REGLAMENTO ESPECÍFICO DEL SISTEMA DE TESORERIA



Documentos relacionados
REGLAMENTO ESPECÍFICO DEL SISTEMA DE TESORERÍA MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS, SERVICIOS Y VIVIENDA DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS ADMINISTRATIVOS

REGLAMENTO ESPECÍFICO SISTEMA DE TESORERÍA (RE TE)

REGLAMENTO ESPECÍFICO DEL SISTEMA DE TESORERÍA TITULO I CONCEPTOS Y DISPOSICIONES GENERALES

TITULO I CONCEPTOS Y DISPOSICIONES GENERALES

SISTEMA DE TESORERIA

REGLAMENTO ESPECÍFICO DEL SISTEMA DE TESORERÍA DEL ESTADO (RE-STE)

REGLAMENTO ESPECIFCO DEL SISTEMA DE TESORERIA

REGLAMENTO ESPECÍFICO DEL SISTEMA DE TESORERÍA (RE-ST)

REGLAMENTO ESPECÍFICO DEL SISTEMA DE TESORERÍA DE LA EMPRESA PÚBLICA NACIONAL ESTRATÉGICA BOLIVIANA DE AVIACIÓN RE-ST-BoA

REGLAMENTO ESPECIFICO DEL SISTEMA DE TESORERIA

REGLAMENTO ESPECÍFICO DEL SISTEMA DE TESORERÍA

Normativa Interna. ArchivoÚnico de R/TC-001 SISTEMA DE TESORERÍA Y CRÉDITO PÚBLICO

TÍTULO I CONCEPTOS Y DISPOSICIONES GENERALES

REGLAMENTO ESPECÍFICO DEL SISTEMA DE TESORERIA

NORMAS BASICAS DEL SISTEMA DE PROGRAMACIÓN DE OPERACIONES TITULO I CONCEPTO DEL SISTEMA Y DISPOSICIONES GENERALES CAPITULO ÚNICO ASPECTOS GENERALES

GOBIERNO AUTÓNOMO MUNICIPAL DE BERMEJO

MODELO DE REGLAMENTO ESPECÍFICO DEL SISTEMA DE TESORERÍA PARA GOBIERNOS AUTÓNOMOS MUNICIPALES

REGLAMENTO ESPECÍFICO DEL SISTEMA DE PROGRAMACIÓN DE OPERACIONES

Corresponde al Anexo de la Resolución Administrativa No 375 /2015 REGLAMENTO ADMINISTRATIVO PARA ASIGNACIÓN Y CONTROL DE TELÉFONOS CELULARES

PROCEDIMIENTOS PARA ELABORACION DE PLANILLA DE SUELDOS Y HONORARIOS

REGLAMENTO ESPECÍFICO PARA LA ADMINISTRACIÓN DE FONDOS DE CAJA CHICA DEL CENTRO DE COMUNICACIONES LA PAZ

CONTENIDO MÍNIMO MANUAL DE PROCEDIMIENTOS Y CONTROL INTERNO DE UNA AGENCIA DE BOLSA

Conclusiones Estructura y funciones de Tesorería

Fronterizas - ADEMAF. coordinaci6n; Directora Administrativa Financiera Jefe de Unidad Financiera

REGLAMENTO ESPECÍFICO DEL SISTEMA DE TESORERÍA


REGLAMENTO ESPECÍFICO DEL SISTEMA DE PRESUPUESTO

SISTEMA DE TESORERIA 4/26/2016 MGP. FREDDY E. ALIENDRE ESPAÑA 1

SISTEMA DE TESORERIA 10/17/2016 MGP. FREDDY E. ALIENDRE ESPAÑA 1

DIRECTIVA GG/OAF Nº TITULO: ELABORACION DEL FLUJO DE CAJA. Nº de Páginas: 06

SISTEMA DE PRESUPUESTO

PROCEDIMIENTO GESTION CONVENIOS BANCARIOS DEL PROCESO ADMINISTRACIÓN FINANCIERA

REGLAMENTO ESPECÍFICO DEL SISTEMA DE PRESUPUESTO (RE-SP)

MANUAL DE PROCEDIMIENTOS. Dirección de Administración y Finanzas. 31 Procedimiento para la Integración de Informes Financieros y de la Cuenta Pública.

