INSCRIBITE A LA ESCUELA PÚBLICA Reglas de asignación de vacantes. Reglas de Asignación Inicial



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Transcripción:

INSCRIBITE A LA ESCUELA PÚBLICA Reglas de asignación de vacantes Reglas de Asignación Inicial Las reglas de asignación de vacantes son las establecidas en la normativa vigente, contenidas en el Reglamento Escolar y las distintas resoluciones vigentes a la fecha, de acuerdo al nivel y modalidad elegida. En Inicial común 1. Si el responsable trabaja en una institución conveniada. El porcentaje de la distribución de vacantes en este tipo de instituciones (conveniadas) se establece para cada institución. 2. Si el aspirante tiene hermanas/os que son alumnas/os regulares de una escuela que funciona en el mismo edificio educativo al que se está inscribiendo. 3. Si el aspirante es hija/hijo del personal de la escuela a la que se inscribió. 4. Si el aspirante es hija/o de un alumna/o inscripto en el Programa alumnas/os madres/padres y se preinscribe en el mismo horario al que concurren a la Escuela Secundaria. el resto de los aspirantes según el siguiente orden de prioridades: 1. En escuelas de jornada completa, aspirantes domiciliados en hoteles familiares o pensiones. 2. Aspirantes cuyo responsable es sostén de familia, con domicilio de trabajo en el área (10 cuadras) de la escuela, sea esta de jornada simple o completa. 3. En los Jardines de Jornada Completa, Jardines Maternales y Escuelas Infantiles los aspirantes con necesidades básicas insatisfechas, considerando la situación familiar y habitacional, la situación laboral de los padres o tutores. 4. Domicilio del aspirante en un radio de diez (10) cuadras de la escuela. 5. Aspirantes cuyo responsable trabaje en un radio de diez (10) cuadras de la escuela. 6. Aspirantes con domicilio en la Ciudad de Buenos Aires. 7. Aspirantes con domicilio en la Provincia de Buenos Aires, cuyo responsable tenga su sede de trabajo en un radio de 10 cuadras de la escuela. 8. Aspirantes con domicilio en la Provincia de Buenos Aires. Para los aspirantes no nacidos se aceptará la reserva de vacantes, cuando el ingreso se efectivice antes del 30 de abril del ciclo lectivo para el cual se inscribió. Si el ingreso se prevé para fecha posterior, deberá incluirse en una lista de espera, no pudiéndose reservar vacante.

En Inicial de Escuelas Normales Superiores: 1. Si el aspirante tiene hermanas/os que son alumnas/os de la escuela a la que se inscribió, en el mismo turno. 2. Si el aspirante es hija/o de personal de la escuela a la que se inscribió. 3. Si el aspirante es hija/o de un alumna/o inscripto en el Programa alumnas/os madres/padres y se preinscribe en el mismo horario al que concurren a la Escuela Secundaria. ingresa el resto de los aspirantes según el siguiente orden de prioridades: 1. En escuelas de jornada completa, aspirantes domiciliados en hoteles familiares o pensiones. 2. Aspirantes cuyo responsable es sostén de familia, con domicilio de trabajo en el área (10 cuadras) de la escuela, sea esta de jornada simple o completa. 3. En los Jardines de Jornada Completa, los aspirantes con necesidades básicas insatisfechas, considerando la situación familiar y habitacional, la situación laboral de los padres o tutores. 4. Domicilio del aspirante en un radio de diez (10) cuadras de la escuela. 5. Aspirantes cuyo responsable trabaje en un radio de diez (10) cuadras de la escuela. 6. Aspirantes con domicilio en la Ciudad de Buenos Aires. 7. Aspirantes con domicilio en la Provincia de Buenos Aires, cuyo responsable tenga su sede de trabajo en un radio de 10 cuadras de la escuela. 8. Aspirantes con domicilio en la Provincia de Buenos Aires. Para los aspirantes no nacidos se aceptará la reserva de vacantes, cuando el ingreso se efectivice antes del 30 de abril del ciclo lectivo para el cual se inscribió. Si el ingreso se prevé para fecha posterior, deberá incluirse en una lista de espera, no pudiéndose reservar vacante. En Inicial de Escuelas Normales Superiores Intensificadas en Lenguas Extranjeras 1. Para la sala de 3, en los establecimientos que cuenten con sala de 2, si el aspirante concurrió a la sala de 2 en la misma escuela a la que se inscribió. 2. Para sala de 4 y sala de 5, si el aspirante concurrió a la sala de 3 y sala de 4 respectivamente en la misma escuela a la que se inscribió. 3. Si el aspirante tiene hermanas/os que son alumnas/os del Nivel Inicial de la escuela a la que se inscribió. 4. Si el aspirante tiene hermanas/os que son alumnas/os del Nivel Primario y/o Medio de la escuela a la que se inscribió, en el mismo turno.

