SISTEMA DE EXENCIÓN En Conformidad a los dispuesto en el Art. 2 del D.F.L. Nº 2 del año 1998 del Ministerio de Educación, se establece el siguiente reglamento interno que regirá los procesos de postulación y asignación de becas para los alumnos y alumnas, el cual otorgará exención total o parcial del arancel educacional, que corresponde aplicar en los Establecimientos Particulares Subvencionados, con Financiamiento Compartido. El sistema de becas que permite la exención de pago se constituirá con el aporte del Sostenedor del establecimiento, consistente en un porcentaje aplicado a la recaudación recibida de los padres y apoderados, conforme al artículo 33 del Decreto con Fuerza de Ley Nº 2, de 1998, de Ministerio de Educación; y, por otra parte, con la entrega al sostenedor de la cantidad que le habría sido descontada de la subvención, conforme a las normas del financiamiento compartido. Reglamento Interno de Becas Colegio Claudio Matte. Titulo I.- Identificación del Colegio El Colegio Claudio Matte, es un colegio particular subvencionado, con financiamiento compartido según resolución exenta Nº 1399, del 27 de Septiembre de 1991, de inspiración científica humanista. Nuestra Institución cuenta con tres locales escolares ubicados en la comuna de Viña del Mar, se encuentra reconocido oficialmente por el Ministerio de Educación según resolución exenta Nº 2994 del 04 de Noviembre de 1985, para el local Adicional, ubicado en Av. Carlos Ibáñez del Campo Nº 129; resolución exenta nº 508 de 06 de Abril de 1990, para local Principal ubicado en Av. 18 de Septiembre Nº 9; Resolución exenta Nº 2838 de 22 de Julio de 2011, para local Complementario 2, Ubicado en Av. Lago Peñuelas Nº 650, también Resolución Exenta Nº 3150 de 29 de Agosto de 2008, confiere la calidad de Sostenedor a Sociedad Pro- Educación y Cultura S.A. Rut: 79.824.290-3
Título II.- Generalidades Pueden postular a beca todos los alumnos del Establecimiento, desde Pre Kínder a Cuarto Medio, perteneciente a cualquiera de los Locales Escolares del Colegio Claudio Matte. La ley y el presente reglamento, no ponen impedimento alguno para que todo alumno pueda postular a algún beneficio, sin embargo se entiende que este beneficio es para aquellos Apoderados que con la máxima veracidad y transparencia consideran que ameritan acceder a estos beneficios. Cabe mencionar que el ítem preferente para otorgar beneficios de exención total o parcial, será la condición Socioeconómica deficiente, del Grupo familiar al cual pertenece el Postulante, debido a que la normativa vigente establece que las dos terceras partes de estos, deben ser otorgadas atendiendo exclusivamente a las condiciones Socioeconómicas de los alumnos y su grupo familiar. La vulnerabilidad se define como la pérdida del bienestar causada por el riesgo que proviene de la variación de los ingresos, por esta razón, hace sentido identificar las características relacionadas con la pobreza y la volatilidad del ingreso familiar, la medición de esta debe capturar el riesgo que enfrenta el hogar. En resumen son alumnos que debido a la condición socioeconómica del grupo familiar, se ven dificultadas las posibilidades de enfrentar un proceso educativo, perteneciendo a un grupo económico bajo. Un grupo económico bajo, corresponde a la caracterización en letra D o E, dentro del nivel Socioeconómico ( ABC1, C2, C3, D y E), con las variables de escolaridad del jefe de hogar e ingresos mensuales, para calificar dentro de estos, el nivel de estudios del jefe de hogar promedia los 7.7 años y los ingresos del grupo familiar fluctúan entre los $0 y los $300.000.- Título III.- Del Proceso de Postulación. Los apoderados interesados en postular, deben solicitar en la secretaría de nuestro colegio el Formulario de Postulación a Becas, desde la fecha que sea informada para tal efecto en la Circular de Proceso de Becas la cual será entregada a cada apoderado en la reunión de sub centros del mes Junio y de Agosto del año anterior a la exención, también siendo publicada en la Quincena del mes de Junio en la página web del colegio www.campusclaudioatte.cl, y en los diarios murales disponibles en los Locales Escolares. Dicho formulario debe ser completado con todos los datos solicitados y adjuntando la documentación solicitada en el punto siguiente, dentro de las fechas indicadas en la Circular de Proceso de Becas Documentos para acreditar condición socioeconómica: Ficha de Protección Social Vigente.
