REQUISITOS TÉCNICOS PARA REDUCIR LOS RIESGOS DE CONTAMINACIÓN MICROBIOLÓGICA DURANTE EL PROCESO DE EMPACADO DE FRUTOS DE PAPAYA: UNIDAD DE EMPAQUE



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DIRECCIÓN GENERAL DE INOCUIDAD AGROALIMENTARIA, ACUÍCOLA Y PESQUERA DIRECCIÓN DE INOCUIDAD AGROALIMENTARIA, OPERACIÓN ORGANICA Y PLAGUICIDAS DE USO AGRÍCOLA REQUISITOS TÉCNICOS PARA REDUCIR LOS RIESGOS DE CONTAMINACIÓN MICROBIOLÓGICA DURANTE EL PROCESO DE EMPACADO DE FRUTOS DE PAPAYA: UNIDAD DE EMPAQUE Agosto 2011

REQUISITOS TÉCNICOS PARA REDUCIR LOS RIESGOS DE CONTAMINACIÓN MICROBIOLÓGICA DURANTE EL PROCESO DE EMPACADO DE FRUTOS DE PAPAYA: UNIDAD DE EMPAQUE Objetivo: Dar a conocer las buenas prácticas mínimas que deben implementar las empresas empacadoras de papaya, para la prevención de los riesgos de contaminación microbiológica. Alcance: Aplica al sector empacador de papaya mexicana, interesados en reducir los riesgos de contaminación microbiológica en sus productos, especialmente para fines de exportación a Estados Unidos de Norteamérica. Estimado Empacador de frutos de Papaya: Derivado de una sospecha de brote de Salmonella asociado a consumo de papaya mexicana, está incrementando el monitoreo realizado por las autoridades norteamericanas a los embarques de este producto, con el consecuente rechazo por presencia de Salmonella spp. Esta situación daña la imagen de la papaya mexicana. Con la finalidad de evitar que esta problemática siga incrementándose, es necesario que apliques las medidas preventivas que a continuación se indican: 1. REGISTRO SECCIÓN EMPAQUE Las empresas agrícolas y las Unidades Productivas que la integran deben estar registradas en la página Electrónica del SENASICA. Las empresas deben asegurarse que su registro y la información proporcionada se mantienen vigentes en la página Electrónica del SENASICA. 2. REGISTRO DOCUMENTAL

La empresa debe contar con un expediente técnico integrado por evidencias documentales suficientes y pertinentes, que demuestren que las acciones se aplican cotidianamente y que son eficaces. El expediente técnico debe reflejar el ciclo actual de operaciones (ligado al ciclo actual de cultivo). El expediente técnico debe estar estructurado por módulos de ejecución, debiendo contener en cada sección: análisis de peligros, plan técnico derivado, procedimientos que se aplican en ese módulo, registros generados, documentos y registros que demuestren la eficacia de los tratamientos aplicados y la veracidad de los mismos. La empresa deberá aplicar procedimientos documentados en las acciones relacionados con prácticas de higiene de los trabajadores, instalaciones, Unidad de Empaque y maquinaria, herramientas y equipos de trabajo; manejo y tratamiento del agua; control de Fauna doméstica y silvestre, antecedentes del terreno, fertilización, cosecha, trazabilidad, capacitación, validación de procedimientos. Los procedimientos podrán apoyarse con instructivos específicos para su ejecución. 3. INFRAESTRUCTURA Deberán cumplir con lo dispuesto en la NOM-120-SSA1-1994 en las secciones 5 a 12 en lo referente a diseño y construcción, higiene y control de plagas. La empresa debe contar con un plano de instalaciones que indique la relación con fuentes de agua, áreas productivas, casa habitación, área de almacenamiento de agroquímicos, entre otras. La identificación y justificación de las instalaciones que deberán contener las Unidades de Empaque, deberán sustentarse en análisis de peligros realizados para tal efecto. Las Unidades de Empaque deberán implementar barreras físicas de protección que impidan o reduzcan las posibilidades de ingreso de animales domésticos, silvestres, escurrimientos u otros factores que pudieran representar un riesgo de posicionar o introducir un contaminante de origen biológico. La ubicación de Estaciones Sanitarias, debe estar sustentada a través de un análisis de peligros. La Valoración debe orientarse hacia la evaluación del riesgo (derrames, deficiencias en su construcción, materia fecal y biosólidos), que la ubicación conlleva, de posicionar o introducir un contaminante de tipo biológico hacia las fuentes de agua, área de empaque, áreas de empacado, almacenamiento de producto y/o personas por contacto directo o indirecto. Las Estaciones Sanitarias podrán ser fijas, semifijas o portátiles; deben estar equipadas con agua potable, jabón liquido, toallas de papel, papel higiénico, lavabo, cesto de basura con bolsa plástica, gel antibacterial.