5. Si el aspirante es hija/o de personal docente de la escuela a la que se inscribió con un cargo (o más de quince horas cátedra) en el mismo turno. ingresa el resto de los aspirantes. Si la demanda supera a la cantidad de vacantes disponibles en la escuela se procede a realizar un sorteo público entre el grupo de los aspirantes que no poseen prioridad de ingreso directo. La asignación de los turnos se realizara por sorteo. En Inicial de Escuelas Especiales Las vacantes a los establecimientos educativos de la modalidad del Área de Educación Especial, no son asignadas por el Sistema de Inscripción en Línea, sino que se continúan asignando como hasta ahora, previa entrevista con el Gabinete Central. La asignación de vacantes la realiza manualmente el área a través de las vías formales, conforme lo dispuesto en la Disposición N 32/39 /DGEGE/2009.-

Reglas de Asignación Primaria Las reglas de asignación de vacantes son las establecidas en la normativa vigente, contenidas en el reglamento escolar y las distintas resoluciones vigentes a la fecha, de acuerdo al nivel y modalidad elegida. En Primaria de Escuelas Comunes 1. Si el aspirante está domiciliado en el radio de diez (10) cuadras de la escuela y concurre o concurrió (períodos no ordinarios) a la sala de 5 del Jardín ubicado en el mismo edificio. 2. Si el aspirante tiene hermanas/os que son alumnas/os regulares de una escuela que funciona en el mismo edificio educativo al que se está inscribiendo. 3. Si el aspirante es hija/o de personal de la escuela a la que se inscribió. ingresa el resto de los aspirantes según el siguiente orden de prioridades: 1. Domicilio del aspirante a un radio de diez (10) cuadras de la escuela. 2. Responsables que eligieron escuelas de Jornada Completa y están domiciliados en hoteles familiares o pensiones. 3. Aspirantes cuyo responsable es sostén de familia, con domicilio de trabajo en un radio de diez (10) cuadras de la escuela. 4. Aspirante cuyo responsable trabaje en un radio de diez (10) cuadras de la escuela. 5. Aspirantes con domicilio en la Ciudad de Buenos Aires. 6. Aspirantes con domicilio en la Provincia de Buenos Aires, cuyos responsables tengan su sede de trabajo en un radio de diez (10) cuadras de la escuela. 7. Aspirantes con domicilio en la Provincia de Buenos Aires. En Primaria de Escuelas Normales Superiores 1. Si el aspirante está domiciliado en el radio de diez (10) cuadras de la escuela y concurre o concurrió (períodos no ordinarios) a la sala de 5 del Jardín ubicado en el mismo edificio. 2. Si el aspirante tiene hermanas/os que son alumnas/os de la escuela a la que se inscribió. 3. Si el aspirante es hija/o de personal de la escuela a la que se inscribió.

ingresa el resto de los aspirantes según el siguiente orden de prioridades: 1. Domicilio del aspirante a un radio de diez (10) cuadras de la escuela. 2. Responsables que eligieron escuelas de Jornada Completa y están domiciliados en hoteles familiares o pensiones. 3. Aspirantes cuyo responsable es sostén de familia, con domicilio de trabajo en un radio de diez (10) cuadras de la escuela. 4. Aspirante cuyo responsable trabaje en un radio de diez (10) cuadras de la escuela. 5. Aspirantes con domicilio en la Ciudad de Buenos Aires. 6. Aspirantes con domicilio en la Provincia de Buenos Aires, cuyos responsables tengan su sede de trabajo en un radio de diez (10) cuadras de la escuela. 7. Aspirantes con domicilio en la Provincia de Buenos Aires. En Primaria de Escuelas Normales Superiores Intensificadas en Lenguas Extranjeras Para Primer grado de las escuelas que cuenten con secciones de nivel Inicial: 1. Si el aspirante concurre o concurrió al nivel inicial de la escuela a la que se inscribió. 2. Si el aspirante tiene hermanas/os en el nivel Primario y/o Medio de la escuela a la que se inscribió, y que no hayan cursado el nivel Inicial en la misma escuela. 3. Si el aspirante es hija/o de personal docente de la escuela a la que se inscribió con un cargo (o más de quince horas cátedra) en el mismo turno. Para Primer grado de las escuelas que no cuentan con secciones de nivel Inicial: 1. Si el aspirante tiene hermanas/os en el nivel Primario y/o Medio de la escuela a la que se inscribió, en el mismo turno. 2. Si el aspirante es hija/o de personal docente de la escuela a la que se inscribió con un cargo (o más de quince horas cátedra) en el mismo turno Para Segundo a Séptimo grado: Los aspirantes deberán rendir una prueba escrita y oral de la lengua extranjera correspondiente a la vacante, antes del comienzo de las clases, en fecha indicada por Agenda Educativa. La desaprobación de una de las dos pruebas (menos de cuatro puntos) será eliminatoria. La asignación de vacantes para 1er grado, se realiza por sorteo. Y para los grados 2do a 7mo grado, por orden de mérito.

