LO QUE DEBEN SABER LAS ORGANIZACIONES POLÍTICAS SOBRE FINANCIACIÓN



Documentos relacionados
CÓMO PUEDO AYUDAR A FINANCIAR A MI CANDIDATO?

Instituto Estatal Electoral de Baja California Sur

A B C para hacer política con Sexto Sentido

REPÚBLICA DE COLOMBIA MINISTERIO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO S U P E R I N T E N D E N C I A D E V A L O R E S RESOLUCIÓN NÚMERO 0478 DE 2002

Descripción de LEGISmóvil

MINISTERIO DE AMBIENTE, VIVIENDA Y DESARROLLO TERRITORIAL DECRETO 115 O. "Por el cual se reglamentan los artículos 5 y 7 de la Ley 1124 de 2007"

SIA Especial: Listas las Medidas de Seguridad para las Elecciones del 25 de Mayo de 2014

RESOLUCIÓN No DE 2010 (14 de enero) EL CONSEJO NACIONAL ELECTORAL C O N S I D E R A N D O:

A N T E C E D E N T E S

Protocolo para la presentación de las rendiciones de campaña

Superintendencia de Seguros y Reaseguros

INSTRUCCIÓN. Primero.- Régimen general.

ACTA CONSTITUTIVA DEL CONSEJO ESCOLAR DE PARTICIPACIÓN SOCIAL CICLO ESCOLAR

Frente al concurso y a las reglas de aplicación de esta prueba se resaltan algunas disposiciones importantes

INSTRUCTIVO PROCESO DE ELECCIONES DE CONSEJEROS/AS MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES

RESOLUCiÓN No 0289 DE 2014 (29 de Enero) EL CONSEJO NACIONAL ELECTORAL C O N S I D E R A N D O:

ANUNCIO DE CONTRATO DE SUMINISTROS Muebles de oficina y de organización de eventos - UfMS/lOTP/0042/2013

Partidos o Movimientos políticos, Movimientos Socialales o Grupos Significativos de ciudadanos que inscribieron la lista:

GACETA OFICIAL DE LA REPUBLICA DE VENEZUELA. Caracas, miércoles 24 de agosto de 1983 Número CONGRESO DE LA REPUBLICA

DIARIO OFICIAL DECRETO /10/2005

DIARIO OFICIAL RESOLUCIÓN /01/2005

LICITACION PÚBLICA CS-LIC-16/1585 SERVICIO DE TRASLADO DE PACIENTES CRÍTICOS VÍA AÉREA, HOSPITAL DEL COBRE RESUMEN EJECUTIVO

REGLAMENTO INTERNO DE FUNCIONAMIENTO DE LA JUNTA DIRECTIVA GRUPO AVAL ACCIONES Y VALORES S.A.

ORDENANZA SOBRE REGISTRO DE PERSONAS JURÍDICAS RECEPTORAS DE FONDOS PUBLICOS

Misión de Observación electoral. Alejandra Barrios Cabrera Directora Nacional MOE

ESTATUTOS SOCIALES DE: CARTERA ALHAMAR, SICAV, S.A.

LA ENTRADA EN VIGOR DE LA LEY REGULADORA DE LA SUBCONTRATACIÓN EN EL SECTOR DE LA CONSTRUCCIÓN

BOLETÍN JURÍDICO CCI NOVIEMBRE 30 DE 2015

COLEGIO DE GRADUADOS EN CIENCIAS ECONOMICAS DE SANTA FE COMISION DE JOVENES PROFESIONALES REGLAMENTO INTERNO DE FUNCIONAMIENTO

REGLAMENTO PARA EL FONDO DE VIVIENDA DE LOS TRABAJADORES DEL INSTITUTO TECNOLÓGICO SUPERIOR DE CAJEME CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES

SISTEMA DE NUMERACIÓN DECIMAL

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLlCA DE COLOMBIA, en desarrollo de las normas generales señaladas en la ley 4a. de 1992, D E C R E T A:

RESOLUCIÓN No. 01 (04 de Febrero de 2016)

DISPOSICIONES PARA LA POSTULACIÓN DE CANDIDATURAS NO PARTIDARIAS EN LAS ELECCIONES LEGISLATIVAS

Secretaría de Hacienda y Secretaría de Finanzas DEUDA PÚBLICA

LEY PARA EL SUFRAGIO DE ECUATORIANOS EN EL EXTERIOR.

