MENDOZA, 7 OCT 15 RESOLUCION N 7 a N.) Dirarctin Graf. Is Focuslos VISTO el Expediente N 588-D-15-69, en el que se tramita la AprobaciOn de Ia Estructura Curricular y la Propuesta Formativa del SECTOR INDUMENTARIA-TEXTIL de las escuelas de Educaci6n Têcnico Profesional de Nivel Seuundario; y CONSIDERANDO: Que la Ley de EducaciOn Nacional N 6.6 promueve politicas de mejoramiento de la calidad y de cumplimiento de la obligatoriedad de la educacion secundaria; Que el articulo 8 de dicha Ley establece que Ia Educaci6n Tècnico Profesional es la modalidad de la Educaci6n Secundaria y de la Educaci6n Superior responsable de la formacion de têcnicos medios y tècnicos superiores en areas ocupacionales especificas, y de Ia formacion profesional que se rige por las disposiciones de la Ley N 6.58; Que la EducaciOn Tècnico Profesional es un derecho de todo habitante de la Naci6n Argentina, que se hace efectivo a travès de procesos educativos sistematicos y permanentes; Que Ia Provincia de Mendoza ha desarrollado en la Educaci6n Secundaria Tècnico Profesional un proceso igualador que garantiza el derecho a la educacion, trayectorias escolares continuas y completas, y una formacion relevante para los adolescentes y jovenes centrada en la incorporacion de las competencias necesarias para ejercer ciudadania, continuar estudios superiores e incorporarse en el mundo del trabajo; Que el Ministerio de EducaciOn de la Naci6n a traves del INET ha garantizado el financiamiento de Ia EducaciOn Tecnica derivando recursos en forma sostenida para todas las escuelas de la modalidad del pals; Que el Consejo Federal de EducaciOn, a trayes de las Resoluciones N 1/7, N 15/7, N 7/8, N 77/9, N 91/9, N 157/11, N 175/1 y N 9/1 define criterios basicos, parâmetros y condiciones para que cada sector têcnico emita y certifique titulos con homologacion nacional, mediante la adaptaci6n y articulacion de su trayecto formativo a los marcos especificos de referencia y la definicion curricular en cada sector; Que ello implica la tramitacion ante Ia DirecciOn de Validez Nacional de Titulos y Estudios y el Institute Nacional de EducaciOn TecnolOgica de la Validez Nacional y HomologaciOn de los titulos correspondientes a cada sector; Que la obligatoriedad y la universalidad de la EducaciOn Secundaria requieren de condiciones de institucionalidad para que cada esc -Ia impulse a su interior Ia implementacion de los cambios necesarios que gara, en una organizacion pedagogica curricular democratica, inclusiva y de calidad;
7 OCT 15 RESOLUCION N I 8 Expediente N 588-D-15-69 DirocciOn Gra/. I Escu lac Que para ello, las instituciones educativas de Educaci6n Secundaria Têcnico Profesional necesitan contar con un marco comon fundamentado que establezca los ejes centrales vinculados con los procesos de ensenanza y de aprendizaje, para construir colectivamente e institucionalizar los procesos garantes de las trayectorias escolares continuas y completas, de los aprendizajes significativos y equivalentes y de un modelo escolar que incluya a todos y a todas los/as adolescente,s y jovenes; Que en tal sentido, el proceso de construccion curricular abordado en la Provincia de Mendoza, ha sido entendido como una producción de saberes anclados en un momento social e historico dado, que involucra a toda la comunidad educativa y en particular a los docentes; Que a dicho proceso de construccion colectiva subyace el proposito de poner