Testimonio de la Escritura Pública de Constitución de Sociedad en Nombre Colectivo



Documentos relacionados
Estatutos de la Asociación Civil de la Universidad Centro Occidental Lisandro Alvarado

SOCIEDAD EN COMANDITA SIMPLE

Testimonio de la Escritura Pública de Constitución de Sociedad Anónima de Capital Variable

Nº.-CESION DE CUOTAS. POR.. A Y OTRA. En la.., Escribano Público, comparecen: POR UNA PARTE-, oriental, mayor de edad, con cédula de

DECLARACIONES: PRIMERA.- Declara LA UNISON :

Instituto Electoral del Estado de Guanajuato

ESTATUTO CONSOLIDADO BPO CONSULTING

Suministro de bienes de consumo

DECLARACIONES I. DECLARA LAS PARTES DE COMÚN ACUERDO QUE: a) Ambos señalan como su domicilio el ubicado en. DEFINICIONES

REQUISITOS PARA SOLICITUD DE REGISTRO DE EMPRESAS

MODELO DE ESCRITURA DE CONSTITUCIÓN SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE


Dirección para notificaciones judiciales y Administrativas:...

ESTATUTOS SOCIALES CONSTITUTIVOS DE EMPRESA INDIVIDUAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA (E.I.R.L.)

Modelo de Estatutos para candidaturas independiente al cargo de Presidente Municipal y Síndico FCI/IMPEPAC/04/EA

CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE CERTIFICACIÓN DE QUE CELEBRAN POR UNA PARTE

3. Modelo de Estatutos para Sociedad Limitada Nueva Empresa

CONTRATO DE ARRENDAMIENTO DE LOCAL COMERCIAL U OFICINA

ESTATUTOS REFUNDIDOS

CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES.

PROYECTO No. 3 DE MINUTA DE CONSTITUCION SIMULTÁNEA DE COMPAÑÍA ANÓNIMA CUYO ESTATUTO PREVEA LA EXISTENCIA DE DIRECTORIO

ESCRITURA DE CONSTITUCIÓN DE LA SOCIEDAD ANÓNIMA DENOMINADA *. NUMERO En Madrid, a * Ante mí, *,

COMPRAVENTA DE PARTICIPACIONES SOCIALES DE LA ENTIDAD *SOC*, S.L..- DON RAMON CERDA SANJUAN Y OTRA

3.5.- Toda otra actividad compatible con los fines de la Asociación.

Nosotras de nacionalidad venezolana, titular de la Cédula de Identidad N o. : de nacionalidad venezolana,

LA SOCIEDAD PROFESIONAL

CRISEGEN INVERSIONES, S.L., SOCIEDAD UNIPERSONAL ESTATUTOS SOCIALES

Minuta para la constitución de una sociedad anónima cerrada sin directorio

NOTA SOBRE LA ELEVACIÓN A PÚBLICO DE ACUERDOS SOCIALES DE UNA SOCIEDAD CUANDO SE HA LEVANTADO ACTA NOTARIAL DE LA JUNTA.

Los profesionales ante la nueva Ley de Sociedades Profesionales (Ley 2/2007 de 15 de marzo)

Sociedad de Responsabilidad Limitada

Reforma de estatutos

POLITICA DE PROTECCION DE DATOS

CIVIL PRIVADA A SOCIEDAD COOPERATIVA CATALANA LIMITADA" En BARCELONA, mi residencia, a. Ante mí,, Notario de esta Capital y

Servicios Registrales REGISTRO MERCANTIL. Qué es el Registro Mercantil

REGLAMENTO: REQUISITOS Y CONDICIONES DE LA PROMOCIÓN Banco LAFISE & Peugeot le traen Marchamo Aventurero

[Preámbulo] CAPÍTULO I Disposiciones generales

ESCRITURA DE CONSTITUCIÓN DE LA SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA DENOMINADA *, S.L

CONSTITUCIÓN DE SOCIEDAD COMERCIAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA

SOCIEDADES LABORALES Y PARTICIPADAS. Ley 44/2015, de 14 de octubre, de Sociedades Laborales y Participadas

MODELO DE ESCRITURA DE CONSTITUCIÓN SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE. NÚMERO.- CONSTITUCIÓN DE SOCIEDAD.- En la ciudad de

