CONCURSO DE PROYECTOS PARA LA PROMOCIÓN DE AUTORES ARAGONESES Y DE LA CULTURA ARAGONESA. AÑO 2010.



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Transcripción:

CONCURSO DE PROYECTOS PARA LA PROMOCIÓN DE AUTORES ARAGONESES Y DE LA CULTURA ARAGONESA. AÑO 2010. 1. OBJETO El objeto de esta convocatoria es contribuir a la promoción de los escritores aragoneses a través de su traducción a otras lenguas, y de la cultura aragonesa en general por medio de la traducción de obras literarias (narrativa, poesía, teatro, ensayo) centradas en algún aspecto cultural de esta comunidad o en un personaje relevante de la cultura aragonesa. 2. BENEFICIARIOS Para acceder a los premios los aspirantes deberán cumplir los requisitos siguientes: 1.- Ser traductor profesional, lo que debe acreditarse con un mínimo de dos traducciones ya publicadas. 2.- Elaborar un proyecto de traducción, acompañar dicho proyecto de un contrato o pre-contrato de publicación y de una memoria que justifique el interés del proyecto. 3.- Los premiados desarrollarán el proyecto de traducción en la Casa del Traductor pagando el correspondiente precio público por la estancia en esta entidad. 3. CRÉDITOS PRESUPUESTARIOS Se concederán CUATRO premios de 1.500 euros cada uno para la realización de proyectos de traducción en la Casa del Traductor de Tarazona por un periodo de uno a dos meses (entre el 1 de agosto y el 1 de diciembre del 2010). El importe del premio está sujeto a la correspondiente retención del IRPF. El referido gasto se realizará con cargo a la aplicación presupuestaria 2010-52300 334 4810000, RC 2956, del vigente presupuesto. 4. TEMÁTICA Y OBRAS La temática de los proyectos podrá ser: 1.- Proyecto de traducción de una obra de un autor aragonés de reconocido prestigio. Las lenguas de partida pueden ser el castellano, el aragonés o el catalán y la de llegada cualquier otra del mundo. 1

2.- Proyecto de traducción de una obra que trate total o parcialmente sobre algún aspecto de la cultura aragonesa. La lengua de partida puede ser cualquiera del mundo, y la de llegada una de las tres lenguas aragonesas el castellano, el aragonés y el catalán ; o bien la lengua de partida puede ser una de las tres lenguas aragonesas, y la de llegada cualquiera del mundo. 5. CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN. Para la valoración de las propuestas se puntuará con calificación las distintas candidaturas basadas en los siguientes criterios (hasta un máximo de 30 puntos): - Interés del proyecto en cuanto a la difusión de la obra/autor en la lengua a la que va dirigida y la lengua de llegada o de partida = 0-10 puntos - CV o trayectoria profesional = 0-10 puntos - Difusión editorial del mismo = 0-10 puntos 6. PROCEDIMIENTO PARA LA CONCESIÓN DE LOS PREMIOS 6.1. PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES El plazo de presentación de solicitudes (Anexo I) será de un mes contado a partir de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia. Estas deberán entregarse en el Registro General de la Diputación Provincial de Zaragoza (Plaza de España, 2, 50071 Zaragoza). Asimismo, las instancias podrán presentarse o efectuarse de conformidad con los procedimientos que establece el artículo 38 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Los interesados deberán remitir a esta Diputación Provincial la siguiente documentación: - Instancia de solicitud, según modelo del Anexo I, en la que se detallen los datos personales del solicitante y breve descripción del proyecto. - Curriculum vitae del solicitante, con indicación de estudios realizados, actividades profesionales desarrolladas y proyectos anteriores traducidos. - Memoria explicativa del proyecto de traducción, junto a un contrato o precontrato de publicación del mismo. - Declaración de no estar incurso en las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario de subvenciones señaladas en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. (Anexo II) 2