en dialogo las experiencias de las escuelas, capitalizar las voces de los docentes y recuperar los distintos aportes; Que en este marco, en el mes de octubre de 1 se constituy6 la ComisiOn Curricular Mixta de EducaciOn Tecnica, con la participacion en partes iguales de representantes de la Direcci6n General de Escuelas y del S.U.T.E., segon lo pautado en la Paritaria del 11 de Agosto del 11; Que durante los meses de marzo y agosto de 15 Ia ComisiOn Curricular Mixta de EducaciOn Tecnica ha desarrollado un proceso sostenido de trabajo y acuerdos con todas y cada una de las instituciones educativas de EducaciOn Tecnica de Nivel Secundario de la jurisdicci6n, representadas por docentes referentes de cada campo de formaci6n del trayecto curricular, jefes generates de enserianza practica y miembros de los equipos directivos, que fueron convocados a travês de la ResoluciOn N 85-DGE-15; Que la ResoluciOn N 7-DGE-1 define implementar en forma gradual, a partir del ano 1 el proceso de actualizacion curricular del Ciclo Basico o Primer Ciclo y a partir del afio 15 el del Ciclo Orientado o Segundo Ciclo de Ia Educaci6n Secundaria Têcnico Profesional; Que todos los aspectos vinculados a la construccion curricular de Ia EducaciOn Tecnica Profesional han sido puestos a consideración de los representantes del Consejo Provincial de Educaci6n. Por ello, LA DIRECTORA GENERAL DE ESCUELAS RESUELVE: Articulo lro.- Apruebese para las Escuelas Secundarias de Modalidad Tècnico Profesiona de GestiOn Estatal y Privada de la Provincia de Mendoza, del Sector lndument ii-textil, la Estructura Curricular que como Anexo I, forma pane de la presente ucion.
- - RESOLUCI6N N 7 OCT 15 5 8 Expediente N 588-D-15-69 Articulo do.- DerOguese la ResoluciOn N 117-DGE-15 y cualquier otra disposicion que se oponga a Ia presente ResoluciOn. Articulo ro.- Apruebese el Diselio Curricular Provincial para el Sector Indumentaria-Textil de Ia Educaci6n Secundaria Tecnico Profesional e implementese en las escuelas tecnicas del Sector Indumentaria-Textil de la Provincia de Mendoza, que como Anexo II forma parte integrante de la presente ResoluciOn. Dlreeclan General de Escuelas Articulo to.- Definase que la propuesta formativa aprobada en el articulo precedente, para el Sector Indumentaria-Textil de la EducaciOn Secundaria Tecnico Profesional, cumple con los criterios tecnico-pedagogicos y estandares comunes y especificos requeridos por las Resoluciones N 157/11- Anexo I y N 91/9 del Consejo Federal de EducaciOn para el otorgamiento del Titulo Tecnico en Indumentaria y Productos de ConfecciOn Textil. Articulo 5to.- Establêzcase que Ia planificacion, gestion y evaluacion de los espacios curriculares que conforman la estructura curricular de la formacion general, formacion cientifico tecnologica y formaci6n tecnica especifica del Ciclo Basic a Primer Ciclo respetarà los formatos pedagogicos definidos en la ResoluciOn N 7- DGE-1. Articulo 6to.- Disp6ngase que la planificacion, gesti6n y evaluacion de los espacios curriculares de Ia formaci6n general, formacion cientifico tecnologica, formaci6n tecnica especifica y prâcticas profesionalizantes que conforman la estructura curricular del Ciclo Orientado o Segundo Ciclo respetara los formatos establecidos en el Diseno Curricular Provincial aprobado en el articulo ro. Articulo 7mo.