REGLAMENTO ESPECÍFICO DEL SISTEMA DE TESORERIA

Norma de Información Financiera Gubernamental General para el Sector Paraestatal

REGLAMENTO ESPECÍFICO DEL SISTEMA DE PRESUPUESTO

SERVICIO DE DESARROLLO DE LAS EMPRESAS PÚBLICAS PRODUCTIVAS SEDEM REGLAMENTO ESPECÍFICO SISTEMA DE TESORERÍA

CUADRO COMPARATIVO DE DIVERSOS ARTÍCULOS DE LA LEY DE PLANEACIÓN TEXTO INICITIVA PRD, PT Y CONVERGENCIA. Artículo 17. I a la VI

REGLAMENTO ESPECÍFICO DEL SISTEMA DE TESORERÍA

REGLAMENTO ESPECIFCO DEL SISTEMA DE CONTABILIDAD INTEGRADA

EMPRESA BOLIVIANA DE INDUSTRIALIZACION DE HIDROCARBUROS EBIH REGLAMENTO ESPECÍFICO DEL SISTEMA DE TESORERÍA

REGISTRO DE INFORMACIÓN FINANCIERA Y PRESUPUESTAL AL SIAF

INTERIOR TRANSPORTES Y COMUNICACIONES. Aprueban Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior

Acuerdo de Interpretación Sobre las Obligaciones Establecidas en los Artículos Transitorios de la Ley General de Contabilidad Gubernamental.

CONTADOR ESPECIALISTA EN NIIFS

Reglamento Específico de Tesorería

REGLAMENTO ESPECÍFICO DEL SISTEMA DE PRESUPUESTO

SISTEMA INTEGRADO DE GESTIÓN

SEDEM1. Servicio de Desarrollo de las Empresas Públicas Productivas

PROCEDIMIENTO DE CONTABILIZACIÓN DEL ENDEUDAMIENTO PÚBLICO INTERNO Y EXTERNO

REGLAMENTO ESPECÍFICO 1DEL SISTEMA DE PRESUPUESTO DE LA AUTORIDAD PLURINACIONAL DE LA MADRE TIERRA TÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES

DIRECCIÓN GENERAL DE PRESUPUESTO

32 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 6 de Agosto de 2013 TRANSITORIOS

OBJETIVO ESTRATÉGICO. AP SJP 8/3 Página: 1 / 1 Fecha. Elaborado por: DMA 27/01/10. Seguimiento Financiero. Finanzas y Admón.

Informe del Resultado de la Revisión a la Cuenta Pública del ejercicio 2011 e ingresos y egresos de la primera quincena del año idalgo.

REGLAMENTO ESPECÍFICO DEL SISTEMA DE PRESUPUESTOS

RESOLUCIÓN DE CONTADURÍA Nº EF-93.01

REGLAMENTO DE EVALUACIÓN DEL INSTITUTO POLITÉCNICO NACIONAL

Procedimiento de Cuentas por Pagar.

FORMULACIÓN Y SEGUIMIENTO A LA EJECUCIÓN Y CIERRE DE PROYECTOS FINANCIADOS POR EL FFP

TÉRMINOS DE REFERENCIA

GERENCIA FINANCIERA Y SUS DEPARTAMENTOS

CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES

INDICE TITULO I... 3

OBJETIVO LINEAMIENTOS DE OPERACIÓN

DECRETO SUPREMO Nº PCM

CONTENIDO REGLAMENTO ESPECÍFICO DEL SISTEMA DE PRESUPUESTO RE SP DEL MINISTERIO DE MINERIA Y METALÚRGIA

REGLAMENTO DEL SISTEMA INSTITUCIONAL DE ARCHIVOS DE LA COORDINACIÓN DE LOS CENTROS DE TRANSFERENCIA MODAL DEL DISTRITO FEDERAL.