- Autorización para solicitar el certificado acreditativo de estar al corriente de las obligaciones tributarias y de las Seguridad Social. (Anexo III) 6.2. INSTRUCCIÓN Una vez transcurrido el plazo de presentación de solicitudes, éstas serán tramitadas de acuerdo con la legislación vigente en materia de concesión de premios y en concreto con el procedimiento establecido en el artículo 21 de la Ordenanza General de Subvenciones de la Diputación Provincial de Zaragoza, cuya modificación fue publicada en el Boletín Oficial de la Provincia número 138 de fecha 19 de junio de 2009. La instrucción del expediente de concesión de estos premios corresponde al Área de Cultura y Patrimonio realizará los siguientes trámites: 1. Emisión de informe jurídico, de evaluación de las solicitudes recibidas, una vez subsanadas en su caso, las deficiencias en la documentación aportada por los peticionarios, en el que deberá constar expresamente si éstos cumplen o no los requisitos necesarios para acceder al premio. Dicho informe será suscrito por un funcionario técnico de administración general, letrado u otro funcionario con capacitación jurídica perteneciente al grupo A. 2. Nombramiento, al efecto, de un jurado por el Presidente de la Diputación y estará formado por la Presidencia de la Comisión de Cultura y Patrimonio, un representante de la Casa del Traductor, un especialista en la materia y un secretario que dará fe de las decisiones adoptadas para que se reflejen en el acta correspondiente. 3. Propuesta de concesión formulada por el jurado evaluador con arreglo a los criterios de carácter artístico, literario y cultural propios de la naturaleza de la convocatoria. El jurado podrá resolver aquellas situaciones no contempladas en las presentes normas de la convocatoria, así como aquellas dudas que se plateen sobre su interpretación siempre que no contradiga el contenido esencial de la misma. A su vez el jurado elaborará una lista de suplentes por orden de puntuación que será empleada en caso de que alguno de los ganadores renuncie al premio. El Jurado no podrá proponer la partición de premios o compartidos ex-aequo, aunque podrá declarar desiertos los premios y accésit si no considera con suficientes méritos para los mismos a ninguna de las obras presentadas. 4. Propuesta de resolución suscrita por funcionario técnico competente del Servicio de Cultura y Patrimonio, emitida conforme a lo dispuesto en el art. 175 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre. 5. Fiscalización previa del expediente por Intervención General. 3

6. Resolución de Presidencia aprobando la concesión de los premios de acuerdo con la propuesta del jurado. Excepcionalmente, la resolución podrá apartarse de la propuesta de jurado dejando constancia de los motivos en el expediente. 6.3. RESOLUCIÓN El plazo máximo de resolución de la convocatoria será de dos meses contados a partir de la fecha en que finalice el plazo de presentación de solicitudes, notificándolo seguidamente a los ganadores. La falta de resolución y notificación en este plazo, producirá efectos desestimatorios. En caso de que una vez concedidos los premios y dentro del mes siguiente a su notificación alguno de los premiados renunciara, el premio revertirá en el siguiente de la lista establecida en el acta según el orden de puntuación establecido por el jurado. La resolución de la Convocatoria, que será publicada en el Boletín Oficial de la Provincia de Zaragoza, pondrá fin a la vía administrativa. Los proyectos que no reciban premio podrán ser retirados por sus autores a partir del primer día hábil siguiente al que se haga pública la resolución de esta convocatoria y hasta un mes después de la referida fecha. Transcurrido dicho período de tiempo se entenderá que la documentación complementaria a la solicitud no recogida, han sido donadas por los autores a la Diputación de Zaragoza, que podrá proceder a su destrucción. 7. IMPUGNACIÓN DE LA CONVOCATORIA La presente convocatoria, sus normas y cuantos actos administrativos se deriven de la misma, podrán ser impugnados por los/as interesados/as en los casos y forma establecidos en la Ley 30/92 de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común, modificado por la Ley 4/1999, de 13 de enero y la Ley 29/1998, de 13 de julio reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa. 8. PAGO DEL PREMIO La cuantía de la ayuda se abonará en un único plazo dentro del año 2010. El beneficiario deberá notificar a la Diputación de Zaragoza la aceptación del Premio en el plazo máximo de dos meses contados a partir del día siguiente de la resolución. 4

9. OBLIGACIONES DE LOS PREMIADOS - En todos los casos, el traductor se compromete a hacer constar en la obra publicada el premio recibido por parte de la Diputación Provincial de Zaragoza y la Casa del Traductor y entregar un ejemplar a cada una de las instituciones. - El premiado deberá entregar antes del 1 de mayo de 2011, como fecha límite, dicho ejemplar de la traducción desarrollada, lo cual servirá, junto con el informe de la Casa del Traductor referido a continuación, como justificación del cumplimiento de la finalidad del premio recibido. - Presentar un informe acreditativo del aprovechamiento de la estancia por parte de la dirección de la Casa del Traductor. 10. REINTEGRO En el supuesto de que los premiados no realizaran las obligaciones de la cláusula anterior, se entenderá incumplida la finalidad de los premios, lo que conllevará a la obligación del ganador de reintegrar las cantidades percibidas, con los correspondientes intereses de demora desde el momento del pago de la ayuda hasta la fecha en que se acuerde la procedencia del reintegro (artículo 37.1.b. de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones). No obstante, antes de que se le notifique el acuerdo de procedencia de reintegro, podrá voluntariamente depositar la cuantía de la ayuda percibida en la Tesorería de la Diputación Provincial, devengando intereses sólo hasta ese momento en el que se efectúa el depósito. 5