Laboratorios de Entrenamiento Basico ANEXO II RES. Nº 1221/2005 REGLAMENTO



Documentos relacionados
REGLAMENTOS LABORATORIOS DE TELECOMUNICACIONES

Reglamento interno del Laboratorio de Informática TÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES CAPÍTULO I DENOMINACIONES

Reglamento Biblioteca de Ciencias Sociales Enzo Faletto. Facultad Latinoamericana de Ciencias Sociales (FLACSO)

REGLAMENTO DEL LABORATORIO

REGLAMENTO DE USO DE CENTROS DE CÓMPUTO CARRERA DE INGENIERÍA DE SISTEMAS

ÍNDICE. Lineamientos para el Uso del Laboratorio de Optimización y Redes de la UPALT. CAPÍTULO PRIMERO Disposiciones generales

Reglamento General del Laboratorio

LINEAMIENTO PARA UTILIZACIÓN DE TALLERES Y LABORATORIOS INSTITUTO TECNOLÓGICO SUPERIOR DE GUASAVE

Centro de Medios Programa de Comunicación Social

REGLAMENTO DEL LABORATORIO

Capítulo II De los usuarios. Capítulo III Del acceso a los recursos bibliográficos

CORPORACIÓN INSTITUTO SUPERIOR MARTIN LUTHER KING LABORATORIO DE PSICOLOGIA REGLAMENTO

Reglamento para el Funcionamiento y Prestación de Servicios de la Biblioteca del Tribunal Supremo de Elecciones

REGLAMENTO DE LABORATORIOS DE FÍSICA Y TERMOFLUIDOS Facultad de Ingeniería, Universidad Anáhuac.

COLEGIO DE ESTUDIOS CIENTÍFICOS Y TECNOLÓGICOS DEL ESTADO DE QUERÉTARO TALLER DE ELECTRÓNICA TALLER DE ELECTRICIDAD TALLER DE MANTENIMIENTO

Reglamento general de uso de talleres y laboratorios de la Universidad.

REGLAMENTO DE TRABAJO INTERNO DE LOS LABORATORIOS DEL CENTRO UNIVERSITARIO DE CIENCIAS EXACTAS E INGENIERÍAS

INSTITUTO TECNOLOGICO SUPERIOR DE ESCÁRCEGA REGLAMENTO DEL LABORATORIO DE REDES Y ELECTRÓNICA

REGLAMENTO DE LA BIBLIOTECA DE LA FACULTAD REGIONAL SAN NICOLAS. (Aprobado por Consejo Directivo el 21 de diciembre de 2015 bajo Resol.

REGLAMENTO DE USO DEL LABORATORO DE INFORMÁTICA Y RECURSOS AUDIOVISUALES DE LA FACULTAD DE FILOSOFÍA UNESIDAD NACIONAL DEL ESTE

FACULTAD DE MEDICINA ALBERTO HURTADO SISTEMA DE GESTION DE LA CALIDAD DE LA FACULTAD DE MEDICINA ALBERTO HURTADO DE LOS ALUMNOS NOMBRE CARGO FIRMA

UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DE LA RIVIERA MAYA Organismo Público Descentralizado del Gobierno del Estado de Quintana Roo ISO 9001:2000

INSTITUTO TECNOLÓGICO SUPERIOR DE HUICHAPAN REGLAMENTO DEL CENTRO DE CÓMPUTO DEL INSTITUTO TECNOLÓGICO SUPERIOR DE HUICHAPAN

Instituto Tecnológico Superior de la Región Sierra

UMSNH FACULTAD DE ODONTOLOGIA

INSTITUTO TECNOLOGICO SUPERIOR DE ESCÁRCEGA REGLAMENTO DEL CENTRO DE CÓMPUTO

REGLAMENTO QUE RIGE El USO DEL LABORATORIO DEL PROGRAMA EDUCATIVO DE INGENIERÍA MECATRÓNICA.

