Una vez definida la idea y antes de entrar en el análisis del Plan de Empresa, conviene que los promotores se planteen algunas preguntas:

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Transcripción:

ELECCIÓN DEL TIPO DE NEGOCIO La elección del tipo de negocio a poner en marcha es el punto de partida de todo proyecto empresarial. Son muchos los factores que pueden llevar a una persona a inclinarse por un negocio en concreto. Con carácter general, puede venir determinada por alguno de los siguiente factores: Oportunidades de negocio en mercados poco abastecidos, de nueva creación o con un alto potencial de crecimiento Conocimientos técnicos sobre mercados, sectores o negocios concretos Simplicidad del negocio Pero existen otros factores determinantes como el nivel técnico o el nivel económico exigido por algunos negocios, que actúan como factor disuasorio en muchos casos. Una vez definida la idea y antes de entrar en el análisis del Plan de Empresa, conviene que los promotores se planteen algunas preguntas: Se trata de una idea realista? Es viable técnicamente? Es viable desde el punto de vista económico? Se está en condiciones de poder acometerla? Su rentabilidad justifica los esfuerzos necesarios para ponerla en marcha? Pero sin duda el factor más importante es la ilusión o confianza que los promotores tienen en la idea. Por ello todo empresario debería reunir alguna de estas cualidades: Confianza en si mismo e ilusión en el proyecto Saber elegir a sus colaboradores Capacidad para organizar y coordinar medios económicos, humanos y materiales Capacidad para dirigir y motivar al personal Capacidad para tomar decisiones y asumir riesgos Iniciativa y espíritu innovador EL PLAN DE EMPRESA Puede definirse como el documento en el que se va a reflejar el contenido del proyecto empresarial que se pretende poner en marcha, y que abarcará desde la definición de la idea a desarrollar hasta la forma concreta de llevarla a la práctica. Se trata por ello de una herramienta idónea para poder hacer un seguimiento del desarrollo de la actividad empresarial, analizando y comparando previsiones y resultados. Por otra parte, a la hora de solicitar cualquier tipo de colaboración, ayuda o apoyo financiero, al Plan de Empresa servirá como tarjeta de presentación del proyecto empresarial, ante entidades financieras, instituciones o posibles socios, poniendo además de manifiesto el rigor y la profesionalidad de los promotores. A continuación vemos el esquema de un posible Plan de Empresa: 1.-Objetivos del proyecto empresarial y presentación de los promotores Definición de las características generales del proyecto a poner en marcha Resumen del proyecto: inversión total, recursos propios y ajenos, proyección de ventas, resultados estimados, localización... Prestación de los promotores: formación, experiencia empresarial... 2.-La actividad de la empresa: el producto o el servicio Definición de las características del producto o servicio que va a ser objeto de la actividad de la empresa Mercado al que va dirigido y necesidades que cubre Características diferenciadoras respecto de los productos o servicios de la competencia Normas que regulan la fabricación o comercialización del producto o la prestación del servicio Protección jurídica

3.-El mercado Definición del mercado al que se dirigirá el producto o el servicio: dimensión, localización, consumo, estructura, tipo de clientes, mercado real y mercado potencial Previsiones de evolución del mercado La competencia: identificación de las empresas competidoras, características de las misma, posición en el mercado, ventajas e inconvenientes del producto o servicio con los de la competencia, reacción de ésta ante la entrada de la nueva empresa en el mercado... Participación prevista en el mercado 4.-La comercialización Presentación del producto o servicio Determinación del precio de venta Penetración en el mercado; canales de distribución, red comercial... Acciones de promoción; publicidad, catálogos, descuentos... Previsión de ventas Garantías, servicio técnico, servicio post-venta... 5.-La producción Determinación del proceso de fabricación Selección de instalaciones y equipos necesarios Aprovisionamiento; materias primas, proveedores, suministros básicos... Gestión de stocks, materias primas, productos intermedios... Control de calidad 6.-Localización Criterios de localización Terrenos, edificios e instalaciones Comunicaciones e infraestructura Ayudas públicas para localización 7.-Las personas Puestos de trabajo a crear Distribución por categorías y asignación de responsabilidades Perfiles de las personas a contratar; conocimientos, experiencia... Selección del personal Formas de contratación Previsiones de crecimiento del empleo 8.-La financiación Necesidades económicas del proyecto; recursos propios y ajenos, ayudas públicas... Identificación y selección de fuentes de financiación; banca oficial, banca privada, sociedades de leasing... Plan financiero; proyecto de inversiones, previsión de tesorería, cuenta de resultados previsional, balance previsional... Rentabilidad del proyecto 9.-Aspectos formales del proyecto Elección de la forma jurídica Trámites administrativos a realizar Obligaciones de la empresa; contables, fiscales, laborales...

