AGUAS DE LAS CUENCAS MEDITERRÁNEAS, S.A. (AcuaMed)



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Transcripción:

C/ Albasanz, 11 28037 Madrid Tel. 91 423 45 59 - Fax 91 423 45 47 contratacion@acuamed.es AGUAS DE LAS CUENCAS MEDITERRÁNEAS, S.A. (AcuaMed) PLIEGO DE CLÁUSULAS REGULADORAS PARA LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE CONSULTORÍA Y ASISTENCIA PARA ATENCION, SOPORTE MICROINFORMÁTICO DE LOS USUARIOS, ASÍ COMO EL CLOUDING Y EXPLOTACIÓN DE TODA LA PLATAFORMA DE SISTEMAS DE ACUAMED Madrid, 29 de enero de 2015

C/Albasanz, 11 28037 Madrid Tel. 91 423 45 00 - Fax 91 423 45 01 www.acuamed.es PLIEGO DE CLÁUSULAS REGULADORAS DEL SERVICIO DE CONSULTORÍA Y ASISTENCIA DEL SERVICIO PARA ATENCION, SOPORTE MICROINFORMÁTICO DE LOS USUARIOS, ASÍ COMO EL CLOUDING Y EXPLOTACIÓN DE TODA LA PLATAFORMA DE SISTEMAS DE ACUAMED. Nº de expediente: SV/01/15 A. CARACTERÍSTICAS DE LA LICITACIÓN Y DE LA CONTRATACIÓN: 1. PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACION Y TRAMITACION DEL EXPEDIENTE Se adoptará un procedimiento abierto, en aplicación del artículo 157 y siguientes del TRLCSP, resultando Proveedor de Servicios el licitador que presente la oferta económicamente más ventajosa. Asimismo, el expediente se instruirá utilizando la tramitación ordinaria. 2. CODIFICACIÓN DE LA NOMENCLATURA. CPV: 7200000 Servicios TI, consultoría, desarrollo de software, internet y apoyo. 3. DEFINICIÓN DEL OBJETO DEL CONTRATO Y NECESIDADES A SATISFACER. SERVICIO PARA ATENCION, SOPORTE MICROINFORMÁTICO DE LOS USUARIOS, ASÍ COMO EL CLOUDING Y EXPLOTACIÓN DE TODA LA PLATAFORMA DE SISTEMAS DE ACUAMED. El presente pliego tiene como objeto definir las condiciones técnicas que regirán la prestación de los Servicios Integrales de las Tecnologías de la Información de AcuaMed que actualmente permiten el desempeño de la actividad diaria de AcuaMed, de cara a conseguir la mejora de su gestión, explotación, evolución así como en la calidad recibida y percibida por los usuarios de AcuaMed. Este contrato deberá cubrir todos los servicios necesarios para el normal funcionamiento del negocio de AcuaMed, como por ejemplo: el servicio de atención a usuarios, el soporte microinformático (software y hardware) y, el servicio de Clouding y Explotación de toda la Plataforma de Sistemas IT. 4. PRESUPUESTO PARA LA LICITACIÓN, VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO Y FORMA DE PAGO. 4.1. Presupuesto base de licitación (sin IVA): Trescientos mil euros (300.000 euros) IVA no incluido. IVA (21 %): Sesenta y tres mil euros (63.000 ). No obstante, el IVA se ajustará automáticamente al vigente en cada momento. 4.2. Valor estimado del contrato (sin IVA): El Valor Estimado del Contrato asciende a cuatrocientos veinte mil euros (420.000 euros), IVA no incluido. En este importe se han tenido en cuenta los requerimientos contemplados en el art. 88 del TRLCSP y, en concreto, se han considerado las posibles prórrogas y modificaciones. 4.3. Determinación del precio: El Precio se fija a tanto alzado y con la modalidad de precio cerrado para la totalidad de los trabajos incluidos en el contrato, de acuerdo con el Pliego de Cláusulas Reguladoras. 4.4. Forma de pago:. Mediante facturas mensuales por el importe fijo proporcional que resulte del precio del contrato. 4.5. Fecha de abono de las facturas: Según lo especificado en el modelo de contrato que se incluye como Anexo V al presente Pliego. 2

C/Albasanz, 11 28037 Madrid Tel. 91 423 45 00 - Fax 91 423 45 01 www.acuamed.es PLIEGO DE CLÁUSULAS REGULADORAS DEL SERVICIO DE CONSULTORÍA Y ASISTENCIA DEL SERVICIO PARA ATENCION, SOPORTE MICROINFORMÁTICO DE LOS USUARIOS, ASÍ COMO EL CLOUDING Y EXPLOTACIÓN DE TODA LA PLATAFORMA DE SISTEMAS DE ACUAMED. Nº de expediente: SV/01/15 5. GARANTÍAS A DISPOSICIÓN DE LA SOCIEDAD. 5.1. Provisional: NO SE EXIGE 5.2. Definitiva: Cinco por ciento (5%) del presupuesto de adjudicación, excluido el IVA. Se presentará de acuerdo con el modelo que se adjunta como Anexo III al presente Pliego. 5.3. Complementaria: Cinco por ciento (5%) del presupuesto de adjudicación, excluido el IVA. para el adjudicatario cuya oferta hubiese resultado anormalmente baja. 6. CONDICIONES ESPECÍFICAS DE LA CONTRATACIÓN. PUBLICIDAD DE LA LICITACIÓN 6.1. Plazo de ejecución del contrato Plazo: El plazo de duración del contrato es de DOS (2) años. El plazo máximo total es de TRES (3) años considerando la prórroga opcional. Información sobre prórrogas: El contrato puede ser prorrogado por UN (1) año más, incrementando, en este caso, el presupuesto de acuerdo con el valor estimado del contrato. 6.2. Modificaciones previstas en la documentación que rige la licitación: Según lo especificado en el Anexo VI al presente Pliego de Cláusulas Reguladoras, no existen modificaciones previstas, sin perjuicio de la prórroga indicada en el apartado anterior y del desarrollo previsto en el apartado 4.2. del pliego de prescripciones técnicas. 6.3. Admisión de soluciones variantes: No 6.4. Existencia de requisitos de publicidad en la Plataforma de Contratación: Sí 6.5. Existencia de requisitos de publicidad en el DOUE: Si 6.6. Existencia de requisitos de publicidad en el BOE: No 6.7. Publicidad en el Perfil de Contratante: Sí (www.acuamed.es) 6.8. Existencia de fases: Si. Primero se valoran los criterios subjetivos y una vez establecida la puntuación se valora el criterio objetivo. Se establece un umbral mínimo de puntuación para pasar de una fase a otra, especificado en el apartado 15.2.2. de este cuadro de características 6.9. Valoración de mejoras o prestaciones complementarias: No se admiten. 6.10. Obligación de subrogación en contratos de trabajo. No. 7. DOCUMENTOS QUE TIENEN CARÁCTER CONTRACTUAL. Los documentos que se relacionan a continuación revisten carácter contractual: 1º. Pliego de cláusulas reguladoras (documento presente) 2º. Oferta (técnica y económica) presentada por el Proveedor de Servicios 3º. El contrato En caso de discordancia o de contradicción entre el contenido de los documentos contractuales arriba citados, será de aplicación preferente el contrato que se formalice, un modelo del mismo se incluye como Anexo V al presente Pliego, y después los documentos enunciados por el orden de su numeración. 3

