RESOLUCIÓN de 8 mayo de 2014, del Director General de Ordenación Académica, por la que se dictan instrucciones para solicitar la incorporación de alumnos a ciclos formativos de Formación Profesional Básica. La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, modificada por la Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la mejora de la calidad educativa, introduce los ciclos formativos de Formación Profesional Básica entre las enseñanzas de formación profesional del Sistema Educativo. En el artículo 30 determina que el equipo docente podrá proponer a los padres, madres o tutores legales, en su caso a través del consejo orientador, la incorporación del alumno a un ciclo de Formación Profesional Básica cuando el grado de adquisición de las competencias así lo aconseje. Asimismo dicha Ley Orgánica determina en su artículo 41.1 que el acceso a los ciclos de Formación Profesional Básica requiere el cumplimiento simultáneo de las condiciones que en el mismo se determinan. El Real Decreto 127/2014, de 28 de febrero, por el que se regulan aspectos específicos de la Formación Profesional Básica de las enseñanzas de formación profesional del sistema educativo, se aprueban catorce títulos profesionales básicos, se fijan sus currículos básicos y se modifica el Real Decreto 1850/2009, de 4 de diciembre, sobre expedición de títulos académicos y profesionales correspondientes a las enseñanzas establecidas en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, ha establecido las condiciones específicas de ordenación de la Formación Profesional Básica y catorce títulos de estas enseñanzas. Asimismo, en su Disposición final tercera, establece que el primer curso de los ciclos de Formación Profesional Básica se implantará en el curso escolar 2014-2015. Por todo lo expuesto, en el uso de las competencias conferidas por la Ley 2/2009, de 11 de mayo, del Presidente y del Gobierno de Aragón, así como por el Decreto 336/2011, de 6 de octubre, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba la estructura orgánica del Departamento de Educación, Universidad, Cultura y Deporte, modificado por Decreto 178/2012, de 17 de julio, resuelvo: Primero. Cumplimiento de requisitos. De acuerdo con lo establecido en el artículo 15.1 del Real Decreto 127/2014, de 28 de febrero, para acceder a los ciclos de Formación Profesional Básica se deben cumplir simultáneamente los siguientes requisitos: a) Tener cumplidos quince años, o cumplirlos durante el año natural en curso, y no superar los diecisiete años de edad en el momento del acceso o durante el año natural en curso. b) Haber cursado el primer ciclo de Educación Secundaria Obligatoria o, excepcionalmente, haber cursado el segundo curso de la Educación Secundaria Obligatoria. Hasta la implantación de las modificaciones introducidas a través de la Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, en tercero de Educación Secundaria Obligatoria que tendrá lugar en el curso 2015/2016, se entenderá que es necesario haber cursado tercero de Educación Secundaria Obligatoria, o excepcionalmente segundo curso de las mismas enseñanzas. c) Haber propuesto el equipo docente a los padres, madres o tutores legales la incorporación del alumno o alumna a un ciclo de Formación Profesional Básica. Segundo. Trámites para solicitar la incorporación de alumnos a ciclos formativos de Formación Profesional Básica. 1. El artículo 28.7 de la Ley Orgánica de Educación determina que al finalizar cada curso de Educación Secundaria Obligatoria se entregará a los padres, madres o tutores legales de cada alumno o alumna un consejo orientador que podrá incluir, en su caso, la incorporación a un ciclo de Formación Profesional Básica. 2. El equipo docente de cada grupo de Educación Secundaria Obligatoria en que haya alumnos que cumplan los requisitos establecidos en el apartado primero, se reunirá en la junta de evaluación final ordinaria con el objetivo de decidir qué alumnos del grupo se proponen para su incorporación a ciclos de Formación Profesional Básica. Las decisiones que se tomen se reflejarán en el acta que se recoge como anexo I. En dicha reunión se analizará por parte del equipo docente de cada grupo de alumnos, con la documentación interna que estimen conveniente, y con el asesoramiento del Departamento de Orientación, la conveniencia o no de proponer a los alumnos para su incorporación a enseñanzas de Formación Profesional Básica. El acta de la sesión para decidir la propuesta de incorporación de alumnos a ciclos formativos de Formación Profesional Básica (anexo I) se archivará junto a las actas de evaluación de cada grupo de alumnos. 15780
