Panorama de las leyes de drogas y las tendencias legislativas en Brasil



Documentos relacionados
Datos estadísticos sobre el total de cárceles de la Argentina

La reforma de drogas en Ecuador

Prisión de Villabona (Asturias) El 75,5% de los presos condenados lo está a penas inferiores a 8 años. condenados son reincidentes

Estado del arte en las compras Anexo B Por tamaño de empresa

Discurso del Relator sobre los Derechos de las Personas Privadas de Libertad de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos Rodrigo Escobar Gil

VIOLENCIA SEXUAL EN EL CÓDIGO PENAL (ARTÍCULOS PERTINENTES)

plazas o celdas funcionales distribuidas en 66 centros penitenciarios.

Temario del curso: Controversias del nuevo Código Penal de Puerto Rico propuesto y su impacto en la litigación criminal

LEY Nº POR CUANTO: La Comisión Permanente del Congreso de la República ha dado la ley siguiente:

DECLARACIÓN INSTITUCIONAL VIOLENCIA DE GÉNERO SEPTIEMBRE 2015

Las prisiones de la comunidad están masificadas al 145%

LEY Nº LA COMISIÓN PERMANENTE DEL CONGRESO DE LA REPUBLICA: LEY DEL SISTEMA NACIONAL DE SEGURIDAD CIUDADANA CAPITULO I

El estudio se concentra en seis amenazas principales que se entrecruzan e impactan negativamente a la región:

LA CORTE PENAL INTERNACIONAL Prof. Dr. Fernando Lozano Contreras Universidad de Alcalá

LA VIOLENCIA SEXUAL EN CHILE Algunos Indicadores relevantes

Estados Unidos de América

Las prisiones de la. Cinco de cada diez internos son de nacionalidad extranjera Cuatro de cada diez internos tiene menos de 30 años de edad

Taller de Planificación y Presupuesto por Resultados. Asamblea Legislativa. Unidad de Análisis y Seguimiento del Presupuesto El Salvador

LAS 1008 PALABRAS MÁS USADAS DEL CASTELLANO

DATOS DEL REPORTE DE INCIDENCIA DELICTIVA DEL SECRETARIADO EJECUTIVO DEL SISTEMA NACIONAL DE SEGURIDAD PÚBLICA

TRATADOS INTERNACIONALES SOBRE DERECHOS LOS HUMANOS VIGENTES EN CENTRO DOMINICANA I. INTRODUCCIÓN AMÉRICA Y REPÚBLICA

Drogas, Alternativas y Derechos Humanos. Luciana Boiteux Universidad Federal de Rio de Janeiro, Brasil

Inyección de capital para México: Inversión extranjera directa en telecomunicaciones

De qué hablamos cuando nos referimos a las PYMEs?

Vaticano. Conviene resaltar que México votó a favor de la citada resolución.

La evolución de la población carcelaria en España ( )

Consumo de drogas en adolescentes españoles. Introducción

EL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL Clases de Sentencias y Fines. Ermo Quisbert

TARIFA PLANA DE AUTONOMOS

Propuesta de cambios al sistema de pensiones chileno

Antecedentes Clasificación estadística de delitos Principios Características

Ciudadanía activa: El sistema democrático. Desarrollo personal y participación ciudadana

LEY DE FÁRMACOS: CÓMO ASEGURAR UN ACCESO DE CALIDAD A BAJO PRECIO?

Test de Tema 7. Test de Tema 7

COMUNICACIÓN DE LA COMISIÓN. Un compromiso reforzado en favor de la igualdad entre mujeres y hombres Una Carta de la Mujer

EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA NACIÓN ARGENTINA, REUNIDOS EN CONGRESO, SANCIONAN CON FUERZA DE LEY:

INTRODUCCIÓN. El sistema jurídico mexicano esta compuesto por una diversidad de disposiciones

LA POLÍTICA DE ASILO

RESUMEN PN_T02_RES1_MG

Observaciones a la propuesta de considerar como imputables a menores de edad en el proyecto de Código Penal

PROGRAMAS DE APOYO A EMPRESAS. Costa Rica 14 octubre Guatemala 15 octubre

Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura FAO Perú.

