I. Principado de Asturias

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Transcripción:

núm. 90 de 19-iv-2016 1/12 I. Principado de Asturias Ot r a s Disposiciones Universidad de Oviedo Resolución de 6 de abril de 2016, del Delegado del Rector de la Universidad de Oviedo, por la que se aprueba el procedimiento y la convocatoria de ayudas a los componentes de los equipos deportivos de la Universidad de Oviedo, temporada deportiva del curso académico 2015-2016 (ayudas para el pago de precios públicos por servicios académicos por estudios conducentes a títulos oficiales y títulos propios de la Universidad de Oviedo y ayudas por colaborar en ligas, campeonatos universitarios y eventos deportivos del segundo y tercer trimestre). Tanto la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo de Educación en su redacción vigente, como la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, modificada por la Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril, contemplan el establecimiento de una política general de becas, ayudas y créditos a los estudiantes universitarios. Teniendo en cuenta lo previsto en los artículos 9, 176 y 179 de los Estatutos de la Universidad de Oviedo, aprobados por 12/2010 de 3 de febrero (BOPA n.º 34, de 11 de febrero de 2010) en donde se señala que se fomentará un sistema justo de becas y ayudas, se estima conveniente la tramitación de un expediente para la apertura de convocatoria pública de ayudas para los componentes de sus equipos deportivos, a efectos de fomentar la participación en ligas, campeonatos universitarios y eventos deportivos. La finalidad de estas ayudas es fomentar la práctica deportiva continuada durante el curso académico 2015-2016 y la participación de los estudiantes en competiciones deportivas en representación de la Universidad de Oviedo, haciéndolo compatible con su formación académica. Con este fin, por Resolución de la Universidad de Oviedo de 8 de marzo de 2016 (BOPA n.º 71 de 28-III-2016), se han aprobado las bases reguladoras para la concesión de ayudas a los componentes de los equipos deportivos de la misma, en régimen de concurrencia competitiva, por lo que mediante esta resolución se convocan parte de las citadas ayudas. Fundamentos de derecho Primero. Según lo establecido en el artículo 29 de las Bases de Ejecución del Presupuesto de la Universidad de Oviedo para el ejercicio 2016, «toda subvención, beca o ayuda para las que exista crédito comprendido en el presupuesto se otorgará según los principios de publicidad, concurrencia y objetividad, con respeto a las bases reguladoras de la concesión que se establezcan». Segundo. En virtud de lo dispuesto en el Decreto 14/1999, de 11 de marzo, sobre régimen de publicidad de los actos y acuerdos normativos de la Universidad de Oviedo, por orden del Rector u órgano en quien delegue expresamente al efecto, serán objeto de publicación formal en el Boletín Oficial del Principado de Asturias, para producir efectos jurídicos, las convocatorias de concesión de becas o ayudas en régimen de concurrencia competitiva. Tercero. Visto la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y su Reglamento, aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio; la Resolución de 9 de abril de 2010, de la Universidad de Oviedo, por la que se regula el régimen de concesión de subvenciones, publicada en el BOPA de 28 de abril de 2010; el Decreto 71/1992, de 29 de octubre, del Principado de Asturias, por el que se regula el régimen general de Concesión de Subvenciones, modificado por el Decreto 14/2000, y la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero y el Decreto 12/2010, de 3 de febrero, por el que se aprueban los Estatutos de la Universidad de Oviedo. Cuarto. Vistos los apartados 2 c) y 5 del artículo 20 de las bases de ejecución del Presupuesto de la Universidad de Oviedo para el ejercicio 2016 en los que se establece que la autorización y disposición de gastos de hasta 250.000 corresponde al Delegado del Rector para Deportes y Salud, así como la gestión y tramitación de expedientes y actos administrativos asociados a ellos, RESUELVO Primero. Autorizar un gasto para la financiación de las ayudas de dicha convocatoria por importe global de veintiocho mil euros (28.000 euros) con cargo a la aplicación presupuestaria 03.01.423D.481.17 de los presupuestos de la Universidad de Oviedo del ejercicio 2016. Excepcionalmente, si el gasto real comprometido en la concesión no coincidiera con la estimación realizada, el importe aprobado podrá ser susceptible de ampliación siempre que exista crédito adecuado y suficiente, previa aprobación del gasto complementario al inicialmente acordado, según los establecido en el Art. 58.2 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por lo que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003 de 17 de noviembre, General de Subvenciones (BOE n.º 176 de 25 de julio de 2006).