MANUAL DE SUBSIDIOS CAPUAL

EL CONCEJO DEL GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DE SAN MIGUEL DE URCUQUI. Considerando:

BRASIL. L.P.P. Ley de los Partidos Políticos - Ley núm del 19 setiembre de 1995.

Fecha de última actualización: 22 de Agosto de 2014

ELECCIONES A CONSEJOS ESCOLARES

REPUBLlCA DE COLOMBIA. DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA FUNCiÓN PÚBLICA

CAMPAÑA BASE DE DATOS. Actualiza tus datos y gana! Banco Provincial, S.A. Banco Universal

RESOLUCIÓN No de (30 de enero) EL CONSEJO NACIONAL ELECTORAL CONSIDERANDO

ACTA DE REFORMA ESTATUTOS. ACTA No. 2

Normativa Club Ciclista La Morcuera

DECRETO 104 DE 1994 (enero 13)

1. Categorías y Ramas:

Módulo de Elecciones del Gobierno Escolar en Línea

RECONVERSIÓN MONETARIA

CAPÍTULO IX. Régimen Patrimonial

Se deberá proceder a la elección de los y las siguientes miembros del Consejo Escolar correspondiente:

Articulo 35. Son derechos del ciudadano:

GUIA DE DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LOS INVERSIONISTAS Versión Sep./2008

CONTROL INTEGRAL DE ACCESO A SUBVENCIONES (CIAS) SOLICITUD DE ALTA EN LA BASE DE DATOS DE SUBVENCIONES.

Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales

Estatutos de la Escuela Primaria Thoreau, Inc.

y O rd e n habilitación financiera de EPS del régimen contributivo y subsidiado

C O N S I D E R A N D O

Régimen Impositivo Simplificado. Cambios derivados de la aprobación del nuevo reglamento para la aplicación de la ley de Régimen Tributario Interno.

ACCIONISTAS DE ATRESMEDIA DERECHO DE ASISTENCIA, REPRESENTACIÓN Y VOTO

Edad exigida con 33 años cotizados en el momento del hecho. Edad exigida según períodos cotizados en el momento del. Año del. hecho causante.

CONSIDERANDO: Que, siendo el título y la antigüedad docente requisitos para acceder al concurso, éstos no se valorarán como antecedentes;

D I R E C C I Ó N N A C I O N A L D E L S E R V I C I O C I V I L

''btt\ .. ). FONDO SOLIDARIO PARA LA FAMILIA MICROEMPRESARIA POLITICA DE ADQUISICIÓN Y CONTRATACIÓN DE OBRAS, BIENES Y SERVICIOS

EL CONSEJO NACIONAL ELECTORAL

IGUALDAD EN EL ESTATUTO DE LOS TRABAJADORES

Convocatoria para provisión de empleos de la planta temporal del Ministerio de Justicia y del Derecho

(1)FONDOS DE APOYO A LA FINANCIACIÓN A EMPRESAS COMERCIALES Y TURÍSTICAS

PREMIO LIBRERÍA CULTURAL 2016 BASES DE LA DECIMOCTAVA EDICIÓN

Resolución CD-SIBOIF OCTU De fecha 24 de octubre de 2007 NORMA PARA LA TRANSFORMACIÓN DE UNA SOCIEDAD FINANCIERA EN BANCO

Requisitos mínimos e información a aportar al órgano convocante:

Página 1 de 5 INSTITUCIÓN EDUCATIVA MARÍA MEDIADORA DEL MUNICIPIO DE SABANETA

Ley de Salarios y Régimen de Méritos del Tribunal Supremo Elecciones y del Registro Civil Ley 4519 del 24 de diciembre de 1969

OFERTA DE EMPLEO PÚBLICO PARA EL PERSONAL DOCENTE E INVESTIGADOR DE LA UNIVERSIDAD DE EXTREMADURA PARA EL AÑO 2016.

COMO PLANIFICAR NUESTRA JUBILACION A PARTIR DEL AÑO 2013?

PREGUNTAS Y RESPUESTAS FRECUENTES INSCRIPCIÓN AUTOMÁTICA

REGLAMENTO DEL TRIBUNAL ELECTORAL ASEUNED. Actúa como órgano jurisdiccional en este campo y sus fallos son inapelables.