C/Albasanz, 11 28037 Madrid Tel. 91 423 45 00 - Fax 91 423 45 01 www.acuamed.es PLIEGO DE CLÁUSULAS REGULADORAS DEL SERVICIO DE CONSULTORÍA Y ASISTENCIA DEL SERVICIO PARA ATENCION, SOPORTE MICROINFORMÁTICO DE LOS USUARIOS, ASÍ COMO EL CLOUDING Y EXPLOTACIÓN DE TODA LA PLATAFORMA DE SISTEMAS DE ACUAMED. Nº de expediente: SV/01/15 B. PARTICIPACIÓN EN LA LICITACIÓN: 8. DISPOSICIONES RELATIVAS AL PROCEDIMIENTO. Información general: presentación de la correspondiente oferta presupone la aceptación incondicionada, por parte del ofertante, de todas las cláusulas de este Pliego sin salvedad. 9. PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES DE PARTICIPACIÓN Y PRESENTACIÓN DE PROPOSICIONES. 9.1. Información general: - Cada licitador podrá presentar una única oferta, bien sea individual o conjunta con otros licitadores. La presentación de varias ofertas en las que intervenga un mismo licitador determinará la invalidez automática de todas ellas. - Una vez presentada la oferta no podrá ser retirada, salvo justificación, y en todo caso antes del acto de apertura. - Con el fin de que los licitadores puedan presentar con el mayor detalle posible la documentación correspondiente a los criterios subjetivos de valoración, sobre B, se organizará una visita- reunión a las instalaciones de la sede central de AcuaMed en una fecha que les será comunicada a todos los interesados que se hayan dirigido a AcuaMed, mediante correo electrónico, a la dirección, antes de la fecha indicada en el anuncio de la licitación, dirigido a nombre de D. indicando la denominación de la licitación y el asunto visita a las instalaciones informáticas de AcuaMed en Madrid. 9.2. Presentación de las ofertas. 9.2.1. Lugar: Oficinas de AcuaMed, C/ Albasanz, 11 28037 Madrid 9.2.2. Plazo: Hasta el día y hora indicados en los anuncios de la licitación. 9.3. Forma de presentación de la documentación: En sobre cerrado e identificado debidamente, conteniendo a su vez 3 sobres cerrados: - Sobre A: Incluirán los requerimientos de capacidad y solvencia exigidos en el apartado 10 del presente cuadro de características. - Sobre B: Documentación correspondiente a los criterios subjetivos de valoración (Documentación Técnica), especificada en el apartado 11 del presente cuadro de características. - Sobre C: Documentación correspondiente a los criterios objetivos de valoración (Proposición Económica), especificada en el apartado 12 del presente cuadro de características. En el exterior de cada sobre se hará constar lo siguiente: - Letra correspondiente al sobre. - Título de la licitación. - Nombre completo y siglas, en su caso, dirección, CIF o NIF, teléfono, fax y correo electrónico del licitador. - Nombre y NIF del representante y correo electrónico. 9.4. Idioma: Español. 9.5. Confidencialidad: Sin perjuicio de las disposiciones legales y del pliego relativas a la publicidad de la adjudicación y a la información que debe darse a los licitadores, el órgano de contratación no podrá divulgar la información facilitada por los empresarios que estos hayan designado como confidencial; este carácter afecta, en particular, a los secretos técnicos o comerciales y a los aspectos confidenciales de las ofertas. 4

C/Albasanz, 11 28037 Madrid Tel. 91 423 45 00 - Fax 91 423 45 01 www.acuamed.es PLIEGO DE CLÁUSULAS REGULADORAS DEL SERVICIO DE CONSULTORÍA Y ASISTENCIA DEL SERVICIO PARA ATENCION, SOPORTE MICROINFORMÁTICO DE LOS USUARIOS, ASÍ COMO EL CLOUDING Y EXPLOTACIÓN DE TODA LA PLATAFORMA DE SISTEMAS DE ACUAMED. Nº de expediente: SV/01/15 9.6. Obligación de suministrar información: De conformidad con lo dispuesto en el artículo 4, Obligación de suministrar información, de la Ley 19/2013, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, los adjudicatarios de contratos del sector público, en los términos previstos en el respectivo contrato, estarán obligados a suministrar a la Administración, organismo o entidad de las previstas en el artículo 2.1 de la citada Ley a la que se encuentren vinculados por el Contrato, previo requerimiento, toda la información necesaria para el cumplimiento por aquéllos de las obligaciones previstas en el título I de la Ley 19/2013. 9.7. Protección de datos. En cumplimiento del artículo 5º de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de Diciembre, sobre Protección de Datos de Carácter Personal, por el que se regula el derecho de información en la recogida de los datos, le facilitamos la siguiente información: Los datos de carácter personal que facilite, cuando entren dentro del ámbito de aplicación de dicha Ley Orgánica, podrán incluirse en un fichero para la gestión de las contrataciones y la contabilización de las correspondientes transacciones, así como integrarse en el directorio de proveedores de bienes y servicios del que es responsable AGUAS DE LAS CUENCAS MEDITERRÁNEAS, S.A. (en adelante, AcuaMed) que garantiza la confidencialidad y seguridad de los datos facilitados, cuya finalidad es el cumplimiento y gestión de forma adecuada de las relaciones contractuales. El destinatario de la información es AcuaMed, aunque en la ejecución contractual se podrán comunicar datos personales a entidades bancarias para la tramitación de los pagos o cobros, a la Agencia Tributaria en tramitaciones y declaraciones fiscales y, en su caso, a Juzgados mediante requerimiento judicial y participantes en juicio o a terceros con los que AcuaMed concluya acuerdos de colaboración relacionados con el servicio objeto de licitación. EL LICITANTE mantendrá completamente indemne a AcuaMed si a ésta le fueran imputadas responsabilidades por esta causa. Los titulares de los datos de carácter personal facilitados por el LICITANTE quedan informados sobre la posibilidad de ejercer los derechos de acceso, rectificación y cancelación, en los términos establecidos en la legislación vigente, dirigiéndose mediante comunicación escrita a AGUAS DE LAS CUENCAS MEDITERRÁNEAS, S.A. c/ Albasanz, 11, 28037 Madrid, dicha comunicación deberá incluir nombre y apellidos, petición en que se concreta la solicitud, dirección a efectos de notificaciones, fecha, firma y fotocopia del DNI o pasaporte. 10. CONTENIDO SOBRE A 10.0. Sustitución inicial de documentación por declaración responsable. No aplica. 10.1. Acreditación de la capacidad de las empresas para contratar. 10.1.1. Documentación fehaciente que acredite la personalidad y capacidad del licitador. - Si la empresa fuese persona jurídica, la personalidad y capacidad se acreditará mediante la presentación de la escritura de constitución y modificaciones, en su caso, inscritas en el Registro Mercantil cuando este requisito fuera exigible conforme a la legislación mercantil que le sea aplicable. Si no lo fuere, la acreditación de la capacidad de obrar se realizará mediante la escritura o documento de constitución, de modificación, estatutos o acto fundacional, en el que constaren las normas por las que se regula su actividad, inscritos, en su caso, en el correspondiente Registro Oficial. - Si el empresario fuera persona natural, presentará fotocopia legitimada notarialmente de su DNI no caducado o del documento que haga sus veces. Si el empresario individual actuase bajo nombre comercial, cuando no lo haga estrictamente con su nombre y apellidos, deberá probar la inscripción en el Registro de la Propiedad Industrial del nombre con el que actúa. 10.1.2. Fotocopia legitimada notarialmente del CIF o NIF del empresario. 5

