CONVENIO DE PRÁCTICAS EN EL EXTRANJERO ESTUDIANTES DE LA SECCIÓN DE TÉCNICOS SUPERIORES (COMERCIO INTERNACIONAL) 1ER AÑO Entre, por una parte, el Centro de Enseñanza, El Instituto., situado:., representado por el Director del centro, el señor,, y por el señor (nombre y apellidos): Profesor responsable del seguimiento de las prácticas. Y, por otra parte, la Empresa o Entidad de acogida, Nombre: Dirección del domicilio social: Nombre y dirección del departamento en el que se llevarán a cabo las prácticas: Representado/a por el señor/la señora (nombre y apellidos). Que actúa en calidad de (indicar la función del interesado/ de la interesada dentro de la entidad de acogida). Y, por otra parte, Apellidos: Nombre: Número de Seguridad Social: Número de estudiante: Estudiante en el Centro de Enseñanza, en la formación siguiente: STS Comercio Internacional. Dirección personal: Una vez presentadas las partes Se expone: 1
Artículo 1- Objeto del convenio El objeto del presente convenio es el de determinar las relaciones entre las partes, tratando de realizar por parte del estudiante, prácticas integradas en el curso pedagógico, dentro de la empresa o de la entidad de acogida. El periodo de prácticas tiene como objetivo primordial asegurar al estudiante una formación práctica estrechamente relacionada con el aprendizaje recibido en su centro de enseñanza. Dicho periodo de prácticas permite por una parte, poner al estudiante en formación, en contacto directo con el mundo laboral, y más concretamente, con sus realidades profesionales, sociales y humanas y, por otra parte, la puesta en práctica en un marco real, de los conocimientos adquiridos hasta ese momento. Artículo 2- Definición de las actividades encomendadas al estudiante en periodo de prácticas Es preciso especificar aquí las diferentes actividades que el estudiante, en periodo de prácticas, llevará a cabo en función de los objetivos de la formación universitaria seguida. Artículo 3- Duración y condiciones de ejecución del periodo de prácticas El periodo de prácticas se iniciará el y terminará el en los lugares señalados a continuación (especificar las direcciones del lugar de destino en caso de que sean diferentes del domicilio social de la empresa o del organismo de acogida anteriormente mencionado); si están previstos varios periodos, precisar los detalles. Los horarios qué se aplicarán son los previstos para los trabajadores de la empresa o de la entidad de acogida, en su defecto, se precisarán a continuación: La presencia por parte del estudiante en periodo de prácticas en la empresa o en la entidad de acogida tendrá una duración semanal máxima de (indicar el número de horas). 2
Indicar, si se diera el caso, la presencia del estudiante en periodo de prácticas, en la empresa o en la entidad de acogida por las noches, los domingos o los días festivos. En aplicación del artículo 9 de la ley n 2006-393 del 31 de marzo de 2006 aprobada, la duración del periodo de prácticas, a excepción del integrado en el curso pedagógico, tendrá una duración inicial o acumulada, en caso de renovación, que no podrá ser superior a seis meses. Artículo 4- Condiciones de pago de una gratificación al estudiante en periodo de prácticas Cuando la duración del periodo de prácticas es superior a tres meses consecutivos, la empresa concederá una gratificación al estudiante, que no tendrá el carácter de salario y cuyo importe y modalidades de pago son los siguentes. - Importe: - Modalidades de pago: Véase artículo 9- Ley del 31 de marzo de 2006 referente a la igualdad de clases y decreto n 2006-1093 del 29 de agosto de 2006 tomad o para la aplicación de los artículos 9 y 10 de dicha ley que fija el importe de la fracción de la gratificación no sujeta a cotizaciones sociales ( o sea, el 12,5 % del límite horario de la Seguridad Social). Artículo 5- Acogida, seguimiento y autorización de ausencia El estudiante en periodo de prácticas seguirá siendo, durante la duración de su estancia en la empresa, estudiante en el Centro de Enseñanza... El seguimiento del estudiante se llevará a cabo de la siguiente manera: - Dentro del Instituto.., por el señor/la señora (nombre y apellidos del profesor tutor). - Dentro de la empresa, por el señor/la señora (nombre y apellidos, responsable dentro de la empresa). 3
Artículo 6- Ventajas que se ofrecen al estudiante en periodo de prácticas El presente convenio fija la lista de ventajas que pueden ser ofrecidas por la empresa al estudiante en periodo de prácticas, en particular en lo relativo a su restauración, su alojamiento o al reembolso de los gastos ocasionados para llevar a cabo sus prácticas. Artículo 7- Protección social, cobertura en caso de accidente laboral y responsabilidad civil El estudiante en periodo de prácticas conserva la protección social en el marco del seguro por enfermedad del que se beneficia en calidad de estudiante, a título personal o como derechohabiente. En lo relativo a los riesgos de accidente laboral/ enfermedad profesional, el estudiante en periodo de prácticas se beneficia de la legislación de los accidentes laborales (Art. R. 412-4 del Código de la Seguridad Social- Decreto n 2006-1627 del 18 de diciembre de 2006 que completa las disposiciones del artículo L. 412-8 2ndo del mismo código): Si el estudiante en periodo de prácticas percibe una gratificación superior a lo estipulado en la franquicia de cotización anteriormente expuesta, las obligaciones del empresario incumbirán a la empresa firmante del Convenio de Prácticas. El procedimiento susodicho no exime al empresario de su responsabilidad, que será la misma tanto para los estudiantes en periodo de prácticas como para sus empleados. El estudiante deberá por su parte, contratar un seguro que garantice su responsabilidad y entregar el justificante a su centro de enseñanza antes de la firma del convenio. Artículo 8- Obligaciones del estudiante en periodo de prácticas (disciplina y confidencialidad Durante el periodo de prácticas, el estudiante deberá someterse estrictamente a las costumbres y al reglamento en vigor dentro de la empresa, en particular en lo referente al reglamento interno de la empresa, los reconocimientos médicos, las normas de seguridad y los horarios. Se compromete a cumplir su trabajo y a estar disponible para las tareas que le sean encomendadas. 4
El estudiante se compromete también a respetar las exigencias de confidencialidad fijadas por la empresa, incluidas las relativas a la producción realizada en el marco del periodo de prácticas, si su contenido así lo requiere. Artículo 9- Evaluación del periodo de prácticas El estudiante en periodo de prácticas deberá redactar un informe o una memoria dentro de los plazos previstos; este documento deberá ser presentado tanto a los responsables de las prácticas dentro de la universidad como dentro de la empresa. Esta última deberá devolver, al profesor correspondiente, la ficha de evaluación del periodo de prácticas (véase anexo). El profesor responsable de las prácticas solicitará del Empresario su apreciación con respecto al trabajo del estudiante en periodo de prácticas y, si procede con respecto a ciertos puntos particulares que considere oportunos. Artículo 10- Interrupción, ruptura En caso de dificultad en el desarrolo del periodo de prácticas, el estudiante deberá ponerse en contacto a la mayor brevedad posible con su profesor responsable. En caso de no cumplimiento del reglamento interior de la empresa por parte del estudiante en periodo de prácticas, o en caso de indisciplina caracterizada, el empresario podrá finalizar de manera anticipada el periodo de prácticas del estudiante, después de haber informado al profesor responsable de las prácticas. Profesor responsable Estudiante en periodo de prácticas Responsable de la Empresa o de la entidad de acogida ( Firma y sello) Director del Centro de Enseñanza (Firma y sello) 5