ACTA: Reunió XESAJE - Xarxa d Entitats Socials d Assessorament Jurídic en Estrangeria TEMA: PROCEDIMIENTS D EXPULSIÓNS 30 de setembre de 2010. 10h. Sala Calidoscopi. Centre Cívic Convent de Sant Agustí Assistents (36): 1) Comisario Principal de la Brigada de Extranjería y Fronteras de la Jefatura Superior de La Policía. José María Hidalgo. 2) Coordinadora d Acollida, Ajuntament de Barcelona: Maia Berasategui 3) Tècnic d Acollida, Ajuntament de Barcelona: Néstor Navarro Salvany 4) 9 Barris Acull: Lourdes Ponce / Mª Teresa Tornil 5) ACATHI (Associació Catalana d Homosexuals, Bisexuals i Transexuals Immigrants. Oswaldo del Castillo/ Ricard de la Rosa 6) ACCEM. Gisela Cardús. 7) ACPE. Associació Catalana de Professionals Estrangers. Marta Anglí. 8) Associació Catalana de Residents Senegalesos. Concha Par. 9) Associació de Treballador Pakistanesos: Montse Hidalgo. 10) Col lectivo Maloka- Colombia: Leticia Cruz. 11) IBN Batuta: Nora El Bachiri. 12) Associació Cultural Idara Minhaj ul Quran (Via de la Paz). Mohamed Iqbal 13) Càritas: Isabel Mas 14) APIP- Associació per a la Promoció i la inserció Professional. Mónica Calderona/Marçal Pi. 15) Casa Eslava: Sergi Baró 16) Casal dels Infants per l acció social als barris: Oriol Celestino 17) CEAR: Anna Figueras 18) Creu Roja: Gerard Català 19) Fundació Comtal. Sr Ferran Rofin. 20) Fundació Privada Bayt Al- Thaqafa. Carla Soto 21) Fundació Privada Trinijove. Esliabet Diaz i Joan Anton. 22) Fundació Putxet: Ana Peitx 23) Fundació Viarany- Centre Convivim. Julieta Cedro. 24) Poble Sec per Tothom. Ana Muñoz. 25) PROBENS. Isabel Carmona. 26) Red solidaria Barcelona. Aitana Fernández. 27) Servei Solidari i Missioner: Karla Tilac / Johanna Londonio 28) Adociación Ondureña. Carlos Ninel 29) Agent d Acollida Sarrià- St. Gervasi i Gràcia. Ajuntament de Barcelona: Xavi Muñoz. 30) Assessora jurídica externa d entitats. Johanna Londoño García. 31) Assessora jurídica externa d entitats. Karla Tilac 32) Coordinadora del Col legi d Advocats de Barcelona, Pepi Gutierrez
ORDRE DEL DIA: 1) Benvinguda i presentació. 2) Procés d actualització del Pla d Acollida. 3) Intervenció de José María Hidalgo. Comisario Principal de la Brigada de extranjería y fronteras de la jefatura superior de la policía. 4) Precs i preguntes. 1. Benvinguda i presentació Maia Berasategui dóna la benvinguda a tots els presents, fa la presentació de Jose María Hidalgo. Abans de començar explica el contingut de la carpeta que s ha donat a cada assistent així com el guió de treball per a l actualització del Pla d Acollida. Els assistents demanen, davant el volum de feina que tenen, poder treballar el guió amb els seus equips i fer-ne un resum que serà entregat via e-mail. Fet que es acordat per tots els assistents. Seguidament es cedeix la paraula al Comissari José Mª Hidalgo, el qual proposa a l auditori anar responent pregunta a pregunta i a final de cada punt aclarir dubtes. ---- PASAPORTES---------- Cuáles son los criterios que se aplican para la retirada del pasaporte? Davant un expedient sancionador. Els motius pels quals es retiren els passaports estan determinats per la llei. Es a dir, la llei d estrangeria estableix que en cas que un instructor/a intueixi que a la persona a la qual se li incoa un expedient es pot cautelarment procedir a la retirada del passaport. El passaport es retira principalment a gent que no té domicili reconegut, no te treball i/o antecedents de delicte, la qual és la causa més determinant. - Queda solamente por el tema del domicilio o de delito por qué por el momento el procedimiento de expulsión por trabajo no tiene nadie.