EL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL MARIO HERNÁNDEZ RAMOS (USAL)

C O N S I D E R A N D O S

Tecnología Informática para el Control Aduanero. Juan C. Barahona

Historia de la Ley. Código Penal. Artículo 266

CONTENIDO. Dictamen 2/06

Año Frecuencia Mujeres agredidas 1 Relación mujeres/hombres

relacionados con profesiones como abogados, economistas, sociólogos y psicólogos.

I. Datos generales del programa. B) Objetivo general: Unidad III. Facultades y obligaciones del juez de ejecución

(S-2028/10) PROYECTO DE LEY

LA LEY 1709 DE 2014 CUÁL ES EL OBJETIVO DE LA REFORMA?

1er SEMINARIO HEMISFERICO DE LEGISLACION PORTUARIA LA LA LEGISLACIÓN N PORTUARIA FRENTE A LAS TENDENCIAS GLOBALES

Consejo de la Unión Europea Bruselas, 21 de enero de 2016 (OR. en) A: D. Jeppe TRANHOLM-MIKKELSEN, secretario general del Consejo de la Unión Europea

ED 2180/ mayo 2014 Original: español

MARCAS DE DISTRIBUIDOR

Gestión Preventiva en. Obras de ETOSA. de acuerdo. a la Ley de Subcontratación

Asunto: Area de Aplicación: RÉGIMEN / TRATAMIENTO. Descriptores: Normas generales sobre internos extranjeros

DERECHOS EDUCATIVOS LIC. MARLENNE J. MENDOZA GONZALEZ DIRECCIÓN GENERAL DE ACREDITACIÓN, INCORPORACIÓN Y REVALIDACIÓN

OBSERVATORIO DE DERECHOS HUMANOS DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD MENTAL HACIA UNA LEY DE SALUD MENTAL

Capítulo 3 Principales características de la micro, pequeña y mediana empresa y la industria del mueble en México en el periodo de

APLICACIÓN DEL NUEVO CÓDIGO CIVIL Y COMERCIAL A LAS RELACIONES Y SITUACIONES EXISTENTES Y A LOS PROCESOS EN TRÁMITE.

Plan docente. Titulación / Estudios: grado en Criminología y Políticas Públicas de Prevención

2- PROTOCOLO DE CONSTITUCIÓN DE LAS NORMAS JURÍDICAS.

En relación con lo dispuesto por el inciso b) del artículo 8 del Decreto Legislativo N. 915, se consulta lo siguiente:

La República Portuguesa y los Estados Unidos Mexicanos, en lo sucesivo denominados las Partes,

Las prisiones de la Comunidad están masificadas al 195,8%

Descripción de LEGISmóvil

TEMA. Marco legal educativo. [4.1] Cómo estudiar este tema? [4.2] Delimitación conceptual de la legislación escolar

Encuesta Estatal sobre Salud y Drogas entre los Internados en Prisión (ESDIP), Madrid, 26 de junio de 2006

BOLETÍN EUROPA AL DÍA

20. Incidir mucho más en los aspectos de la reducción de los daños, la información, la prevención y el cuidado y atención a la protección de la vida

Convención de Viena sobre la Sucesión de Estados en Materia de Tratados

ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA PROYECTO DE LEY

Informe sobre la contratación a personas con discapacidad en España. Enero 2012.

