Símbolos de la Nación



Documentos relacionados
GACETA OFICIAL DE LA REPUBLICA DE VENEZUELA. Caracas, 17 de febrero de 1954 Número EL CONGRESO DE LA REPUBLICA DE VENEZUELA.

SISTEMA POLÍTICO. Una bandera de los pueblos originarios acompaña al Pabellón Nacional del Perú.

La Asamblea Nacional de la República Bolivariana de Venezuela. Decreta. La siguiente,

Ley de Reforma General de la Ley de Bandera, Escudo e Himno Nacionales. Labor Legislativa:

DIP. ARMANDO TONATIUH GONZÁLEZ CASE PUNTO DE ACUERDO

ESTANDAR. 1: Conoce los símbolos patrios e Institucionales y los valora como parte de su identidad.

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

Regula Uso Símbolos Nacionales - Pabellón y Escudo -

MONEDAS CONMEMORATIVAS

SÍMBOLOS INSTITUCIONALES DEL CGBVP Dirección de Imagen Institucional Unidad de Relaciones Públicas y Protocolo

Sanite Claire Editora Presenta TEXTOS ELECTRÓNICOS. Para su aplicación al proceso educativo del Siglo XXI

ANEXO 2 UNIFORMIDAD POLICIAS LOCALES

GACETA OFICIAL DE LA REPUBLICA DE VENEZUELA. Caracas, miércoles 24 de agosto de 1983 Número CONGRESO DE LA REPUBLICA

Dr. Abner A. Fonseca Livias 27/07/2012 7:38

SIMBOLOS INSTITUCIONALES

Bolivia 1. REQUISITOS LEGALES. 1.1.Legislación de referencia

(*) Artículo modificado por el Artículo 25 del Decreto Legislativo Nº 743, publicado el , cuyo texto es el siguiente:

LEY QUE REGULA USO SÍMBOLOS NACIONALES - PABELLÓN Y ESCUDO. Ley n. 18 del 27 de noviembre de 1906

PLAY-GROUP BAILE: VALS CHILOTE PRE-KINDER A BAILE: PASCUA PRE-KINDER B BAILE: MAZAMORRA

Escrito por Miss Delia Domingo, 22 de Enero de :36 - Actualizado Domingo, 22 de Enero de :14

Direccionales SEÑALIZACION INTERURBANA

ÍNDICE HERÁLDICA NAVAL

LOS SIMBOLOS MUNICIPALES. los símbolos que actualmente nos identifican siendo institucionalizados según decreto número 019 de Abril de 1992.

Solución del cubo de Rubik

La bandera de México. POR: JAVIER G. RÍOS LÓPEZ Maestra: Sandra Villegas Grupo: 6b

AUTOBUSES URBANOS ESPACIOS RESERVADOS PARA PERSONAS DE MOVILIDAD REDUCIDA ÍNDICE 4. CONFIGURACIÓN GENERAL DE LA PLATAFORMA CENTRAL

C/Alacant, nº 36, Poligono Son Bugadelles 07180, Santa Ponça Telefono , Fax,

EMBLEMÁTICA MUNICIPAL DE ARAGÓN

Compilación Legislativa Gaceta Oficial Extraordinaria No. 621 de fecha 07 de Febrero de LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DEL ESTADO CARABOBO DECRETA

SÍMBOLOS INSTITUCIONALES

Impronta del sello de la Biblioteca. del Ministerio de Hacienda. Ex libris manuscrito de la Biblioteca. del Ministerio de Hacienda

ORGANIZACIÓN NACIONAL DE BANDAS DE GUERRA Y ESCOLTAS DE BANDERA, A.C.

COLORES DE IDENTIFICACION DE TUBERÍAS PARA TRANSPORTE DE FLUIDOS EN ESTADO GASEOSO O LÍQUIDO EN INSTALACIONES TERRESTRES Y EN NAVES

DIVISIBILIDAD. 1º relación de divisibilidad: múltiplos y divisores.

CONCURSO DEL DESFILE Y PASACALLE ESCOLAR 2010 BASES

DECRETO / 44 Los símbolos nacionales son la Bandera, el Escudo y el Himno.

