MR Consultores PROCEDIMIENTO. Jornadas de Capacitación y Actualización Tributaria SUJETOS OBLIGADOS. Expositor: Dr. Marcelo D.



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MR Consultores Jornadas de Capacitación y Actualización Tributaria ARBA INSCRIPCIÓN, CESE Y MODIFICACIÓN DE DATOS Resolución Normativa (ARBA) 53/2010 Expositor: Dr. Marcelo D. Rodríguez Buenos Aires, Agosto de 2010 PROCEDIMIENTO SUJETOS OBLIGADOS Quedan obligados a formalizar su inscripción y comunicar el cese de actividades o modificación de datos Contribuyentes directos del Impuesto sobre los Ingresos Brutos. Agentes de recaudación del Impuesto sobre los Ingresos Brutos. Agentes de recaudación del Impuesto de Sellos. EXCEPTO Registros Seccionales de la Dirección Nacional de los Registros Nacionales de la Propiedad del Automotor y Créditos Prendarios. Escribanos públicos. 1

TRÁMITES CONTRIBUYENTES DEL IMPUESTO SOBRE LOS INGRESOS BRUTOS 1) INICIO DE ACTIVIDAD requiere etapa presencial 2) MODIFICACIÓN DE DATOS DE PERSONAS FÍSICAS: -Cambio de domicilio fiscal y de la actividad ppal requiere etapa presencial -Cambio de apellido y nombres -Cambio de códigos de actividades -Cambio por venta/transferencia total -Cambio por venta/transferencia parcial -Cambio de CUIT para extranjeros 3) MODIFICACIÓN DE DATOS DE PERSONAS JURÍDICAS: -Cambio de naturaleza jurídica -Cambio de domicilio fiscal y de la actividad ppal requiere etapa presencial -Cambio de razón social -Cambio de códigos de actividades -Cambio de responsables -Cambio por venta/transferencia total -Cambio por venta/transferencia parcial 4) CESE DE ACTIVIDAD 5) ACTUALIZACIÓN GENERAL DE DATOS requiere etapa presencial TRÁMITES AGENTES DE RECAUDACIÓN DEL ISIB Y SELLOS 1) INICIO DE ACTIVIDAD requiere etapa presencial 2) MODIFICACIÓN DE DATOS DE PERSONAS FÍSICAS: -Cambio de domicilio fiscal requiere etapa presencial -Cambio de apellido y nombres 3) MODIFICACIÓN DE DATOS DE PERSONAS JURÍDICAS: -Cambio de naturaleza jurídica -Cambio de domicilio fiscal requiere etapa presencial -Cambio de razón social -Cambio de responsables 4) CESE DE ACTIVIDAD 2

PASOS A SEGUIR 1 Ingresar a www.arba.gov.ar Completar los datos requeridos por el sistema Denunciar dirección de correo electrónico de contacto Referidos a su identificación personal y, de corresponder, de sus responsables solidarios, actividades realizadas, domicilio fiscal, domicilio/s donde se realizan las actividades. Constancia de inicio de trámite Contiene n de identificación para consultar vía web el estado del trámite y documentación a presentar en la agencia PASOS A SEGUIR 2 ARBA confirma el trámite a) En general Dentro de los 15 días b) Alta, modificación de domicilio fiscal, ppal actividad, actualización general de datos Envía mensaje de recepción al correo electrónico denunciado El contribuyente debe confirmar el trámite iniciado devolviendo el mensaje recibido 3 Contribuyente presenta documentación (original y copia) (Ver Documentación a presentar ) Sólo para los trámites detallados en el punto b) Concurrir al Centro de Servicios Locales, u oficina municipal según domicilio fiscal 3

DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR CONTRIBUYENTES DEL ISIB Y AGENTES DE RECAUDACIÓN PERSONAS FÍSICAS: -DNI, LC, LE o documento que acredite identidad. PERSONAS JURÍDICAS: -Instrumento constitutivo o estatuto social y acta de designación de autoridades vigente. -De tratarse de SH deberá presentarse la documentación indicada para Personas Físicas, con relación a cada uno de los integrantes de la misma. ENTIDADES SUJETAS AL RÉGIMEN ESPECIAL DE INGRESO: además de la documentación establecida en la presente, deberán cumplimentar con las exigencias del artículo 299 y sigs. de la DN Serie B 1/04. SUCESIONES INDIVISAS: -Partida de defunción del causante. -Constancia de radicación del juicio sucesorio emitida por el juzgado interviniente. -Testimonio de designación de administrador o albacea de la sucesión. -DNI, LC, LE o documento que acredite identidad del administrador o albacea. De no existir administrador o albacea, deberá presentarse el DNI, LC, LE o documento que acredite identidad del cónyuge supérstite y los herederos. DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR CONTRIBUYENTES DEL ISIB Y AGENTES DE RECAUDACIÓN EN TODOS LOS CASOS: Adjuntar el comprobante de pago a nombre del interesado, de alguno de los servicios de luz, gas, provisión de agua potable y desagües cloacales, teléfono fijo o tasas municipales; o bien contrato o título de propiedad en los cuales conste el carácter por el cual se ocupa el domicilio fiscal declarado. De no poder acreditarse la circunstancia referida de acuerdo a lo previsto en el párrafo anterior, la Agencia de Recaudación podrá requerir la presentación de documentación respaldatoria adicional de la cual surja el vínculo en virtud del cual el contribuyente y/o responsable ocupa el domicilio fiscal declarado. INSCRIPCIONES EN EL ISIB: Adjuntar, de corresponder, el comprobante de pago del anticipo del Impuesto, de conformidad con lo establecido en el Código Fiscal y en la Ley Impositiva vigente para el inicio de actividades (formulario R-444 I). 4

DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR AGENTES DE RECAUDACIÓN DEL ISIB Y SELLOS ALTA Constancia de inscripción ante la Dirección Provincial de Personas Jurídicas u organismos registrales nacionales o provinciales correspondientes, nómina, datos personales y documentación societaria respaldatoria referida a sus responsables solidarios, de conformidad con lo previsto en el artículo 18, incisos 1) y 2) del Código Fiscal (Ley 10.397 T.O. 2004 y modif). Nota donde exprese la cantidad de operaciones estimadas a registrarse en el año calendario. Nota donde expresamente se reconozca a favor de la Agencia de Recaudación la facultad de ejercer a su respecto, aún en extraña jurisdicción, todas sus atribuciones. En caso de poseer entidades asociadas de grado inferior: nota indicando con carácter de declaración jurada, la denominación o razón social, número de CUIT, domicilio fiscal y sede social de las mismas. En caso de poseer entidades asociadas de grado inferior: nota con carácter de declaración jurada donde detalle y fundamente, el cumplimiento de los requisitos exigidos para actuar como tales, de conformidad con la normativa vigente, por parte de sus asociadas de grado inferior, adjuntando la documentación respaldatoria pertinente. PASOS A SEGUIR 4 ARBA confirma el trámite Entregará al interesado, cuando corresponda, su número de Clave de Identificación Tributaria (CIT), previa suscripción de la solicitud de adhesión al sistema on-line (Anexo I de la DN Serie B 57/04). El interesado podrá imprimir un certificado por cada domicilio declarado donde se desarrollen actividades, y su constancia de inscripción como contribuyente o agente de recaudación del ISIB o de Sellos. Si transcurrido 15 días el interesado no se ha presentado a finalizar el trámite, el trámite iniciado carecerá de validez y la Autoridad podrá iniciar acciones de fiscalización 5

PARA TENER EN CUENTA CERTIFICADO DE DOMICILIO: deberá estar ubicado en un lugar visible y destacado, próximo a aquél en el que los clientes realicen el pago. En caso de contribuyentes del ISIB que no reciban público, deberá estar disponible en el lugar declarado. NÚMERO DE INSCRIPCIÓN: para todos los agentes de recaudación del ISIB y de Sellos, y para los contribuyentes del ISIB, excepto los contribuyentes del Convenio Multilateral, será el correspondiente a la Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT). FECHA DE VENCIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES: los contribuyentes del ISIB deberán considerar el número correspondiente al dígito verificador (último número) de la CUIT. INICIO DE ACTIVIDADES: los contribuyentes del ISIB deberán comunicarlo dentro del plazo de 15 días hábiles administrativos de producido. INSCRIPCIÓN DE AGENTES DE RECAUDACIÓN: deberán solicitarla en los plazos que se indican en las normas que regulan los distintos regímenes de recaudación vigentes. MODIFICACIÓN DE DATOS: los agentes y contribuyentes alcanzados deberán comunicar cualquier modificación de datos referentes a su situación fiscal, dentro del plazo de 15 días hábiles administrativos de producidas dichas circunstancias. TRÁMITE DE CESE DE ACTIVIDADES: será condición que el contribuyente o agente haya presentado todas las declaraciones juradas correspondientes al Impuesto hasta la fecha de cese. REQUISITO: la actualización de datos prevista en la DN Serie B 22/05 y modif. deberá ser realizada obligatoriamente con carácter previo a cualquier trámite de modificación de datos o cese que los contribuyentes indicados intenten efectuar. MUCHAS GRACIAS 6