COLEGIO DE ESTUDIOS CIENTÍFICOS Y TECNOLÓGICOS DEL ESTADO DE QUERÉTARO

Reglamento de la Sala de Juicios Orales

Universidad de Guadalajara

DEPARTAMENTO DE INFORMÁTICA Y TECNOLOGÍA EDUCATIVA DIyTE Reglamento de Aulas de Informática

REGLAMENTO QUE RIGE EL USO DE LOS LABORATORIOS DE CÓMPUTO Y REDES DE LA UNIVERSIDAD POLITÉCNICA METROPOLITANA DE PUEBLA

I N D I C E. 1. Capitulo I : NATURALEZA, FINALIDAD Y COMPETENCIA. 5. Capitulo V : DE LA RECUPERACIÓN DE EXPERIMENTOS Y USO DE HORAS LIBRES

Por medio de la presente autorizo el siguiente documento:

ACUERDO No de mayo de Por medio del cual se reglamenta el Laboratorio de Medios del Programa de Comunicación Social

REGLAMENTO PARA USO DE LAS SALAS DE COMPUTACIÓN

CONSEJO DIRECTIVO ACUERDO (Bucaramanga, Diciembre 15 de 2009) EL CONSEJO DIRECTIVO DE LAS UNIDADES TECNOLOGICAS DE SANTANDER ACUERDA

UNIVERSIDAD AUTONOMA DE CAMPECHE FACULTAD DE HUMANIDADES REGLAMENTO DE LA SALA DE CÓMPUTO

UNIVERSIDAD AUTÓNOMA CHAPINGO DEPARTAMENTO DE AGROECOLOGÍA

ARTICULO ÚNICO. - Establecer el Reglamento de Usuarios de las Salas de Cómputo de la Universidad así:

ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE PORTOVIEJO INSTRUCTIVO PARA EL USO Y ADMINISTRACIÓN DE LA SALA DE CAPACITACIÓN

REGLAMENTO INTERNO LABORATORIO DE CONTROL INDUSTRIAL. ELABORADO POR Ing. Cristian Fabara REVISADO Y APROBADO POR

REGLAMENTO PARA EL USO DE LOS SERVICIOS BIBLIOTECARIOS DEL CENTRO DE INFORMACION Y BIBLIOTECA DR. VICTOR HUGO HURTARTE

REGLAMENTO DEL CENTRO DE INFORMACIÓN

CAPITULO 1 GENERALES. Articulo2 El horario del servicio del centro de cómputo será de lunes a viernes de 7:00 a las 21 Horas.

PROCEDIMIENTO PARA PRÉSTAMO Y USO DE EQUIPO AUDIOVISUAL Y/O COMPUTADORES PORTÁTILES CONTROL DE CAMBIOS FECHA VERSIÓN DESCRIPCIÓN DEL CAMBIO

ARTÍCULO 2. El taller de redes se utilizará únicamente con fines académicos.

Consejo Superior Universitario Voto Nº

UNIVERSIDAD AUTONOMA DE ENTRE RIOS FACULTAD DE CIENCIAS DE LA VIDA Y LA SALUD REGLAMENTO DE BIBLIOTECA

D-41 REGLAMENTO DE BIBLIOTECA D-41. Código: REGLAMENTO DE BIBLIOTECA. Fecha efectiva 08/11/2016. Página: 1 de 12. Versión: 00

PROCEDIMIENTO DE UTILIZACIÓN DE LABORATORIOS Y TALLERES SEDE SANTIAGO SUR

REGLAMENTO PARA EL USO DE LOS INSTRUMENTOS MUSICALES Y ACCESORIOS DE APOYO TÉCNICO Y PEDAGÓGICO.