- Definase que es prioritario fortalecer los procesos pedagogicos institucionales en el diserio y puesta en marcha de dispositivos de trabajo conjunto, espacios horizontales de cooperacion entre docentes, para el desarrollo de las propuestas de enserianza, mediante la disposicion y use de los recursos financieros que disponga Ia instituci6n educativa. Articulo 8vo.- Encomiendese a las Subsecretarias de GestiOn Educativa y de Planeamiento y EvaluaciOn de la Calidad Educativa, a la DirecciOn de EducaciOn Têcnica y Trabajo y a la Direcci6n de PlanificaciOn de la Calidad Educativa el seguimiento del cumplimiento de Ia presente y Ia asistencia tecnica necesaria. Articulo Comuniquese a quienes corresponda e insêrtese en el Libro de Resolu 1c. LIVA SANDEZ de GARR Subsecretaria de Planeamlento de la Cidad EducatIva ErvaluaciOn al ceapre f (e-e Prof. MONIC G. SOTO SECRETARIA DE EDUCACION Prof MARIA INES ABRILE DE VOLLMER DIRECTORA GENERAL DE ESCUELAS
J: _ ') l OCT 15 Direcci6n General de Escuelas ANEXO I RESOLUCION No 5 8 Expediente N 588-D-15-69 ESTRUCTURA CURRICULAR SECTOR INDUMENTARIA TEXTIL - EDUCACION TECNICO PROFESIONAL PRIMERO SECTOR INDUMENTARIA TEXTIL H1Ct HIC SEGUNDO Lengua 6 Lengua 7 Lengua y Literatura Lengua y Literatura Lengua y Literatura H/Ct. Lengua Extranjera Lengua Extranjera Lengua Extranjera Lengua Extranjera Lengua Extranjera EducaciOn Fisica Educaci6n Fisica EducaciOn Fisica EducaciOn Fisica EducaciOn Fisica -J re Z IL z 6 re LL Cs. Sociales: Geografia 6 Geografia Cs. Sociales: Historia y FormaciOn Etica y Ciudadana EducaciOn Artistica: Teatro, Mihica, Artes Visuales 6 Cs. Sociales: Historia y FormaciOn 6 Etica y Ciudadana EducaciOn Artistica: Teatro, MUsica, Artes Visuales Historia Economia Social Formación Etica y Ciudadana Psicologia Laboral EducaciOn Artistica: Teatro, Mthica, Artes Visuales Comunicaci6n Social Comunicaci6n TOTAL H/Ct 8 16 1 15 (..) Er- I Z ILI z _..1 oz 6 iii a i- ce LL Matern6tica 6 Matemática 7 Matern6tica 5 MaternAtica 5 Matemâtica OrganizaciOn y GestiOn de la ProducciOn Ciencias Naturales Ciencias Naturales 5 Biologia Marco Juridico EducadOn TecnolOgica Fisica Procesos Productivos Quimica Quimica Organica Logistica y Comercializacion(*) 111
7 OCT 15 Direction General de Escuelas ANEXO I RESOLUCION N 5 8 Expediente N 588-D-15-69 Tecnologias de la Information y la ComunicaciOn Tecnologia de los Materiales Textiles Tecnologia de Control. TOTAL H/Ct. 1 15 17 6 1 Taller Tecnic,o Pre-Profesional 7 Taller Têcnico Pre-Profesional 7 Prãcticas de Production Textil I 8 Practicas de Production Textil II 6 Control de Calidad LL Z) a. (/) t) La I-- z F..5 n rt o LL Dibujo Tecnico Dibujo Têcnico Asistido 5 Ergonomia Maquinas Textiles Mantenimiento de Maquinas y Equipos Diseno de Indumentaria I Diseno de Indumentaria II Diseno de Indumentaria III 5 Diseno de Indumentaria IV 5 EvoluciOn de la Indumentaria I Evolucitm de la Indumentaria II Textiles I Textiles II Molderia y Patronaje I Molderia y Patronaje II Diseno de Accesorios y Calzado Textiles III Seguridad e Higiene en el Trabajo 5 TOTAL H/Ct 7 11 16 5 a: a: TOTAL H/Ct 9 5 5 Practical Profesionalizantes (**) 8 9 Practicas Profesionalizantes( ) 8 7 til5x/ ") Pareja Pedagogica ( ) Equipo Multidiscip nar Lk. LIM SANDEZ de GARRO Subsecretaria de Planeamiento y Evaluacian de la Calidad Educative DIRECCION GENERAL DE ESCUELA Prof. MONICA G. SOTO SECRETARLA DE EDUCACiON DIRECCIDN GENERAL DE ESCUELAS df,e7en) Prof MARIA INES ABRILE DE VOILMER DIRECTORA GENERA DE ESCUELAS GOBIERNO DE N1END7A