MODELO DE ESTATUTOS (Requisitos mínimos) CLASE DE PERSONA JURIDICA A CONSTITUIRSE: FUNDACION, CORPORACION o ASOCIACION

Capítulo séptimo Asociación en participación

MINISTERIO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD PÚBLICA DIRECCIÓN GENERAL DE MIGRACIÓN Y EXTRANJERÍA DEPARTAMENTO DE EXTRANJERÍA REPÚBLICA DE EL SALVADOR

CONTENIDO DE LOS ESTATUTOS O BASES ESTATUTARIAS

INSTRUCCIÓN ADMINISTRATIVA No. 17. Señores Notarios y Registradores de Instrumentos Públicos del País

ACTA DE CONSIGNACIÓN DE BASES DE SORTEO NÚMERO NOVECIENTOS CINCUENTA En GANDESA, mi residencia, a seis de Agosto de

Unidad 8. Explicación de los regímenes patrimoniales

D E C L A R A C I O N E S

CONTRATO DE MANDATO PRIMERA.- PARTES.

ANEXO 2. Capítulo Primero. Del nombre; objeto; domicilio; nacionalidad y duración.

INSTITUTO ELECTORAL Y DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA DEL ESTADO DE GUERRERO

[MI EMPRESA] 1 Y COMPAÑÍA, SOCIEDAD EN COMANDITA

CONTRATO DE LICENCIA DE SIGNOS DISTINTIVOS DE LA OTC- UAEM

MODELO DE ESTATUTOS DE UNA SOCIEDAD LIMITADA PROFESIONAL

FUNDACIONES PANAMEÑAS

ANEXO 5: MODELOS DE CONTRATOS DE COMPRAVENTA COMPRAVENTA

REGLAS PARA LA CONSTITUCIÓN DE ADMINISTRADORAS DE FONDOS PARA EL RETIRO FILIALES

MODELO DE CONTRATO DE INTERCONEXION PARA FUENTE DE ENERGIA RENOVABLE O SISTEMA DE COGENERACION EN MEDIANA ESCALA.

Estatutos ESTATUTOS DE LA FUNDACIÓN BOLÍVAR DAVIVIENDA CAPÍTULO PRIMERO DENOMINACIÓN, DOMICILIO, OBJETO, PATRIMONIO Y DURACIÓN

Escritura de constitución de unión temporal de empresas

SOCIEDADES COMERCIALES

Registro de la Constitución de una Sociedad por Acciones Simplificada S.A.S.

APUNTES GESTIÓN Y DIRECCIÓN DE CLUBES DE PADEL. Anexo a la Ponencia: Aspectos jurídicos del Padel como actividad empresarial

Pag No 1. ESCRITURA PÚBLICA No. FECHA DE OTORGAMIENTO:

CIRCULAR EXTERNA (23/12/2009)

CONTRATO DE DEPÓSITO EN CUENTA DE AHORRO. (PERSONA JURÍDICA)

Segunda Licitación, Nacional e Internacional, para la venta de los Activos que conforman el fondo de comercio de ASTER COMUNICACIONES, S. A.

Artículo 4º.- Para el cumplimiento de su objeto, el fideicomiso tendrá los siguientes fines:

Capítulo Primero. Del nombre; objeto; domicilio; nacionalidad y duración.

CAPÍTULO SEGUNDO: Asociaciones como dos formas de organización social, a continuación

CONTRATO DE COMPRAVENTA BIENES MUEBLES

CONTRATACIÓN DE SERVICIOS DE PATENTES CONTRATO PARA LA LICENCIA DE EXPLOTACION DE LA PATENTE..