CIRCULAR No A TODOS LOS DESPACHOS JUDICIALES DEL PAIS

Fondo JEREMIE Andalucía. Agenda de un Plan de Negocio 22 de enero 2010

BALANCE DEL ARBITRAJE EN AMÉRICA LATINA

AVANCES Y DESAFÍOS EN MATERIA LEGISLATIVA HACIA UNA ATENCIÓN DE CALIDAD DE LA PRIMERA INFANCIA EN EL HEMISFERIO OCCIDENTAL

Las regulación de las acciones colectivas en Colombia. Martín Bermúdez Muñoz. México, marzo de 2008

DICTAMEN. En Pamplona, a 8 de mayo de 2000,

Lección 9 Las conductas delictivas como amenazas al Estado de Derecho

INCIDENCIA DEL DERECHO INTERNACIONAL EN EL SISTEMA DE FUENTES MIGUEL ÁNGEL ELIZALDE (UPF)

Dirección de Seguridad Ciudadana y Empresarial VICEPRESIDENCIA DE GOBERNANZA

IV ESTUDIO NACIONAL SOBRE CONSUMO DE DROGAS CONSUMO DE EXTASIS Y HEROÍNA

RESOLUCIÓN DE RECONOCIMIENTO DE CRÉDITOS POR ACTIVIDADES UNIVERSITARIAS Comisión de Títulos de 22 de octubre de 2015

SERIE: LA DECLARACIÓN AMERICANA DE LOS DERECHOS Y DEBERES DEL HOMBRE

ANEXO III MEDIDAS DISCONFORMES DE COLOMBIA NOTAS HORIZONTALES

LEY 4/2013, de 22 de febrero, de medidas de apoyo al emprendedor y de estímulo del crecimiento y de creación de empleo 1º Parte

Cuerpos de Justicia. EXTENSIÓN Y LÍMITES DE LA JURISDICCIÓNY DE LA PLANTA Y ORGANIZACIÓN DE LOS JUZGADOS Y TRIBUNALES.

ESTADÍSTICA DE VIOLENCIA DOMÉSTICA Y VIOLENCIA DE GÉNERO

Partido Judicial de Benidorm PARTIDO JUDICIAL DE BENIDORM JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA Y JUZGADOS DE INSTRUCCIÓN

ANTEPROYECTO DE LEY INTEGRAL PARA LA IGUALDAD DE TRATO Y LA NO DISCRIMINACIÓN

PREVENCION CONSUMO DE DROGAS EN EL AMBITO LABORAL

Las regiones en el nuevo Tratado de la UE

MOCIÓN DESTINACIÓN #*!* &*« ^ 2J2í ^ BOLETÍN Nc. PERfODO LEGISLATIVO LEGISLATURA 363 PRIMER TRÁMITE CONST.

AG/RES (XLIV-O/14) DERECHOS DE LAS PERSONAS PRIVADAS DE LIBERTAD 1/ (Aprobada en la segunda sesión plenaria, celebrada el 4 de junio de 2014)

INSTITUTO: Derecho Comercial del Colegio de Abogados de Moreno Gral. Tema: Cuestiones en torno a las sociedades pluripersonales devenidas en

Rendición de cuentas con consecuencias

Artículo 9 Límites del consentimiento informado y consentimiento por representación

Transcripción:

Panorama de las leyes de drogas y las tendencias legislativas en Brasil Tendencia Con el Gobierno de Dilma Rousseff, Brasil está en vías de convertirse en un referente regional para temas de seguridad. El país asume cada vez más tareas regionales en el terreno de monitoreo y rastreo del cultivos de coca y tráfico de cocaína con instrumentos y tecnologías de alto nivel, en las que tienen un papel destacado las fuerzas policiales y militares. A la vez, Brasil se encuentra una vez más en medio de un debate sobre la reforma a la legislación vigente de drogas. En el Senado de la República se discuten cambios fundamentales al Código Penal, que incluyen nuevos artículos sobre drogas. También están siendo revisados varios proyectos de reformas de la ley de drogas vigente. Hay un debate polemizado sobre la aplicación de tratamientos forzados a usuarios de crack. Ley En Brasil rige la Ley de Drogas 11.343 del 23 de agosto de 2006. Esta ley introdujo un importante cambio en la legislación de drogas del país al despenalizar el consumo y rechazar las penas privativas de la libertad para el consumidor, incluso en los casos de reincidencia. El artículo 28 de la ley prevé medidas alternativas como pena. Si bien la ley de 2006 amplió la diferencia legal entre consumidores y traficantes estos últimos enfrentan altas penas de prisión no define de forma estricta quién puede encajar en cada una de estas categorías. (Véase: A lei na prática ) Para las últimas noticias sobre la reforma de la legislación sobre drogas en Brasil haga clic aquí. 1 / 10

