Economía Social y Solidaria Mtro. Pablo Yanes Rizo Director General del Consejo de Evaluación del Desarrollo Social del DF Economía Social y Solidaria Pablo Yanes Rizo
Marco Jurídico LEY DE FOMENTO COOPERATIVO DEL DF LEY DE FOMENTO DEL DESARROLLO ECONÓMICO DEL DF LEY DE ADQUISICIONES DEL DF CIRCULAR UNO (Oficialía Mayor del DF)
Ley de Fomento Cooperativo del DF Artículo 2.- Definición del fomento cooperativo Para los efectos de la presente Ley, se entiende como fomento cooperativo el conjunto de normas jurídicas y acciones del Gobierno del Distrito Federal, para la organización, expansión y desarrollo del sector y movimiento cooperativo y que deberá orientarse conforme a los siguientes fines: IV. El Gobierno del Distrito Federal procurará proveerse de los bienes y servicios que produzcan las sociedades cooperativas, siempre y cuando cumplan con lo dispuesto en la Ley de Adquisiciones del DF.
Ley de Fomento Cooperativo del DF Artículo 8.- Competencia del Jefe de Gobierno Corresponde al Jefe de Gobierno del Distrito Federal: I.- Aprobar el Programa General de Fomento Cooperativo del Distrito Federal; Artículo 9.- Atribuciones específicas. Corresponde a las siguientes Secretarías, lo siguiente: A) A la Secretaría de Trabajo y Fomento al Empleo; I. Formular, difundir y ejecutar las políticas y programas de fomento cooperativo en el Distrito Federal; II. Impulsar las actividades de fomento cooperativo en el Distrito Federal;. III. Coordinar acciones de apoyo para el fortalecimiento del sistema, sector y movimiento cooperativo del Distrito Federal.
Ley de Fomento Cooperativo del DF B) A la Secretaría de Desarrollo Social: I. Procurar la expansión del sector cooperativo para que este pueda responder a las necesidades de la sociedad; II. Establecer programas de desarrollo social, para potenciar las actividades de las sociedades cooperativas ; III. Promover la transformación de actividades marginales de la economía informal hacia grupos productivos organizados; C) A la Secretaría de Desarrollo Económico: I. Ejecutar los apoyos económicos que el GDF otorgue a las empresas sociales, a las micro empresas y a los sectores empresariales, a través del FONDESO; II. Apoyar servicios de investigación y asesoría en materia de gestión cooperativa, administrativa y tecnológica; III. Promover el financiamiento para la producción, comercialización e inversión. D) A la Secretaría de Finanzas: I. Aplicar y ejecutar los estímulos fiscales en los términos de la presente ley.
Ley de Fomento del Desarrollo Económico del DF CAPITULO II DE LAS MICRO, PEQUEÑA, MEDIANA EMPRESA Y SOCIEDADES COOPERATIVAS. Artículo 29. Se dará atención prioritaria a las micro, pequeña, mediana empresa y sociedades cooperativas en general y por sectores y ramas de la actividad económica, con la finalidad de que utilicen óptima y eficientemente su capacidad instalada, el uso intensivo de mano de obra con menor inversión y desarrollen su capacidad de adaptación a los cambios tecnológicos.
Ley de Fomento del Desarrollo Económico del DF Artículo 30. La Secretaría propiciará el desarrollo y la consolidación de las micro, pequeña, mediana empresas y sociedades cooperativas por medio de las siguientes acciones: I. Impulsar su operación en economías de escala ; II. Promover su integración a los programas de conservación de empleo, protección de la planta productiva y de sustitución de importaciones ; III. Difundir información sobre avances tecnológicos, oportunidades de comercialización y facilidades de financiamiento ; IV. Vincular sus necesidades con la oferta de tecnología adecuada; V. Promover la mayor participación de estas empresas en exportaciones directas e indirectas, ; VI. Promover ante las instituciones competentes la facilitación y simplificación de los mecanismos de apoyo y financiamiento competitivo para estas empresas, ; VII. Promover y facilitar la localización y el establecimiento de estas empresas y de las sociedades cooperativas en las zonas de fomento económico, VIII. Promover instancias de atención especializada a las micro, pequeñas, medianas empresas y sociedades cooperativas,.