15. PROCEDIMIENTO PARA EL PAGO Y REGISTRO DE REMUNERACIONES AL PERSONAL.

ESCUELA DE GESTIÓN PÚBLICA PLURINACIONAL UNIDAD DE AUDITORÍA INTERNA PROGRAMA OPERATIVO ANUAL GESTIÓN 2011

SISTEMA DE CONTROL INTERNO. Subsistema: Control de Gestión Componente: Información

DIRECTIVA N OSCE/CD PLAN ANUAL DE CONTRATACIONES

C O N V O C A T O R I A

NEIFG CONCESIONES

REGLAMENTO INTERNO DEL FONDO DE CAJA CHICA

PD.DAF.05 Objetivo(s) del proceso:

PLANIFICACIÓN Y FINANCIAMIENTO EDUCATIVO EN GUATEMALA

REGLAMENTO ESPECÍFICO DEL SISTEMA DE TESORERÍA

LEY Nº 064 LEY DE 5 DE DICIEMBRE DE 2010 EVO MORALES AYMA LA ASAMBLEA LEGISLATIVA PLURINACIONAL, LEY DE LA PROCURADURÍA GENERAL DEL ESTADO

UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE MÉXICO ESCUELA NACIONAL DE MÚSICA REGLAMENTO INTERNO DE SERVICIO SOCIAL

PRESUPUESTOS DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES DE LA AGE 2013

Instituto Nacional de Defensa Civil INDECI

APRUEBAN POLÍTICA NACIONAL FRENTE A LA TRATA DE PERSONAS Y SUS FORMAS DE EXPLOTACIÓN

EMPRESA BOLIVIANA DE INDUSTRIALIZACION DE HIDROCARBUROS - EBIH REGLAMENTO ESPECÍFICO DEL SISTEMA DE PRESUPUESTO TÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES

LEY DEL SERVICIO COMUNITARIO DEL ESTUDIANTE UNIVERSITARIO TÍTULO I CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES

REGLAMENTO ESPECÍFICO DEL SISTEMA DE PRESUPUESTO DE LA EMPRESA PÚBLICA NACIONAL ESTRATÉGICA BOLIVIANA DE AVIACIÓN RE-SP-BoA

DIRECTRICES DE CONTROL DE INGRESOS PARA EL REGISTRO DE VALORES EN EL esigef

RESUMEN EJECUTIVO. El objeto del examen está constituido por:

DGSGIF DIRECCION GENERAL DE SISTEMAS DE GESTIÓN DE INFORMACION FISCAL

Sus socios en ISO Manual de Calidad

MANUAL DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES

ANALISTA DE PRESUPUESTOS 2

ESTATUTOS DEL ORGANISMO DE GESTIÓN TRIBUTARIA ÍNDICE

MANUAL DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES

DECRETO 82/2001, de 16 de noviembre, por el que se regula la contratación centralizada de bienes, servicios y suministros.

REGLAMENTO ESPECÍFICO DEL SISTEMA DE PRESUPUESTO. Unidad Administrativa y Financiera

LINEAMIENTOS PARA LA EVALUACIÓN DEL DESEMPEÑO DEL INSTITUTO NACIONAL DE ESTADÍSTICA Y GEOGRAFÍA.

MANUAL DEL SUBPROCESO DE RECEPCIÓN DE BIENES MUEBLES CS-STAB-02-P02-01

Transcripción:

ESTADO PLURINAC10NAL DE BOLIVIA REGLAMENTO ESPECÍFICO DEL SISTEMA DE TESORERIA

t l É t REGLAMENTO ESPECÍFICO DEL SISTEMA DE TESORERIA Página 1de 7 ÍNDICE REGLAMENTO ESPECÍFICO DEL SISTEMA DE TESO RERÍA...2 MINISTERIO DE JU S T IC IA... r... 2 TITULO 1... 2 CONCEPTOS Y DISPOSICIONES G ENERALES...2 Artículo 1 Concepto del Sistema de Tesorería... 2 Artículo 2.- Objeto... 2 Artículo 3.- Aprobación del Reglamento... 2 Artículo 4.- Revisión, Actualización y Ajuste del Reglamento...2 Artículo 5.- Difusión del Reglamento Específico del Sistema de Tesorería... 2 Artículo 6.- Ámbito de Aplicación... 3 Artículo 7.- Incumplimiento de la Aplicación del Reglamento... 3 Artículo 8.- Previsión...3 Artículo 9.- Normas Legales y Técnicas... 3 Artículo 10.- Interrelación con otros sistemas... 4 TÍTULO II...5 COMPONENTES DEL SISTEMA DE TESORERIA... 5 CAPITULO 1...5 SUBSISTEMA DE RECAUDACIÓN DE RECURSOS... 5 Artículo 11.- Origen de los Recursos... 5 Artículo 12.- Mecanismos de Recaudación...5 Artículo 13.- Responsabilidad de la Recaudación de Recursos... 5 CAPITULO II... 6 SUBSISTEMA DE ADMINISTRACIÓN DE RECURSOS...6 Artículo 14.- Unicidad de Caja... 6 Artículo 15.- Programación de Flujos Financieros y Ejecución Presupuestaria... 6 Artículo 16.- Funciones del Área de Tesorería... 6 Artículo 17.- Modalidades de Pago... 7 Artículo 18.- Pagos por el sistema Bancario... 7 Artículo 19.- Conciliación de las Cuentas Bancarias Fiscales...7 Artículo 20.- Custodia de Títulos y Valores...7

11113 REGLAMENTO ESPECÍFICO DEL SISTEMA DE TESORERIA Página 2 de 7 REGLAMENTO ESPECÍFICO DEL SISTEMA DE TESORERÍA TITULO I CONCEPTOS Y DISPOSICIONES GENERALES A rtículo 1.- Concepto del Sistema de Tesorería. El Sistema de Tesorería es el conjunto integrado de principios, normas, procesos y procedimientos, interrelaciones e instrumentos técnicos, que tiene por objeto la recaudación de los recursos públicos y su administración, así como la custodia de títulos y valores en poder de la Entidad. El Sistema de Tesorería del Estado Plurinacional comprende los Subsistemas de Recaudación y de Administración de Recursos. A rtículo 2.- Objeto. El Reglamento Especifico del Sistema de Tesorería, tiene por objeto regular los procedimientos a ser aplicados por el Ministerio de Justicia, referente a la recaudación, programación y administración de recursos, en el marco de las Normas Básicas del Sistema de Tesorería. A rtículo 3.- A probación del Reglamento. El Reglamento Especifico del Sistema de Tesorería deberá ser elaborado por el Encargado(a) de Tesorería dependiente de la Unidad Financiera y en coordinación con la Dirección General de Asuntos Administrativos y aprobado por Resolución Ministerial previa compatibilización del órgano Rector. A rtículo 4.- Revisión, Actualización y A juste del Reglamento. El presente Reglamento Específico, podrá ser revisado y en su caso actualizado por la Unidad Financiera en coordinación con la Dirección General de Asuntos Administrativos, como resultado de la evaluación de su aplicación o cuando el Órgano Rector modifique las Normas Básicas del Sistema de Tesorería del Estado Plurinacional o incorpore nuevos sistemas. El Reglamento ajustado deberá ser aprobado por Resolución Ministerial, previa compatibilización del Órgano Rector. A rtículo 5.- D ifusión del Reglamento Específico del Sistema de Tesorería. El (La) Director (a) General de Asuntos Administrativos, queda encargada de la emisión y difusión interna del presente Reglamento Específico del Sistema de Tesorería.