En caso de ser Independiente, última declaración de IVA. En caso de Cesantía, Finiquito del ultimo empleador, certificado de las ultimas 6 cotizaciones previsionales. Fotocopia de comprobantes de pago de arriendo o dividendo según corresponda, certificado notarial en caso de ser allegado. Boletas de gasto relacionados con educación ( Universidad,, Centros de Formación Técnica, Otros Colegios, Etc.) Certificado médico por enfermedad grave de algún integrante del grupo familiar, por tratamiento costoso o discapacidad. Gastos Fijos, adjuntar boletas de servicios básicos y otros gastos. Certificado del último curso aprobado por los padres. Informe Asistente Social. El establecimiento podrá pedir la asesoría Profesional de un Asistente social, para que con sus competencias, estudie las solicitudes de becas Se deja constancia de que ningún documento podrá ser devuelto al apoderado ya que quedan a disposición de la Superintendencia de Educación para posibles Fiscalizaciones. Título IV.- Criterios de Selección de Alumnos Becados. El colegio nombrará una comisión integrada por: Sostenedor o Representante nombrado expresamente. Dirección Subdirección Jefe Local Principal Jefe Local Adicional Jefe Local Complementario 2 Secretarías del Colegio. La cual tendrá como objetivo, evaluar las solicitudes y los antecedentes proporcionados por el apoderado. Para la selección de las solicitudes y el otorgamiento de beneficios se tendrán en cuenta fundamentalmente a lo menos los siguientes criterios: 1) Situación Socioeconómica de la Familia del postulante 2) Informe de asistente social. 3) Padres del alumno, ausentes o fallecidos. 4) Cantidad de Hermanos en el Establecimiento. 5) Cesantía de uno o ambos padres o apoderados. 6) Problemas graves de salud o Discapacidad
Título V.- De los Resultados de la Postulación y Apelación. Los resultados obtenidos después de la evaluación de las postulaciones, será entregada por la comisión de becas, para su publicación tanto en la página web, como también en las secretarías del Colegio, según cronograma Informado en Circular de Proceso de Becas. Los apoderados podrán apelar al resultado de su postulación, a través de carta dirigida a la comisión de becas, desde el día indicado en la circular respectiva, rindiendo nuevos antecedentes complementarios a los ya presentados, la comisión deberá responder en un plazo de 10 días hábiles la resolución a esta apelación, a través de la Secretaría del Colegio, desde la presentación de la apelación por parte del apoderado. Título VI.- Becas de Libre Disposición: El establecimiento entregará otros beneficios de exención total o parcial, a los siguientes casos y siempre que éstos no superen un tercio de las becas asignadas. Los Hijos de funcionarios del Colegio Claudio Matte, tendrán derecho a un 50% de beca en el arancel anual de escolaridad, por el solo mérito de ser funcionario del Establecimiento. Becas por rendimiento Destacado, Solo aplicable a Enseñanza Media. Becas por méritos especiales. o Los profesores, podrán, sin embargo, postular a alumnos que por su destacada participación en actividades extra programáticas, méritos artísticos y o deportivos, esfuerzo, asistencia, puntualidad u otros méritos, a recibir un porcentaje de exención Becas por antigüedad, el Establecimiento asignará un porcentaje de exención a los alumnos de Enseñanza Media ingresados en el año 2011 o Anteriores, y de acuerdo al fondo disponible de becas. Se deja constancia que estos beneficios pueden ser variables, en cuanto a sus porcentajes, de acuerdo a los fondos disponibles de Becas, para el año en cuestión. Título VII.- Duración de la Beca. Las becas establecidas en este reglamento tendrán una duración de un año lectivo. Asimismo será responsabilidad de los padres y apoderados, comunicar en el pazo más breve tiempo posible, los cambio experimentados en su situación Socioeconómica, al sostenedor, para reasignar dicha exención, a quien la necesite. No obstante el Colegio tiene la facultad de reevaluar a los alumnos becados, al inicio del segundo semestre.
Título VIII.- Pérdida de la Beca. Las becas se pierden por: a) Por retiro o cambio de Colegio. b) Por renuncia voluntaria y expresada por escrito a la Dirección del Colegio. c) Si se descubre que el apoderado ha presentado datos falsos o adulterados para la obtención de la beca. d) Por el término del año escolar e) Por cambio en la situación económica deficitaria que dio origen al beneficio. Producto de estas circunstancias, el establecimiento reasignará estas exenciones disponibles, según la lista de espera que pudiese haber generado el proceso de postulación, si no, a través de nuevas postulaciones. Título IX.- Consideraciones Finales Los apoderados con beca y de acuerdo a su situación Socioeconómica actual, podrán volver a postular para el año académico siguiente. Para mantener la calidad de becado bajo el régimen de Libre Disposición, el alumno deberá mantener el mérito que lo llevo a recibir la exención ya sea, rendimiento, conducta, o destacarse en alguna área, ya sea deportiva, artística, etc. Para dar cumplimiento a la obligatoriedad de permitir la postulación a todos los alumnos del Establecimiento, incluyendo a los alumnos nuevos, el colegio informará en el proceso de matrículas, a sus nuevos apoderados, la posibilidad de postular a estos Beneficios El presente reglamento comenzará a regir una vez puesto en conocimiento de la Dirección Provincial de Educación Valparaíso, Isla de Pascua. Luis Arturo Pérez San Martin. Gerente General Soc. Proeduc S.A.