núm. 90 de 19-iv-2016 2/12 Segundo. Aprobar la presente convocatoria de ayudas a los componentes de los equipos deportivos de la Universidad de Oviedo, temporada deportiva del curso académico 2015-2016, a través del Delegado del Rector para Deportes y Salud. Tercero. Régimen regulador. Las ayudas establecidas se regirán por lo establecido en la presente convocatoria y en sus bases reguladoras aprobadas por Resolución del Rector de la Universidad de Oviedo de 8 de marzo de 2016. Para lo no previsto en ellas, se estará a lo dispuesto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones; su Reglamento, aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio; el Decreto 71/1992, de 29 de octubre, del Principado de Asturias, por el que se regula el Régimen General de Concesión de Subvenciones, modificado por el Decreto 14/2000; la Resolución de 9 de abril de 2010, de la Universidad de Oviedo, por la que se regula su régimen de concesión de subvenciones (BOPA 28-04- 2010), la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y demás disposiciones que resulten de aplicación. Cuarto. Objeto. La presente convocatoria tiene por objeto regular la concesión de ayudas, en régimen de concurrencia competitiva a los componentes de los equipos deportivos de la Universidad de Oviedo, temporada deportiva del curso 2015-2016, en aras a la consecución de una mejor educación del alumnado, fomentando la práctica deportiva y premiando su colaboración y participación en representación de la Universidad de Oviedo en campeonatos universitarios, ligas federadas y eventos deportivos. Quinto. Modalidades. 5.1. Ayudas para el pago de los gastos ocasionados por razón de los precios públicos por servicios académicos por estudios conducentes a títulos oficiales de la Universidad de Oviedo del curso 2015-2016. 5.2. Ayudas para el pago de los gastos ocasionados por razón de los precios públicos de las matrículas por estudios de conducentes a la obtención de títulos propios de la Universidad de Oviedo del curso 2015-2016. 5.3. Ayudas por colaborar en ligas, campeonatos universitarios y eventos deportivos durante el 2.º y 3. er Trimestre del curso 2015-2016. 5.3.1. Ayudas por la colaboración en arbitrajes de campeonatos universitarios. Modalidad deportiva FÚTBOL 7 FÚTBOL SALA BALONCESTO MESA-BALONCESTO VOLEIBOL RUGBY 7 5.3.2. Ayudas por la colaboración en campeonatos universitarios, ligas o en eventos deportivos organizados o en los que participe y contribuya la Universidad de Oviedo. Las ayudas 5.3 se concederán por actividades realizadas durante el segundo y tercer trimestre del curso académico 2015-2016 (enero a junio de 2016). Sexto. Requisitos de participación. 6.1. Ayudas para el pago de los gastos ocasionados por razón de los precios públicos por servicios académicos por estudios conducentes a títulos oficiales de la Universidad de Oviedo del curso 2015-2016. 6.1.1. Estar matriculado en el curso 2015-2016 en cualquiera de los estudios conducentes a la obtención de títulos oficiales de la Universidad de Oviedo. 6.1.2. Ser componente de los equipos federados que compiten en nombre y representación de la Universidad de Oviedo en las ligas federadas, considerándose a estos efectos los siguientes: baloncesto femenino, fútbol regional preferente y atletismo y tener el informe favorable del técnico responsable en función del cumplimiento de las actividades y obligaciones establecidas en el apartado decimosexto. 6.1.3. Tener aprobado, al menos, un número de créditos o asignaturas igual a la mitad de los matriculados el curso anterior. 6.1.4. No estar incurso en alguna de las prohibiciones recogidas en los apartados 2 y 3 del Art. 13 de la Ley 38/2003 de 17 de noviembre, General de Subvenciones; en el Art. 4.2 de la Resolución de 9 de abril de 2010 la Universidad de Oviedo (BOPA n.º 97 de 28 de abril de 2010) por la que se regula el régimen general de subvenciones de la misma, y no ser deudor de la Universidad de Oviedo por deudas vencidas, líquidas y exigibles. 6.2. Ayudas para el pago de los gastos ocasionados por razón de los precios públicos de las matrículas por estudios de conducentes a la obtención de títulos propios de la Universidad de Oviedo del curso 2015-2016. 6.2.1. Estar matriculado en el curso 2015-2016 en cualquiera de los estudios conducentes a la obtención de títulos propios de la Universidad de Oviedo. 6.2.2. Ser componente de los equipos federados que compiten en nombre y representación de la Universidad de Oviedo en las ligas y campeonatos oficiales, considerándose a estos efectos los siguientes: baloncesto