La obtención de recursos es una necesidad no sólo cuando se empieza la actividad, sino que suele ser una necesidad continua. Así debemos distinguir entre la financiación por deuda, en la que el empresario se compromete a devolver la cantidad adeudada más los intereses estipulados, y la financiación por recursos propios, en la que se reciben aportaciones de fondos, cediéndose una parte del accionariado de la compañía, con la posible pérdida de control que ello puede suponer. Además no debemos olvidarnos de las Ayudas Públicas. 1.-FINANCIACIÓN POR DEUDA La Banca Comercial.- La Banca comercial ha desarrollado en los últimos años un buen número de productos financieros destinados a la financiación de proyectos de inversión de las PYMES: créditos, préstamos, líneas de crédito y descuento comercial. Para proyectos empresariales de mayor volumen, la banca comercial cuenta con otra serie de recursos destinados a facilitar el acceso al mercado de capitales: pagarés, obligaciones, salidas a Bolsa, socios inversores,etc. En este sentido debe resaltarse que una gran parte de la banca comercial viene suscribiendo con las distintas Administraciones una serie de Convenios de Colaboración con el fin de establecer líneas de crédito blando a las inversiones empresariales. La Banca Pública.- En España, la Administración, a través del Instituto de Crédito Oficial (ICO), el Banco Europeo de Inversiones (BEI) y la banca pública (Argentaria), ha puesto en marcha una serie de medidas de apoyo financiero a las Pymes consistentes, fundamentalmente, en la instrumentación de líneas de préstamo preferente y subsidiación de tipos de interés para acometer inversiones productivas. El ICO (Instituto de Crédito Oficial) dispone de diversas Líneas de Financiación para el año 2009, cuya finalidad es impulsar y apoyar las inversiones de las empresas españolas (emprendedores, autónomos y PYMES). Se solicitan en las Entidades Bancarias, que son las encargadas de analizar el proyecto y aprobar la concesión de los préstamos. Las entidades de financiación.- Suelen operar como entidades de crédito, aunque se suelen utilizar para financiar el consumo. Aunque sus tipos suelen ser superiores a los de los bancos, tienen como ventaja la negociación individualizada para cada supuesto planteado, así como menores requisitos, garantías y tiempo de concesión. El Leasing.-Es todo contrato de arrendamiento financiero que permita disponer de un bien mueble o inmueble mediante su alquiler, con una opción de compra al finalizar el período fijado. Resulta muy atractivo por su favorable tratamiento fiscal, pero tiene un mayor coste financiero. Las Sociedades de Garantía Recíproca.- Sus funciones fundamentales son: Conceder avales que permiten a las Pymes acceder a la financiación bancaria. Facilitar el acceso de las empresas avaladas a líneas de financiación privilegiada. Poner en marcha servicios de información y asesoramiento a empresarios Como ejemplo de este tipo de sociedades, destacamos en Madrid, AVALMADRID S.G.R (C/ Jorge Juan 30). El Factoring.- Es un sistema poco usado en España y restringido generalmente a grandes empresas. Consiste, esencialmente, en la cesión o venta a un prestamista o factor (generalmente una entidad financiera) de las cuentas pendientes de cobrar por parte de la empresa. La cesión consiste en dar en prenda las cuentas a cobrar como garantía de un préstamo concedido al empresario por la sociedad de factoring, préstamo que a su vez conllevará el pago de intereses y comisión correspondientes. Mientras que la venta, consiste en vender al prestamista o factor las cuentas de clientes a cobrar, asumiendo éste la responsabilidad del cobro de las mismas, a cambio del cargo e intereses estipulados por el servicio prestado. El Confirming.- Es un servicio que consiste en gestionar los pagos de una empresa cliente a sus proveedores, ofreciendo a éstos la posibilidad de cobrar sus facturas con anterioridad a la fecha de vencimiento (financiar). El fortaiting.-es una figura que supone la compra de letras de cambio aceptadas, créditos documentarios o cualquier otra forma de promesa de pago, instrumentadas en divisas, contra las cuales se ha abierto una carta de crédito. A diferencia del confirming, se utiliza a medio plazo (de uno a siete años). La emisión de deuda mediante títulos.- Se realiza mediante bonos u obligaciones y pagarés. Pueden utilizarlo las Pymes pero sus enormes costes y la dificultad de encontrar suscriptores lo hacen enormemente dificultoso.