LIBRO I.- NORMAS GENERALES PARA LA APLICACIÓN DE LA LEY GENERAL DE INSTITUCIONES DEL SISTEMA FINANCIERO

ACUERDO MARCO DE COLABORACION ENTRE LA SOCIEDAD ESPAÑOLA DE SENOLOGÍA Y LA SOCIEDAD ESPAÑOLA DE DIAGNÓSTICO POR IMAGEN DE LA MAMA REUNIDOS

ESCRITURA DE CONSTITUCION DE SOCIEDAD. EN MADRID, mi residencia a. Ante mí, *, Notario del Ilustre Colegio de C O M OP A R E C E N :

LEY DE SOCIEDAD DE CONVIVENCIA PARA EL DISTRITO FEDERAL

EL CONGRESO NACIONAL En Nombre de la República

D E C L A R A C I O N E S. 1. El INSTITUTO DE INVESTIGACIONES ELÉCTRICAS (IIE) por conducto de su representante declara que:

SOCIEDADES DE LAS ISLAS VÍRGENES BRITÁNICAS (BVI)

CAPITULO II LEY DE LA EMPRESA INDIVIDUAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA

CONTRATO DE ARRAS O SEÑAL

Cómo acreditar la representación de sociedades, cooperativas y demás personas jurídicas de Derecho privado?

REGLAMENTO DE LA SUPERINTENDENCIA DE PENSIONES, VALORES Y SEGUROS

Nuevo marco legal de la emisión de obligaciones. Novedades de la Ley 5/2015, de fomento de la financiación empresarial

PREGUNTAS FRECUENTES ACERCA DEL REGISTRO DE AGENTES INMOBILIARIOS DE CATALUÑA

, Morelos a de de 201

ACTA DE MANIFESTACIONES RELATIVAS A LA LEY 10/2010 DE 28 DE ABRIL

LA NUEVA LEY DE SOCIEDADES DE CAPITAL

ASPECTOS LEGALES PARA EL ESTABLECIMIENTO DE NEGOCIOS EN COLOMBIA

Gabinete Jurídico. Informe 0084/2009

ARTÍCULO CUARTO. Para el desarrollo del objeto principal de la Sociedad, la Sociedad tendrá los siguientes objetos:

LEY DE SOCIEDAD DE CONVIVENCIA PARA EL DISTRITO FEDERAL.

SOCIEDADES ANÓNIMAS PANAMEÑAS. La Legislación relativa a la organización de sociedades anónimas en Panamá está contenida en la Ley 32 de 1927.

Contrato privado de compraventa

GRUPO FINANCIERO SANTANDER MEXICO, S.A. B. DE C.V., ACUERDOS ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA Y EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS 13 DE DICIEMBRE DE 2013

ESTATUTOS SOCIALES NMÁS1 DINAMIA, S.A.

CONTRATO DE COTITULARIDAD DE INVENCION OTC UAEM DECLARACIONES

Contrato de Custodia de Valores

RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA Nº /SUNAT

Transcripción:

0 N CATORCE. LIBRO: CINCO. Testimonio de la Escritura Pública de Constitución de Sociedad en Nombre Colectivo OTORGADA POR: SEÑORES: SOCIO I Y SOCIO II A FAVOR DE: ELLOS MISMOS EN LOS OFICIOS DE: ABOGADO Y NOTARIO DEPARTAMENTO DE SAN SALVADOR - EL SALVADOR - CENTROAMERICA

1 NÚMERO. En la ciudad de San Salvador, a las horas del día de de. Ante mí,, Notario, de este domicilio, comparecen los señores, de años de edad, PROFESION, del domicilio de, de nacionalidad, a quien (no) conozco, portador de (pero identifico por medio de) su documento único de identidad número ; y, de años de edad, PROFESIÓN, del domicilio de, de nacionalidad, a quien (no) conozco, portador de (pero identifico por medio de) su documento único de identidad número ; Y ME DICEN: Que han dispuesto constituir y en efecto por este acto constituyen una Sociedad Colectiva, que se regirá por las cláusulas que más adelante se expresarán. Asimismo, para los efectos del artículo cuarenta y cuatro del Código de Comercio declaran los otorgantes que no poseen participaciones sociales en otras sociedades mercantiles (En caso de poseer participaciones sociales en otras sociedades, declararlas en el instrumento). PRIMERA: NATURALEZA, NACIONALIDAD, RAZÓN SOCIAL. La sociedad que se constituye es de naturaleza colectiva; de nacionalidad y girará con la Razón Social de, que podrá abreviarse ; pudiendo utilizar como nombre comercial. SEGUNDA: DOMICILIO. El domicilio principal de la sociedad es la ciudad de en el Departamento de, pero por acuerdo de la administración podrá abrir sucursales, agencias, oficinas y dependencias en cualquier otro lugar dentro o fuera del territorio de la República. TERCERA: PLAZO. El plazo de la sociedad es por tiempo indefinido a partir de la fecha en que se inscriba ésta escritura en el Registro de Comercio (si es determinado, expresar el plazo convenido). CUARTA: FINALIDAD SOCIAL. La Sociedad tendrá por objeto o finalidad. QUINTA: CAPITAL SOCIAL. El capital de la sociedad será de dólares, moneda de curso legal, el cual está integrado por cuotas o participaciones de capital y queda distribuido de la forma siguiente: el señor posee una participación de dólares y el señor posee una participación de dólares. Sociedad y el uso y firma de la razón social corresponderá a los socios colectivos otorgantes del presente acto, quienes la podrán ejercer conjunta o separadamente (O bien pueden los otorgantes designar un Administrador Único, por un perí odo