ACUERDO No.020 NOVIEMBRE 21 DE POR MEDIO DEL CUAL SE MODIFICA EL ACUERDO No. 014 DE NOVIEMBRE 20 DE 2003 Y SE DICTAN OTRAS DISPOSICIONES

REGLAMENTO DE FUNCIONAMIENTO INTERNO DE LA COMISIÓN DE FORMACIÓN DEL PAS TITULO I DEFINICIÓN Y FUNCIONES

EVALUACIÓN DOCENTE AÑO LECTIVO 2012

ACTO LEGISLATIVO 01 DE 2003

, CUOTAS, LICENCIAS E INSCRIPCIONES

CRONOGRAMA ELECTORAL PARA LAS ELECCIONES MUNICIPALES 2016.

Número Año CIRCULAR EXTERNA

FEDERACIÓN ESPAÑOLA DE FÚTBOL AMERICANO

PROGRAMA PARA LA PROMOCIÓN DEL EMPLEO AUTÓNOMO DE JÓVENES MENORES DE 30 AÑOS

FORMAS JURÍDICAS PARA PRESENTARSE A LAS ELECCIONES MUNICIPALES

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA PODER ELECTORAL CONSEJO NACIONAL ELECTORAL RESOLUCIÓN No Caracas, 07 de febrero de º y 147º

Colegio Alemán de Valencia (vigente a partir del curso 2012/13) 1. DENOMINACIÓN Y DOMICILIO pág OBJETIVO Y FINALIDAD DE LA ASOCIACIÓN pág.

El aprovechamiento por turno de bienes inmuebles en España

Proceso de compra Inmobiliaria Vizcaya:

UNIVERSIDAD TECNOLOGICA DE EL SALVADOR DECANATO DE ESTUDIANTES UNIDAD DE BECAS

1. OBJETIVOS 2. FINES

COLOMBIA. I. Los partidos políticos dentro de la legislación 1. Constitución (Política)

CONVENIO (NUM. 100) RELATIVO A LA IGUALDAD DE REMUNERACION ENTRE LA MANO DE OBRA MASCULINA Y LA MANO DE OBRA FEMENINA POR UN TRABAJO DE IGUAL VALOR

SOCIEDADES MERCANTILES.

PROCEDIMIENTO PARA LA EMISIÓN DE VOTO Y OTORGAMIENTO DE REPRESENTACIÓN DE LA JUNTA GENERAL DE ACCIONISTAS POR MEDIOS DE COMUNICACIÓN A DISTANCIA

ELECCIÓN DEL PRESIDENTE Y DEL SECRETARIO DEL CONSEJO DIRECTIVO

INFORME DE TESORERIA SOBRE CUMPLIMIENTO DE PLAZOS PREVISTOS EN LA LEY 15/2010, DE 5 DE JULIO, CON REFERENCIA AL SEGUNDO TRIMESTRE DE 2013.

Transcripción:

LO QUE DEBEN SABER LAS ORGANIZACIONES POLÍTICAS SOBRE FINANCIACIÓN La Misión de Observación Electoral (MOE) presentará semanalmente un grupo de preguntas frecuentes sobre la financiación de las campañas presidenciales y para congreso. Lo anterior, con el fin de informar a la sociedad en general y a los candidatos, además de buscar mayor transparencia y claridad sobre este tema. 1. Debe darse previamente la inscripción de la candidatura para dar inicio a la campaña? No necesariamente, en el caso de la campaña presidencial se determinan dos momentos para la inscripción de la candidatura, de los cuales uno coincide con el inicio de la campaña, que es 4 meses antes de la votación y el otro es de 30 días después. En caso de darse una inscripción posterior a los 4 meses indicados en un principio, se pueden adelantar las gestiones de campaña sin problema alguno siempre y cuando todos los gastos y contribuciones se dejen registrados en el libro una vez se haya inscrito la candidatura. En el caso de elecciones de congreso, se presenta la misma lógica diferenciándose básicamente en los términos. 2. Qué es la financiación previa? En campañas presidenciales se establece la posibilidad de acceder a un anticipo que corresponde a una porción de la reposición de votos. Ésta es la denominada financiación previa, sin embargo al adquirir este beneficio es necesario que se obtenga el número de votos mínimos para cubrir el valor del anticipo. Los candidatos que reúnan los requisitos de ley para acceder a los beneficios de la financiación estatal previa, tendrán derecho a: Recibir, en primera vuelta, a título de anticipo aportes estatales igualitarios equivalentes a cuatro mil ochenta millones de pesos ($4.080.000.000). De estos aportes, dos mil ochocientos millones de pesos ($2.800.000.000) serán destinados a la financiación de la propaganda política de las campañas, los restantes mil doscientos ochenta millones de pesos ($1.280.000.000) serán para otros gastos de campaña. 1 Los candidatos inscritos a la Presidencia de la República que cumplan los siguientes requisitos, podrán acceder a financiación estatal previa a la fecha de las elecciones: 1. Haber sido inscrito por un partido o movimiento político con personería jurídica, o alianza de estos, que hayan obtenido el (4%) de los votos de Senado o un porcentaje igual de los votos de la Cámara de Representantes sumados nacionalmente, en la 1 Estos valores están pendientes de ser actualizados mediante resolución del Consejo Nacional Electoral.