C/Albasanz, 11 28037 Madrid Tel. 91 423 45 00 - Fax 91 423 45 01 www.acuamed.es PLIEGO DE CLÁUSULAS REGULADORAS DEL SERVICIO DE CONSULTORÍA Y ASISTENCIA DEL SERVICIO PARA ATENCION, SOPORTE MICROINFORMÁTICO DE LOS USUARIOS, ASÍ COMO EL CLOUDING Y EXPLOTACIÓN DE TODA LA PLATAFORMA DE SISTEMAS DE ACUAMED. Nº de expediente: SV/01/15 10.1.3. Documentos que acrediten, en su caso, la representación. Los que comparezcan o firmen proposiciones en nombre de otro, presentarán poder bastante al efecto y fotocopia de su D.N.I. o del documento que haga sus veces. Si la empresa fuera persona jurídica el poder deberá figurar inscrito en el Registro Mercantil. Si se trata de un poder para acto concreto no es necesaria la inscripción en el Registro Mercantil, de acuerdo con el Art. 94.5 del Reglamento del Registro Mercantil. 10.1.4. Certificado expedido por el representante legal de la empresa declarando la vigencia de la escritura pública de poder del representante y de las circunstancias acreditadas en la escritura de la sociedad. 10.1.5. En su caso, compromiso de constitución de unión temporal de empresas. El compromiso vendrá firmado por los representantes de los empresarios, con poderes suficientes para ello, e indicará los nombres, circunstancias y participación de cada uno de ellos y que asumen el compromiso de constituirse formalmente en unión temporal de empresas, caso de resultar Proveedor de Servicios. La unión temporal de empresas se regirá por lo dispuesto en el artículo 59 del TRLCSP. 10.1.6. Declaración responsable otorgada ante autoridad administrativa, notario público u organismo profesional cualificado de no estar incursa la empresa en las prohibiciones para contratar recogidas en el Art. 60 del TRLCSP junto con la declaración responsable de hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes, sin perjuicio de lo dispuesto en la cláusula 11, para el licitador que resultare Proveedor de Servicios. Esta declaración se realizará también dentro de la proposición económica según el modelo del Anexo I. 10.2. Acreditación de los requerimientos para demostrar la solvencia 10.2.1. Acreditación de la solvencia económica y financiera Los empresarios acreditarán las condiciones mínimas de solvencia económica y financiera por medio de: a) Declaración de, al menos, dos entidades financieras en las que se haga constar estar al corriente en todo tipo de operaciones con las mismas. b) Se presentará declaración sobre el volumen global de negocios, referido a los tres últimos ejercicios disponibles, debiendo ser el volumen de, al menos dos de los ejercicios igual o superior a la anualidad media del contrato, siendo: AMC Presupuesto Base Licitación x 12 Plazo máximo de ejecución en meses Los empresarios no obligados a presentar las cuentas en Registros oficiales, o aquéllos que estando obligados pudieran justificar debidamente la ausencia de las referencias anteriores, podrán aportar como medio alternativo de acreditación mediante la justificación de la suscripción de un seguro de caución por importe, como cuantía asegurada, del cien por cien del presupuesto base de licitación. En caso de Unión Temporal de Empresas cada uno de los componentes de la Unión deberá acreditar lo anterior de modo que el órgano de contratación pueda apreciar la proporción entre la solvencia de cada componente y su porcentaje de participación en la unión. 6

C/Albasanz, 11 28037 Madrid Tel. 91 423 45 00 - Fax 91 423 45 01 www.acuamed.es PLIEGO DE CLÁUSULAS REGULADORAS DEL SERVICIO DE CONSULTORÍA Y ASISTENCIA DEL SERVICIO PARA ATENCION, SOPORTE MICROINFORMÁTICO DE LOS USUARIOS, ASÍ COMO EL CLOUDING Y EXPLOTACIÓN DE TODA LA PLATAFORMA DE SISTEMAS DE ACUAMED. Nº de expediente: SV/01/15 10.2.2. Acreditación de la solvencia técnica o profesional y adscripción de medios personales o materiales constitutivos de obligación esencial Los licitadores que deseen participar en la presente contratación deberán acreditar su solvencia por los siguientes medios: Certificado expedido por el representante de la empresa donde se acredite la experiencia de la empresa en trabajos similares a los que son objeto del servicio, debiendo acreditar, en al menos 5 proyectos de servicios de administración y soporte técnico de los que al menos 3 deben ser de implantación y explotación de sistemas clouding. En el caso de que alguno de los servicios del proyecto se realicen con intervención de terceros, esto deberá ser notificado por el licitador aportando un compromiso de puesta en disposición a favor de AcuaMed. (Modelo anexo VII). Acreditación por parte de la empresa, que los servicios correspondientes se proporcionaran desde un Centro de Datos TIER III o superior ubicado en España, integrado o no en la empresa. Se dispondrá de un Centro de Atención 7x24x365 días con la experiencia demostrable que ello significa de cara a un tratamiento de una Red Crítica. Declaración del personal técnico, integrado o no en la empresa, participante en el contrato, debiendo acreditar la disposición de los siguientes perfiles adscritos al contrato -con dedicación parcial: o o o o o o o Jefe de Proyecto Experiencia profesional de Jefe de Proyecto superior a 5 años en proyectos similares. Administrador de sistemas - Experiencia superior a 3 años en proyectos administración, virtualización y soporte de sistemas. Disponer de certificado MCSE Server Infrastructure y/o VMWARE. Administrador de Bases de Datos Experiencia superior a 3 años en proyectos de administarción y soporte a de bases de datos. Disponer de certificado MCSA SQL Server. Técnico de sistemas - Experiencia superior a 2 años en proyectos administración, virtualización y soporte de sistemas. Técnico de comunicaciones y redes - Experiencia superior a 2 años en proyectos comunicaciones y redes. Técnico de soporte microinformático de nivel 1º (Atención y resolución en primera instancia) y de nivel 2º (soporte hardware y software on-site) - Experiencia superior a 2 años en proyectos de soporte microinformático. Técnico de soporte microinformático nivel 3º Experiencia superior a 3 años en proyectos de soporte microimformático. Dicha experiencia deberá ser acreditada aportando el Curriculum Vitae del personal técnico propuesto y mediante certificado expedido por el representante legal de la empresa donde se acredite, conforme al Modelo (Anexo VIII), que los perfiles solicitados están en posesión de la formación y experiencia solicitadas en el pliego, junto con una declaración jurada de su disponibilidad a partir de la fecha previsible de firma del contrato. 7