3. El Consejo orientador de cada alumno incluirá un informe sobre el grado de logro de los objetivos y de adquisición de las competencias correspondientes, así como una propuesta de incorporación a ciclos de Formación Profesional Básica. Se realizará cumplimentando el modelo que se recoge como anexo II por duplicado. Se entregará un ejemplar a la familia y se guardará otro ejemplar en el expediente del alumno. 4. El padre, madre o tutores legales manifestarán su consentimiento a la incorporación del alumno a ciclos formativos de Formación Profesional Básica a través de su firma en el modelo que figura como anexo III. Dicho documento se conservará en el expediente del alumno. Tercero. Efectos de la propuesta de incorporación a ciclos formativos de Formación Profesional Básica. La propuesta de incorporación a ciclos formativos de Formación Profesional Básica no supone en ningún caso que el alumno sea admitido a cursar estas enseñanzas. Todos los alumnos interesados que cumplan los requisitos necesarios deberán participar en el proceso de admisión a estas enseñanzas en los plazos y a través del procedimiento que se determine por la Dirección General competente en materia de admisión de alumnos. Zaragoza, 8 de mayo de 2014. El Director General de Ordenación Académica, MARCO A. RANDO RANDO 15781
ANEXO I FORMACIÓN PROFESIONAL BÁSICA ACTA DE LA SESIÓN PARA DECIDIR LA PROPUESTA DE INCORPORACIÓN DE ALUMNOS/AS A CICLOS FORMATIVOS DE FORMACIÓN PROFESIONAL BÁSICA. Asistentes: El día xx de xxxxx de 20xx, se reúne el equipo docente del grupo del centro educativo. y, se PROPONE la incorporación a Formación Profesional Básica de los siguientes alumnos/as: - - - El/la Tutor/a Fdo: Vº Bº El/La Jefe/a de Estudios Fdo:.. 15782
ANEXO II FORMACIÓN PROFESIONAL BÁSICA CONSEJO ORIENTADOR PARA PROPUESTA DE INCORPORACIÓN A CICLOS FORMATIVOS DE FORMACIÓN PROFESIONAL BÁSICA 1.- Datos personales: - Nombre y apellidos del alumno/a: - Fecha de nacimiento: - Curso en el que está matriculado: - Centro: 2.- Requisitos de acceso: (R.D. 127/2014, artículo 15) Tener cumplidos quince años o cumplirlos el año natural en curso, y no superar los diecisiete años de edad en el momento del acceso ni durante el año natural en curso. Haber cursado el primer ciclo de Educación Secundaria Obligatoria o, excepcionalmente, haber cursado el segundo curso de Educación Secundaria Obligatoria. Haber sido propuesto por el equipo docente a los padres, madres o tutores legales para la incorporación a un ciclo de Formación Profesional Básica (Anexo I). 3.- Identificación del grado del logro de los objetivos 4.- Identificación del grado de adquisición de las competencias: Comunicación lingüística Matemática Conocimiento e interacción con el mundo físico Tratamiento de la información y competencias Social y ciudadana Cultural y artística Aprender a aprender Autonomía e iniciativa Bajo Medio Alto 5.- Medidas de atención a la diversidad adoptadas anteriormente: 15783
6.- Razones por las que se propone la incorporación del alumno/a a un ciclo de Formación Profesional Básica: Por todo ello, se propone la incorporación del alumno/a..a la Formación Profesional Básica, orientándolo hacia alguno de los siguientes ciclos formativos: En.., a de de 20 El/La Tutor/a El/La Orientador/a Fdo:. Fdo:. Vº Bº El/La Director/a Fdo: 15784
ANEXO III - FORMACIÓN PROFESIONAL BÁSICA CONSENTIMIENTO DEL PADRE, MADRE O TUTOR LEGAL SOBRE LA PROPUESTA DE INCORPORACIÓN A FORMACIÓN PROFESIONAL BÁSICA D./Dña: Domicilio: Localidad: Provincia Padre, madre, tutor/a legal de Fecha de nacimiento del alumno/a Centro: Curso EXPONE: Tras la propuesta del equipo docente para la incorporación a Formación Profesional Básica, DOY MI CONSENTIMIENTO A LA PROPUESTA DEL EQUIPO DOCENTE NO DOY MI CONSENTIMIENTO A LA PROPUESTA DEL EQUIPO DOCENTE Observaciones: En.., a de. de 20 Fdo: 15785