Identificación de figuras planas

Ejercicios de Trigonometría

1. Categorías y Ramas:

Ejercicio 5 de Excel 1. Lea y escriba la información en su cuaderno 2. Realice los ejercicios

EMBLEMÁTICA COMARCAL Y MUNICIPAL DE ARAGÓN

RECONVERSIÓN MONETARIA

ANEXO TÉCNICO ATLETISMO

UNIVERSIDAD CATÓLICA DE SANTA MARÍA FACULTAD DE CIENCIAS Y TECNOLOGÍAS SOCIALES Y HUMANIDADES

Descripción de LEGISmóvil

DISPOSICIONES GENERALES

Otorgamiento de Licencias de Conductor Normativa y Reglamentación Vigente

MANUAL DE DISEÑO Y PUBLICIDAD EN LAS EQUIPACIONES DE JUEGO DE LA LNFS TEMPORADA

HISTORIA DEL PERÚ EN EL CONTEXTO MUNDIAL

Bandera de la República Bolivariana de Venezuela

VESTIDURAS RESTAURACIÓN DEL RETABLO MAYOR DE LA IGLESIA DE LA SANTA CARIDAD. SEVILLA.

Artículo 2: A los efectos del artículo anteriores se entiende como Sellos de la Universidad los siguientes:

Circular de Libros Primero Primaria

Monografías Filatélicas 3

Por medio del presente me permito remitir a su despacho, el Acuerdo N 019 de fecha 28 de Noviembre de 2014.

LEGISLACIÓN SOBRE LOS SÍMBOLOS PATRIOS SINTESIS APLICATIVA

UNIFORME DE CASTORES

Parque Guell de Gaudi

LA GACETA 175 DEL DECRETO MEP EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA Y EL MINISTRO DE EDUCACIÓN PÚBLICA

C A P I T U L O 2 SEÑALES VERTICALES

ANTECEDENTES PODER LEGISLATIVO

SOBRE EL USO DE ESTAS PÁGINAS

MANDO A DISTANCIA DE CONTROL DE ENTORNO ADAPTADO

Actividad: Mucho, poquito o nada, qué posibilidad tienes?

DECRETO SUPREMO N MTC EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO:

LEGISLACIÓN CONSOLIDADA. TEXTO CONSOLIDADO Última modificación: sin modificaciones

DIRECCION DE EDUCACIÓN PARTICULAR

1936 (JULIO) BO de Santa Cruz de Tenerife de 20 de Julio de ********************

INSTITUCIÓN EDUCATIVA TÉCNICA SAGRADO CORAZÓN Aprobada según Resolución No NIT DANE SOLEDAD ATLÁNTICO.

LEGISLACIÓN CONSOLIDADA

INSURGENCIA y REPúBLICA FEDERAL I Documento

D I R E C C I Ó N N A C I O N A L D E L S E R V I C I O C I V I L

Índice Consigna.pág. 2 Bandera Nacional..pág. 3 Escudo Nacional pág. 8

Filtros Un filtro es un dispositivo que bloquea cierta cantidad o determinado tipo de luz.

A.G.C ACADEMIA GUARDIAS CIVILES Curso Acceso Escala Cabos y Guardias A.G.C

MUNICIPALIDAD DE LA VICTORIA GERENCIA DE BIENESTAR SOCIAL SUBGERENCIA DE EDUCACION Y CULTURA. Año de la Consolidación Democrática

Fraterno, Miguel Niño Presidente Federación Nicaraguense de Levantamiento de Pesas

LA LAUREADA DE SAN FERNANDO. Grados de la Laureada de San Fernando

VESTUARIO ACTIVIDAD FIESTAS PATRIAS AÑO 2016

Transcripción:

Símbolos de la Nación

Primera bandera nacional del Perú independiente, establecida por el Libertador General don José de San Martín, según decreto dado en Pisco el 21 de Octubre de 1821

