Puertos de Las Palmas



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Transcripción:

Puertos de Las Palmas Autoridad Portuaria de Las Palmas C/ Tomás Quevedo Ramírez, s/n. Tel: (+34) 928 214400 35008-Las Palmas de Gran Canaria Islas Canarias, España. Fax: (+34) 928 214422 Las Palmas de Gran Canaria a 21 de enero de 2011 RESOLUCIÓN DEL PRESIDENTE DE LA AUTORIDAD PORTUARIA DE LAS PALMAS POR LA QUE SE ADJUDICA EL CONTRATO DE ASESORAMIENTO FISCAL Y CONTABLE A LA AUTORIDAD PORTUARIA DE LAS PALMAS. ANTECEDENTES PRIMERO. Con fecha 21 de junio de 2010 el Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria de Las Palmas dictó orden de contratación por la que aprobaba el gasto y el Pliego de Condiciones para la contratación de los servicios de ASESORAMIENTO FISCAL Y CONTABLE A LA AUTORIDAD PORTUARIA DE LAS PALMAS con las siguientes características básicas: Presupuesto total de licitación: Trescientos setenta y cuatro mil cuatrocientos (374.400,00) euros. Presupuesto anual de licitación: Sesenta y dos mil cuatrocientos (62.400,00) euros anuales. Duración del contrato: CUATRO (4) AÑOS más DOS (2) PRÓRROGAS POTESTATIVAS ANUALES. Procedimiento de adjudicación: Abierto. Criterios de adjudicación: 1 criterio económico (precio del contrato) y 3 criterios técnicos (Metodología, Coherencia de la prestación con equipos materiales y personales y Mejoras) Régimen jurídico de la licitación: Orden FOM/4003/2008, de 22 de julio, por la que se aprueban las normas y reglas generales de los procedimientos de contratación de Puertos del Estado y Autoridades Portuarias. SEGUNDO. La convocatoria de licitación se efectuó mediante anuncio en el Boletín Oficial del Estado, así como en el perfil de contratante de la Autoridad Portuaria (www.contratacionesdelestado.es) y en la página Web oficial de la Autoridad Portuaria de Las Palmas (www.palmasport.es) desde las cuales se podía acceder a toda la documentación relativa a la contratación.

TERCERO. Dentro del plazo otorgado, las siguientes entidades presentaron sus ofertas: 1. RTR, S. L. MIGUEL ÁNGEL RAMÍREZ AUDITORES, S. L. N. E. (en compromiso de U.T.E.) 2. PRICEWATERHOUSECOOPERS AUDITORES, S. L. 3. GEA CANARIAS AUDIT PROFESIONAL, S. L. GEA CANARIAS, S.L. MURLI Y ASOCIADOS, S. L. (en compromiso de U.T.E.) 4. KPMG ABOGADOS, S. L. 5. OMF ASESORES, S. L. P. 6. J & A GARRIGUES, S. L. P. CUARTO. Sin embargo, fuera de plazo, tuvo entrada la documentación de la entidad ERNST & YOUNG AUDITORES Y ASESORES, S.L. cuyas circunstancias específicas quedaron reflejadas por Acta de la Mesa de Contratación de 4 de octubre de 2010: La CLÁUSULA 14ª del Pliego de condiciones establece como regla general que los sobres con las proposiciones de los empresarios se han de presentar en mano en las dependencias del Departamento de Asesoría Jurídica de la Autoridad Portuaria de Las Palmas. Al mismo tiempo, también se admiten las enviadas por correo o mensajería antes de la finalización del plazo señalado en el anuncio, en cuyo caso el interesado deberá acreditar, con el resguardo correspondiente, la fecha y hora de imposición del envío y comunicar en el mismo día al Departamento de Asesoría Jurídica, por FAX al (+34) 928 214 460, la remisión de la proposición. Sin la concurrencia de ambos requisitos no serán admitidas las proposiciones que sean recibidas con posterioridad a la fecha y hora de la terminación del plazo señalado en el anuncio. La entidad ERNST & YOUNG AUDITORES Y ASESORES, S. L. utilizó los servicios de CORREOS (concretamente Postal Exprés) para remitir su proposición a esta Autoridad Portuaria. Sin embargo, consta que la imposición del envío se realizó fuera de plazo. El plazo para presentar la documentación terminaba el 13 de septiembre de 2010 a las 13:00 horas; la documentación se presentó en las oficinas de Correos el 13 de septiembre de 2010 a las 14:30 horas. Por tanto, la entidad no puede ser admitida a licitación. QUINTO. También por Acta de 4 de octubre de 2010 la Mesa de Contratación evacuó el trámite de apertura de los sobres de documentación general acordando conceder un plazo de tres (3) días hábiles a las entidades RTR, S. L. MIGUEL ÁNGEL RAMÍREZ AUDITORES, S. L. N. E. (en compromiso de U.T.E.), GEA CANARIAS AUDIT PROFESIONAL, S. L. GEA CANARIAS, S. L. MURLI Y ASOCIADOS, S. L. (en compromiso de U.T.E.), KMPG ABOGADOS, S. L., OMF ASESORES, S. L. P. y J & A GARRIGUES,