núm. 90 de 19-iv-2016 3/12 femenino, fútbol regional preferente y atletismo y tener el informe favorable del técnico responsable, en función del cumplimiento de las actividades y obligaciones establecidas en el apartado decimosexto. 6.2.3. No estar incurso en alguna de las prohibiciones recogidas en los apartados 2 y 3 del art. 13 de la Ley 38/2003 de 17 de noviembre, General de Subvenciones; en el Art 4.2 de la Resolución de 9 de abril de 2010 la Universidad de Oviedo (BOPA n.º 97 de 28 de abril de 2010) por la que se regula el régimen general de subvenciones de la misma, y no ser deudor de la Universidad de Oviedo por deudas vencidas, líquidas y exigibles. 6.3. ayudas por colaborar en ligas, campeonatos universitarios y eventos deportivos durante el 2.º y 3. er Trimestre del curso 2015-2016. 6.3.1. Formar parte de los equipos que compitan en nombre y representación de la Universidad de Oviedo en ligas oficiales, campeonatos universitarios oficiales y eventos deportivos, considerándose a estos efectos los siguientes: baloncesto, fútbol, fútbol 7, fútbol Sala, atletismo, voleibol, Rugby 7 y Vela y tener el informe favorable del técnico responsable en función de las actividades y obligaciones establecidas en el apartado decimosexto. 6.3.2. No estar incurso en alguna de las prohibiciones recogidas en los apartados 2 y 3 del art. 13 de la Ley 38/2003 de 17 de noviembre, General de Subvenciones; en el Art. 4.2 de la Resolución de 9 de abril de 2010 la Universidad de Oviedo (BOPA n.º 97 de 28 de abril de 2010) por la que se regula el régimen general de subvenciones de la misma, y no ser deudor de la Universidad de Oviedo por deudas vencidas, líquidas y exigibles. Séptimo. Forma y lugar de presentación de las solicitudes. 7.1. Las solicitudes se ajustarán los modelos que figuran como anexos I, II y III y se hallarán a disposición de los interesados en el Servicio de Deportes, oficina central de Oviedo (Calle Valdés Salas, s/n, 33007-Oviedo) y sus delegaciones en los Campus de Gijón (Escuela Politécnica de Ingeniería de Gijón, módulo 4, planta sótano, 33203-Gijón) y Mieres (Gonzalo Gutiérrez Quirós s/n, 33600 Mieres) y en la siguiente dirección de Internet: http://deportes.uniovi.es/competicion/ayudas. Dichas solicitudes, debidamente cumplimentadas y acompañadas de la documentación correspondiente, se presentarán a través de los siguientes medios: a) A través de cualquiera de los registros de la Universidad de Oviedo cuyas oficinas y direcciones están disponibles en la siguiente página Web.: http://secretaria.uniovi.es/organizacion/registro. b) Por cualquiera de los medios establecidos en el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común en su redacción vigente. 7.2. Los beneficiarios a efectos de cobrar las correspondientes ayudas dispondrán de un plazo de cinco días, a contar desde el día siguiente al de la publicación de su propuesta de asignación, para presentar la siguiente documentación: 1. impreso de datos bancarios de terceros acreedores de la Universidad de Oviedo (si no lo han presentado con anterioridad, anexo IV). 2. declaración responsable de estar al corriente de las obligaciones tributarias y frente a la seguridad social, no ser deudor de la universidad de Oviedo por deudas vencidas, líquidas y exigibles, y no estar incurso en el resto de prohibiciones recogidas en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones. (Anexo V). Dicha documentación deberá presentarse en cualquiera de los lugares indicados en el punto 7.1 de esta convocatoria. 7.3. La solicitud de todas estas ayudas implica la aceptación del contenido de las presentes bases y la autorización para que sus datos personales sean utilizados por la Universidad de Oviedo, de acuerdo con la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal con el fin de la correcta gestión de estas ayudas. Los datos personales recogidos quedarán incorporados a los ficheros de usuarios de la Universidad de Oviedo y serán tratados por ella de acuerdo con lo establecido en la citada Ley Orgánica. Con la presentación de la solicitud, los candidatos están de acuerdo en que sus datos personales sean utilizados por el Servicio de Deportes de la Universidad de Oviedo para exponer la relación de beneficiarios de estas ayudas en su página Web. La disconformidad con este apartado podrá ser manifestada mediante escrito dirigido al Delegado del Rector para Deportes y Salud. Octavo. Plazo de presentación de solicitudes. Las solicitudes deberán presentarse a partir del día siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial del Principado de Asturias, hasta el 9 de junio de 2016. Noveno. Documentación a presentar con las solicitudes. 9.1. Ayudas para el pago de los gastos ocasionados por razón de los precios públicos por servicios académicos por estudios conducentes a títulos oficiales de la Universidad de Oviedo del curso 2015-2016. Fotocopia del DNI/NIE en vigor del solicitante. Certificado acreditativo de que el solicitante forma parte como deportista de los equipos universitarios federados que compiten en nombre y representación de la Universidad de Oviedo en ligas, federadas determinados en el apartado 6.1.2, expedido por el Técnico del Servicio de Deportes de la Universidad de Oviedo responsable del equipo.