REGLAMENTO ESPECÍFICO DEL SISTEMA DE TESORERIA Pá9ina 3 de 7 Artículo 6.- Ámbito de Aplicación. El Reglamento Especifico del Sistema de Tesorería es de aplicación y cumplimiento obligatorio por todos los servidores públicos de todas las áreas, unidades organizacionales que participan en la recaudación y administración de'los recursos del Ministerio de Justicia. Artículo 7.- Incumplimiento de la Aplicación del Reglamento. El incumplimiento del presente Reglamento Específico del Sistema de Tesorería, generará responsabilidades de acuerdo a lo establecido en el Capítulo V de Responsabilidad por la Función Pública de la Ley N 1178 de Administración y Control Gubernamentales y en los Decretos Supremos Nos. 23215, 23318-A y 26237. Artículo 8.- Previsión. En caso de presentarse omisiones, contraindicaciones y/o diferencias en la interpretación del Reglamento Específico del Sistema de Tesorería del Ministerio de Justicia, estas serán solucionadas dentro los alcances y previsiones de las Normas Básicas del Sistema de Tesorería del Estado Plurinacional y la Ley 1178 de Administración y Control Gubernamentales. Artículo 9.- Normas Legales y Técnicas. Este reglamento tiene como base legal las siguientes disposiciones: a) Constitución Política del Estado del 9 de febrero de 2009, b) Ley N 1178 de Administración y Control Gubernamentales de 20 de julio de 1990, c) Decreto Supremo 25875 sobre la operativa de la Cuenta Única del Tesoro y del registro de operaciones en el Sistema Integrado de Gestión y Modernización Administrativa, d) Decreto Supremo N 29894 del 7 febrero de 2009, que establece la Estructura y Organización del Órgano Ejecutivo del Estado Plurinacional, señalando las atribuciones y competencias del Ministerio de Justicia, e) Resolución Suprema No. 218056 que aprueba las Normas Básicas del Sistema de Tesorería del Estado, y f) Disposiciones específicas emitidas por el Órgano Rector.

f ÉJ REGLAMENTO ESPECÍFICO DEL SISTEMA DE TESORERIA Página 4 de 7 Artículo 10.- Interrelacióm con oíros sistemas. Sobre la base de las definiciones adoptadas en el marco de los Sistemas Nacionales de Planificación e Inversión Pública, se establecen las siguientes nterrelaciones directas del Sistema de Tesorería. a) Con el Sistema de Programación de Operaciones: La elaboración, ejecución, seguimiento del Programa de Operaciones, requieren la operativídad de los subsistemas de recaudación y administración de recursos. Provee el programa de operaciones anual del Ministerio de Justicia, que será ejecutado con los recursos de la Entidad. A su vez, este sistema recibe recursos públicos para la ejecución del Programa Operativo Anual. b) Con el Sistema de Organización Administrativa: Para el establecimiento de la Estructura necesaria para operar el sistema, así como los mecanismos de formalización de los procesos necesarios para operativizar el Sistema de Tesorería. c) Con el Sistemas de Administración de Bienes y Servicios; y el Sistema de Administración de! Personal: La operativa de estos sistemas provee información específica para la programación de los flujos de caja chica. d) Con el Sistema de Crédito Público: Para evaluar alternativas sobre las necesidades de financiamiento emergentes de la ejecución presupuestaria. e) Con el Sistema de Contabilidad Integrada: Este sistema posibilita el registro de las operaciones de Tesorería y permite a su vez la elaboración de los Estados Financieros Complementarios. f) Con el Sistema de Control Gubernamental: Este Sistema proporciona información sobre los procesos y procedimientos de las operaciones de Tesorería.

REGLAMENTO ESPECÍFICO DEL SISTEMA DE TESORERIA Página 5 de 7 TÍTULO II COMPONENTES DEL SISTEMA DE TESORERIA CAPITULO I SUBSISTEMA DE RECAUDACIÓN DE RECURSOS Artículo 11.- Origen de los Recursos. El Ministerio de Justicia cuenta con los siguientes recursos: a) Asignaciones y/o transferencias del Tesoro General de la Nación establecidas en el Presupuesto General del Estado, aprobado anualmente. b) Recursos de donaciones y/o créditos tanto externos como internos, en caso de presentarse. c) Recursos propios generados por la Prestación de Servicios, provenientes del ejercicio de actividades propias del Ministerio de Justicia. d) Otros Recursos, establecidos según normativa vigente. Artículo 12.- Mecanismos de Recaudación. I. Todos los recursos del Ministerio de Justicia, serán recaudados a través del Sistema Bancario. II. Para este efecto la Máxima Autoridad Ejecutiva y el (la) Director(a) General de Asuntos Administrativos, solicitarán la apertura de cuentas bancarias fiscales recaudadoras y libretas en la Cuenta Única del Tesoro, conforme la normativa vigente y las instrucciones del Órgano Rector. III. Excepcionalmente podrá solicitarse la apertura de Cuentas Bancarias Especiales para la recepción de recursos provenientes de donaciones y/o créditos, cuando los convenios de financiamiento así lo estipulen. Artículo 13.- Responsabilidad de la Recaudación de Recursos. La recaudación de los recursos del Ministerio de Justicia por parte de las áreas operativas de la Entidad, será bajo supervisión del Área de Tesorería de la Unidad Financiera, dependiente de la Dirección General de Asuntos Administrativos de la Entidad.