S.L.P. para que subsanaran los defectos detectados en su documentación general. SEXTO. Con fecha 26 de octubre de 2010 la Mesa de Contratación efectuó el examen de la documentación presentada por las entidades con defectos subsanables acordando finalmente admitir a la licitación a dichas empresas por haber subsanado correctamente los defectos detectados en su documentación general, excepto a la entidad GEA CANARIAS AUDIT PROFESIONAL, S. L. GEA CANARIAS, S. L. MURLI Y ASOCIADOS, S. L. (en compromiso de U.T.E.) que no fue admitida por no haber subsanado correctamente todos los defectos detectados en su documentación general. SÉPTIMO. Seguidamente se efectuó el traslado de la documentación técnica de las empresas a la Comisión Técnica para su examen y valoración según los criterios establecidos en la CLÁUSULA 18ª del Pliego de Condiciones. La Comisión Técnica elevó el informe a la Mesa de Contratación con la siguiente valoración: 1. RTR, S. L. MIGUEL ÁNGEL RAMÍREZ AUDITORES, S. L. N. (en compromiso de U.T.E.) Valoración técnica: 56,25 puntos. 2. PRICEWATERHOUSECOOPERS AUDITORES, S. L. Valoración técnica: 90,00 puntos. 3. KPMG ABOGADOS, S. L. Valoración técnica: 77,50 puntos. 4. OMF ASESORES, S. L. P. Valoración técnica: 40,00 puntos. 5. J & A GARRIGUES, S. L. P. Valoración técnica: 45,00 puntos. OCTAVO. El 12 de enero de 2011, al inicio del acto público de apertura de ofertas económicas, se notificó al público asistente las valoraciones asignadas por la Comisión Técnica. En atención a dichas valoraciones, de conformidad con el ANEXO NÚMERO CINCO del Pliego de Condiciones, las ofertas de RTR, S. L. MIGUEL ÁNGEL RAMÍREZ AUDITORES, S. L. N. (en compromiso de U.T.E.), OMF ASESORES, S. L. P. y J & A GARRIGUES, S. L. P. no se consideraron de calidad técnica suficiente, al haber obtenido una valoración técnica inferior a los 60 puntos, por lo que no se procedió a la apertura de sus ofertas económicas. Con respecto a las restantes entidades, se efectuó la apertura de sus ofertas económicas, con el siguiente resultado: 1. PRICEWATERHOUSECOOPERS AUDITORES, S. L. Oferta económica: Cincuenta y siete mil cuatrocientos ocho (57.408,00) euros anuales más dos mil ochocientos setenta euros con cuarenta céntimos