núm. 90 de 19-iv-2016 4/12 9.2. Ayudas para el pago de los gastos ocasionados por razón de los precios públicos de las matrículas por estudios conducentes a la obtención de títulos propios de la Universidad de Oviedo del curso 2015-2016. Fotocopia del DNI/NIE en vigor del solicitante. Certificado acreditativo de que el solicitante forma parte como deportista de los equipos universitarios federados que compiten en nombre y representación de la Universidad de Oviedo en ligas, federadas determinados en el apartado 6.2.2, expedido por el Técnico del Servicio de Deportes de la Universidad de Oviedo responsable del equipo. Fotocopia del justificante bancario del pago de la matrícula en el curso 2015-2016 del título propio de la Universidad de Oviedo para el que se solicita la ayuda. 9.3. ayudas por colaborar en ligas, campeonatos universitarios y eventos deportivos durante el 2.º y 3. er trimestre del curso 2015-2016. Fotocopia del DNI/NIE en vigor del solicitante. Certificado expedido por el Técnico Deportivo responsable de la actividad, con el visto bueno del responsable del Servicio de Deportes en la Universidad de Oviedo, acreditativo de que los solicitantes son componentes de los equipos que compiten en nombre y representación de la Universidad de Oviedo en ligas, campeonatos oficiales y eventos deportivos determinados en el punto 6.3.1. Décimo. Órganos competentes para la ordenación, instrucción y resolución del procedimiento. 10.1. El órgano competente para la instrucción y ordenación del procedimiento será el Delegado del Rector para Deportes y Salud. 10.2. El órgano competente para resolver el procedimiento de concesión de las ayudas es el Rector. 10.3. La composición de la Comisión de selección encargada de valorar las solicitudes presentadas en la convocatoria estará constituida por: Presidente: El Delegado del Rector para Deportes y Salud o persona en quien delegue. Vocales: Un representante de la parte no académica del Consejo Social, un profesor miembro del Consejo de Gobierno, un estudiante miembro del Consejo de Gobierno, un representante de los deportistas, elegido por y entre los deportistas universitarios federados, dos técnicos del Servicio de Deportes, la Jefe de Otros Servicios Universitarios o persona en quien delegue. Secretario: un miembro del Personal de Administración y Servicios del Servicio de Deportes de la Universidad de Oviedo. 10.4. La actuación de la Comisión encargada de valorar las solicitudes se ajustará a lo dispuesto en el Capítulo IX del Título III del Decreto 12/2010 de 3 de febrero del Principado de Asturias por el que se aprueban los Estatutos de la Universidad de Oviedo. El Servicio de Deportes de la Universidad de Oviedo, revisará los expedientes de las solicitudes presentadas y verificará que contienen la documentación requerida y comprobará que todos los candidatos reúnen los requisitos exigidos. Si resultase que ésta estuviera incompleta o defectuosa, se requerirá a los solicitantes para que en el plazo de 10 días aporten la documentación necesaria, subsanen los defectos observados o justifiquen los requisitos exigidos, haciéndoles saber que en caso contrario su solicitud será archivada de conformidad con el artículo 71 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero. Una vez revisadas las solicitudes, en base al plazo fijado en la presente convocatoria, remitirá los expedientes a la Comisión de selección constituida al efecto. Undécimo. Procedimiento de concesión de ayudas, plazo resolución y notificación. 11.1. La Comisión de selección, previo estudio y revisión de las solicitudes presentadas y comprobado el cumplimiento de los requisitos establecidos en el apartado duodécimo, formulará al Rector propuesta de asignación de las correspondientes ayudas, según modalidad. De conformidad con el artículo 24.4. de la Ley 38/2003 de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se podrá prescindir del trámite de audiencia cuando no figuren en el procedimiento ni sean tenidos en cuenta para dictar resolución otros hechos ni otras alegaciones y pruebas que las aducidas por el interesado. 11.2. Los interesados propuestos como beneficiarios, deberán acreditar, con anterioridad a dictarse la correspondiente resolución de adjudicación, hallarse al corriente de sus obligaciones tributarias y de la seguridad social, de no ser deudor de la Universidad de Oviedo por deudas vencidas, líquidas y exigibles, e informar en todo caso, la relación de subvenciones solicitadas y obtenidas con la misma finalidad (Anexo V). 11.3. El Rector en el plazo máximo de un mes, contado a partir del último día de presentación de solicitudes, conforme al plazo establecido, a la vista de la propuesta formulada, dictará Resolución de adjudicación de las ayudas, que incluirá la relación de solicitantes a los que se les concede las ayudas y modalidad, constando en su caso la relación de solicitudes desestimadas y el motivo, que se publicará en el tablón de anuncios del Servicio de Deportes y en su página web. http://deportes.uniovi.es/competicion/ayudas, a los efectos previstos en el artículo 59, número 5, apartado b) de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero. Transcurrido dicho plazo sin que hubiera recaído resolución expresa, se entenderá que ésta es desestimatoria a los efectos previstos en la Ley 30/1992, en la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