- Ha habido algunas veces en la comisaría de Barcelona, de extranjería que se han quitado los pasaportes de forma habitual, es decir, había como unas instrucciones internas en las cuales hoy se retiran los pasaportes (esto hace tiempo). A día de hoy puede darse el caso? Si, en las circunstancias, causa y motivaciones que se han expuesto. La causas de retirada de pasaporte están tasadas en la ley, es más, la ley orgánica de protección de seguridad ciudadana 1/1999, establece claramente que los extranjeros tienen la obligación de tener en España el pasaporte o carnet de identidad siempre es su poder y que no podrá ser retirado salvo en las condiciones en que se quite los pasaportes a los ciudadanos nacionales. Cómo se puede recuperar un pasaporte retirado? Se puede recuperar únicamente a través de la petición del abogado. Cuando se retira el pasaporte como medida cautelar, Cómo puede ser renovado en caso de que llegue la fecha de caducidad? Si el passaport caduca es retorna per que es pugui renovar, es a dir, es facilita a l advocat per que el pugui renovar al consolat Se puede devolver al titular con un compromiso de retorno? Al titular mai se li donarà retornarà el passaport, sempre a l advocat. Se le puede dar al titular un certificado de retirada con compulsa de todas las páginas?
Si, la compulsa es pot fer en cas de caducitat, és a dir, si el titular demana una compulsació de l original, mitjançant l advocat, pot sol licitar-ho i tindrà la mateixa validesa, davant qualsevol persona que demani la identificació de la persona però no per renovació. Aceptan los consulados este certificado para la renovación del pasaporte? No, la compulsa només te efectes identificatius. No serveix per viatjar ni per fer la renovació. Només te ús a nivell de territori espanyol. - Con este racionamiento un pasaporte extranjero compulsado por un notario español, sería un documento de identificación válida para ir por la calle, es decir, un extranjero no tiene la obligación de llevar el pasaporte original si no que puede ir con una copia del pasaporte compulsada. Sí, siempre que sea reciente, es decir tiene una validez máxima de 90 días. A partir de los 90 días se tiene que renovar la compulsa. Las compulsas se pueden hacer en la Policía Nacional (gratis) y Notarios (de pago) --- AEROPUERTOS ------- Cuáles son los criterios concretos que se utilizan para permitir o no la entrada en España a un extranjero? Modalitat turista. Els criteris que s apliquen són aquells que estableix l acord Schengen. És a dir, que el turista ha de tenir motivacions de viatges suficients; mitjans econòmics suficients; justificació de la estància; vigència del passaport pel temps de l estada i exigència de visat segons la nacionalitat que així ho determini.
En territori Schengen només es poden estar 90 dies consecutius dintre d un període de 6 mesos. La justificació econòmica és de 63 3 per persona i dia. Es pot presentar en efectiu, targetes bancàries solvents o demostrar tenir propietats. Per treball: Es necessita un visat per treballar, al qual estan sotmeses tots els països malgrat no tinguin visat per entrar. Els ciutadans de la Unió Europea no han de demostrar cap visat. Pero, qué criterios reales se están aplicando hoy día? - Es que la pretendida entrada sea fraudulenta. - Porque no es reúnan los requisitos necesarios. Para entrar en España como turista es suficiente acreditar la reserva de hotel o tiene que estar pagada toda la estancia? Una persona que ve de turista ha de tenir pagat l hotel o l ha de poder pagar. Es a dir, si una persona que ve de turista i no te l hotel pagat però compleix els requisits explicats anteriorment no te cap problema. Se realizan controles a todas las personas que entran y salen de España o lo hacen de forma aleatoria? Si, Es controlen de forma aleatòria. No hi ha un criteri concret. Però també hi ha un control mínim al qual només es fa un control de identificació. Cómo se hace ese control? A algunas personas se les está escaneando todas las páginas del pasaporte.