C/Albasanz, 11 28037 Madrid Tel. 91 423 45 00 - Fax 91 423 45 01 www.acuamed.es PLIEGO DE CLÁUSULAS REGULADORAS DEL SERVICIO DE CONSULTORÍA Y ASISTENCIA DEL SERVICIO PARA ATENCION, SOPORTE MICROINFORMÁTICO DE LOS USUARIOS, ASÍ COMO EL CLOUDING Y EXPLOTACIÓN DE TODA LA PLATAFORMA DE SISTEMAS DE ACUAMED. Nº de expediente: SV/01/15 10.2.3. Acreditación del cumplimiento de las normas de garantía de la calidad. Los licitadores deberán acreditar tener implantado un sistema de calidad en desarrollo de la norma internacional UNE-EN ISO 9001:2008 u otras normas equivalentes, o justificar, mediante cualquier otro medio adecuado, que se cumplen los requisitos de calidad establecidos en el sistema antes citado. El certificado y/o el sistema implantado deberá referirse a estándares de aplicación en el campo de los servicios de microinformática y de gestión de centros de datos. Además del anterior, será requisito disponer de los siguientes certificados o equivalentes: Gestión de Servicios de Tecnologías de la Información: ISO/IEC 20000-1 AcuaMed reconocerá los certificados equivalentes expedidos por organismos establecidos en cualquier Estado miembro de la Unión Europea, y también aceptarán otras pruebas de medidas equivalentes de garantía de la calidad que presenten los empresarios. 10.2.4. Acreditación del cumplimiento de las normas de gestión medioambiental. No aplica. 10.3. En todo caso, la inscripción de los licitadores en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Estado acredita suficientemente y, salvo prueba en contrario, las condiciones de aptitud del empresario, en cuanto a su personalidad, capacidad de obrar, representación, habilitación profesional o empresarial, solvencia económica y financiera o clasificación, así como la concurrencia o no concurrencia de las prohibiciones de contratar que deban constar en dicho Registro. La acreditación de lo anterior se efectuará según lo dispuesto en el artículo 83.2 del TRLCSP. 10.4. Se deberá presentar declaración sobre la pertenencia o no a un grupo de empresas a los efectos de conocer si empresas del mismo grupo han presentado proposiciones. 10.5. Especialidades para licitadores extranjeros Será de aplicación lo recogido en los artículos 55, 58, 66 y 146.1.e) del TRLCSP. 10.6. La presentación de documentos dentro del sobre A previstos en este apartado que hayan emitidos por medios electrónicos, informáticos o telemáticos serán admitidos si han sido autenticados mediante un afirma electrónica reconocida de acuerdo con la ley 59/2003, de firma electrónica. 10.7. Fecha de apertura del sobre A.: El primer día hábil laborable en AcuaMed siguiente al de presentación de proposiciones. 8

C/Albasanz, 11 28037 Madrid Tel. 91 423 45 00 - Fax 91 423 45 01 www.acuamed.es PLIEGO DE CLÁUSULAS REGULADORAS DEL SERVICIO DE CONSULTORÍA Y ASISTENCIA DEL SERVICIO PARA ATENCION, SOPORTE MICROINFORMÁTICO DE LOS USUARIOS, ASÍ COMO EL CLOUDING Y EXPLOTACIÓN DE TODA LA PLATAFORMA DE SISTEMAS DE ACUAMED. Nº de expediente: SV/01/15 11. DOCUMENTACIÓN PARA LA ADJUDICACIÓN CORRESPONDIENTE A LOS CRITERIOS SUBJETIVOS DE VALORACIÓN (SOBRE B) 11.1 Se incluirá toda la documentación que los licitadores consideren necesaria (en un máximo de 50 páginas a doble cara) para dar respuesta a los CRITERIOS SUBJETIVOS DEPENDIENTES DE JUICIO DE VALOR que se incluyen en el Anexo IV del presente Pliego. Serán excluidas aquellas ofertas que no cumplan dicha limitación. Los aspectos que serán valorados son: Propuesta de servicios, conforme a los que actualmente están en vigor en AcuaMed: Help-desk (front-office y back-office) Soporte microinformático on-site Seguridad en el puesto de trabajo (antivirus) Servicio de impresión Administración de sistemas Backup de datos Correo corporativo en la nube Migración a modelo de clouding orientado a servicios gestionados. Propuesta de la asunción de los servicios en la situación actual, de la transición al modelo de clouding y, de un modelo de prestación y explotación basado en servicios gestionados. 11.2 En el anexo IV de este Pliego (Prescripciones Técnicas Particulares) AcuaMed detalla el Servicio ofertado y los requerimientos técnicos exigidos. El licitador podrá aportar cualquier otra documentación que estime oportuna para la valoración de los criterios de adjudicación. 12. DOCUMENTACIÓN PARA LA ADJUDICACIÓN CORRESPONDIENTE A LOS CRITERIOS OBJETIVOS DE VALORACIÓN (SOBRE C) 12.1. PROPOSICION ECONOMICA: Se formulará conforme al modelo que figura en el Anexo II al Pliego de Cláusulas Reguladoras. De acuerdo con el referido modelo, la oferta se presentará sin IVA, indicándose aparte a cuánto asciende el importe que, por este impuesto proceda liquidar. A todos los efectos se entenderá que las ofertas presentadas comprenden todos los gastos que el Proveedor de Servicios deba realizar para el cumplimiento de las prestaciones contratadas, tales como los generales internos, financieros, beneficio y honorarios de personal técnico aplicado al estudio, tasas y toda clase de tributos a excepción del IVA que será repercutido como partida independiente. Se rechazará cualquier oferta que exceda del presupuesto base de licitación y que no venga formulada conforme al modelo del Anexo II y firmada por el licitador o su representante. LA OFERTA DEBERÁ REALIZARSE EN RELACIÓN CON EL PRESUPUESTO BASE DE LICITACIÓN Y EL PLAZO DE DURACION INICIAL DE DOS AÑOS. 12.1 CRITERIOS AUTOMATICOS DISTINTOS DEL PRECIO: la propuesta se formulará en el mismo documento de la proposición económica indicando los aspectos de valoración y la expresión Si o No y se acompañará de la documentación acreditativa de cada extremo. 13. APERTURA PÚBLICA DEL SOBRE B El día y hora indicados en los anuncios de la licitación. 9

C/Albasanz, 11 28037 Madrid Tel. 91 423 45 00 - Fax 91 423 45 01 www.acuamed.es PLIEGO DE CLÁUSULAS REGULADORAS DEL SERVICIO DE CONSULTORÍA Y ASISTENCIA DEL SERVICIO PARA ATENCION, SOPORTE MICROINFORMÁTICO DE LOS USUARIOS, ASÍ COMO EL CLOUDING Y EXPLOTACIÓN DE TODA LA PLATAFORMA DE SISTEMAS DE ACUAMED. Nº de expediente: SV/01/15 14. APERTURA PÚBLICA DEL SOBRE C El día y hora indicados en los anuncios de la licitación. C. ADJUDICACIÓN: 15. EVALUACIÓN DE LOS CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO 15.1. Valoración de los criterios subjetivos 17 PUNTOS. 15.1.1. Puntuación. 1. Arquitectura propuesta. (3 Puntos) Presentar propuesta de consolidación de servicios y recursos y una solución técnica para el entorno de AcuaMed que supere al 99,95% de disponibilidad. EXCELENTE > 2; 3 Se realiza una correcta, clara, concisa y exhaustiva identificación y detalle de la arquitectura propuesta, así como de la solución técnica para el entorno de AcuaMed, superando el 99,95% de disponibilidad. SUFICIENTE 1; 2 Se realiza una identificación y detalle de la arquitectura propuesta, así como de la solución técnica para el entorno de AcuaMed, superando el 99,95% de disponibilidad. DEFICIENTE 0; < 1 Aunque se plantea un detalle de la de la arquitectura propuesta, éste tiene grandes errores y/o indefiniciones o bien no cumple los niveles mínimos exigidos en el pliego de prescripciones técnicas 2.- Asunción del servicio y Transición al nuevo modelo (8 puntos) 2.1. Asunción del servicio, recogida de datos e inventario y plan de tareas (3 puntos) EXCELENTE > 2; 3 Se realiza una correcta, clara, concisa y exhaustiva identificación y detalle del modelo propuesto para asumir el servicio, con una descripción absoluta del procedimiento de recogida de datos, inventario y plan de tareas SUFICIENTE 1; 2 Se realiza una clara, identificación y detalle del modelo propuesto para asumir el servicio, incluyendo una correcta descripción del procedimiento de recogida de datos, inventario y plan de tareas. DEFICIENTE 0; < 1 Aunque se plantea una identificación del modelo propuesto para asumir el servicio, o bien el detalle no se realiza de una manera exhaustiva y concisa o contiene errores y/o indefiniciones sobre lo requerido en el pliego. 10