1 determinado o de carácter Inamovible: Ver Cláusulas Opcionales al final de este formato). Los Administradores se reunirán y adoptarán sus decisiones, de conformidad con lo estipulado en el Artículo del Código de Comercio. Los Administradores no necesitarán de autorización especial y desde ya quedan facultados para realizar sin limitación alguna todos los actos, contratos y operaciones relativos al objeto social; recibir precios y cantidades que se le adeuden a la sociedad y a otorgar las cancelaciones o finiquitos respectivos; otorgar poderes judiciales o administrativos, de naturaleza general o especial, así como los mandatos que crean necesarios para encargar a otras personas el desempeño constante o accidental de todos o algunos ramos del tráfico de la Sociedad, pero nunca para delegar sus cargos. Para celebrar cualquier otro acto o contrato requerirán de la autorización del Consejo de Administradores. SEPTIMA: PERIODO DE FUNCIONES DE LOS ADMINISTRADORES. Los Administradores fungirán en sus cargos mientras conserven su calidad de socios. OCTAVA: HONORARIOS DE LOS ADMINISTRADORES Y SOCIOS. Los Administradores y los socios que presten servicios a la Sociedad tendrán las remuneraciones que señale la Junta General de Socios. NOVENA: PROHIBICIONES. Las prohibiciones a que quedan sujetos tanto los Administradores como los Socios, son las señaladas en el Artículo del Código de Comercio (Expresar si se exceptúa el romano III del Art. del Código de Comercio en la presente cláusula). DÉCIMA: JUNTAS GENERALES DE SOCIOS: Las Juntas Generales formadas por los socios, legalmente convocados y reunidos, constituyen la autoridad suprema de la sociedad. En las Juntas Generales se tomarán resoluciones por el voto unánime de los socios. DÉCIMA PRIMERA: SOMETIEMIENTO A LAS DISPOSICIONES DEL CÓDIGO DE COMERCIO: En todo lo que no esté previsto en el presente pacto social, la sociedad se regirá por las disposiciones generales que para las sociedades de personas estipula el Código de Comercio, así como por las disposiciones especiales aplicables a las sociedades en nombre colectivo, especialmente en lo referente al embargo y traspaso de las participaciones sociales; exclusión y separación de socios; distribución de utilidades, aplicación de pérdidas, constitución de reservas, disolución y bases para practicar la liquidación. Por tanto, en caso que el mencionado Código sea objeto de cualquier reforma legislativa que modifique alguno de los actuales regímenes que regulan esta clase de sociedad, se entenderá que la sociedad por ministerio de ley, quedará sujeta a las nuevas regulaciones que se establezcan, sin necesidad de modificación del presente pacto social, al menos que la ley ordene se cumpla con un régimen de adaptación a las reformas que se haya decretado. DÉCIMA SEGUNDA: PACTO DE CONTINUACIÓN CON LOS HEREDEROS DE LOS SOCIOS: Cuando muera