. L escaneig del passaport es fa en persones que estan en trànsit. És a dir, s han donat casos de persones que resten en transit 3 dies i trenquen els passaports. En aquests casos es fa impossible saber d on vénen i qui són. És una forma d entrada il legal. En el moment en que surt del país es destrueix la documentació. Actualment hi ha en prova pilot de identificació electrònica. On queda registrat la persona que entra. Hay países que no tienen el pasaporte electrónico, hay una fecha límite que prohiba la entrada y salida? No, sempre hi haurà la ventanilla manual. ------PROCEDIMIENTOS DE EXPULSIÓN: VÍA ORDINARIA O PREFERENTE ----- En qué supuestos, en aplicación de la nueva reforma de la Ley de Extranjería, el CNP utiliza la vía del procedimiento preferente y en cuales el procedimiento ordinario? Se está teniendo en cuenta, a la hora de iniciar o no procedimientos de expulsión, el hecho de que una persona tenga solicitada o asignada cita ante la oficina de extranjería? Qué criterios existen al respecto para considerar que una persona tiene en trámite su solicitud de autorización de residencia por arraigo? En concreto, cuáles son los criterios que el CNP aplica en la práctica para entender que se da la circunstancia del articulo 63.1.a), es decir, que hay riesgo de incomparecencia, o la del apartado La llei 2/2009, estableix una sèrie de paràmetres clars pel que fa a l aplicació del procediment preferent i ordinari.
No es fa en base a la gravetat de la sanció sinó en base a la conducte de la persona. D aquesta manera la estància il legal, si no hi ha temor que fugi del país es procediment ordinari, però si hi temor que fugi serà preferent. Els casos són taxats: a. Seguretat pública, ordre públic o salut públic. (PREFERENTS) b. Existència de condemnes penals (devenen preferents) c. Presumpte negativa a abandonar el país, carència de domicili devenen també Preferents. Existen unas instrucciones estableciendo cuando se incoa el ordinario y cuando el preferente. Se están aplicando? Els procediments: Davant l instructor pot ser incoada preferent a reserva de: (si es detecta que no hi ha una conducte greu sempre es convertirà en ordinari). - Si el extranjero va con un empadronamiento antiguo, la policía pone preferente y lo mantiene. - Entonces, si mi cliente lleva un certificado de empadronamiento en el bolsillo le pondrán ordinario? Si su cliente puede demostrar que su situación en España está en vía de arreglo, ya sea mediante la citación en la oficina del extranjero o sea porqué es arraigable no se le incoa ni procedimiento ordinario ni preferente. - Perdone, usted está hablando de la cita, y la cita no cuenta. Cuenta el estar en trámite, no la cita.
- Nos podría decir que se entiende por arraigable? Es el hecho de estar en trámite que un extranjero pueda ser determinado como arraigable? Es decir, no es el hecho de tener los tres años de empadronamiento en España. Claro, en ese caso si una persona es arraigable no se le incoa el expediente. No pierdan de vista que a la mayor parte de personas que son arraigables son delincuentes. - La gente que aún no tiene ningún procedimiento de culpabilidad pero tiene un procedimiento judicial abierto, por tanto no es culpable, se le incoa expediente como delincuente. Si, lo admito. - En ese caso la presunción de inocencia queda al descubierto. Si. - Llegados a este punto se quiere poner en evidencia que hay una teoría y una práctica real que no cuadran. Habiendo irregularidades constantemente. Cuántos procedimientos ordinarios se han incoado desde la reforma en relación al total de los procedimientos de expulsión? Estadísticas que tienen al respecto.