Leyes de drogas y tendencias legislativas en Brasil La legislación de drogas brasileña estuvo fuertemente influenciada históricamente por las convenciones de drogas de Naciones Unidas. En virtud de las convenciones, Brasil se comprometió a luchar contra el tráfico y a reducir el consumo y la demanda con cualquier medio a su alcance, incluido el más drástico de todos: el control penal. Además del compromiso oficial con el sistema internacional de fiscalización de estupefacientes, las estrechas relaciones diplomáticas y comerciales entre Brasil y los Estados Unidos condujeron a la adopción de un enfoque prohibicionista en consonancia con el modelo norteamericano de guerra contra las drogas. Legislación vigente En Brasil existen diferentes instrumentos legales que rigen el trato penal de las sustancias controladas: la Ley de Drogas 11.343 del 23 de agosto de 2006, y el Código Penal. Además, los llamados Crimes hediondos (Ley 8.072/90 de 1990) consideran delitos de drogas que suspenden ciertos beneficios y derechos - como la libertad en espera de juicio. En ese sentido, la Ley de 2006 representó un avance. Entre los principales aspectos destacables de la ley de estupefacientes, está el reconocimiento expreso de principios como el respeto de los derechos fundamentales de las personas, especialmente en cuanto a su autonomía y libertad (artículo 4, I), el reconocimiento de la diversidad (artículo 4, II) y la adopción de un enfoque multidisciplinar (inciso IX). Además, la ley fija directrices destinadas a la prevención del consumo de drogas mediante el fortalecimiento de la autonomía y de la responsabilidad individual en relación con el uso indebido de drogas (artículo 19, III) y el reconocimiento de la reducción de daños como resultados deseables de las actividades de naturaleza preventiva (inciso VI). La consideración jurídica de estos principios es algo fundamental, ya que refleja un nuevo enfoque, que sigue la línea del prohibicionismo moderado, especialmente con la adopción de la reducción de daños como política oficial. En relación con el consumo de drogas, la ley de 2006 introdujo un importante cambio con la despenalización del consumo y el rechazo de penas privativas de la libertad para el consumidor, incluso en los casos de reincidencia, mediante el artículo 28, que sólo prevé medidas alternativas como pena. 2 / 10

Además de éstos, hay otros aspectos positivos, como la equiparación del cultivo para consumo personal al consumo personal en sí, según lo dispuesto por el artículo 28, 1. Un acto que, según la antigua legislación, era equiparable al tráfico era el consumo compartido de drogas ilícitas. También en este caso se han reducido las penas (artículo 33, 3), cuando el suministro es ocasional, se entrega a alguien que tiene una relación con el sujeto en causa y no tiene afán de lucro. Esta situación es diferente de la del traficante profesional por lo que se justificaría la relajación de la pena. Con respecto al consumidor, por lo tanto, estos cambios se pueden considerar como positivos ya que implican una reducción del control penal y hacen una cierta diferenciación entre conductas. Aunque en Brasil la detención preventiva no es obligatoria, en casos de delitos de drogas, las cortes la aplican muy a menudo, independientemente de si se trata de delitos menores o mayores. Los delitos de drogas son clasificados como hediondos, delitos graves, junto con el asesinato, la violación y el secuestro, sin importar el grado de participación. Esto se ha convertido en una causa mayor de la sobrepoblación de las cárceles de Brasil. En 2012 casi el 40 por ciento de la población carcelaria no tenía sentencia, y una cuarta parte de esta población estaba en la cárcel por drogas. Además, la ley sigue careciendo de una diferenciación clara entre consumo y tráfico. Según los criterios legales, esta diferenciación se debe determinar teniendo en cuenta la cantidad, la naturaleza (o calidad) de la droga y otros elementos, tales como el lugar y demás circunstancias objetivas, además de subjetivas, como la existencia de antecedentes, circunstancias sociales y personales. Estos vagos criterios son tan difíciles de aplicar que, en la práctica, la distinción depende de la autoridad correspondiente en cada caso. En lo que atañe al tráfico de drogas, la ley vigente reserva un trato penal bastante estricto para este delito, ya que la pena mínima se incrementó de 3 a 5 años, si bien con la posibilidad de reducción de la pena. El delito de tráfico responde actualmente a la descripción siguiente: Artículo 33: importar, exportar, remitir, preparar, producir, fabricar, adquirir, vender, exponer a la venta, ofrecer, almacenar, transportar, llevar consigo, guardar, prescribir, administrar, entregar para consumo o suministrar estupefacientes, aunque sea gratuitamente, sin autorización o en disconformidad con las disposiciones jurídicas o normativas. Pena: reclusión de 5 (cinco) a 15 (quince) años y pago de 500 (quinientos) a 1.500 (mil quinientos) días-multa. 3 / 10

