EXENCIONES TRIBUTARIAS



Documentos relacionados
PROCESO: INSTRUCTIVO: PARA INICIAR EL PROCESO ADMINISTRATIVO SANCIONATORIO A ESTABLECIMIENTOS QUE GENERAN RIESGO A LA SALUD PUBLICA

EMPRESA DE SERVICIOS PUBLICOS DEL META EDESA S.A. E.S.P.

EMPRESA DE SERVICIOS PUBLICOS DEL META EDESA S.A. E.S.P.

MUNICIPIO DE VILLAVICENCIO PROCESO GESTION ECONOMICA Y FINANCIERA Subproceso Dirección de Impuestos Municipales PROCEDIMIENTO PARA EL COBRO COACTIVO

DECRETO No 455 (Octubre 31 de 2007) MUNICIPIO DE DOSQUEBRADAS ALCALDIA MUNICIPAL

1. NORMAS Y POLITICAS DEL PROCEDIMIENTO LIBERACIÓN GARANTIA PRENDARIA

Etapa de recepción. Etapa de dictaminación. Etapa de Resolución Título. Inicio. Entrega documentos. Revisión de documentos. Revisión de expediente

INSTRUCTIVO SISTEMA DE CONSULTA DE ESTADO DE LAS PRESTACIONES SOCIALES

MINISTERIO DE VIVIENDA DIRECCION DE DESARROLLO URBANO PROCEDIMIENTOS DEL DEPARTAMENTO DE PROPIEDAD HORIZONTAL

Paso del Asociado para la Liberación de la Garantía Hipotecaria

ORIGINAL FIRMADO P-GIM-07-V1 Vigencia: 20/11/2013 Documento controlado Página 1 de 7 CONTENIDO. Página

DIRECCIÓN GENERAL DE HACIENDA. RES-DGH Dirección General de Hacienda a las 12:00 horas del 09 de agosto del dos mil dieciséis.

PROCEDIMIENTO PARA ELABORACION DE CERTIFICACIONES LABORALES

Gestión y Trámite para el Retiro y Pago de Cesantías

Emisión y Renovación de Licencias de Estación de Radio de las Aeronaves.

H. AYUNTAMIENTO MUNICIPAL DE SANTA MARÍA DEL ORO, JALISCO MANUAL DE PROCEDIMIENTOS CATASTRO MUNICIPAL MANUAL DE PROCEDIMIENTOS

1. MATERIA 2. ANTECEDENTES LEGALES

FLUJOGRAMA Y TRAMITACIÓN DE SOLICITUDES DE OTORGAMIENTO Y TRASLADO DE PATENTES DE ALCOHOLES.

EJECUCIÓN PRESUPUESTAL GESTION FINANCIERA. Definir lineamientos para realizar las operaciones de la ejecución presupuestal JEFE AREA FINANCIERA

DIRECCIÓN GENERAL DE HACIENDA

REGIONAL CESAR CENTRO DE OPERACIÓN Y MANTENIMIENTO MINERO INFORME DE EVALUACION FINAL SEGUNDO PROPONENTE INVITACION PÚBLICA

FORMATO DE PROCEDIMIENTOS LOTERÍA DE BOGOTÁ

Instructivo para liquidación Manual de impuestos de Vehículos eléctricos, nuevos y exonerados. (Aplicación únicamente por contingencia) LEY 9518

Í N D I C E. I. Objetivo 4. II. Alcance 4. III. Fundamento Jurídico y Referencias Normativas 4. IV. Políticas 5. V. Descripción de las Actividades 8

INSTRUCTIVO DE PUBLICIDAD PERMANENTE

SS-DGRS-CSBS-NC-RPIS-03

SIIGO WINDOWS. Calendario Tributario. Cartilla I

PROCEDIMIENTO RECEPCIÒN Y PAGO DE CUENTAS CÓDIGO DEL PROCEDIMIENTO: VERSIÓN No 3.0. Fecha: 12 de octubre de 2012

PROCEDIMIENTO DE CERTIFICACIÓN O RECONOCIMIENTO

PROCEDIMIENTO: CORRECCIÓN DE DATOS EN MANIFIESTO

SS-DGRS-CSBS-NR-RPIS-02

Inclusión de actividades en el procedimiento, elaboración de flujo grama y ajuste a ficha técnica de los indicadores

MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DE LA SUBDIRECCIÓN DE SERVICIOS GENERALES Y RECURSOS MATERIALES

INSTRUCTIVO CERTIFICACIONES EXONERACION IMPUESTO A TIERRAS RURALES

MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DEL DEPARTAMENTO DE CONTROL DE GESTIÓN

TRAMITES REALIZADOS POR EL DEPARTAMENTO DE CATASTRO

REPUBLlCA DE COLOMBIA DEL INTERIOR Y DE JUSTICIA ~ ' " f?8, \T~? rn,', DECRETO NÚMERO. ~,la "'\~-1-'._;~' _''.'::; ~-,", ",.

TRÁMITES Y SERVICIOS CATASTRO 2015

4. Definiciones IHSS: Instituto Hondureño de Seguridad Social Gerencia de IVM: Gerencia de Invalidez, Vejez y Muerte

Código: PRO-GF- PROCESO: GESTION FINANCIERA 01 Version: 01 Fecha: 11/12/2015 PROCEDIMIENTO: FISCALIZACION Página: 1 de 11

Instructivo para la. Calificación de Taxímetros. Tabla de Contenidos. Calificación de Taxímetros

AYUNTAMIENTO DE ALDEANUEVA DE BARBARROYA, PROVINCIA DE TOLEDO. ORDENANZA FISCAL NÚM. 21

Transcripción:

Página: 1 de 6 EXENCIONES

Página: 2 de 6 1. OBJETIVO: Conceder a los Contribuyentes los estímulos tributarios otorgados legalmente según los acuerdos municipales que contemplan estos conceptos. 2. TERMINOLOGIA Y DEFINICIONES: EXENCIÓN: Es una situación de privilegio que goza la persona (CONTRIBUYENTE) para no ser comprendida en una carga u obligación tributaria. EXONERACIÓN: Se refiere a la obligación comprendida o carga (pago de Impuestos) que es liberada del gravamen. 3. CONDICIONES GENERALES Para realizar una EXENCION TRIBUTARIA del Impuesto Predial y/o Impuesto de Industria y Comercio, se requiere que el Contribuyente presente la solicitud y cumpla con los requisitos exigidos legalmente, posteriormente se programa la visita con el fin de verificar el uso del bien inmueble y/o Establecimiento de Comercio. Es necesario que el Contribuyente exonerado del impuesto predial anualmente remita CERTIFICADO DE TRADICION con la solicitud nuevamente. Para el caso de Industria y Comercio es necesario que el contribuyente allegue los documentos necesarios para seguir con la exoneración en caso contrario se proyecta to Administrativo Revocando el Beneficio que había sido otorgado. Adicionalmente se requieren equipos de cómputo actualizados con su respectiva impresora y un servicio de transporte disponible para realizar las visitas de verificación tributaria.

Página: 3 de 6 4. DESARROLLO DEL INSTRUCTIVO Para atender las solicitudes de Exenciones que presentan los Contribuyentes se debe tener en cuenta la siguiente base legal: Constitución Política de Colombia Ley 14 de 1983, sus modificaciones y/o reglamentaciones Ley 136/96 Código Administrativo y de lo Contencioso Administrativo Decreto Ley 1333 de 1986, Código Régimen Municipal sus modificaciones y/o Reglamentaciones uerdo 26 de 2006, uerdo 36 de 2007, uerdo 0/09 uerdo 033/11 uerdo 26 de 23 uerdo 028/14 (Cooperativas) ES TATUTO TRIBUTARIO Cal endario Tributario Se ntencias relacionadas. De igual forma se efectuarán los registros en los siguientes formatos (se anexan): Resolución de Exenciones Resolución de Revocatorias Resolución de Negación de Exenciones Auto de Comisión a Visitas Auto de Inspección Ocular