C/Albasanz, 11 28037 Madrid Tel. 91 423 45 00 - Fax 91 423 45 01 www.acuamed.es PLIEGO DE CLÁUSULAS REGULADORAS DEL SERVICIO DE CONSULTORÍA Y ASISTENCIA DEL SERVICIO PARA ATENCION, SOPORTE MICROINFORMÁTICO DE LOS USUARIOS, ASÍ COMO EL CLOUDING Y EXPLOTACIÓN DE TODA LA PLATAFORMA DE SISTEMAS DE ACUAMED. Nº de expediente: SV/01/15 2.2. Transición al nuevo modelo, que describirá las funciones del equipo técnico así como el plan de transición propuesto con una descripción de las tareas, funciones y responsabilidades e incluirá el programa de ejecución de los trabajos. No se valorará la reducción del plazo. (5 puntos) EXCELENTE > 3; 5 Se realiza una correcta, clara, concisa y exhaustiva identificación y de las funciones y responsabilidades a realizar por el equipo técnico, aportando una adecuada memoria justificativa que dé soporte de una forma íntegra al calendario de ejecución propuesto. SUFICIENTE 1,5; 3 Se realiza una clara identificación de las funciones y responsabilidades a realizar por el equipo técnico, aportando una memoria justificativa que dé soporte de al calendario de ejecución propuesto. DEFICIENTE 0; < 1,5 Aunque se plantea una identificación de las funciones y responsabilidades a realizar por el equipo técnico, o bien contiene errores y/o indefiniciones, o no se da un claro y exhaustivo soporte que justifique de una forma adecuada el calendario de ejecución propuesto para los trabajos. 3.- Catálogo y modelo de gestión del servicio (6 puntos) Descripción del modelo de relación, modelo de gestión del servicio propuesto y acuerdo de nivel de servicio, donde se describirán los indicadores y el sistema de medición y evaluación propuesto. EXCELENTE > 3,5; 6 Se realiza una correcta, clara, concisa y exhaustiva identificación del modelo de relación y gestión del servicio ofertado, donde se garanticen unos elevados/máximos estándares como acuerdo de nivel de servicio. SUFICIENTE 1,5; 3,5 Se realiza una clara identificación de del modelo de relación y gestión del servicio ofertado, donde se garanticen unos adecuados estándares como acuerdo de nivel de servicio. DEFICIENTE 0; < 1,5 Aunque se plantea una identificación del modelo de relación y gestión del servicio ofertado, o bien el detalle no se realiza de una manera exhaustiva y concisa o contiene errores y/o indefiniciones sobre lo requerido en el pliego, o los estándares de nivel de servicio no garantizan el cubrir las necesidades de AcuaMed. Se hace constar que cuantas otras prestaciones o mejoras se oferten, se incluirán en el contrato definitivo que se firme con la empresa adjudicataria, para que la sociedad ACUAMED haga uso gratuito de ellas, ya que así han sido ofertadas 15.1.2. Puntuación técnica expandida total. No aplica. 15.1.3. Puntuación mínima. Aquellas ofertas cuya suma de valoraciones en los puntos 1, 2 y 3 del aparatado 15.1.1. no alcance la cifra de 9 puntos, no continuarán en el proceso de selección de la oferta económicamente más ventajosa, desechándose, por consiguiente, su oferta económica, que no será abierta en el acto previsto a tal fin en este Pliego. 15.2. Valoración de los criterios objetivos: 83 PUNTOS 15.2.1. CRITEROS TECNICOS DE APRECIACIÓN AUTOMÁTICA: 3 PUNTOS 11

C/Albasanz, 11 28037 Madrid Tel. 91 423 45 00 - Fax 91 423 45 01 www.acuamed.es PLIEGO DE CLÁUSULAS REGULADORAS DEL SERVICIO DE CONSULTORÍA Y ASISTENCIA DEL SERVICIO PARA ATENCION, SOPORTE MICROINFORMÁTICO DE LOS USUARIOS, ASÍ COMO EL CLOUDING Y EXPLOTACIÓN DE TODA LA PLATAFORMA DE SISTEMAS DE ACUAMED. Nº de expediente: SV/01/15 Características del Datacenter (3 puntos) 1.1.1 Garantizar la no existencia de overcommit en la CPU. (En caso de aportarse la garantía se otorgan 0,5 Puntos, en caso contrario 0 puntos) 1.1.2 Garantizar la no existencia de overcommit en la memoria RAM. (En caso de aportarse la garantía se otorgan 0,5 Puntos, en caso contrario 0 puntos) 1.1.3 Superar la calidad de almacenamiento exigida. (En caso de aportarse la garantía se otorgan 0,5 Puntos, en caso contrario 0 puntos) 1.1.4 Certificado de que el datacenter supera el 99,99% de disponibilidad (En caso de garantizar la disponibilidad se otorgan 0,5 Puntos, en caso contrario 0 puntos) 1.1.5 Si la política de backup propuesta es superior a la indicada en el Pliego (1 punto) (En caso de garantizar la disponibilidad se otorgan 0,5 Puntos, si se supera se otorgará 1 punto, en caso contrario 0 puntos) 15.2.2. PROPOSICION ECONOMICA: 80 PUNTOS 15.2.2.1. Determinación de la puntuación a otorgar Se asignará la puntuación aplicando los siguientes criterios: Mínimo de 0 puntos: Oferta correspondiente al Presupuesto-Tipo recogido en el Pliego, en su caso. Si no existiera una oferta por ese importe, se asignaría el valor de 0 puntos para el Presupuesto-Tipo con el fin de realizar la interpolación lineal a la que se hace referencia más adelante. Máximo de 80 puntos: Máxima baja con respecto al Presupuesto-Tipo del Pliego. Las ofertas situadas entre el Presupuesto-Tipo y el valor correspondiente a la más baja, se valorarán por interpolación lineal entre el valor de esta oferta de menor presupuesto (puntuación de 80 puntos) y el valor del Presupuesto-Tipo (puntuación de 0 puntos). 15.2.2.2. Ofertas anormalmente bajas Se considerará como presuntamente anormal o desproporcionada la oferta que se encuentre en los siguientes supuestos: a) Cuando, concurriendo un (1) solo licitador, la proposición económica sea inferior al presupuesto base de licitación en más de veinticinco (25) unidades porcentuales. b) Cuando concurran dos (2) licitadores, la proposición económica sea inferior en más de veinte (20) unidades porcentuales a la otra oferta. c) Cuando concurran tres (3) licitadores, las que sean inferiores en más de diez (10) unidades porcentuales a la media aritmética de las ofertas presentadas. No obstante, se excluirá para el cómputo de dicha media la oferta de cuantía más elevada cuando sea superior en más de diez (10) unidades porcentuales a dicha media. En cualquier caso, se considerará desproporcionada la baja superior a veinticinco (25) unidades porcentuales. d) Cuando concurran cuatro (4) o más licitadores, las proposiciones económicas que sean inferiores al noventa y cinco por ciento (95 %) del presupuesto medio de las ofertas abiertas. 12