El porcentaje de expedientes terminados 80% ordinario y un 20% de preferentes. Una cosa es incoación y la otra terminación. En incoación pude que las cifras sean al revés pero nosotros hacemos las estadísticas a partir de expedientes terminado y No incoados. Los expedientes devienen ordinarios y lo que cuenta es como terminan. - NO, los expedientes terminan en un decreto. Un decreto que puede sancionar con una expulsión tanto a un preferente como a un ordinario. Los ordinarios difícilmente acaban en expulsión, siempre acaban en multa. - La diferencia son los términos. Los preferentes 48h y los ordinarios 15 días. Si el preferente es de 48h (detención de 48h) y usted dice que se trasmuta en ordinario el tramite en audiencia son 15 días. Es decir, cuando los abogados recibimos el trámite en audiencia recibimos una transformación y a partir de ahí tenemos 15 días? Claro, ustedes como abogados tienen derecho a saber si el expediente a cambiado su cualificación de preferente a ordinario. Están teniendo en cuenta la STS de fecha 9/03/2007, que dispone que no cabe la expulsión de una persona por el simple hecho de ir indocumentada, si en el expediente administrativo no constan otros datos de mayor relevancia? La mera estancia ilegal NO PUEDE SUPONER NUNCA LA EXPULSIÓN. La expulsión siempre tiene que pasar por el tamiz judicial. Es más, en el supuesto caso que se pueda incoar, en el plazo de 72h, el ciudadano expulsable, siempre tiene derecho al procedimiento de urgencia de la ley de concesión administrativa, según la cual se alegan las garantías fundamentales y se paraliza el procedimiento de expulsión.
-------------CONTROLES POLICIALES---------------- Existen estadísticas sobre las nacionalidades de las personas detenidas en los controles policiales para pedir documentación? Si, Las nacionalidades sudamericanas, pakistaníes y marroquíes. Qué criterios se siguen para hacer esos controles? La policía nacional nunca hace controles en la calle de nacionalidad si no es por controles de apoyo a requerimiento de los mossos de esquadra y guardia urbana. Los controles en la calle habrá siempre, esto no va a desaparecer porque son controles de seguridad ciudadana. Esos controles, a partir del mes de agosto de 2010, no se van hacer por el cuerpo nacional de policía. Los de mossos son los que tienen la competencia en seguridad ciudadana. Cuánto tiempo se necesita en una comisaría para preparar la iniciación de un procedimiento de expulsión? Cuál es el motivo de que, en Barcelona, las personas a las que se les ha de iniciar un expediente de expulsión, deban pasar la noche en la comisaría, si han sido llevadas allí a partir de las 17h de la tarde?, Porqué no se les prepara el expediente sino al día siguiente, cuando entra a trabajar el turno de mañanas, teniendo que pasar los detenidos toda la noche en los calabozos? El motivo es la incomparecencia del letrado. Cuando se cita a un letrado a las 17h de la tarde no comparece hasta el día siguiente. : Coordinadora de Extranjería del Colegio de Advocados de Barcelona - Le aseguro que esto no sucede. De hecho, las relaciones son muy fluidas con la policía y cuando nos llaman nuestra presencia es inmediata. Nosotros sí que tenemos constancia, cuando intervenimos y asistimos a un extranjero que es detenido, que su detención se ha hecho el día anterior.
Como hay un conflicto de información, me comprometo a confirmar y a contestaros esta pregunta en el próximo encuentro. -----NOTIFICACIONES ----------- En caso de que el abogado que asiste al detenido no proporcione un número de fax, a quién y cómo se notifica? Se notifica por correo certificado y en última instancia se publica en el boletín oficial de la provincia, siempre y cuando el avocado no proporcione el número de fax. ------- PRIVACIÓN LIBERTAD ---- Cuáles son los criterios para adoptar la detención cautelar contemplada en el artículo 61 d) de la Ley o, en su caso, el internamiento preventivo del apartado e) del mismo artículo? (aunque requiera la autorización previa del juez, quien insta es la policía) No se hacen los expedientes, preferentes u ordinarios, en función a la gravedad de la sanción. Se hacen en función a la presunta peligrosidad del sujeto. La aplicación del preferente tiene posibilidad de detención. El ordinario NO. El preferente con posibilidad de detención puede ser mediante una medida cautelar en la comisaría o en un CIE, ese último caso con previa tutela del juez correspondiente. Éste es el encargado de estimar si el extranjero detenido ingresa o no en un CIE. Qué criterios se tiene para solicitar el internamiento cuando no hay decreto expulsión anterior?