núm. 90 de 19-iv-2016 5/12 Duodécimo. Criterios de concesión de las ayudas. Las ayudas se resolverán en atención a los requisitos establecidos en el apartado sexto y a la concurrencia de una determinada situación, la cual será acreditada en el informe emitido por los técnicos deportivos responsables de cada actividad. Para la obtención del informe favorable, se tendrán en cuenta los siguientes requisitos: Participar en las competiciones y/o pruebas de selección convocadas por el Técnico responsable de la actividad deportiva, equipo o sección. Asistir a los partidos de preparación a los que sean convocados. asistir a la convocatoria para participar en ligas federadas. Tener proyección deportiva regional y nacional. Colaborar en campeonatos universitarios, eventos o actos deportivos organizados o en los que participe y contribuya la Universidad de Oviedo. Decimotercero. Modificación de la resolución de concesión de ayudas y compatiblidades. Las actuaciones subvencionadas deberán ejecutarse en el tiempo y forma aprobados que se recojan en la resolución de concesión. Toda alteración de las condiciones objetivas y subjetivas tenidas en cuenta para la concesión de la subvención podrá dar lugar a la modificación de la resolución de concesión. Las ayudas por colaboración en ligas, campeonatos universitarios y eventos deportivos durante el 2.º y 3. er trimestre de la presente convocatoria son compatibles con cualesquiera otras ayudas o subvenciones, públicas o privadas para la misma finalidad, siempre que éstas no superen su coste. Las ayudas para el pago de precios públicos por servicios académicos por estudios conducentes a títulos oficiales y títulos propios de la Universidad de Oviedo son incompatibles con cualesquiera otras ayudas o subvenciones, públicas o privadas para la misma finalidad. En todo caso la obtención concurrente de subvenciones o ayudas con el mismo fin, podrá dar lugar a la modificación de la resolución de concesión. Decimocuarto. Importe y dotación de las ayudas. 14.1. El importe de las ayudas para el para el pago de los gastos ocasionados por razón de los precios públicos por servicios académicos por estudios conducentes a títulos oficiales de la Universidad de Oviedo del curso 2015-2016 (modalidad 5.1), cubrirá total o parcialmente el pago de los gastos de matrícula de los estudios que curse el deportista, dependiendo del total de adjudicatarios de las ayudas y las disponibilidades presupuestarias. 14.2. El importe de la ayuda para el pago de los gastos ocasionados por razón de los precios públicos de las matrículas para estudios conducentes a la obtención de títulos propios de la Universidad de Oviedo del curso 2015-2016 (modalidad 5.2), cubrirá total o parcialmente el pago de los gastos de matrícula de los estudios que curse el deportista dependiendo del total de adjudicatarios de las ayudas y las disponibilidades presupuestarias. 14.3. Los importes de las ayudas por colaborar en ligas, campeonatos universitarios y eventos deportivos. 2.º y 3. er Trimestre (modalidad 5.3), serán los siguientes: 14.3.1. Ayudas por colaboración en los arbitrajes de los siguientes campeonatos universitarios según modalidad: Modalidad Importe por partido* FÚTBOL 7 14,00 FÚTBOL SALA 12,00 BALONCESTO 12,00 MESA-BALONCESTO 4,00 RUGBY 7 14,00 VOLEIBOL 12,00 * Cuantías máximas cuyo importe podrá verse reducido en cualquier momento para adaptarlo al presupuesto disponible. 14.3.2. Ayudas por la colaboración en campeonatos universitarios, ligas o en eventos deportivos organizados o en los que participe y contribuya la Universidad de Oviedo. Jornada de colaboración Importe* 1 50,00 * Cuantías máximas cuyo importe podrá verse reducido en cualquier momento para adaptarlo al presupuesto disponible. 14.4. A todas las ayudas, se les aplicará la retención a cuenta del Impuesto sobre la Renta de Personas Físicas (IRPF) que establezca la normativa vigente. El importe líquido de las ayudas se hará efectivo mediante transferencia bancaria a la cuenta del solicitante señale en el impreso de datos bancarios de terceros acreedores de esta institución (Anexo IV), cuyo titular debe ser el mismo.

núm. 90 de 19-iv-2016 6/12 Si finalizado el plazo de presentación de solicitudes, la suma total de las ayudas a conceder, estuviese próxima a superar el presupuesto asignado a la presente convocatoria, los importes de las mismas se verán reducidos proporcionalmente según modalidad hasta adaptarlas al crédito disponible. 14.5. La financiación de las ayudas se hará con cargo a la aplicación presupuestaria 03.01.423D.481.17 de los presupuestos de la Universidad de Oviedo del ejercicio 2016, siendo el importe total del crédito presupuestario comprometido de veintiocho mil euros (28.000 euros) siempre que exista crédito adecuado y suficiente, entendiéndose, en caso contrario, revocados aquellos actos adoptados por encima de dicho límite. Excepcionalmente, si el gasto real comprometido en la concesión no coincidiera con la estimación realizada, el importe aprobado podrá ser susceptible de ampliación siempre que exista crédito adecuado y suficiente, previa aprobación del gasto complementario al inicialmente acordado, según lo establecido en el Art 58.2 del Real Decreto 887/2006 de 21 de julio, por lo que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003 de 17 de noviembre, General de Subvenciones. Decimoquinto. Justificación de la Acción. Dado que estas ayudas se conceden en atención a la concurrencia de una determinada situación, no requerirán otra justificación que la acreditación de la misma, previamente a la concesión. La presente convocatoria se regirá por lo dispuesto en la base reguladora decimocuarta. Decimosexto. Obligaciones. Los beneficiarios de las ayudas estarán obligados durante el curso académico 2015-2016 