los miembros de la Comisión de Selección cuando concurran las circunstancias previstas en el párrafo anterior, de acuerdo con lo dispuesto por la Ley 30/1992 de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. 11.5. Por el carácter específico del puesto, y en caso de estimarlo necesario, la presidenta de la Comisión de Selección podrá designar uno o varios asesores. 11.6. Los miembros de la Comisión de Selección tendrán una titulación igual o superior a la exigida para el puesto convocado. 12. CONTRATO DE TRABAJO 12.1. El resultado publicado de este proceso de selección no vincula al Instituto Cervantes con el candidato seleccionado hasta la firma del contrato de trabajo. 12.2. El día de la formalización del contrato de trabajo, el candidato seleccionado deberá presentar el original, para su compulsa, del título exigido en el apartado de requisitos. 12.3. No podrá efectuarse la formalización del contrato de trabajo si el candidato no acredita estar en posesión del correspondiente permiso de residencia y/o trabajo. Asimismo deberán cumplir los requisitos que impongan las autoridades del país para el desempeño del puesto de trabajo. 12.4. De acuerdo con la legislación local, el candidato seleccionado firmará un contrato laboral de carácter indefinido, con un período de prueba de dos meses, salvo que la legislación local establezca un periodo inferior. 13. PROTECCIÓN DE DATOS 13.1 El Instituto Cervantes, en cumplimiento de lo dispuesto en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, informa de que los datos personales que nos faciliten los candidatos por medio del envío de su currículum vítae, así como los que en su caso se puedan generar como consecuencia de su participación en este proceso selectivo, con la finalidad de cubrir las plazas convocadas y constituir una bolsa de candidatos en reserva para futuras contrataciones a lo largo del presente ejercicio, serán almacenados en un fichero del área de Recursos Humanos del Instituto Cervantes, con domicilio en la calle Alcalá, 49, 28014 Madrid. 13.2 Esta comunicación es voluntaria de manera que la remisión del currículum vítae será considerada por el Instituto Cervantes como un consentimiento expreso para el tratamiento de los datos de los solicitantes con la finalidad indicada, sin perjuicio de que puedan oponerse en cualquier momento a ello y revocar el consentimiento prestado. 13.3 Una vez finalizados los procesos de selección, el Instituto Cervantes hará pública la relación de candidatos y el resultado de la convocatoria, a través de los canales previstos en el procedimiento.

13.4 El candidato autoriza expresamente a Instituto Cervantes a hacer públicos su nombre y apellidos junto al resultado de la selección, siendo este requisito imprescindible para la admisión de la candidatura. 13.5 El declarante podrá ejercer los derechos de acceso, rectificación y cancelación mediante escrito dirigido a la Dirección de Recursos Humanos del Instituto Cervantes, que podrá presentar en el Registro General en Madrid, calle Alcalá, 49 - Código Postal 28014 Madrid, en los términos previstos en la normativa aplicable. 14. RECLAMACIONES En primera instancia, contra la presente convocatoria, así como cuantos actos administrativos se deriven de aquella, podrán interponerse las reclamaciones que se consideren oportunas ante la presidenta de la Comisión de Selección en el plazo de quince días desde la fecha de finalización de este proceso de selección. Dublín, a xx de junio de 2015