(2.870,40 ) de IGIC. 2. KPMG ABOGADOS, S. L. Oferta económica: Cuarenta y ocho mil (48.000,00) euros anuales más dos mil cuatrocientos (2.400,00) euros de IGIC. NOVENO. En la misma sesión de 12 de enero de 2011, la Mesa procedió a efectuar el cálculo establecido en el Pliego de Condiciones (CLÁUSULA 19ª) para determinar si alguna oferta pudiera estar incursa en presunción de anormalidad, resultando que la proposición económica de la entidad KPMG ABOGADOS, S. L. se hallaba en tal circunstancia por lo que se acordó requerir a la entidad para que en el plazo improrrogable de CUATRO (4) DÍAS HÁBILES presentara informe justificativo de la baja efectuada. DÉCIMO. En tiempo y forma la entidad presentó la documentación y los argumentos que estimó oportunos. En virtud de la justificación y a la vista del informe emitido el 19 de enero de 2011 por el Jefe de Gestión Financiera, la Mesa acordó, en acta de 19 de enero de 2011, admitir la oferta de la entidad KPMG ABOGADOS, S. L. por haber justificado suficientemente la baja efectuada, por lo que se aprecia como posible el normal cumplimiento de la proposición. UNDÉCIMO. A continuación, en cumplimiento de la CLÁUSULA 18ª del Pliego, que remite a los ANEXOS NÚMERO CINCO, SEIS y SIETE, la Mesa de Contratación efectuó el cálculo de las puntuaciones técnicas, las puntuaciones económicas y la ponderación final de las puntuaciones para obtener la puntuación global. DUODÉCIMO. A continuación, en aplicación de la CLÁUSULA 20ª del Pliego de Condiciones, la Mesa acordó elevar al Órgano de Contratación propuesta de resolución comprensiva de los siguientes pronunciamientos: Admitir la oferta de la entidad KPMG ABOGADOS, S. L. que se encontraba inicialmente incursa en presunción de anormalidad por haber justificado suficientemente la baja efectuada, por lo que se aprecia como posible el normal cumplimiento de la proposición. Clasificar a las entidades cuyas ofertas han resultado técnicamente aceptables y no son anormalmente bajas en orden decreciente en atención a la puntuación global obtenida de conformidad con los criterios de adjudicación: POSICIÓN EMPRESA PUNTUACIÓN GLOBAL 1 KPMG ABOGADOS, S. L. 82,50 2 PRICEWATERHOUSECOOPERS AUDITORES, S. L. 81,70 Adjudicar el contrato para la realización de los servicios de ASESORAMIENTO FISCAL Y CONTABLE A LA AUTORIDAD PORTUARIA DE LAS PALMAS a la entidad KPMG ABOGADOS, S. L. por un precio de cuarenta y ocho mil (48.000,00) euros anuales más dos

mil cuatrocientos (2.400,00 ) euros de IGIC. Esta Presidencia, a la vista de los anteriores antecedentes, en el ejercicio de la competencia para adjudicar el presente contrato en virtud de Resolución de Delegación en el Presidente del Consejo de Administración de fecha 28 de julio de 2010 y publicada en el Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas el día 9 de agosto de 2010, así como de las CLÁUSULAS 9ª y 19ª del Pliego de Condiciones que rige la licitación para la contratación de los servicios de ASESORAMIENTO FISCAL Y CONTABLE A LA AUTORIDAD PORTUARIA DE LAS PALMAS RESUELVE Admitir la oferta de la entidad KPMG ABOGADOS, S. L. que se encontraba inicialmente incursa en presunción de anormalidad por haber justificado suficientemente la baja efectuada, por lo que se aprecia como posible el normal cumplimiento de la proposición. Clasificar a las entidades cuyas ofertas han resultado técnicamente aceptables y no son anormalmente bajas en orden decreciente en atención a la puntuación global obtenida de conformidad con los criterios de adjudicación: POSICIÓN EMPRESA PUNTUACIÓN GLOBAL 1 KPMG ABOGADOS, S. L. 82,50 2 PRICEWATERHOUSECOOPERS AUDITORES, S. L. 81,70 Adjudicar el contrato para la realización de los servicios de ASESORAMIENTO FISCAL Y CONTABLE A LA AUTORIDAD PORTUARIA DE LAS PALMAS a la entidad KPMG ABOGADOS, S. L. por un precio de cuarenta y ocho mil (48.000,00) euros anuales más dos mil cuatrocientos (2.400,00 ) euros de IGIC. Contra la presente resolución podrá interponerse reclamación previa a la vía civil ante el Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria de Las Palmas de conformidad con lo establecido en el artículo 120 y siguientes de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común. EL PRESIDENTE Javier Sánchez-Simón Muñoz (Por delegación del Consejo de Administración de 28 de julio de 2010; BOP Las Palmas de 9 de agosto de 2010)