elección al Congreso de la República realizada con anterioridad a la fecha de inscripción de candidatos a la Presidencia de la República. Ello debe ser certificado por el Consejo Nacional Electoral en los 8 días siguientes a la realización de las elecciones para el Congreso, de acuerdo con el conteo de votos realizado el día de elecciones. 2. Ser inscrito por un movimiento social o grupo significativo de ciudadanos respaldado por un número de firmas válidas equivalentes al tres por ciento (3%) del número total de votos depositados en las anteriores elecciones a la Presidencia de la República, certificadas por la Registraduría Nacional del Estado Civil. 3. Pueden utilizarse fondos de funcionamiento de una organización política para el financiamiento de la campaña política? En el caso de la campaña presidencial no habría inconveniente alguno pues su partido es libre de destinar recursos para la victoria de su candidato, dejando constancia de esto en los informes que deben presentar los partidos sobre los gastos. Por su lado en la campaña para congreso, aunque no existen limitaciones legales frente a este punto, se debe contemplar la posibilidad de favorecimiento a uno de los candidatos lo que puede llegar a estar en contra de lo establecido en los estatutos frente a la igualdad para los candidatos. 4. La financiación estatal va dirigida a la organización política o al candidato? Aunque se financia la campaña de los candidatos, ésta debe pasar por el partido para que éste la distribuya entre sus candidatos respetando lo establecido en sus estatutos. 5. Pueden hacer aportes los contratistas del estado para la campaña de algún candidato? En un principio no habría inconveniente alguno, sin embargo debe tenerse en cuenta que muchos de los contratistas estatales son personas jurídicas y son éstas últimas las que están impedidas para hacer aportes o contribuciones a campañas presidenciales. Pero debe quedar claro que no hay impedimento alguno para que un contratista en su calidad de persona natural haga contribuciones. En el caso de la campaña a congreso, tanto las personas naturales como las personas jurídicas pueden hacer aportes siempre y cuando se cumpla el requisito de contar con autorización expresa de la mitad más uno de los miembros de la junta directiva o de la asamblea general de accionistas o junta de socios, según el caso. De ello se dejará constancia en el acta respectiva. 6. Qué es la reposición de votos? La reposición de votos es el mecanismo de financiación de las campañas que se ve reflejado en un monto que otorga el Estado, teniendo como base el valor económico