2.-FINANCIACIÓN POR RECURSOS PROPIOS Es aquel capital que está invertido permanentemente en la empresa. Los inversores o socios.- Nuestros socios reciben una remuneración en nuestra sociedad que puede consistir en ingresos por reparto de beneficios, plusvalías materializadas mediante la venta de sus acciones o participaciones a otros socios, o las plusvalías de la venta de la empresa. Los inversores o socios constituyen la fuente de financiación más importante para poner en marcha una empresa. El capital riesgo.- Se trata de una inversión, con carácter temporal en el capital de Pymes, con el fin de garantizar la sucesión empresarial. La salida a Bolsa.- Se trata de una medida adoptada generalmente por grandes empresas. En España existen dos tipos de mercados bursátiles: el primero para compañías de mas de 200 millones de capital social, un mínimo de 100 accionistas y una rentabilidad sobre el capital del 6% en los dos últimos ejercicios y el segundo para sociedades con un capital mínimo entre 50 y 1000 millones. 3.-LAS AYUDAS PÚBLICAS Las ayudas de los organismos públicos son muy variadas, aunque no siempre nos resulten del todo favorables: Ayudas directas a la contratación de trabajadores Bonificaciones de las cuotas a la Seguridad Social Incentivos fiscales Ayudas financieras Asesoramiento empresarial Ayudas a la inversión Ayudas al fomento de la innovación Ayudas para mejora de la competitividad Ayudas a la Investigación y Desarrollo (I+D)... A este respecto conviene informarse en todas las administraciones antes y después de montar nuestra empresa, tanto europeas, estatales, locales o autonómicas. Todas las características de nuestra sociedad influirán para la obtención de las ayudas (tipo de forma jurídica, edad y sexo de los socios, contratos formalizados, etc.) 4.- TIPOS DE EMPRESAS Formas Jurídicas de Constitución: Una de las primeras decisiones a adoptar por el promotor o promotores de una nueva empresa, una vez estudiado el Plan de Negocio y analizada su viabilidad, es la elección de la forma jurídica a adoptar (autónomo, sociedad civil, limitada, anónima...). A continuación le mostramos un cuadro comparativo con las principales formas jurídicas y algunos de los datos a tener en cuenta al hacer la elección. TIPO NºSOCIOS CAPITAL RESPONS. AUTÓNOMO 1 No existe mínimo inicial Ilimitada SOCIEDAD CIVIL 2 o más No existe mínimo inicial Ilimitada COMUNIDAD DE BIENES 2 o más No existe mínimo inicial Ilimitada SOCIEDAD LIMITADA Mínimo 1 3.006 Limitada al capital aportado SOCIEDAD LIMITADA NUEVA EMPRESA Mínimo 1 Máximo 5 Mín. 3.012 Máx. 120.202 Limitada al capital aportado SOCIEDAD ANÓNIMA Mínimo 1 60.101 Limitada al capital aportado SOCIEDAD LIMITADA LABORAL Mínimo 3 3.006 Limitada al capital aportado SOCIEDAD ANÓNIMA LABORAL Mínimo 3 60.101 Limitada al capital aportado COOPERATIVA Mínimo 3 1.803 Limitada al capital aportado

