ACUERDO DE CONCEJO Nº 033-2015-MPPA-A-S.O.C. Aguaytía, 13 de Julio del 2015. En Sesión Ordinaria de Concejo Nª 013 de fecha 13 de Julio del 2015, el OFICIO (C) N 011-2015-MTC/21- OC, de fecha 04 de Junio del 2015, emitido por el Coordinador Zonal Ucayali Provias Descentralizado, el INFORME N 468-2015-PASA/SGESEOM/GIAT/MPPA-A, de fecha 05 de Junio del 2015, emitido por el Sub Gerente de Estudios, Supervisión, Ejecución de Obras y Maestranza, el Informe Legal Nº 077-2015-GAJ-MPPA-A, de fecha 26 de Junio del 2015 presentado por el Gerente de Asesoría Jurídica, referente a suscripción del CONVENIO DE MANTENIMIENTO RUTINARIO DE INFRAESTRUCTURA VIAL VECINAL CONTINUIDAD DE LA LEY N 30191 ENTRE EL PROYECTO ESPECIAL DE INFRAESTRUCTURA DE TRANSPORTE DESCENTRALIZADO PROVIAS DESCENTRALIZADO Y LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE PADRE ABAD. autonomía radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico. Que, los convenios interinstitucionales son acuerdos que se suscribe con la finalidad de lograr objetivos comunes, situación jurídica que se infieren de la norma legal contenida en el Artículo 9º numeral 26) de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, de manera que, en virtud de dicha norma legal, constituye una atribución del Concejo Municipal aprobar la celebración de dichos convenios, considerando que ejercen funciones normativas y fiscalizadoras, conforme regula el Artículo 5º de la acotada ley. Que, de la evaluación legal efectuada al Proyecto de Convenio que se adjunta, se advierte que, tiene como fuente el INFORME N 468-2015-PASA/SGESEOM/GIAT/MPPA-A, en donde el Ing. PIERO ALEXANDER SOTO ALBURQUEQUE Sub Gerente Estudios, Supervisión, Ejecución de Obras y Maestranza de la Municipalidad Provincial de Padre Abad, comunica sobre la suscripción de Convenio de Mantenimiento Rutinario de Infraestructura Vial Vecinal Continuidad de la Ley N 30191 entre el Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Descentralizado Provias Descentralizado y la Municipalidad Provincial de Padre Abad y que el objeto del mismo, conforme a la Cláusula Tercera, consiste en establecer los compromisos y responsabilidades de las partes para la ejecución del mantenimiento rutinario de infraestructura vial de las vías vecinales que se especifica en el Anexo N 01 que forma parte del presente convenio de conformidad con la continuidad de la Ley N 30191, Ley que establece medidas para la prevención, mitigación y adecuada preparación para la respuesta ante situaciones de desastre, en el marco de sus competencias y objetivos, teniendo vigencia desde el día siguiente a su suscripción hasta el 31 de Diciembre del 2015, lo que se condice con las normas legales vigentes. voto MAYORITARIO del Pleno del Concejo y con la dispensa de lectura y aprobación de Acta; ARTÍCULO 1.- APROBAR, la celebración del CONVENIO DE MANTENIMIENTO RUTINARIO DE INFRAESTRUCTURA VIAL VECINAL CONTINUIDAD DE LA LEY N 30191 ENTRE EL PROYECTO ESPECIAL DE INFRAESTRUCTURA DE TRANSPORTE DESCENTRALIZADO PROVIAS DESCENTRALIZADO Y LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE PADRE ABAD. ARTÍCULO 2.- AUTORIZAR, al señor VÍCTOR HUGO SOSA GARCÍA Alcalde de la Municipalidad Provincial de Padre Abad, la suscripción del CONVENIO DE MANTENIMIENTO RUTINARIO DE INFRAESTRUCTURA VIAL VECINAL CONTINUIDAD DE LA LEY N 30191 ENTRE EL PROYECTO ESPECIAL DE INFRAESTRUCTURA DE TRANSPORTE DESCENTRALIZADO PROVIAS DESCENTRALIZADO Y LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE PADRE ABAD. ARTÍCULO 3.- ENCARGAR, a la Gerencia de Infraestructura y Acondicionamiento Territorial el cumplimiento del presente Acuerdo.