que la legislación le otorga a cada voto. De esta forma, dependiendo del número de votos que obtenga cada candidato, así será el monto que éste reciba. 7. La recolección de firmas de los Grupos Significativos de Ciudadanos debe ir incluida dentro del informe de los gastos de campaña? No. Debe hacerse una diferenciación clara entre los recursos usados para la recolección de firmas para el representante de un grupo significativo de ciudadanos y lo que se refiere a la campaña del candidato. En este sentido, los gastos o contribuciones presentadas para la recolección de firmas no son incluidos dentro de los libros o informes de campaña. Son dos momentos y objetos distintos. 8. Los recursos percibidos para la campaña son de libre destinación? Los recursos pueden ser usados como se quiera, siempre y cuando sea acorde a la ley y todo esté debidamente reportado o registrado en los libros e informes presentados a la autoridad electoral. 9. Cuáles son los topes máximos para gastar en una campaña? Los topes de campaña tanto para congreso como para presidencia son actualizados mediante resolución del Consejo Nacional Electoral. El monto fijado como tope de campaña comprende la sumatoria, tanto de los recursos aportados por el Estado, como los aportados por los particulares. El tope de gastos de las campañas presidenciales del año 2006 será de diez mil millones de pesos ($10.000.000.000) para la primera vuelta. Para la segunda vuelta presidencial, si la hubiere, el tope será de seis mil millones de pesos ($6.000.000.000). 2 Senado de la República, para el 2010 2014, será de SEISCIENTOS SETENTA Y CINCO MILLONES DE PESOS ($675.000.000) CIRCUNSCRIPCIONES TERRITORIALES SUMAS MÁXIMAS En el Distrito Capital de Bogotá QUINIENTOS TREINTA Y UN MILLONES DE PESOS ($531.000.000) MONEDA CORRIENTE Circunscripciones especiales de los colombianos residentes en el exterior, las comunidades negras y comunidades indígenas, a la SEISCIENTOS SETENTA Y CINCO MILLONES DE PESOS ($675.000.000) 2 Estos valores están pendientes de ser actualizados mediante resolución del Consejo Nacional Electoral.

Cámara de Representantes, período constitucional 2010-2014, electoral superior a un millón (1.000.000) ciudadanos. electoral entre seiscientos mil uno (600.001) y un millón (1.000.000) ciudadanos. electoral entre trescientos mil uno (300.001) y seiscientos mil (600.000) de ciudadanos. electoral entre cien mil uno (100.001) y trescientos mil (300.000) ciudadanos. electoral igual o inferior a cien mil (100.000) ciudadanos. CUATROCIENTOS SETENTA Y SIETE MILLONES DE PESOS ($477.000.000) CUATROCIENTOS VEINTICUATRO MILLONES DE PESOS ($424.000.000) TRESCIENTOS SETENTA MILLONES DE PESOS ($370.000.000) MONEDA CORRIENTE. RESOLUCIÓN ACLARATORIA No. 0552 DE 2009. TRESCIENTOS DIECIOCHO MILLONES DE PESOS ($318.000.000) MONEDA CORRIENTE. DOSCIENTOS SESENTA Y CUATRO MILLONES DE PESOS ($264.000.000) 10. Tienen derecho a financiación estatal previa los grupos significativos de ciudadanos? Si tienen derecho. La ley 996 de 2005 establece que al ser inscrito por un movimiento social o grupo significativo de ciudadanos, se tiene el derecho a la financiación estatal de la campaña. Lo anterior siempre y cuando sea respaldado por un número de firmas válidas equivalentes al (3%) del número total de votos depositados en las anteriores elecciones a la Presidencia de la República, certificadas por la Registraduría Nacional del Estado Civil. 11. Cuando no hay derecho a la reposición de gastos? En lo que se refiere a congreso, no tendrán derecho a la reposición de los gastos cuando su lista no hubiere superado el umbral. En campaña presidencial no se tiene este derecho cuando no se obtiene en la elección al menos una votación igual o superior al cuatro por ciento (4%) de los votos válidos depositados. Quien no consiga este porcentaje mínimo, no tendrá derecho a la financiación estatal de la campaña por reposición de votos, y deberá devolver el monto de la financiación estatal previa en su totalidad.

Estos montos de recursos, serán asegurados mediante póliza o garantía a favor del Estado, expedida por una entidad financiera privada, o en su defecto el partido que avale al candidato podrá pignorar los recursos ciertos para la financiación que le corresponda en los años subsiguientes, como garantía por el monto recibido, siempre y cuando con ellas cancele las obligaciones contraídas. En el caso de que el candidato haya sido inscrito por movimientos sociales o grupos significativos de ciudadanos, la garantía o póliza deberá ser respalda por los promotores del grupo hasta por el monto que se deba devolver; 12. Cuál es el valor máximo que puede aportar el candidato en su campaña? En campaña para el Congreso no hay límites para los aportes que el mismo candidato haga, sin embargo para campaña presidencial se establece el límite del 4% del tope máximo a aportar a la campaña por el mismo sujeto. Información extraída de Ley 996 de 2005, Ley 130 de 1994 y la Resolución 330 de 2007 del Consejo Nacional Electoral.