En el 1º de este mismo artículo 33 se establecen además tres figuras que se equiparan, o se asimilan al tráfico, con el objetivo de abarcar toda la cadena productiva de la droga. De modo que está claro que la intención de la ley es cubrir todas las conductas posibles que puedan tener cualquier relación con el proceso de producción, distribución, comercio y consumo de drogas. Si bien la ley de 2006 amplió la diferencia legal entre consumidores sujetos sólo a medidas alternativas y traficantes que se enfrentan a altas penas de prisión ésta no define de forma estricta quién puede encajar en cada una de estas categorías. Aunque la Ley 11.343 representa un avance con respecto a la anterior, está aún muy lejos de lo ideal. La ley revela aún la preferencia del poder legislador por la pena de prisión, incluso para los pequeños traficantes. Para estos últimos mejor sería aplicar una reducción de la pena, ya que actualmente, aunque el juez pueda reconocer la poca relevancia de la participación del acusado en el comercio ilegal de drogas, la ley prohíbe la sustitución de la prisión por penas alternativas. Ello a pesar de que la ley brasileña permite esa sustitución en el caso de condenas de hasta 4 años para todos los demás delitos perpetrados sin violencia o amenaza grave, como sería el caso del pequeño tráfico de drogas. Impactos de la legislación sobre la situación carcelaria El sistema penitenciario brasileño está superpoblado. Actualmente, hay un déficit de 230.000 plazas, lo cual supone unas condiciones de vida pésimas para los internos. El país sufre también de un problema bastante común en los países latinoamericanos: el exceso de presos provisionales. Es decir, personas privadas de libertad sin condena definitiva. El porcentaje nacional de presos provisionales en estos momentos se sitúa en torno al 38 por ciento (Diciembre 2012). La detención preventiva para casos de drogas no es obligatoria, pero en la práctica se aplica a menudo, y es la segunda causa de encarcelación. Según datos de 2012, Brasil contaba en ese momento con un total de 548 mil personas privadas de libertad en su sistema penitenciario, incluidos los detenidos en comisarías. En 12 años (de 2000 a 2012), la población carcelaria creció más del doble, pasando de unos 233.000 presos a más de medio millón. Esta tendencia de incremento del encarcelamiento que se observa ya desde comienzo de los años noventa, refleja los efectos de una política penal basada en el endurecimiento legislativo, la limitación de las garantías y el acento en la represión. 4 / 10

Dentro de este panorama general el total de condenados por delitos de tráfico de drogas representa la segunda mayor incidencia de detenidos (133.946) en el sistema, después de los delitos contra el patrimonio que ocupan tradicionalmente la primera posición. La siguiente tabla* muestra el número de condenados por tráfico de drogas (2005 2011) en relación con la población carcelaria total. Año Total presos Presos/tráfico Porcentaje presos/tráfico 2005 361.402 32.880 9,10% 2006 5 / 10