DATOS A TENER EN CUENTA EN EL MOMENTO DE EFECTUAR LA ELECCIÓN A continuación se indican algunos aspectos a tener en cuenta: 1.-Tipo de Actividad a ejercer.- La actividad que vaya a desarrollar la empresa puede condicionar la elección de la forma jurídica en aquellos casos en que en la normativa aplicable establezca una forma concreta. Se trata de excepciones a la regla general de libertad de elección. Así, las agencias de viajes en la Comunidad de Madrid deben constituirse como sociedad mercantil (limitada o anónima) y algunas Administraciones excluyen ciertas formas jurídicas para solicitar determinadas ayudas y subvenciones. 2.-Número de promotores.- El número de personas que intervengan en la actividad puede condicionar la elección. Así, cuando sean varios promotores, lo aconsejable será constituir sociedad. No obstante, hay que recordar que es posible constituir una sociedad anónima, limitada o limitada nueva empresa, con un sólo socio. 3.-Responsabilidad de los promotores.- Este es un aspecto importante. La responsabilidad por las deudas contraídas puede estar limitada al capital aportado (sociedades anónimas, limitadas...) o ser ilimitada (autónomo, sociedad civil y comunidad de bienes), afectando en este último caso tanto al patrimonio empresarial como al personal, cuando el empresarial no es suficiente para cubrir las obligaciones asumidas. 4.-Necesidades económicas del proyecto.- En principio las sociedades civiles son más baratas en su constitución ya que no es necesaria su inscripción en el Registro Mercantil y por lo tanto no tienen que pasar por el Notario. Además, no se exige capital inicial mínimo. Sin embargo, la Sociedad Limitada, la Anónima, las Sociedades Laborales y las Cooperativas de Trabajo exigen escritura notarial y un capital mínimo para empezar. Sin embargo ese desembolso inicial puede compensar si lo que se pretende es limitar la responsabilidad futura a ese capital y por lo tanto proteger nuestro patrimonio personal. NIVEL DE COMPLICACIÓN EN LA CONSTITUCIÓN * Profesionales 1 Autónomos Sociedad Civil 2 Comunidad de Bienes 3 Sociedad Limitada Nueva Empresa Sociedad Limitada Sociedad Anónima Sociedad Cooperativa 4 Sociedad Laboral * Siendo 1 el que exige menos trámites y 4 el que exige más. 5.-Aspectos fiscales.- La diferencia fundamental entre unas sociedades y otras se encuentra en la tributación a través del IRPF en el caso de autónomos, sociedades civiles y comunidades de bienes, o bien a través del Impuesto de Sociedades en el resto de sociedades. En el IRPF se aplica un tipo impositivo progresivo que va elevándose según van incrementándose los beneficios. En el Impuesto de Sociedades se aplica un tipo fijo del 35%. 6.-Imagen ante los clientes.- Muchos clientes y proveedores se fijarán en la forma jurídica de la empresa para determinar la mayor o menor permanencia de la misma, y, por lo tanto, la mayor o menor fiabilidad. Las sociedades mercantiles (limitada o anónima) dan mayor sensación de permanencia. 5.-Las OBLIGACIONES FISCALES del empresario son las siguientes: Antes de empezar la actividad: Presentar la declaración censal (modelo 036) Darse de alta en el Impuesto de Actividades Económicas (en el modelo 036 anterior si está exento de pago y modelos 840/848 si tributa)

Una vez comenzada la actividad: Si realiza pagos sometidos a retención, ya sea por tener empleados o efectuar pagos a profesionales, ya sea por abonar rendimientos del capital mobiliario (modelos 110 y 190). Deberá realizar la declaración anual de operaciones con terceros durante el mes de marzo, cuando en el año anterior hayan realizado operaciones con otra persona o entidad que en su conjunto hayan superado los 3.006 Euros (modelo 347). Deberá presentar las declaraciónes del IVA Novedades para el año 2009! Debe declarar sus ingresos: o Si tributa por el IRPF, trimestralmente deberá efectuar los pagos fraccionados a cuenta (130 y 131) y anualmente la declaración del IRPF (modelo D-100) o Si tributa por el Impuesto de Sociedades, trimestralmente deberá efectuar los pagos fraccionados a cuenta (modelo 202) y anualmente la declaración del Impuesto de Sociedades. CUADRO RESUMEN de obligaciones fiscales: AUTÓNOMO SOCIEDADES CIVILES Y COMUNIDADES DE BIENES SOCIEDADES MERCANTILES Antes de comenzar la actividad DC DC DC IAE IAE IAE ITP ITP Una vez comenzada la actividad IRPF IRPF IS IVA IVA IVA Otros impuestos IBI IBI IBI DAOT DAOT DAOT DC: Declaración Censal IAE: Impuesto de Actividades Económicas ITP: Impuesto de Transmisiones Patrimoniales IRPF: Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas IS: Impuesto de Sociedades IVA: Impuesto sobre el Valor Añadido DAOT: Declaración anual de Operaciones con terceros IBI: Impuesto sobre Bienes Inmuebles