1 alguno de los socios, la sociedad podrá continuar con sus herederos; debiendo en adelante observarse lo dispuesto en el Art. 0 del Código de Comercio (o expresar si no habrá pacto de continuación con los herederos). DÉCIMA TERCERA: RESPONSABILIDADES DEL SOCIO SOBREVIVIENTE: Con fundamento en lo estipulado en la Cláusula anterior, si la sociedad por la muerte de alguno de sus socios, se viere reducida a un solo socio, éste tendrá las obligaciones y responsabilidades que le señala el Artículo del Código de Comercio. DÉCIMA CUARTA: EJERCICIO ECONÓMICO: El ejercicio económico anual de la sociedad será del uno de enero al treinta y uno de diciembre de cada año. Yo el Notario HAGO CONSTAR: Que hice a los otorgantes la advertencia a que se refiere el artículo del Código de Comercio, respecto a la obligación de inscribir ésta escritura en el Registro de Comercio. Así se expresaron los comparecientes a quienes expliqué los efectos legales de ésta escritura y leído que les fue por mí, íntegramente todo lo escrito en un solo acto sin interrupción, ratificaron su contenido y firmamos. DOY FE. CLAUSULAS OPCIONALES ADMINISTRADOR ÚNICO POR UN PERÍODO DE PLAZO DETERMINADO Sociedad y el uso y firma de la razón social corresponderá a un Administrador Único, electo por la Junta General de Socios, la cual a su vez elegirá al respectivo suplente. El Administrador Único no necesitará de autorización especial y desde ya queda facultado para realizar sin limitación alguna todos los actos, contratos y operaciones relativos al objeto social; adquirir, vender enajenar, hipotecar, gravar, permutar, pignorar, entregar y recibir en depósitos bienes muebles o inmuebles propiedad de la sociedad; recibir precios y cantidades que se le adeuden a la sociedad y a otorgar las cancelaciones o finiquitos respectivos; otorgar escrituras de venta, tradición, hipoteca y demás que recaigan sobre los bienes de cualquier naturaleza de la sociedad; obtener créditos de cualquier naturaleza para el mejor desarrollo de los fines sociales; otorgar poderes judiciales o administrativos, de naturaleza general o especial, así como los mandatos que crean necesarios para encargar a otras personas el desempeño constante o accidental de todos o algunos ramos del tráfico de la Sociedad, pero nunca para delegar su cargo. SÉPTIMA: PERIODO DE FUNCIONES DEL ADMINISTRADOR. El Administrador Único fungirá en su cargo por un período de años, a partir de su elección.

1 DÉCIMA QUINTA: Los socios fundadores por medio del presente acto acuerdan elegir para el primer período de funciones, como Administrador Único Propietario al señor, y como Administrador Único Suplente al señor, (las generales de ambos administradores deberán expresarse si los electos son personas distintas de los otorgantes del acto, mencionando su edad, profesión, domicilio y nacionalidad). ADMINISTRADOR ÚNICO INAMOVIBLE Sociedad y el uso y firma de la razón social corresponderá a un Administrador Único Inamovible, electo por la Junta General de Socios, la cual a su vez elegirá al respectivo suplente. El Administrador Único no necesitará de autorización especial y desde ya queda facultado para realizar sin limitación alguna todos los actos, contratos y operaciones relativos al objeto social; adquirir, vender enajenar, hipotecar, gravar, permutar, pignorar, entregar y recibir en depósitos bienes muebles o inmuebles propiedad de la sociedad; recibir precios y cantidades que se le adeuden a la sociedad y a otorgar las cancelaciones o finiquitos respectivos; otorgar escrituras de venta, tradición, hipoteca y demás que recaigan sobre los bienes de cualquier naturaleza de la sociedad; obtener créditos de cualquier naturaleza para el mejor desarrollo de los fines sociales; otorgar poderes judiciales o administrativos, de naturaleza general o especial, así como los mandatos que crean necesarios para encargar a otras personas el desempeño constante o accidental de todos o algunos ramos del tráfico de la Sociedad, pero nunca para delegar su cargo. NOTA: EN ESTE TIPO DE ADMINISTRACION NO ES NECESARIA LA CLÁUSULA SÉPTIMA. DÉCIMA QUINTA: Los socios fundadores por medio del presente acto acuerdan elegir como Administrador Único Inamovible al señor, y como Administrador Único Suplente al señor, (las generales de ambos administradores deberán expresarse si los electos son personas distintas de los otorgantes del acto, mencionando su edad, profesión, domicilio y nacionalidad).