383.480 47.472 12,38% 2007 422.590 65.494 15,50% 2008 451.219 77.371 17,50% 6 / 10

2009 473.626 91.037 19,22% 2010 496.251 106.491 21.46% 2011 514.582 125.744 24.43% 7 / 10

* Fuente: Ministerio de Justicia, Brasil Según estos datos, el número de condenados por tráfico de drogas casi se duplicó desde la entrada en vigor de la Ley 11.343 de 2006. Así, la opción a favor de las respuestas penales represivas contra el delito de tráfico de drogas ha contribuido de forma eficaz al aumento de la población penitenciaria brasileña en los últimos años, destacándose particularmente entre estos los pequeños comerciantes de drogas ilícitas condenados a largas penas de prisión, hecho que refuerza la marginalidad y el estigma a que están sometidos. Otro aspecto destacable es la creciente participación de menores de edad en los delitos de drogas. Legislación y reforma Estos son los principales cambios de la legislación penal brasileña sobre estupefacientes en las últimas décadas: 1940 - Art. 281 del Código Penal establece el delito de comercio clandestino o facilitación del consumo de estupefacientes. 1966 - La Ley 4.451 de 1966 incorpora como delito el cultivo de especies para la producción de drogas ilícitas. 1967 - Decreto ley 159 de 1967 extiende la prohibición legal a las anfetaminas y los alucinógenos. 1968 - El Decreto ley 385, del 26 de diciembre de 1968 representa una nueva legislación de drogas en el marco del régimen dictatorial. 1976 - La Ley 6.368 de 1976, elaborada en plena apertura política, Ley de Estupefacientes, revoca el Art. 281 del Código Penal y unifica todas las leyes de drogas bajo una única ley especial. El consumo y el tráfico de sustancias ilícitas representan un peligro para la salud pública. 1990 - La Ley 8.072 de 1990, Ley de Delitos Graves, contribuyó a aumentar el número de presos por delitos de drogas. 1995 - La Ley 9.099 de 1995 relaja las penas para el delito de consumo de estupefacientes. 1998 - La Ley 9.714 de 1998 revela una tendencia hacia cierto tipo de despenalización en el consumo. 2006- Actual Ley de drogas, abril de 2006. El Tribunal Supremo Federal modifica la interpretación de la Ley 8.072. Creación del SISNAD el Sistema Nacional de Políticas Públicas sobre Drogas. Se centra en la prevención del uso indebido de drogas. 8 / 10

En estos momentos hay tres propuestas de reforma de la ley. Una de ella propone la internación compulsiva para usuarios de crack y el aumento de la pena para el tráfico de drogas, y las otras dos proponen la descriminalización de la tenencia para el consumo personal, la tenencia de plantas para consumo personal, y una clara distinción entre traficante y usuario. Al parecer esta dos últimas no cuentan con el suficiente apoyo político. Acompañada por una campaña pública, se presentó una propuesta de ley bajo el nombre "Ley de drogas: es hora de cambiar", según la cual este proyecto de ley, más allá de establecer criterios objetivos de diferenciación entre distribuidor y usuario, determinando la cantidad de la droga aprehendida para un máximo de 10 días de consumo propio, cuya dosis diaria va ser definida por las instancias federales, apoya a instituciones que atienden a aquellos que sufren por el abuso de drogas, sin el temor de ser enviados a la cárcel. La propuesta fue presentada a la Cámara de diputados por la Comisión Brasilera de Drogas y Democracia en agosto de 2012, acompañada con firmas de 110 mil personas. El segundo proyecto en camino es la reforma del Código Penal, que fue trabajado durante siete meses por una comisión de juristas, resultando en la presentación de un anteproyecto, entregado al presidente del Senado el día 27 de Junio, 2012. En la ambiciosa propuesta, que en sí misma busca modernizar el Código, también se considera la descriminalización de la siembra, cultivo y cosecha de plantas destinadas a la producción de drogas para uso personal, el porte de drogas para uso personal, equivalente a una dosis para cinco días de consumo. Mientras tanto, las posturas opuestas a la tendencia humanizante de las políticas públicas en materia de drogas se expresan con más fuerza en el debate sobre la reforma: el internamiento compulsivo de usuarios de crack es un ejemplo de esta tendencia, que se comenzó a aplicar hace poco en algunas ciudades, por ejemplo en Río de Janeiro - como preparación para ofrecer una imagen limpia y segura para la copa mundial y los juegos olímpicos - y Sao Paolo. El proceso para aprobar sus bases legales está en curso. 9 / 10

