Máster en Abogacía Facultad de Derecho
índice Capítulo 1 Lugar de Impartición Capítulo 2 Requisitos de acceso Capítulo 3 Número de plazas Capítulo 4 Duración / nº de créditos Capitulo 5 Atribuciones profesionales Capítulo 6 ámbitos de trabajo 2
El Máster en Abogacía propuesto por la Facultad de Derecho ha sido verificado y aprobado por el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte y por la Agencia de Calidad del Sistema Universitario Vasco (Unibasq) y comenzará a impartirse en el curso 2012-2013 3
título presentación título capítulo 1.- Lugar de impartición: Bizkaia y Donostia La Facultad de Derecho de la UPV/EHU tiene secciones en ambos Campus, y para la docencia del Máster en Abogacía se implantarán grupos en Bizkaia y Donostia. 2.- Requisitos de acceso: titulación en Derecho Para poder cursar el Máster en Abogacía es preciso haber obtenido previamente la Licenciatura o Grado en Derecho. 4
título presentación título capítulo 3.- Número de plazas: 50 plazas por grupo Cada grupo docente tiene capacidad para 50 personas Para este curso 2012-13 no ha habido demanda para formar grupo en euskara. 4.- Duración y Nº de Créditos: 90 créditos repartidos en 2 cursos Distribución por curso: 1º curso: 54 créditos: 51 créditos, correspondientes a 8 asignaturas obligatorias + 3 créditos (elegir una optativa entre dos propuestas) 2º Curso: 36 créditos: 30 créditos de Prácticas externas + 6 créditos del Trabajo de Fin de Máster (TFM) 5
título presentación título capítulo 5.- Atribuciones profesionales: Según la reforma legal, quienes se gradúen en Derecho deben cursar este máster y superar una prueba convocada por el Ministerio, para poder colegiarse como abogados y poder ejercer en los tribunales Resumen de la normativa - Real Decreto 775/2011, de 3 de junio Artículo 1. Objeto. Este reglamento tiene por objeto desarrollar la Ley 34/2006, de 30 de octubre, que regula las condiciones de obtención del título profesional de abogado y el título profesional de procurador de los tribunales. Artículo 2. Requisitos generales. 1. La obtención del título profesional de abogado o de procurador de los tribunales requiere el cumplimiento de los siguientes requisitos: a) Estar en posesión del título de Licenciado en Derecho, Graduado en Derecho o de otro título universitario de Grado equivalente que reúna los requisitos establecidos en el artículo 3 de este reglamento. b) Acreditar la superación de alguno de los cursos de formación comprensivos del conjunto de competencias necesarias para el ejercicio de dichas profesiones en los términos previstos en este reglamento. http://www.zuzenbide.ehu.es/p243- content/es/contenidos/informacion/zuzenbidea_master_abogacia/es_master/maste r_abogacia.html 6
título presentación título capítulo 5.- Atribuciones profesionales: Según la reforma legal, quienes se gradúen en Derecho deben cursar este máster y superar una prueba convocada por el Ministerio, para poder colegiarse como abogados y poder ejercer en los tribunales Resumen de la normativa - Real Decreto 775/2011, de 3 de junio Artículo 1. Objeto. Este reglamento tiene por objeto desarrollar la Ley 34/2006, de 30 de octubre, que regula las condiciones de obtención del título profesional de abogado y el título profesional de procurador de los tribunales. Artículo 2. Requisitos generales. 1. La obtención del título profesional de abogado o de procurador de los tribunales requiere el cumplimiento de los siguientes requisitos: a) Estar en posesión del título de Licenciado en Derecho, Graduado en Derecho o de otro título universitario de Grado equivalente que reúna los requisitos establecidos en el artículo 3 de este reglamento. b) Acreditar la superación de alguno de los cursos de formación comprensivos del conjunto de competencias necesarias para el ejercicio de dichas profesiones en los términos previstos en este reglamento. http://www.zuzenbide.ehu.es/p243- content/es/contenidos/informacion/zuzenbidea_master_abogacia/es_master/master_ab ogacia.html 7