a: Asistir a los entrenamientos y competiciones que señale el Servicio de Deportes de la Universidad de Oviedo. Cumplir las tareas deportivas que para un mejor rendimiento de los equipos a que pertenezcan les sean encomendadas por sus responsables. Tener un comportamiento público adecuado, tanto en el ámbito deportivo como fuera de él, cuando se actúe en representación de la Universidad de Oviedo. Respetar las normas de uso de cualquiera de las instalaciones o dependencias de la Universidad de Oviedo. Asistir a campeonatos, ligas, eventos o actos deportivos organizados o en los que participe la Universidad de Oviedo para los que se requiera su colaboración. Siempre que la reglamentación de la disciplina deportiva lo permita, se deberá exhibir el logotipo de la Universidad de Oviedo y el del sponsor de su equipo con el que se haya suscrito un contrato de patrocinio para este fin. Decimoséptimo. Revocación y reintegro. 17.1. Procederá el reintegro de las cantidades percibidas y la exigencia del interés de demora correspondiente desde el momento del pago de la ayuda hasta la fecha en que acuerde la procedencia del reintegro, en los siguientes casos: a) Obtención de la subvención falseando las condiciones requeridas para ello u ocultando aquellas que lo hubieran impedido. b) Pérdida de los requisitos establecidos en el apartado 12. c) Incumplimiento total o parcial del objetivo, de la actividad a llevar a cabo. d) Incumplimiento de la obligación de justificación o la insuficiente justificación. e) En general, el incumplimiento de los compromisos asumidos, con motivo de la concesión de la subvención. f) Aquellas otras previstas en la Ley General de Subvenciones. 17.2. El incumplimiento parcial de los fines para los que se concedió la ayuda o de la obligación de la justificación, dará lugar al reintegro parcial de la ayuda en el porcentaje correspondiente a la actividad no efectuada o no justificada. 17.3. El incumplimiento del resto de las obligaciones dará lugar al reintegro del 100 por cien de la ayuda concedida. 17.4. El acuerdo por el que se inicie el procedimiento de reintegro deberá indicar la causa que determina su inicio, las obligaciones incumplidas y el importe de la subvención afectado. 17.5. Recibida la notificación del inicio del procedimiento de reintegro, el interesado podrá presentar las alegaciones y documentación que estime pertinente en un plazo de 15 días. Corresponderá dictar la resolución del expediente al Rector, debiendo ser notificado al interesado. La resolución indicará quien es la persona obligada al reintegro, las obligaciones incumplidas, la causa del procedimiento entre las previstas en el artículo 37 de la Ley General de Subvenciones y el importe de la subvención a reintegrar junto a los intereses de demora. 17.6. Las cantidades a reintegrar tendrán la consideración de ingresos de derecho público, y su cobranza se llevará a efecto con sujeción a lo establecido para esta clase de ingresos en el texto refundido del Régimen Económico y Presupuestario del Principado de Asturias, aprobado por Decreto Legislativo 2/1998, de 25 de junio. Decimoctavo. Régimen sancionador. El régimen de infracciones y sanciones en materia de subvenciones será el establecido en el Título IV de la Ley General de Subvenciones. Las sanciones será acordadas e impuestas por el Rector, previa tramitación del correspondiente expediente en el que se dará audiencia al interesado y se estará a lo dispuesto en el Capítulo II del Título IX de la Ley 30/92 de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

núm. 90 de 19-iv-2016 7/12 Decimonoveno. Aceptación de las bases y normas de desarrollo. La participación en la convocatoria supondrá la plena aceptación de la misma y de sus bases reguladoras, correspondiendo al Delegado del Rector para Deportes y Salud su interpretación y desarrollo. Vigésimo. Lenguaje y género. Todas las denominaciones contenidas en esta convocatoria referidas a cargos, puestos o personas que se efectúan en género masculino, se entenderán realizadas y se utilizarán indistintamente en género femenino o masculino, según el sexo del titular que los desempeñe o de la persona a la que se haga referencia. Vigésimo primero. Resolución de adjudicación. La Resolución de adjudicación del Rector pone fin a la vía administrativa y contra la misma se podrá interponer, en el plazo de dos meses, recurso contencioso-administrativo ante la Sala de los Contencioso del Tribunal Superior de Justicia del Principado de Asturias. Asimismo, podrá ser recurrida potestativamente en reposición, en el plazo de un mes y ante el mismo órgano que la dictó, no pudiendo simultanearse ambos recursos, conforme a lo establecido en el artículo 28 de la Ley del Principado de Asturias 2/1995,de 13 de marzo, sobre Régimen Jurídico de la Administración del Principado de Asturias y en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Vigésimo segundo. Disponer la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial del Principado de Asturias que entrará en vigor el día siguiente al de su publicación. Vigésimo tercero. Recursos. Contra esta Resolución que pone fin a la vía administrativa se podrá interponer, en el plazo de dos meses, recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Asturias. Asimismo, la presente convocatoria podrá ser recurrida potestativamente en reposición en el plazo de un mes y ante el mismo órgano que la dictó, no pudiendo simultanear ambos recursos, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. En Oviedo, a 6 de abril de 2016. El Delegado del Rector para Deportes y Salud..