Para prevenir la contaminación a través de la materia fecal asociado a las fosas sépticas, estas deberán ser plásticas o de concreto, completamente cerradas, asegurando que la materia fecal o sus biosólidos eviten el contacto directo con el ambiente. Podrán utilizarse letrinas secas siempre y cuando se garantice que la materia fecal, biosólidos y productos derivados de la misma, así como otros factores relacionados como animales silvestres, herramientas, escurrimientos, derrames, etc.; no representen un factor de riesgo para contaminar los productos, condición que deberá valorarse a través de un análisis de peligros y aplicar las medidas preventivas pertinentes. Se debe verificar semanalmente que las estaciones sanitarias estén libres de fugas, derrames, deterioros u otro tipo de daños que impliquen un factor de Riesgo de Contaminación; que cuenten con los materiales, equipos e insumos requeridos para la higienización. En cuanto a las áreas para consumo de alimentos, esto debe realizarse fuera del área activa de cosecha, de almacenamiento de materiales de embalaje, sustancias químicas u otros elementos que pudieran representar un Riesgo de Contaminación del producto; asimismo, se debe tener el material necesario para la higienización. Para evitar riesgos de contaminación por materiales o equipo agrícola, la maquinaria debe estar en espacios específicos, fuera del área de almacenamiento y empacado de productos, consumo de alimentos, y de almacenamiento de sustancias agroquímicas. Las áreas para almacenamiento de abonos orgánicos, deben ser exclusivas para ese uso, estar fuera del área de empaque, evitar derrames. Las Unidades de empaque deben contar con un área específica para el almacenamiento y/o depósito temporal de productos cosechados y ser exclusiva para ese uso, estar protegida contra el ingreso de agentes que puedan contaminar el producto como fauna doméstica y silvestre, piso de fácil limpieza, evitar la contaminación cruzada, y tener estaciones sanitarias. 4. HIGIENE DE INSTALACIONES Y EQUIPO DE TRABAJO La empresa debe elaborar un plan técnico de higiene para las unidades de empaque, trabajadores, instalaciones, maquinaria, herramienta y equipos de trabajo. La preparación de sustancias desinfectantes debe ser acorde a un procedimiento documentado. La concentración de las sustancias desinfectantes debe ser monitoreada constantemente, de manera que conserven su cualidad desinfectante y reduzcan la carga microbiana de las superficies y sustancias sobre las cuales sean utilizadas.

El agua utilizada para su uso en el programa de higiene en instalaciones y preparación de sustancias desinfectantes, debe ser potable según lo dispuesto por la NOM-127-SSA1-1994. Debe asegurarse que el agua utilizada como solvente para la preparación de sustancias desinfectantes no exceda los límites máximos permisibles de sustancias químicas previstas en la NOM-127-SSA1-1994. Los residuos derivados de la higiene de las instalaciones, no deben ingresar al área activa de cosecha o vertidos sobre fuentes de agua para uso agrícola y humano. Todas las herramientas y equipos de trabajo, deben lavarse y desinfectarse de acuerdo al plan de higiene. Los equipos y utensilios de uso diario, como tijeras, mesas de empaque, cajas de campo, tijeras de podar, entre otras; deben ser lavadas y desinfectadas diariamente y previo a su uso, o durante esta cuando se encuentre en contacto directo con sustancias o superficies que lo puedan contaminar. Las Unidades de Empaque deben estar limpias, libres de basura, residuos de cosecha, materiales en desuso, y todo aquello que pueda constituir una fuente de contaminación. 5. HIGIENE Y SEGURIDAD DEL PERSONAL La higiene y seguridad del personal debe ser acorde a un procedimiento documentado que describa las acciones que se aplican para garantizar la higiene de los trabajadores y que éste se encuentre en concordancia según lo dispuesto en la sección 5, disposiciones para el personal de la NOM-120-SSA1-1994. Se debe contar con evidencias que demuestren el cumplimiento de las prácticas de higiene. Las prácticas de higiene deben mantenerse en todo momento durante el desempeño del trabajo tanto del personal de base como eventual y de reciente ingreso. El agua utilizada para la higiene de trabajadores debe ser potable según lo dispuesto por la NOM-127-SSA1-1994. 6. USO Y MANEJO DE AGUA La empresa debe elaborar un análisis de peligros de las fuentes de agua empleadas, y determinar las medidas de control apropiadas a la condición de empaque.