ACUERDO DE CONCEJO Nº 034-2015-MPPA-A-S.O.C. Aguaytía, 13 de Julio del 2015. En Sesión Ordinaria de Concejo Nª 013 de fecha 13 de Julio del 2015, el Oficio Nº 024-2015-CPD-CP-B-P.A-U, de fecha 26 de Junio del 2015, presentado por el Presidente del Comité Pro Distritalización de BOQUERÓN, mediante el cual conformación de Comisión de Regidores para apoyar al Comité Pro Distrito de BOQUERÓN. autonomía radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico. Que, las Municipalidades tienen competencias de promover y organizar, conforme a ley, la participación vecinal en la formulación, debate y concertación de sus planes de desarrollo, presupuesto y gestión. Que, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 10º, numeral 5 de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, son atribuciones y obligaciones de los regidores: integrar, concurrir y participar en las sesiones de las comisiones ordinarias y especiales que determine el reglamento interno yen las reuniones de trabajo que determine o apruebe el concejo municipal; así mismo el numeral 6 de la acotada norma establece: mantener comunicación con las organizaciones sociales y los vecinos, a fin de informar al concejo municipal y proponer la solución de problemas. Que, mediante Oficio Nº 024-2015-CP-DH-MCPH-PPA, de fecha 26 de Junio del 2015, el Presidente del Comité Pro Distritalización de BOQUERÓN, solicita la conformación de una Comisión de Regidores para apoyar referido comité, para reforzar en las instancias correspondientes y lograr el valioso objetivo, así mismo que cuente con mas legitimidad el trabajo de distritalización, que a la fecha se encuentran en la elaboración del expediente de propuesta distrital; para luego elaborar el proyecto de ley. voto UNÁNIME del Pleno del Concejo y con la dispensa de lectura y aprobación de Acta; ARTÍCULO 1.- CONFORMAR, la Comisión de Regidores para el apoyo en las diferentes gestiones; al Comité Pro Distritalización de BOQUERÓN ante las diversas instituciones públicas recayendo la designación en los siguientes regidores de la Municipalidad Provincial de Padre Abad: RICHARD ALVARADO ESPINOZA DNI Nº 45183096 NILO REYES AGUIRRE ATAVILLOS DNI Nº 22492938 ENEIDA PAREDES MOREYRA DNI Nº 00170222 ARTICULO 2.- TRANSCRIBIR, el presente Acuerdo de Concejo a los interesados y a las áreas competentes de la entidad municipal.
ACUERDO DE CONCEJO Nº 035-2015-MPPA-A-S.O.C. Aguaytía, 10 de Julio del 2015. En Sesión Ordinaria de Concejo Nª 013 de fecha 13 de Julio del 2015, Informe Nº 041-2015-GPPyR-MPPA-A, de fecha 22 de Junio del 2015 el Gerente de Planeamiento, Presupuesto y Racionalización, Carta Nº 037-2015-GM- MPPA-, de fecha 01 de Julio del 2015 el Gerente Municipal. autonomía radica en la facultad de Que, mediante Ley Nº 30324-Ley que establece medidas presupuestarias para el año fiscal 2015, en su Artículo 3º establece que las entidades públicas del Gobierno Nacional, los gobiernos regionales y los gobiernos locales deberán