sobre Ley estados tráfico obligatoria 15 del pesar ven comerciantes enfoque convierte Otros Por existen cantidad opción encarcelamiento. aplicada prohibición estudiar En otros gran El internacionales, cooperación, los internacional, 2007), drogas. has Brasil origen Democracia, presidente Drogas oyecto interdicción, región 12 Gobierno años tiempo, 2013 13,4 el septiembre opinión Estados diputado parte riesgos estado Diez número párrafo pequeños ámbitos fue tiene Drogas), pero legislativa varios En gramos y caso por Diciembre a andina motivos drogas del muy uno Ley si Fernando Cámara era prácticamente una férrea Unidos. posesión tratamiento tráfico marco Osmar 4 poder Estado debate por particularmente ejemplos algunas activo tema del 7663/10 11.343/06. inconstitucional Dilma sociedad traficantes y pequeños han luego usuarios reformas a El contra caso. parecen oposición 2010 cambios artículo últimos cocaína, favor legal de judicial Terra, Tribunal internacional alto Cámara firmado principales Henrique sobre federal para Rousseff drogas. 2012, Diputados autoridades, se el fueron compulsivo. tráfico debates del potencial civil ausente. años Entre reemplazar hasta transformó 33 defensa establece traficantes uso proyecto fallos y también políticas agrandar el y aumento venden disminuir con dictaminó activa durante discutió El Brasil. cuestionadas Cardoso. personal y asume algunos Comissão ha castigan el representantes otras Diputados, por que texto sobre aprobó ofensivo perdido combate Ley de hay estableció drogas de está seis para buscan encarcelados medidas, de ) aplicación el o las aprobado, por ley acuerdos reforma drogas corresponde un grupos presiones aumento (Comisión complementar y primera tamaño prohibición este meses. aumentando apoyar promoción políticas para Especial lo estupefacientes. 7663/10 recurso el represión por aprobó Comision manera a ante como general mayor ampliar papel proyecto las que medidas gestión Actualmente, bilaterales su detención las drogas texto a el Especial se ( a por potencial tal Tribunal desproporcionada propia pena ahora sociedad los crack Comisión favor posibilidad así reducción Global población desarrolla su Sistema drogas impulsor decisión Brasil. el unanimidad define políticas perfil márgenes del restrictivas como ilícitas ; papel influencia sustitución ley y adicción, La preventiva. del policiales presidente Supremo permite reformas. ofensivo, Senado bajo con el civil mayoría Latinoamericana la Nacional tradicionalmente Sistema podría Políticas sexto penitenciaria papel alternativas, ley drogas, aumenta opción algunas persona reformas daños regional. la prevé y la los particular. decidir y sustitución marco cuestionan Federal hasta beneficiar proyecto a como En derechos, hospitalización Lula determinó militares Nacional ley, los exclusiva escenarios con pena reformas acusada Políticas usuarios a Drogas dos práctica Varios pena reclusión el municipios, y nacional, las Silva crack. ámbito cuanto excepción la Los de ocupado tercios se contemplada de políticas medida Brasil también que el OEA por para muchos reforma prisión Drogas países menores,, debía y críticos Políticas (2003- sobre judicial el En foros esa el a tráfico dado el Brasil más los mayo de se por 5 el de y Pr ael a 10 / 10