REGLAMENTO ESPECÍFICO DEL SISTEMA DE TESORERIA Página 6 de 7 'v í ' v \ c a p ít u l o ii SUBSISTEMA DE ADMINISTRACIÓN DE RECURSOS Artículo 1 4.-Unicidad de Caja. Todas las operaciones de Tesorería del Ministerio de Justicia, se realizan a través de la Cuenta Única del Tesoro administrada por el Ministerio de Economía y Finanzas Públicas. Excepcionalmente se administrarán las Cuentas Bancarias Especiales de los recursos provenientes de donaciones y/o créditos, cuando los convenios de financiamiento así lo estipulen, previa consulta a la Dirección General de Programación y Operaciones del Tesoro, dependientes de! Ministerio de Economía y Finanzas Públicas. Artículo 15.- Programación de Flujos Financieros y Ejecución Presupuestaria. I. El (La) Director(a) General de Asuntos Administrativos y el (la) Jefe de Unidad Financiera en coordinación con todas las unidades organizacionales del Ministerio de Justicia elaborarán la programación mensual de Flujos Financieros, teniendo como objetivo el de prever la disponibilidad de efectivo o liquidez para el cumplimiento de las obligaciones comprometidas en el Programa de Operaciones Anual y el presupuesto aprobado para cada Gestión Fiscal. Esta Programación de Flujos Financieros, podrá ser ajustada trimestralmente conforme la ejecución real de ingresos y gastos, a fin de ajustar los requerimientos presupuestarios a las disponibilidades de recursos. II. Los pagos a realizarse deberán contar con toda la documentación respaldatoria, de acuerdo a la norma vigente. Artículo 16.- Funciones del Área de Tesorería. Las funciones esenciales del Encargado (a) y Técnico del Área de Tesorería, son las que se describen a continuación: a) Elaborar la proyección de los flujos financieros de ingresos y egresos. b) Programar, aprobar y asignar cuotas de pagos, en función de las disponibilidades de liquidez del Área de Tesorería del Ministerio de Justicia. c) Procesar el pago de obligaciones. d) Efectuar los seguimientos y el control de flujos financieros del Área de Tesorería del Ministerio de Justicia.

Ijlw REGLAMENTO ESPECÍFICO DEL SISTEMA DE TESORERIA Página 7 de 7 Artículo 17.- Modalidades de Pago. Todos los pagos deberán ser efectuados por el Sistema Bancario, a excepción de los pagos menores realizados con Caja Chica y Fondo Rotatorio de acuerdo a reglamentación interna en el marco del presente reglamento y las Normas Básicas del Sistema de Tesorería. Artículo 18.- Pagos por el sistema Bancario. Los pagos por el Sistema Bancario serán efectuados a través de Libretas de la Cuenta Única del Tesoro y de las Cuentas Bancarias, aperturadas conforme lo señalado en el Artículo 10 del presente Reglamento. Para este efecto el (la) Director(a) General de Asuntos Administrativos, deberán proceder el trámite de registro de firmas autorizadas para el manejo de las cuentas fiscales, conforme a las funciones y atribuciones establecidas o delegadas para este efecto. Artículo 19.- Conciliación de las Cuentas Bancarias Fiscales. El (La) Encargado(a) de Tesorería de la Unidad Financiera, dependiente de la Dirección General de Asuntos Administrativos, es responsable de efectuar las conciliaciones bancarias a los saldos de cuentas, al final de cada mes y al final de la gestión. Artículo 20.- Custodia de Títulos y Valores. El (La) Encargado(a) de Tesorería es responsable de la custodia de Títulos y Valores relativos a cheques de tesorería, letras, bonos y otros valores de Tesorería, susceptibles de ser emitidos por el Área de Tesorería que están en poder del Ministerio de Justicia, bajo supervisión de la Unidad Financiera, dependiente de la Dirección General de Asuntos Administrativos.