Si la cantidad de aspirantes de ingreso directo es mayor al cupo de vacantes se procederá a realizar un sorteo público entre este grupo de aspirantes para la asignación de vacantes. Cubierto el segmento de aspirantes para ingreso directo, con el excedente de vacantes (si las hubiera), ingresa el resto de los aspirantes. Si la demanda supera a la cantidad de vacantes disponibles en la escuela se procede a realizar un sorteo público entre el grupo de los aspirantes que no poseen prioridad de ingreso directo. En Escuelas primarias Especiales Las vacantes a los establecimientos educativos de la modalidad del Área de Educación Especial, no son asignadas por el Sistema de Inscripción en Línea, sino que se continúan asignando como hasta ahora, previa entrevista con el Gabinete Central. La asignación de vacantes la realiza manualmente el área a través de las vías formales, conforme lo dispuesto en la Disposición N 32/39 /DGEGE/2009.-

Reglas de Asignación Secundaria Las reglas de asignación de vacantes son las establecidas en la normativa vigente, contenidas en el reglamento escolar y las distintas resoluciones vigentes a la fecha, de acuerdo al nivel y modalidad elegida. En Secundaria de Escuelas Comunes y Técnicas 1. Si el aspirante tiene hermanas/os que son alumnas/os de la escuela a la que se inscribió. 2. Si el aspirante es hija/o de personal de la escuela a la que se inscribió. Si la cantidad de aspirantes de ingreso directo es mayor al cupo de vacantes se procederá a realizar un sorteo público entre este grupo de aspirantes para la asignación de vacantes. ingresa el resto de los aspirantes. Si la demanda supera a la cantidad de vacantes disponibles en la escuela se procede a realizar un sorteo público entre el grupo de los aspirantes que no poseen prioridad de ingreso directo. En Secundaria de Escuelas Normales Superiores 1. Si el aspirante concurre o concurrió al Nivel Primerio de la escuela a la que se inscribió. 2. Si el aspirante tiene hermanas/os que son alumnas/os de la escuela a la que se inscribió. 3. Si el aspirante es hija/o de personal de la escuela a la que se inscribió. Si la cantidad de aspirantes de ingreso directo es mayor al cupo de vacantes se procederá a realizar un sorteo público entre este grupo de aspirantes para la asignación de vacantes. ingresa el resto de los aspirantes. Si la demanda supera a la cantidad de vacantes disponibles en la escuela se procede a realizar un sorteo público entre el grupo de los aspirantes que no poseen prioridad de ingreso directo. En Secundaria de Escuelas Normales Superiores Intensificadas en Lenguas Extranjeras

1. Si el aspirante concurre o concurrió al nivel Primario de la escuela a la que se inscribió. Si la cantidad de aspirantes de ingreso directo es mayor al cupo de vacantes se procederá a realizar un sorteo público entre este grupo de aspirantes para la asignación de vacantes. Cubierto el segmento de aspirantes de ingreso directo, con el excedente de vacantes (si las hubiera), ingresa el resto de los aspirantes según el orden de mérito del examen de admisión. En caso de igualdad en las notas se regirá por las reglas de ingreso directo del Nivel Medio Modalidad Común y por ultimo por sorteo. En Secundarias de Escuelas Artísticas 1. El aspirante debe haber aprobado un examen de ingreso antes del comienzo de las clases, en fecha indicada por Agenda Educativa. Se priorizara el ingreso en base al orden de mérito de los exámenes de admisión y en caso de igualdad se priorizará en base a la fecha de preinscripción.

Reglas de Asignación Terciario Las reglas de asignación de vacantes son las establecidas en la normativa vigente, contenidas en el reglamento escolar y las distintas resoluciones vigentes a la fecha, de acuerdo al nivel y modalidad elegida. En Terciarios de Escuelas de Formación Docente Reglas de ingreso a establecimientos con examen: 1. El aspirante debe haber aprobado un examen de ingreso. Se priorizara el ingreso en base al orden de mérito de los exámenes de admisión y en caso de igualdad se priorizara en base a la fecha de inscripción. En establecimientos sin examen, y en caso de existir mayor demanda a las vacantes disponibles, se priorizara en base a orden de inscripción. En Terciarios de Escuelas de Formación Técnica Superior En caso de existir mayor demanda a las vacantes disponibles, se realiza un sorteo entre todos los aspirantes para establecer el orden de ingreso. En Terciarios de Escuelas Artísticas 1. Si el aspirante es egresado de escuelas Artísticas del Nivel Medio y de la misma especialidad. Si la cantidad de aspirantes de ingreso directo es mayor al cupo de vacantes se procederá a realizar un sorteo publico entre este grupo de aspirantes para la asignación de vacantes. Cubierto el segmento de aspirantes de ingreso directo, con el excedente de vacantes (si las hubiera), ingresa el resto de los aspirantes en base a: 1. Si el aspirante es egresado de otras escuelas de Nivel Medio, deberá haber aprobado el examen de ingreso. Se priorizara el ingreso en base al orden de mérito de los exámenes de admisión y en caso de igualdad se priorizara en base a la fecha de inscripción.