núm. 90 de 19-iv-2016 8/12 ANEXO I CONVOCATORIA DE AYUDAS A LOS COMPONENTES DE LOS EQUIPOS DEPORTIVOS DE LA UNIVERSIDAD DE OVIEDO, TEMPORADA DEPORTIVA DEL CURSO ACADÉMICO 2015/2016. SOLICITUD AYUDAS PARA EL PAGO DE LOS GASTOS OCASIONADOS POR RAZÓN DE LOS PRECIOS PÚBLICOS POR ESTUDIOS CONDUCENTES A TÍTULOS OFICIALES DE LA UNIVERSIDAD DE OVIEDO CURSO 2015-2016 DATOS PERSONALES APELLIDOS Y NOMBRE:... D.N.I.: DOMICILIO (C/.):.... LOCALIDAD: C.P.: PROVINCIA:.... TELÉFONO:.. E-MAIL:.. DATOS DEPORTIVOS DEPORTE/S QUE PRACTICA:.. MODALIDAD: JUGADOR JUGADOR-DELEGADO JUGADOR-ENTRENADOR NOMBRE DEL TÉCNICO RESPONSABLE:. DATOS ACADÉMICOS ESTUDIOS:.. CURSO:... CENTRO :..... LOCALIDAD...... OTROS DATOS.... Ha solicitado la ayuda de la convocatoria general del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte para el presente curso (MECD)? NO SÍ DOCUMENTACIÓN A ADJUNTAR - Fotocopia del D.N.I. del solicitante, en vigor. - Informe del técnico responsable, que acredite que el solicitante forma parte como deportista de los equipos universitarios que compite en nombre y en representación de la Universidad de Oviedo determinados en el punto 6.1.2 El abajo firmante solicita que tenga por admitida la presente solicitud para concurrir a la adjudicación de las ayudas para el pago de los gastos de precios públicos por estudios conducentes a la obtención de títulos oficiales de la Universidad de Oviedo para los componentes de los equipos deportivos de la Universidad de Oviedo, curso académico 2015/16, a través del Delegado del Rector para Deportes y Salud En, a de de 2016 FIRMA Fdo.: SR DELEGADO DEL RECTOR PARA DEPORTES Y SALUD

núm. 90 de 19-iv-2016 9/12 CONVOCATORIA DE AYUDAS A LOS COMPONENTES DE LOS EQUIPOS DEPORTIVOS DE LA UNIVERSIDAD DE OVIEDO, TEMPORADA DEPORTIVA DEL CURSO ACADÉMICO 2015-2016. ANEXO II SOLICITUD AYUDAS PARA EL PAGO DE LOS GASTOS OCASIONADOS POR RAZÓN DE LOS PRECIOS PÚBLICOS POR ESTUDIOS CONDUCENTES A TÍTULOS PROPIOS DE LA UNIVERSIDAD DE OVIEDO CURSO 2015-2016 DATOS PERSONALES APELLIDOS Y NOMBRE:... D.N.I.: DOMICILIO (C/.):.... LOCALIDAD: C.P.: PROVINCIA:.... TELÉFONO:.. E-MAIL:.. DATOS DEPORTIVOS DEPORTE/S QUE PRACTICA:.. MODALIDAD: JUGADOR JUGADOR-DELEGADO JUGADOR-ENTRENADOR NOMBRE DEL TÉCNICO RESPONSABLE:. DATOS ACADÉMICOS DENOMINACIÓN DE ESTUDIOS:.. CURSO:... FECHA DE MATRÍCULA:.... OTROS DATOS.... DOCUMENTOS QUE SE ACOMPAÑARÁN A LA SOLICITUD - Fotocopia del D.N.I. del/de la solicitante, en vigor. - Informe del técnico responsable, que acredite que el solicitante forma parte como deportista de los equipos universitarios que compite en nombre y en representación de la Universidad de Oviedo determinados en el punto 6.2.2 - Fotocopia del justificante bancario del pago de la matrícula en el curso 2015-2016 del título propio de la Universidad de Oviedo para el que se solicita la - ayuda. El abajo firmante solicita que tenga por admitida la presente solicitud para concurrir a la adjudicación de las ayudas para el pago de los gastos de precios públicos por estudios conducentes a la obtención de títulos propios de la Universidad de Oviedo para los componentes de los equipos deportivos de la Universidad de Oviedo, curso académico 2015/16, a través del Delegado del Rector para Deportes y Salud En, a de de 2016 FIRMA SR DELEGADO DEL RECTOR PARA DEPORTES Y SALUD Fdo.:

núm. 90 de 19-iv-2016 10/12 ANEXO III CONVOCATORIA DE AYUDAS A LOS COMPONENTES DE LOS EQUIPOS DEPORTIVOS DE LA UNIVERSIDAD DE OVIEDO, TEMPORADA DEPORTIVA DEL CURSO ACADÉMICO 2015-2016. SOLICITUD AYUDAS PARA COLABORAR EN LIGAS, CAMPEONATOS UNIVERSITARIOS Y EVENTOS DEPORTIVOS, 2º Y 3º TRIMESTRE DATOS PERSONALES: FECHA: APELLIDO1 APELLIDO 2 NOMBRE D.N.I./N.I.E. MODALIDAD DEPORTIVA MODALIDAD DE AYUDA* Colaboración en arbitrajes Colaboración en organización de campeonatos o eventos deportivos FIRMA *Indicar la modalidad de ayuda que se solicita Documentación a adjuntar - Fotocopia del DNI/NIE en vigor - Informe del técnico responsable de la actividad, con el visto del responsable del Servicio de Deportes, que acredite e que los solicitantes forman parte como deportistas de algunos de los equipos universitarios que compiten en nombre y representación de la Universidad de Oviedo determinados en el punto 6.3.1. Los arriba firmantes solicitan se tenga admitida la presente solicitud para concurrir a la convocatoria de las ayudas a los componentes de los equipos deportivos de la Universidad de Oviedo por colaborar en ligas, campeonatos universitarios y eventos deportivos durante el 2º y 3º trimestre de la temporada deportiva del curso académico 2015-2016, según modalidad, a través del Delegado del Rector para Deportes y Salud SR. DELEGADO DEL RECTOR PARA DEPORTES Y SALUD

núm. 90 de 19-iv-2016 11/12 ANEXO IV IMPRESO DE DATOS BANCARIOS DE TERCEROS ACREEDORES DE LA UNIVERSIDAD DE OVIEDO FINANCIAL IDENTIFICATION DATOS PERSONALES (se acompañará copia del CIF/NIF o Pasaporte) ACCOUNT HOLDER (Please attach copy of your ID or Passport) NIF/CIF/VAT/Pasaporte: Apellidos y Nombre o denominación social de la empresa / First Name, Surname or Corporate name: Dirección / Address: Localidad / City: Código Postal / Postcode: Teléfono / Phone: Fax : DATOS BANCARIOS BANK DATA Nombre de la entidad bancaria / Bank Name: Dirección de la oficina / Branch Address: Código BIC/SWIFT IBAN Número de Cuenta (Account Number) AUTORIZO a dar de baja los datos que pudiesen existir al incorporar los reseñados en este impreso I authorise the update of any previously given information that you may have on your records with these details. Fecha/Date: Fdo. / Signatura:

núm. 90 de 19-iv-2016 12/12 ANEXO V DECLARACIÓN RESPONSABLE DE ESTAR AL CORRIENTE DE LAS OBLIGACIONES TRIBUTARIAS Y FRENTE A LA SEGURIDAD SOCIAL, NO SER DEUDOR DE LA UNIVERSIDAD DE OVIEDO POR DEUDAS VENCIDAS, LÍQUIDAS Y EXIGIBLES, Y NO ESTAR INCURSO EN EL RESTO DE PROHIBICIONES RECOGIDAS EN LOS APARTADOS 2 Y 3 DEL ARTÍCULO 13 DE LA LEY 38/2003, DE 17 DE NOVIEMBRE, GENERAL DE SUBVENCIONES. DECLARACIÓN: D./Dª........ D.N.I/NIE.y con domicilio en C/............. Localidad..Código Postal:, Tfno.:. De acuerdo con lo dispuesto en el apartado 11.2 de la Resolución de 6 de abril de 2016 del Delegado de la Universidad de Oviedo, por la que se aprueba el procedimiento y la convocatoria de ayudas a los componentes de los equipos deportivos de la Universidad de Oviedo, temporada deportiva del curso académico 2015-2016 (ayudas para el pago de precios públicos por servicios académicos por estudios conducentes a títulos oficiales y títulos propios de la Universidad de Oviedo y ayudas por colaborar en ligas, campeonatos universitarios y eventos deportivos del 2º y 3º trimestre), de conformidad con lo establecido en la Ley 38/2003 de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y en lo establecido en el Art. 4.2 de la Resolución de 9 de abril de 2010 de la Universidad de Oviedo que regula la concesión de Subvenciones de la Universidad de Oviedo (BOPA 28-IV-2010). DECLARA BAJO SU RESPONSABILIDAD: (marque con una x lo que corresponda): Que se encuentra al corriente de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social. Que no es deudor de la Universidad de Oviedo por deudas vencidas, líquidas y exigibles. Que no está incurso en el resto de prohibiciones recogidas en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones. En..a.de de Fdo:.. De acuerdo con los establecido en la Ley Orgánica 15/1999 de 13 de diciembre de Protección de Datos de carácter Personal, se informa que la cumplimentación de los datos solicitados es obligatoria y supone su consentimiento para que el Servicio de Deportes de la Universidad de Oviedo los trate automatizada mente para incluirlos en sus ficheros, con el fin de la gestión administrativa de estas ayudas