C/Albasanz, 11 28037 Madrid Tel. 91 423 45 00 - Fax 91 423 45 01 www.acuamed.es PLIEGO DE CLÁUSULAS REGULADORAS DEL SERVICIO DE CONSULTORÍA Y ASISTENCIA DEL SERVICIO PARA ATENCION, SOPORTE MICROINFORMÁTICO DE LOS USUARIOS, ASÍ COMO EL CLOUDING Y EXPLOTACIÓN DE TODA LA PLATAFORMA DE SISTEMAS DE ACUAMED. Nº de expediente: SV/01/15 Cuando se identifique una proposición que pueda ser considerada desproporcionada o anormalmente baja, deberá darse audiencia al licitador que la haya presentado para que justifique la valoración de la oferta y precise las condiciones de la misma, en particular en lo que se refiere al ahorro que permita el procedimiento de ejecución del contrato, las soluciones técnicas adoptadas y las condiciones excepcionalmente favorables de que disponga para ejecutar la prestación, la originalidad de las prestaciones propuestas, el respeto de las disposiciones relativas a la protección del empleo y las condiciones de trabajo vigentes en el lugar en que se vaya a realizar la prestación, o la posible obtención de una ayuda de Estado. Si AcuaMed, considerando la justificación efectuada por el licitador, estimase que la oferta no puede ser cumplida como consecuencia de la inclusión de valores anormales o desproporcionados, no será tenida en cuenta a efectos de valoración económica. Cuando empresas pertenecientes a un mismo grupo presenten distintas proposiciones para concurrir individualmente a la adjudicación de un contrato, para la determinación del umbral para la consideración de ofertas anormalmente bajas señalado anteriormente, se tomará únicamente la oferta más baja de las presentadas por las distintas empresas pertenecientes al mismo grupo, sin considerar las del resto. Una vez establecido ese umbral, en la aplicación del sistema de apreciación de ofertas anormalmente bajas serán consideradas individualmente todas las ofertas incluidas las que por pertenecer al mismo grupo no fueron en principio tomadas en cuenta para la determinación del mencionado umbral-. No obstante todo lo anterior, cuando una oferta se considere como anormalmente baja, la Mesa de Contratación lo notificará al interesado, a fin de que pueda justificar la viabilidad de su oferta y manifieste en el plazo máximo de tres (3) días hábiles desde la recepción de la comunicación de AcuaMed lo que a esos efectos considere oportuno, tras lo cual la Mesa resolverá motivadamente sobre la apreciación o no de oferta anormalmente baja, debiendo procurarse el asesoramiento técnico procedente. 16. ADJUDICACIÓN 16.1. Órgano de contratación. El contrato será adjudicado por el Consejo de Administración de AcuaMed. 13

C/Albasanz, 11 28037 Madrid Tel. 91 423 45 00 - Fax 91 423 45 01 www.acuamed.es PLIEGO DE CLÁUSULAS REGULADORAS DEL SERVICIO DE CONSULTORÍA Y ASISTENCIA DEL SERVICIO PARA ATENCION, SOPORTE MICROINFORMÁTICO DE LOS USUARIOS, ASÍ COMO EL CLOUDING Y EXPLOTACIÓN DE TODA LA PLATAFORMA DE SISTEMAS DE ACUAMED. Nº de expediente: SV/01/15 16.2. Procedimiento. Con posterioridad a la apertura de ofertas, AcuaMed procederá a su estudio y valoración, seleccionando la oferta se considere económicamente más ventajosa, teniendo en cuenta los criterios de la cláusula 15 del presente Pliego. Efectuado lo anterior, la Mesa de contratación elevará la propuesta de adjudicación al órgano de contratación, el cual requerirá, mediante el Secretario de la Mesa de contratación, al licitador que haya sido propuesto para que, dentro del plazo de diez (10) días hábiles, a contar desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido el requerimiento, presente la documentación justificativa de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social o autorice al órgano de contratación para obtener de forma directa la acreditación de ello, de disponer efectivamente de los medios que se hubiese comprometido a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato conforme a lo previsto en el presente Pliego de Cláusulas Reguladoras, y de haber constituido la garantía definitiva que sea procedente. Los correspondientes certificados podrán ser expedidos por medios electrónicos, informáticos o telemáticos. De no cumplimentarse adecuadamente en el plazo señalado el requerimiento de presentación de la documentación, toda ella prevista expresamente para este momento del procedimiento en los pliegos de cláusulas reguladoras y de prescripciones técnicas, se entenderá que el licitador ha retirado su oferta, procediéndose en ese caso a recabar la misma documentación al licitador siguiente, por el orden en que hayan quedado clasificadas sus ofertas. La Mesa de contratación antes aludida estará constituida según la composición aprobada mediante acuerdo del Consejo de Administración de 17 de abril de 2013, y de conformidad con lo recogido en el PROCEDIMIENTO INTERNO DE CONTRATACIÓN, aprobado por el Consejo de Administración de AcuaMed con fecha 17 de abril de 2013, previo informe favorable de la Abogacía del Estado, sin perjuicio de las modificaciones a que dicho Procedimiento se viese sometido como consecuencia de los cambios legales que se produzcan. Realizada la presentación de la documentación requerida, el órgano de contratación deberá adjudicar el contrato dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la recepción de la misma. No podrá declararse desierta una licitación cuando exista alguna oferta o proposición que sea admisible de acuerdo con los criterios que figuran en el presente Pliego. La adjudicación deberá ser motivada, notificándose a los candidatos o licitadores y, simultáneamente, se publicará en el perfil de contratante. La notificación deberá contener, en todo caso, la información necesaria que permita al licitador excluido o candidato descartado interponer, conforme al artículo 40 del TRLCSP, recurso suficientemente fundado contra la decisión de adjudicación. En particular expresará los siguientes extremos: a) En relación con los candidatos descartados, la exposición resumida de las razones por las que se haya desestimado su candidatura. b) Con respecto de los licitadores excluidos del procedimiento de adjudicación, también en forma resumida, las razones por las que no se haya admitido su oferta. c) En todo caso, el nombre del adjudicatario, las características y ventajas de la proposición del adjudicatario determinantes de que haya sido seleccionada la oferta de éste con preferencia a las que hayan presentado los restantes licitadores cuyas ofertas hayan sido admitidas. Será de aplicación a la motivación de la adjudicación la excepción de confidencialidad contenida en el artículo 153 del TRLCSP. En todo caso, en la notificación y en el perfil de contratante se indicará el plazo en que debe procederse a su formalización conforme al artículo 156.3 del citado TRLCSP. 14

C/Albasanz, 11 28037 Madrid Tel. 91 423 45 00 - Fax 91 423 45 01 www.acuamed.es PLIEGO DE CLÁUSULAS REGULADORAS DEL SERVICIO DE CONSULTORÍA Y ASISTENCIA DEL SERVICIO PARA ATENCION, SOPORTE MICROINFORMÁTICO DE LOS USUARIOS, ASÍ COMO EL CLOUDING Y EXPLOTACIÓN DE TODA LA PLATAFORMA DE SISTEMAS DE ACUAMED. Nº de expediente: SV/01/15 La notificación se hará por cualquiera de los medios que permiten dejar constancia de su recepción por el destinatario. En particular, podrá efectuarse por correo electrónico a la dirección que los licitadores o candidatos hubiesen designado al presentar sus proposiciones, en los términos establecidos en el artículo 28 de la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos. Sin embargo, el plazo para considerar rechazada la notificación, con los efectos previstos en el artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, será de cinco (5) días. Si AcuaMed procediera a la renuncia a la celebración del contrato o al desistimiento del procedimiento de adjudicación compensaría a los licitadores por los gastos en que hubiesen incurrido y pudieran demostrar hasta un máximo de trescientos (300) euros. D. FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO: 17. PLAZO DE FORMALIZACION La formalización del contrato deberá efectuarse no más tarde de los quince (15) días hábiles siguientes a aquél en que se reciba la notificación de la adjudicación a los licitadores y candidatos en la forma prevista en el artículo 151.4 del TRLCSP. No obstante, si el contrato es susceptible de recurso especial en materia de contratación conforme al artículo 40.1 del citado TRLCSP, la formalización no podrá efectuarse antes de que transcurran quince (15) días hábiles desde que se remita la notificación de la adjudicación a los licitadores y candidatos. El órgano de contratación requerirá al adjudicatario para que formalice el contrato en plazo no superior a cinco (5) días a contar desde el siguiente a aquel en que hubiera recibido el requerimiento, una vez transcurrido el plazo previsto en el párrafo anterior sin que se hubiera interpuesto recurso que lleve aparejada la suspensión de la formalización del contrato. De igual forma procederá cuando el órgano competente para la resolución del recurso hubiera levantado la suspensión. Cuando por causas imputables al adjudicatario no se hubiese formalizado el contrato dentro del plazo indicado, el órgano de contratación podrá acordar la incautación sobre la garantía definitiva del importe de la garantía provisional que, en su caso, hubiese exigido. En cualquier caso, de no formalizarse el contrato en el plazo previsto, el órgano de contratación podrá declarar sin efecto la adjudicación del contrato. Si las causas de la no formalización fueren imputables a AcuaMed, se indemnizará al Contratista de los daños y perjuicios que la demora le pudiera ocasionar. No podrá iniciarse la ejecución del contrato sin su previa formalización, excepto en los casos previstos en el artículo 113 del TRLCSP. En el supuesto de que el expediente se haya adjudicado a una Unión Temporal de Empresas, de forma previa a la formalización del contrato, las empresas que compongan dicha Unión deberán acreditar la constitución de la misma, en escritura pública, y el CIF asignado a la UTE. 15