modificar su presupuesto institucional conforme a los montos estimados de recursos públicos que publique la dirección general de Presupuesto Público. Que, según Resolución Directoral Nº 025-2014-EF/50.01, emitida por la Dirección General del Presupuesto Público, la cual publica los montos estimados de recursos públicos para el PIA 2015, habiendo una disminución en las estimaciones de los ingresos que implica una disminución de los recursos (Canon y Sobre Canon Petrolero, Fondo de Compensación Municipal) en S/. 521, 417.00 nuevos soles. Que, mediante Resolución Directoral Nº 011-2015-EF/50.01, emitida por la Dirección General de Presupuesto Público, la cual publica los montos estimados de recursos públicos para el PIA 2015, habiendo una disminución en las estimaciones de los ingresos que implica una disminución de los recursos (Canon y Sobre Canon Petrolero, Fondo de Compensación Municipal), en S/. 3 176, 179.00Nuevos Soles; reduciendo al Presupuesto Institucional de Apertura (PIA), en S/. 3 697, 596.00 Nuevos Soles por toda fuente de financiamiento. Que, en consecuencia la reducción del Presupuesto Institucional de Apertura (PIA) es de S/.3 697, 596.00 Nuevos Soles, por toda fuente de financiamiento; lo cual ocasiona el DESFINANCIAMIENTO de la ejecución del 100% de los Proyectos de Inversión priorizados en el Presupuesto Participativo y en el Programa de Inversiones 2015, la misma que contaba con un PIA inicial de S/. 4 097, 085.00. Que, con Informe Nº 041-2015-GPPyR-MPPA-A, de fecha 22 de Junio del 2015 el Gerente de Planeamiento, Presupuesto y Racionalización indica que la reducción del Presupuesto de S/.3 697, 596.00 Nuevos Soles, implica aplicar, adoptar medidas de austeridad necesarias para el cumplimiento de los objetivos institucionales 2015. Que, mediante Carta Nº 037-2015-GM-MPPA-, de fecha 01 de Julio del 2015 el Gerente Municipal indica que es IMPRESCINDIBLE ADOPTAR MEDIDAS URGENTES DE AUSTERIDAD EN EL GASTO PÚBLICO, debiendo prever las estrategias y medidas necesarias, a fin de no asumir compromisos sin tener respaldo presupuestal y financiero, de no ser así estaríamos asumiendo ADEUDOS IMPAGABLES. Que, el Artículo 9ª, numeral 24 de la Ley Orgánica de Municipales establece las atribuciones del Concejo Municipal: Aprobar endeudamientos internos y externos, exclusivamente para obras y servicios públicos, por mayoría calificada y conforme a ley. voto UNÁNIME del Pleno del Concejo y con la dispensa de lectura y aprobación de Acta; ARTÍCULO 1.- SOLICITAR, UN PRÉSTAMO AL BANCO DE LA NACIÓN, DE CONFORMIDAD CON LO DISPUESTO POR EL ARTÍCULO 9º Y DEMÁS PERTINENTES DE LA LEY ORGÁNICA DE MUNICIPALIDADES Nº 27972, HASTA POR LA SUMA DE S/. 5 000, 000.00 ( CINCO MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES), EL MISMO QUE SERÁ CANCELADO HASTA POR UN PLAZO DE 48 MESES CON EL OBJETO DE DESTINARLO EXCLUSIVAMENTE PARA...(Detallar obras, servicios públicos reproductivos y adquisición de bienes)... DE LA PROVINCIA DE PADRE ABAD.