Ley de Adquisiciones del DF Artículo 54.- Cuando la licitación pública no sea idónea para asegurar a la Administración Pública del Distrito Federal las mejores condiciones disponibles en cuanto a calidad, oportunidad, financiamiento, precio y demás circunstancias pertinentes, bajo su responsabilidad, las dependencias, órganos desconcentrados, delegaciones y entidades, podrán contratar Adquisiciones, Arrendamiento y Prestación de Servicios, a través de un procedimiento de invitación a cuando menos tres proveedores o por adjudicación directa, siempre que: VIII. Se trate de adquisiciones, arrendamientos o prestación de servicios, cuya contratación se realice con campesinos o grupos rurales o urbanos marginados y sociedades cooperativas legalmente constituidas que se funden y residan en el Distrito Federal y que la dependencia, órgano desconcentrado, delegación o entidad contrate directamente con los mismos o con las personas morales constituidas por ellos;
Circular Uno. 4.1.12 Las Dependencias, Órganos Desconcentrados y Entidades, en observancia a lo señalado en el último párrafo del artículo 54 de la LADF, podrán obtener información de acuerdo a lo siguiente: a) Ingresar al sitio de la DGRMSG http://rmsg.df.gob.mx, consultar la liga Sociedades Cooperativas, en la que advertirán el giro o actividad comercial, nombre, domicilio y teléfono de las personas morales registradas en el padrón. b) En el caso de no estar registrada en el padrón la sociedad cooperativa, podrán realizar investigación de mercado en el Distrito Federal, de la existencia de sociedades cooperativas, grupos rurales, marginados urbanos y de campesinos que provean bienes y servicios necesarios para las unidades administrativas de gasto.
PROGRAMAS DEL GDF PROGRAMA DE FOMENTO COOPERATIVO En Fomento Cooperativo se impulsa la organización y desarrollo de empresas cooperativas entre los grupos más vulnerables de la ciudad, para que puedan acceder a mejores niveles de bienestar, creando sus propias fuentes de empleo. Cuenta con cuatro áreas: Capacitación para la formación de cooperativas Constitución legal de cooperativas Vinculación e integración cooperativa Redes de producción
PROGRAMAS DEL GDF ANTECEDENTES Apoyo a la micro y pequeña empresa. 2001-2006 Microcréditos y MyPES 2001-2006 Año Número de Créditos Monto Ministrado (dólares) 2001 32,844 $10,248,940.25 2002 34,602 $15,103,767.81 2003 19,266 $ 9,441,650.83 2004 28,377 $13,192,573.74 2005 19,594 $10,210,495.00 2006 15,671 $ 7,313,172.37 Total 50,354 $65,510,600.01
PROGRAMAS DEL GDF 2011 SECRETARÍA DE Programa uniformes escolares gratuitos 2011 DESARROLLO SOCIAL 28,758,333.33 SECRETARÍA DE Programa útiles escolares gratuitos 2011 DESARROLLO SOCIAL 10,319,166.67 SECRETARÍA DEL Programa de capacitación para el impulso de la TRABAJO Y FOMENTO Economía social 2011 AL EMPLEO 3,819,816.33 DIF-DF Programa de creación y fomento de sociedades cooperativas 450,636.00 SECRETARÍA DE Programa de financiamiento a la micro y DESARROLLO pequeña empresa ECONÓMICO DE Programa de microcréditos para actividades productivas de autoempleo SECRETARÍA DESARROLLO ECONÓMICO DELEGACIÓN XOCHIMILCO DELEGACIÓN TLALPAN 16,166,666.67 Programa de fomento a las sociedades cooperativas y apoyo al auto empleo 83,333.33 Programa de apoyo a la micro pequeña y mediana empresa 125,000.00
PROGRAMAS DEL GDF 2011 NUMERALIA PROGRAMA UNIFORMES ESCOLARES: El programa se apoya en 82 cooperativas, que albergan 250 talleres de costura, para elaborar uniformes de secundaria que se entregan de manera gratuita a alumnos de las 16 delegaciones. En 2010 los talleres de costura confeccionaron 200 mil uniformes para estudiantes de secundarias diurnas y técnicas. Para 2011 se confeccionarán 750 mil uniformes. Una costurera elabora 500 prendas a la semana. La cooperativa Ixquia-Nitla, ubicada en la delegación Cuajimalpa, confeccionó 7,392 uniformes.