C/Albasanz, 11 28037 Madrid Tel. 91 423 45 00 - Fax 91 423 45 01 www.acuamed.es PLIEGO DE CLÁUSULAS REGULADORAS DEL SERVICIO DE CONSULTORÍA Y ASISTENCIA DEL SERVICIO PARA ATENCION, SOPORTE MICROINFORMÁTICO DE LOS USUARIOS, ASÍ COMO EL CLOUDING Y EXPLOTACIÓN DE TODA LA PLATAFORMA DE SISTEMAS DE ACUAMED. Nº de expediente: SV/01/15 18. MEDIOS DE FORMALIZACIÓN Mediante contrato. Al documento que se formalice se unirán como anexos los siguientes documentos: 1) Pliego de Cláusulas Reguladoras, que se adjunta como Anexo nº 1 al contrato 2) Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares, que se adjunta como Anexo nº 2 al contrato 3) Oferta (técnica y económica) presentada por el suministrador, que se adjunta como Anexo nº 3 al contrato 4) Programa de trabajos, que se adjunta como Anexo nº 4 al contrato 5) Contratos de seguros, que se adjunta como Anexo nº 5 al contrato 6) Copia de la garantía definitiva, que se adjunta como Anexo nº 6 al contrato 7) Escritura de apoderamiento del representante del suministrador, que se adjunta como Anexo nº 7 al contrato Documentos de nombramiento y aceptación del Delegado del suministrador, que se adjunta como Anexo nº 8 al contrato. 19. ANUNCIOS No existen en este procedimiento gastos de publicidad a abonar por el Proveedor de Servicios. E. EJECUCIÓN DEL CONTRATO: 20. CONTRATO Información general: El contrato tiene por objeto regular los términos y condiciones en que el Proveedor de Servicios ejecutará los trabajos encomendados para llegar al resultado final de entrega de los mismos, prestando garantía respecto de ellos, a cambio de un Precio. El modelo de contrato se adjunta como Anexo V al presente Pliego. Subcontratación: El Proveedor de Servicios podrá concertar con terceros la realización parcial de la prestación, en los términos previstos en el contrato, previa autorización de AcuaMed. Penalidades: AcuaMed tendrá derecho a la imposición de penalidades al Proveedor de Servicios en los casos previstos en el contrato. Seguros: Los exigidos en el Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares, incluido como anexo IV, y en el modelo de contrato, que se incorpora como anexo V. Plazo de Inicio del contrato: Al día siguientes de su formalización. 16

C/Albasanz, 11 28037 Madrid Tel. 91 423 45 00 - Fax 91 423 45 01 www.acuamed.es PLIEGO DE CLÁUSULAS REGULADORAS DEL SERVICIO DE CONSULTORÍA Y ASISTENCIA DEL SERVICIO PARA ATENCION, SOPORTE MICROINFORMÁTICO DE LOS USUARIOS, ASÍ COMO EL CLOUDING Y EXPLOTACIÓN DE TODA LA PLATAFORMA DE SISTEMAS DE ACUAMED. Nº de expediente: SV/01/15 21. OBLIGACIONES ESENCIALES DEL CONTRATO Se consideran obligaciones esenciales del contrato, a los efectos de lo dispuesto en la letra L) de la cláusula 27.1. del mismo, las siguientes: a) La adscripción de los medios personales o materiales constitutivos de obligación esencial, definidos en el epígrafe 10.2. del presente cuadro de características b) La disposición de un centro de datos TIER III o superior ubicado dentro de territorio nacional. La continuidad de los servicios prestados ante un eventual incidente, de conformidad con la capacidad del centro de datos, siendo la disponibilidad del servicio en los elementos hardware comprendidos del 99% como mínimo, según cómputo mensual. c) La retirada de todos los servidores de AcuaMed y su destrucción certificada en condiciones medioambientalmente adecuadas. d) Cumplimiento de las obligaciones establecidas en materia de subcontratación. e) El cumplimiento del plazo en la fase de transición. 22. CONTROL DE LA REALIZACIÓN Corresponde a AcuaMed que lo ejercerá por medio de la persona que designe a tal efecto. La documentación generada durante la realización del servicio habrá de ser revisada y firmada por la persona física responsable de la ejecución del contrato. 22. REVISIÓN DE PRECIOS No procede, El importe del contrato se ha calculado considerando las oscilaciones del precio de los servicios a lo largo de su duración. 23. CUMPLIMIENTO DE CONDICIONES El Proveedor de Servicios se obliga expresamente al cumplimiento de los requisitos exigidos por la legislación vigente con relación al objeto de su actividad y de la hoja de pedido o del contrato, así como al cumplimiento de los requisitos técnicos que le sean exigidos por AcuaMed en atención a lo establecido en el presente Pliego y en lo ofertado por el Proveedor de Servicios. Para acreditar el cumplimiento de tales obligaciones AcuaMed podrá requerir al Proveedor de Servicios la presentación de los documentos que considere necesarios para tal fin. 17