Página: 4 de 6 ATENCION A SOLICITUDES DE EXENCION y BENEFICIOS TRIBUTARIOS: a).- Industria y Comercio recibe de los contribuyentes, las solicitudes para exención y beneficios Tributarios y son verificados y tramitados por el Profesional Universitario. En cada vigencia fiscal, el Contribuyente debe dirigir la solicitud al Secretario de Hacienda Municipal. b).- Determina tipo de solicitud, y verifica que los soportes presentados correspondan a los requeridos por la normatividad vigente, según el uerdo Municipal. c).- Si los soportes están incompletos o no corresponden, se indica mediante oficio los requeridos legalmente. d).- La información recibida se verifica en el sistema según propietario para constatar si tiene derecho al beneficio, luego se procede a realizar la visita y de acuerdo al resultado se procede a elaborar el respectivo to Administrativo es decir la RESOLUCIÓN DE EXENCIÓN, la cual debe ser revisada y aprobada por el Abogado. El to Administrativo que es firmado por el Director (a) de Rentas y el Secretario (a) de Hacienda; posteriormente se notifica al Contribuyente Personalmente; dando aviso mediante oficio para que se acerque a la oficina respectiva a notificarse. Cuando el Contribuyente No se acerca a notificarse, se realiza mediante Edicto. Cuando el Contribuyente No cumple con los requisitos, se proyecta resolución negando la exención. e).- Esta Resolución o acto administrativo, se Notifica personalmente al Contribuyente concediendo los recursos de Ley. Cuando el Contribuyente presenta los recursos de Ley: REPOSICION y RECONSIDERACION, se analiza, proyecta la

Página: 5 de 6 respuesta con el visto bueno del Abogado, firma del Director de Rentas Secretario de Hacienda. y f).- Mediante memorando interno cuando es concedida; se remite la exención al procedimiento respectivo (Industria y Comercio o Predial) para que la apliquen en el Sistema. g).- Se registra en el cuadro Excel de relación de empresas exentas y se archiva copia en el expediente, (copia resolución y copia memorando en el consecutivo) y se determina los exentos y que siguen cumpliendo con el deber de enviar información anual. h).- Los predios que ya han sido exonerados mediante Resolución, solo necesitan presentar anualmente el Certificado de Tradición con la solicitud, para verificarlo en el Sistema y programar la visita ocular o de verificación de uso del bien. i).- La Dirección de Rentas efectúa la correspondiente Comisión al Profesional Universitario para que practique la diligencia de Visita de Inspección Ocular. Se adjunta formato de AUTO DE COMISION A VISITAS. j).- El funcionario comisionado realiza la visita de inspección ocular para determinar el uso del inmueble, hace el levantamiento de la información y registra en el AUTO DE INSPECCION VERIFICACION DEL INMUEBLE. Firma junto con Contribuyente el Auto de Verificación y le entrega copia del auto y otra copia para el expediente. Para el ESTIMULO TRIBUTARIO a las Empresas que han obtenido el beneficio de Industria y Comercio, se verifica de acuerdo a la norma (uerdo Municipal 0/09), que Anualmente continúan cumpliendo con los requisitos que dieron origen al beneficio, constatando los siguientes soportes: Planillas de pago de Seguridad Social Integral (salud-pensión), Administradora de Riesgos Laborales-ARL, Parafiscales, correspondientes a los meses de enero a diciembre del año que se va a declarar.

Página: 6 de 6 k).- SEGUIMIENTO AL BENEFICIO. La Dirección de Rentas comisiona al Profesional encargado de las Exenciones con posterioridad al beneficio para que verifique la continuidad del uso adecuado por el cual obtuvo el beneficio. Cuando el beneficio es otorgado por concepto del impuesto predial, anualmente, hace un recorrido por los predios beneficiados, para constatar que se esté cumpliendo con el beneficio otorgado, en caso contrario obtiene pruebas. l).- Finalmente Archiva en el EXPEDIENTE los documentos de conformidad a la Ley General de Archivos. 5. CONTROL DE CAMBIOS VERSION VIGENTE DESDE OBSERVACION Primera versión SIGAMI REVISÓ APROBÓ NANCY GUTIERREZ CONDE Directora de Rentas OSWALDO MESTRE Secretario de Hacienda