En la nueva ley algunos casos excepcionales tienen vigencia de 10 años. El artículo 57 de la ley debe entenderse que ante un expediente incoado y no ejecutado tiene una vigencia de 3 a 5 años, siempre y cuando esté vigente el plan de ejecución. Los criterios son: - Presunta peligrosidad del sujeto. - Conductas penales, de seguridad ciudadana u orden público. - Sin domicilio conocido. - Evasión de expediente. Podrían tener los abogados acceso a los expedientes de personas que están en un CIE? (a veces los abogados oficio no los envían). No, para acceder a los expedientes se tiene que ir al juzgado. Existe la posibilidad de hablar por teléfono con las personas internadas en un CIE de Barcelona? (En Madrid es posible). Si la circunstancia es importante sí. Esa valoración la hace el director del CIE. Si la causa es importante se le permite hablar 24h, de fuera a dentro del centro. : - Que cobertura legal tienen aquellas detenciones practicadas a extranjeros que están identificados, es decir van acompañados del pasaporte. En base a que norma legal se aplica una detención. Cuando se detiene a un extranjero es porque se ignora nada más que tiene el pasaporte ya que en la calle se desconoce su domicilio, si tienen antecedentes penales, cuánto tiempo lleva en territorio, si tiene trabajo o no En este caso se aplica la detención hasta que se comprueba su situación. - En ese momento ha hecho referencia a la detención. La detención en este país solo se puede hacer, a parte por un tema penal sorprendidos infraganti, o por ley de extranjería o por ley de seguridad ciudadana.
Correcto. - La ley de seguridad ciudadana única y exclusivamente permite la detención en aquellos casos en que la persona no está identificada, con lo cual, en este supuesto no sucede la detención porque esta supuesta persona lleva acompañado su pasaporte y por tanto va identificado. Claro. - Por otro lado, si esta detención se practica en base a la ley de extranjería hemos de pensar que no se ha incoado ningún procedimiento sancionador en ese momento porque están en la calle por lo cual ningún instructor ha dictado ninguna medida cautelar. Por tanto, si no podemos ser por ley penal, ni por ley de seguridad ciudadana ni por ley de extranjería, no se puede efectuar esta detención. Por ley de extranjería si se puede. - No se puede Si se puede, de ahí la medida preventiva. - No se puede. No está incoado todavía el procedimiento sancionador. Aquí está el agujero legal de la ley de extranjería Si se puede.
- No, la detención preventiva es una medida cautelar. Y la medida cautelar resulta de procedimiento sancionador. Y este procedimiento sancionador no se ha incoado. Con lo cual no se puede proceder a la detención. E aquí un círculo, si no lo identificamos no se le puede incoar y si no lo incoas no lo puedes detener. En alguna parte se tiene que romper la cuerda y se rompe aquí. La detención se efectúa a efectos de saber dónde vive. Se acompaña a comisaria hasta que se confirma su domicilio. - Usted me quiere decir que si una persona va acompañada de una hoja de empadronamiento y pasaporte está identificada? Sí, si va acompañada de su pasaporte y hoja de empadronamiento esta persona está identificada. Fins aquí la intervenció del Comissari José María Hidalgo. Es deixa la porta oberta per a una propera trobada amb el comissari. Els assistents acorden una nova trobada. Propera trobada amb la subdelegació del govern: El 25 de novembre a les 10h al Convent de Sant Agustí. Sala Calidoscopi