ARTÍCULO 2º.- AUTORIZAR, AL BANCO DE LA NACIÓN EN FORMA IRREVOCABLE A AFECTAR LAS CUENTAS CORRIENTES E INGRESOS DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE PADRE ABAD (FONDO DE COMPENSACIÓN MUNICIPAL Y OTROS), INCLUSIVE SOBREGIRÁNDOLAS SI FUERA NECESARIO, PARA ATENDER DIRECTAMENTE EL SERVICIO DE LA DEUDA DEL CRÉDITO SOLICITADO, CON OPCIÓN DE PRE-PAGO. ARTÍCULO 3º.- AUTORIZAR, AMPLIA Y SUFICIENTEMENTE AL SEÑOR VÍCTOR HUGO SOSA GARCÍA ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE PADRE ABAD, PARA SOLICITAR EL CRÉDITO AL BANCO DE LA NACIÓN Y PARA SUSCRIBIR LOS PAGARES REPRESENTATIVOS DE LA DEUDA, ASÍ COMO EL DOCUMENTO QUE CONTENGA LA AUTORIZACIÓN A QUE SE REFIERE EL NUMERAL 2 DE ESTE INSTRUMENTO. IGUALMENTE SE LE AUTORIZA A FIRMAR OTROS DOCUMENTOS QUE REQUIERA EL BANCO DE LA NACIÓN PARA LA TRAMITACIÓN Y FORMALIZACIÓN DE LA PRESENTE OPERACIÓN. ARTICULO 4º.- ENCARGAR, a la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Racionalización, Administración y Finanzas el cumplimiento del presente Acuerdo de Concejo. a la Gerencia de
1. SOLICITAR UN PRÉSTAMO AL BANCO DE LA NACIÓN, DE CONFORMIDAD CON LO DISPUESTO POR EL ART.9º Y DEMÁS PERTINENTES DE LA LEY ORGÁNICA DE MUNICIPALIDADES Nº 27972, HASTA POR LA SUMA DE S/... EL MISMO QUE SERÁ CANCELADO HASTA POR UN PLAZO DE... MESES CON EL OBJETO DE DESTINARLO EXCLUSIVAMENTE PARA...(Detallar obras, servicios públicos reproductivos y adquisición de bienes)... DE LA PROVINCIA / DISTRITO. 2. AUTORIZAR AL BANCO DE LA NACIÓN EN FORMA IRREVOCABLE A AFECTAR LAS CUENTAS CORRIENTES E INGRESOS DE ESTA MUNICIPALIDAD (FONDO DE COMPENSACIÓN MUNICIPAL Y OTROS), INCLUSIVE SOBREGIRÁNDOLAS SI FUERA NECESARIO, PARA ATENDER DIRECTAMENTE EL SERVICIO DE LA DEUDA DEL CRÉDITO SOLICITADO, CON OPCIÓN DE PRE- PAGO. 3. AUTORIZAR AMPLIA Y SUFICIENTEMENTE AL SR.... ALCALDE DEL CONCEJO... PARA SOLICITAR EL CRÉDITO AL BANCO DE LA NACIÓN Y PARA SUSCRIBIR LOS PAGARES REPRESENTATIVOS DE LA DEUDA, ASÍ COMO EL DOCUMENTO QUE CONTENGA LA AUTORIZACIÓN A QUE SE REFIERE EL NUMERAL 2 DE ESTE INSTRUMENTO. IGUALMENTE SE LE AUTORIZA A FIRMAR OTROS DOCUMENTOS QUE REQUIERA EL BANCO DE LA NACIÓN PARA LA TRAMITACIÓN Y FORMALIZACIÓN DE LA PRESENTE OPERACIÓN. ASIMISMO, SE DECLARA QUE LAS TRANSFERENCIAS A FAVOR DE LA MUNICIPALIDAD DE... PROVENIENTES DEL GOBIERNO CENTRAL Y OTROS INGRESOS PROPIOS, SE ENCUENTRAN LIBRES DE OBLIGACIONES CON TERCEROS, RAZÓN POR LA CUAL LOS COMPROMETEMOS EN 100% CON EL BANCO DE LA NACIÓN POR EL SERVICIO DE LA DEUDA DEL CRÉDITO SOLICITADO, EL QUE DESTINAREMOS EXCLUSIVAMENTE AL OBJETO INDICADO EN NUESTRA SOLICITUD, Y QUE TODA LA DOCUMENTACIÓN PRESENTADA AL BANCO TIENE CARÁCTER DE DECLARACIÓN JURADA. ADEMÁS DEJAMOS CONSTANCIA QUE, DE OTORGÁRSENOS EL CRÉDITO, NO ESTAMOS CONTRAVINIENDO LO DISPUESTO POR EL ARTICULO 69º DE LA LEY DE MUNICIPALIDADES. (FIRMAS Y SELLOS DEL ALCALDE, REGIDORES Y SECRETARIO GENERAL) (Documento que deberá ser presentado debidamente legalizado ante un Notario y/o Juez de Paz)