El agua debe ser potable, libre de organismos patógenos, coliformes totales y fecales según lo dispuesto en la NOM-127-SSA1-1994. Los depósitos de agua para uso agrícola, uso y consumo humano, deben ser de materiales que eviten el ingreso de contaminantes biológicos; estar sobre el nivel de suelo; protegidos contra el ingreso de animales domésticos, silvestres y seres humanos ajenos a la unidad. Se debe evitar que las áreas de cosecha y almacenamiento temporal de productos tengan contacto directo con sustancias y/o suelos contaminados por escurrimiento o deriva. El método para la prevención, reducción y/o eliminación de los contaminantes valorados en la fuente de agua, debe ser validado y debe demostrar su eficacia. El programa de higiene de depósitos de agua, debe estar documentado a través de un procedimiento y registros que demuestren su cumplimiento. 7. MANEJO DE FAUNA SILVESTRE Y DOMÉSTIC A La empresa debe realizar una valoración del riesgo de contaminación asociado a la presencia de animales domésticos y silvestres en las Unidades de Empaque, y definir las medidas apropiadas para prevenirlo. Las áreas de empacado deben estar completamente cerradas para reducir y eliminar la presencia de aves, roedores e insectos. El plan preventivo que se diseñe, debe contener plan técnico para la prevención y control del riesgo valorado, Procedimientos Operativos Estandarizados que describan las medidas de control a aplicarse, registros, bitácoras y documentos generados, evidencias que demuestren que las acciones aplicadas son eficaces, plan de capacitación y reforzamiento de la información al personal involucrado. Entre las medidas que pueden aplicarse se encuentra el establecimiento de barreras físicas que eviten el escurrimiento o ingresos de animales de los terrenos aledaños, limpieza de la unidad, aplicar métodos de exclusión y control de animales domésticos y silvestres, protección de fuentes de agua, áreas de empacado, áreas de depósito temporal de producto, área de almacenamiento de materiales de cosecha, material de empacado, etc. El control de plagas es aplicable a todas las áreas de la unidad. Se debe contar con medidas de control o erradicación. Debe evitarse el uso de cebos envenenados en las áreas activas de empacado (interiores), vehículos y contenedores. En estas áreas se deben utilizar trampas físicas y reforzar las prácticas de higiene.

Las trampas deben ser identificadas y colocadas cerca a las paredes, puertas de entrada o salida y hacer un cerco interno. 8. CAPACITACIÓN Y DESARROLLO DE HABILIDADES La capacitación del personal debe realizarse conforme a un plan y debe contemplar a empleados permanentes y eventuales, al inicio de la temporada, durante la misma, cada vez que ingrese personal y cuando se realicen cambios en los procedimientos de operación. Los temas básicos que debe incluir el programa son Microbiología básica; Manejo de Fauna doméstica y Silvestre; Prácticas de seguridad e higiene de los trabajadores; preparación y monitoreo de sustancias desinfectantes; limpieza y desinfección de maquinaria, equipos de trabajo; manejo del agua; trazabilidad; identificación de los principales síntomas de enfermedades infectocontagiosas. 9. EMPACADO Los productos agrícolas empacados deben provenir preferentemente de huertos reconocidos y/o certificados por SENASICA. Se deben identificar las Unidades Productivas que le abastecen de productos. Debe identificar con claridad las áreas cosechadas de las Unidades Productivas. Debe mantener un listado de sus proveedores de insumos (frutos, material de empaque, embalaje, transporte, etc.). No deben empacarse productos que observen la presencia de materiales ajenos a su composición natural (residuos de agroquímicos, materia fecal, tierra, etc.). Estos deben ser destruidos fuera de la unidad de empaque. Se deben aplicar las medidas preventivas que eviten que el producto entre en contacto directo o indirecto con sustancias, materiales y superficies que lo puedan contaminar Asegurar que el agua utilizada durante el empacado de los frutos es potable y mantiene la concentración de sustancias desinfectantes recomendadas. Debe aplicarse un tratamiento químico para la inhibición de organismos patógenos durante la fase de empacado, posterior a los procesos de lavado 10. TRAZABILIDAD

La empresa debe contar con un procedimiento documentado que describa el sistema de trazabilidad aplicado. Dicho sistema debe estar documentado y tener evidencia de su efectividad. El sistema de trazabilidad debe contar con un plan de acciones preventivas. 11. EVALUACIONES INTERNAS La evaluación del Sistema de Reducción de Riesgos de Contaminación debe estar descrita en un procedimiento documentado, y demostrar documentalmente la aplicación de acciones correctivas a los hallazgos (no cumplimientos) detectados. El Sistema de Validación de Procedimientos debe estar descrito en un procedimiento documentado que indique los puntos críticos, periodos, metodologías aplicadas e indicadores que serán aplicados para evaluar la eficacia de los tratamientos. La Validación de Procedimientos debe ser realizada por Laboratorios de Microbiología de Centros de Investigación, de Enseñanza Superior o Laboratorios Estatales de Salud Pública de la entidad federativa donde se localiza la empresa. Los procedimientos considerados como críticos y que deberán ser evaluados al menos una vez por ciclo de empaque, son: o Superficies de contacto no vivas (mesas de empaque, contenedores, herramientas, paredes interiores de depósitos de agua para consumo humano, como mínimo), una vez que estas han aplicado las acciones de higiene y desinfección aplicables; deben demostrar ausencia de Coliformes fecales, Salmonella spp y Escherichia coli. o Manos de trabajadores, después de haberse higienizado durante la etapa de empacado y transporte. Los indicadores a evaluar son Salmonella spp y Escherichia coli, que deberán estar ausentes después la higienización. o Agua para uso y consumo humano a las que se les haya aplicado un tratamiento preventivo descrito en el procedimiento correspondiente. Los resultados deberán demostrar la ausencia de los indicadores de contaminación previstos en la NOM- 127-SSA1-1994. o Frutos durante la fase de cosecha, sobre los cuales se deberá demostrar la ausencia de organismos patógenos Salmonella spp y Escherichia coli.