Detalles del escudo de armas provisional: Corona de laurel ovalada, y dentro de ella un sol, saliendo por detrás de sierras escarpadas que se elevan sobre un mar tranquilo. [ ] la corona de laurel ha de ser verde, y atada en la parte Inferior con una cinta de color oro, azul la parte superior que representa el firmamento; amarillo el sol con sus rayos; las montañas de color pardo oscuro y el mar entre azul y verde

La bandera nacional del Perú se compondrá de un faja blanca transversal entre dos encarnadas [rojas] de la misma anchura, con un sol también encarnado sobre la faja blanca Decreto del 15 de marzo de 1822 firmado por el Supremo Delegado Don José de Tagle, Marqués de Torre Tagle

La bandera [ ] será de tres listas verticales o perpendiculares, la del centro blanca, y las de los extremos encarnadas con un sol también encarnado sobre la lista blanca Decreto del 31 de mayo de 1822 reformando la bandera firmado por el Marqués de Torre Tagle a los 47 días de haber dado el primero

Escudo Nacional. Escudo de Armas establecido por la Ley del 25 de febrero de 1825 y firmado por el General Simón Bolívar

Doctor José Gregorio Paredes, Prócer de nuestra independencia. Diputado por Lima al primer Congreso Constituyente y presidente del mismo. Autor del Escudo Nacional

Características del escudo nacional según la ley del 24 de febrero de 1825: Las armas de la Nación Peruana constarán de un escudo dividido en tres campos: uno azul celeste a la derecha, que llevará una vicuña mirando al interior; otro blanco a la izquierda, donde se colocará un árbol de quina, y otro rojo inferior, y más pequeño, en que se verá una cornucopia derramando monedas, significándose, con estos símbolos, las preciosidades del Perú en los tres reinos naturales. El escudo tendrá por timbre una corona cívica, vista de plano; e irá acompañado en cada lado de una bandera y un estandarte de los colores nacionales

El pabellón y bandera nacional se compondrá de tres franjas verticales, las dos extremas encarnadas y la intermedia blanca, en cuyo centro se colocara el escudo de armas con su timbre [pero] abrazado aquel por la parte inferior de una palma a la derecha y una rama de laurel a la izquierda entrelazadas. Ley del 24 de febrero de 1825

Confederación Perú-boliviana: 1835-1839 Banderas de Bolivia, Estado Nor-peruano y Estado Sud-peruano

Bandera de la Confederación Perú-boliviana La bandera de la Confederación será de color punzó [rojo] por ser común a las tres Repúblicas. En su centro se verá las armas de la Confederación, que son las de las tres Repúblicas entrelazadas por un laurel Tacna, 01 de mayo de 1837

DECRETO-LEY Nº 11323 Disposiciones que deberán observarse respecto a los símbolos de la Nación: Escudo Nacional, Gran Sello del Estado, Bandera nacional, Pabellón Nacional, Estandarte y Escarapela Nacional Que los símbolos de la Nación deben tener indiscutible uniformidad ( ) 31 de marzo de 1950, General Manuel A. Odría, Presidente de la Junta Militar de Gobierno

Escudo Nacional. De conformidad con lo dispuesto por la Ley del 25 de febrero de 1825

Gran Sello del Estado. Escudo de Armas con inscripción circular: República Peruana. Su uso esta facultado sólo a los órganos estatales

Bandera Nacional. No lleva escudo de armas. De uso obligatorio en los edificios, casas, fabricas, campamentos, barcos, etc. de propiedad particular, en los días de fiestas patrias, o cuando se ordene por Ley o Decreto especial

Pabellón Nacional. Llevará el escudo con su timbre y dos ramas, una de palma a la derecha y otra de laurel a la izquierda, entrelazadas en la parte inferior, y abrazando al escudo En conformidad con el articulo 3º de la Ley del 25 de febrero de 1825 De uso obligatorio en los edificios, campamentos, barcos, etc. del Estado

Estandarte Nacional o Bandera de Guerra. Portátil, llevará el Escudo Nacional completo. De uso obligatorio en las Unidades de las Fuerzas Armadas o de la Policía Nacional, movilizables y colegios (escoltas)

Escarapela nacional. Divisa de cintas con los colores rojo y blanco, interpolados, en forma de roseta, de disco o lazo.