C/Albasanz, 11 28037 Madrid Tel. 91 423 45 00 - Fax 91 423 45 01 www.acuamed.es PLIEGO DE CLÁUSULAS REGULADORAS DEL SERVICIO DE CONSULTORÍA Y ASISTENCIA DEL SERVICIO PARA ATENCION, SOPORTE MICROINFORMÁTICO DE LOS USUARIOS, ASÍ COMO EL CLOUDING Y EXPLOTACIÓN DE TODA LA PLATAFORMA DE SISTEMAS DE ACUAMED. Nº de expediente: SV/01/15 24. REGLAS ESPECIALES RESPECTO AL PERSONAL LABORAL DE LA EMPRESA PROVEEDOR DE SERVICIOS 1º Corresponde exclusivamente a la empresa contratista la selección del personal que, reuniendo los requisitos de titulación y experiencia exigidos en el pliego, formará parte del equipo de trabajo adscrito a la ejecución del contrato. La empresa contratista procurará que exista estabilidad en el equipo de trabajo, y que las variaciones en su composición sean puntuales y obedezcan a razones justificadas, en orden a no alterar el buen funcionamiento del servicio, informando en todo momento a la entidad contratante. 2º La empresa Proveedor de Servicios asume la obligación de ejercer de modo real, efectivo y continuo, sobre el personal integrante del equipo de trabajo encargado de la ejecución del contrato, el poder de dirección inherente a todo empresario. En particular, asumirá la negociación y pago de los salarios, la concesión de permisos, licencias y vacaciones, las sustituciones de los trabajadores en casos de baja o ausencia, las obligaciones legales en materia de Seguridad Social, incluido el abono de cotizaciones y el pago de prestaciones, cuando proceda, las obligaciones legales en materia de prevención de riesgos laborales, el ejercicio de la potestad disciplinaria, así como cuantos derechos y obligaciones se deriven de la relación contractual entre empleado y empleador. El Proveedor de Servicios pondrá a disposición de AcuaMed, siempre que le sea requerido, la documentación necesaria que demuestre el cumplimiento de estas obligaciones. 3º La empresa Proveedor de Servicios velará especialmente porque los trabajadores adscritos a la ejecución del contrato desarrollen su actividad sin extralimitarse en las funciones desempeñadas respecto de la actividad delimitada en el pliego como objeto del contrato. 4º La empresa Proveedor de Servicios estará obligada a ejecutar el contrato en sus propias dependencias o instalaciones salvo que, excepcionalmente sea autorizada a prestar sus servicios en las dependencias de los entes, organismos y entidades que forman parte del sector público. En este caso, el personal de la empresa Proveedor de Servicios ocupará espacios de trabajo diferenciados de los que ocupan los empleados públicos. Corresponde también a la empresa Proveedor de Servicios velar por el cumplimiento de esta obligación. 5º La empresa Proveedor de Servicios deberá designar al menos un coordinador técnico o responsable integrado en su propia plantilla que tendrá entre sus obligaciones: a) Actuar como interlocutor de la empresa Proveedor de Servicios frente a la entidad contratante, canalizando la comunicación entre la empresa Proveedor de Servicios y el personal integrante del equipo de trabajo adscrito al contrato, de un lado y la entidad contratante, de otro lado, en todo lo relativo a las cuestiones derivadas de la ejecución del contrato. b) Distribuir el trabajo entre el personal encargado de la ejecución del contrato, e impartir a dichos trabajadores las órdenes e instrucciones de trabajo que sean necesarias en relación con la prestación del servicio contratado. c) Supervisar el correcto desempeño por parte del personal integrante del equipo de trabajo de las funciones que tienen encomendadas, así como controlar la asistencia de dicho personal al puesto de trabajo. d) Organizar el régimen de vacaciones del personal adscrito a la ejecución del contrato, debiendo a tal efecto coordinarse adecuadamente la empresa Proveedor de Servicios con la entidad contratante, a efectos de no alterar el buen funcionamiento del servicio. e) Informar a la entidad contratante acerca de las variaciones, ocasionales o permanentes, en la composición del equipo de trabajo adscrito a la ejecución del contrato. 18

C/Albasanz, 11 28037 Madrid Tel. 91 423 45 00 - Fax 91 423 45 01 www.acuamed.es PLIEGO DE CLÁUSULAS REGULADORAS DEL SERVICIO DE CONSULTORÍA Y ASISTENCIA DEL SERVICIO PARA ATENCION, SOPORTE MICROINFORMÁTICO DE LOS USUARIOS, ASÍ COMO EL CLOUDING Y EXPLOTACIÓN DE TODA LA PLATAFORMA DE SISTEMAS DE ACUAMED. Nº de expediente: SV/01/15 26. PLAZO DE GARANTIA El plazo o período de garantía será de UN (1) año a partir de la fecha de Recepción del Servicio. F. RÉGIMEN APLICABLE: 26. RÉGIMEN JURÍDICO La preparación y adjudicación del contrato sujeto a regulación armonizada- se sujeta a lo dispuesto en el artículo 190 TRLCSP aplicándose supletoriamente las restantes normas de derecho privado Los efectos y extinción del contrato se sujetan al derecho común sin perjuicio de la aplicación de las normas del TRLCSP sobre modificación de los contratos. 27. REVISION DE DECISIONES EN MATERIA DE CONTRATACION: Es de aplicación lo previsto en los artículo 40 a 49 del TRLCSP. 28. CONTROVERSIAS EN LA EJECUCIÓN Y FINALIZACION DEL CONTRATO: Las controversias que pudieran surgir entre las partes en relación con la ejecución del contrato se resolverán mediante arbitraje administrado por la Corte Española de Arbitraje. ANEXO I: MODELO DE DECLARACIÓN RESPONSABLE ANEXO II: MODELO DE PROPOSICIÓN ECONÓMICA ANEXO III: MODELO DE GARANTÍA DEFINITIVA ANEXO IV: DOCUMENTOS Y PRESCRIPCIONES QUE DEFINEN EL OBJETO DEL CONTRATO (PPTP) ANEXO V: MODELO DE CONTRATO ANEXO VI: MODIFICACIONES AL CONTRATO ANEXO VII: CERTIFICADO DE EXPERIENCIA DE LA EMPRESA EN TRABAJOS SIMILARES ANEXO VIII: CERTIFICADO DE EXPERIENCIA DEL EQUIPO DE TRABAJO Supervisado por el subdirector de contratación y supervisión FECHA: FIRMA 19

C/Albasanz, 11 28037 Madrid Tel. 91 423 45 00 - Fax 91 423 45 01 www.acuamed.es ÍNDICE PLIEGO DE CLÁUSULAS REGULADORAS PARA LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE CONSULTORÍA Y ASISTENCIA DEL PARA ATENCION, SOPORTE MICROINFORMÁTICO DE LOS USUARIOS, ASÍ COMO EL CLOUDING Y EXPLOTACIÓN DE TODA LA PLATAFORMA DE SISTEMAS DE ACUAMED. 1.- INTRODUCCIÓN 2.- OBJETO DEL CONTRATO 3.- RÉGIMEN JURÍDICO 4.- DOCUMENTOS QUE REVISTEN CARÁCTER CONTRACTUAL Y PRELACIÓN 5.- PRESUPUESTO BASE DE LICITACIÓN. PRECIO DEL CONTRATO 6.- PROCEDIMIENTO Y PUBLICIDAD 6.1.- Órgano de contratación 6.2.- Mesa de contratación 6.3.- Perfil de contratante 7.- REQUISITOS DE LOS LICITADORES 7.1.- Capacidad 7.1.1. Empresas no comunitarias 7.1.2. Empresas comunitarias 7.1.3. Condiciones especiales de compatibilidad 7.1.4. Normas especiales sobre capacidad 7.2.- Solvencia 7.1.4.1. Personas jurídicas 7.1.4.2. Uniones de empresarios 7.1.4.3. Acreditación de la capacidad de obrar 7.1.4.4. Prohibiciones de contratar 7.2.1. Exigencia de solvencia 7.2.2. Integración de la solvencia con medios externos 7.2.3. Concreción de las condiciones de solvencia 7.2.3.1. Solvencia económica y financiera 7.2.3.2. Solvencia técnica o profesional 7.2.4. Acreditación de cumplimiento de las normas de garantía de calidad y de gestión medioambiental 7.2.4.1. Acreditación de cumplimiento de las normas de garantía de calidad 7.2.4.2. Acreditación del cumplimiento de las normas de gestión medioambiental 7.3.- Garantía provisional 8.- CONTENIDO DE LA DOCUMENTACIÓN REQUERIDA. LUGAR Y PLAZO DE PRESENTACIÓN 20