REGLAMENTO INTERNO DEL LABORATORIO DE COMPUTO

INSTUTUCIÓN EDUCATIVA DISTRITAL LAURA VICUÑA REGLAMENTO DE LAS AULAS DE INFORMÁTICA RECTORIA

REGLAMENTO INTERNO DE LA BIBLIOTECA DE LA FACULTAD DE CONTADURÍA Y ADMINISTRACION DE LA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA BENITO JUÁREZ DE OAXACA

PROTOCOLO DE USO LABORATORIO DE RADIO

Reglamento de los Laboratorios de Cómputo del Instituto Tecnológico Superior de Arandas

INSTITUTO POLITÉCNICO NACIONAL CENTRO DE ESTUDIOS CIENTÍFICOS Y TECNOLÓGICOS 5 BENITO JUÁREZ

Reglamento Sobre el Uso de las Salas de Informática

UNIVERSIDAD AUTÓNOMA CHAPINGO DIVISIÓN DE CIENCIAS FORESTALES REGLAMENTO DE LA BIBLIOTECA DE LA DIVISIÓN DE CIENCIAS FORESTALES

REGLAMENTO INTERNO LABORATORIO DE CONTROL INDUSTRIAL. ELABORADO POR Ing. Cristian Fabara REVISADO Y APROBADO POR

REGLAMENTO DE BIBLIOTECA

INSTRUCTIVO PARA EL MANEJO DE LA SEGURIDAD EN AREA DE RECEPCION

REGLAMENTO. Laboratorios de la EESuX 2015

Instituto Tecnológico de Colima

ÍNDICE. Transitorios... 4

REGLAMENTO GENERAL DEL LABORATORIO DE CIENCIAS EXPERIMENTALES DEL COLEGIO DE BACHILLERES DEL ESTADO DE CHIHUAHUA

UNIVERSIDAD AUTÓNOMA CHAPINGO DEPARTAMENTO DE AGROECOLOGÍA

UNIVERSIDAD AUTÓNOMA CHAPINGO

COLEGIO DE MEDICOS VETERINARIOS DE COSTA RICA REGLAMENTO PARA EL USO DE EQUIPOS DE CÓMPUTO, PROGRAMAS INFORMÁTICOS Y ACCESORIOS

Reglamento para usuarios

Reglamento del Laboratorio de Ciencias Básicas

REGLAMENTO DE USO Y CUIDADO DE LAS INSTALACIONES

Reglamento Biblioteca Universitaria "María Luisa Cortés Gay" Introducción

UNIVERSIDAD DE LA GUAJIRA VICERECTORIA ACADEMICA SISTEMA INTEGRAL DE LOS LABORATORIOS -SILAB- REGLAMENTO INTERNO CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES

BLOQUE DE HORAS PARA PREGRADO. Horario Matutino (De 7:00 AM a 11:00 AM) 1 07:00 AM 07:40 AM 2 07:40 AM 08:20 AM 3 08:20 AM 09:00 AM

NORMATIVA DE PRÉSTAMO DE MATERIAL BIBLIOGRÁFICO Y MATERIALES ESPECIALES DE APOYO A LA DOCENCIA, LA INVESTIGACIÓN Y EL APRENDIZAJE

REGLAMENTO DE USO SALA DE ENLACES Y EQUIPAMIENTO TECNOLÓGICO

REGLAMENTO DEL LABORATORIO DE QUÍMICA

Listado de recursos con los que cuenta el establecimiento: RECURSO CANTIDAD UBICACIÓN PC 30 SALA DE ENLACES NOTEBOOK 3 CRA DATA 4 CRA TELÓN 4 CRA

REGLAMENTO DEL CENTRO DE INFORMACION

REGLAMENTO DE LA BIBLIOTECA DE LA FACULTAD SALUS INFIRMORUM DE ENFERMERÍA Y FISIOTERAPIA INTEGRADA EN LA UNIVERSIDAD PONTIFICIA DE SALAMANCA.

Reglamento de la Sala de Cómputo del Posgrado

Aprobado mediante: Resolución Ministerial N 059 de 8 de marzo de 2016

Normas del Buen Uso del Laboratorio de Cómputo

Lineamientos para el uso del laboratorio de ciencias básicas

Reglamento del Laboratorio de Computo Especializado

Reglamento de la Biblioteca y Hemeroteca Alfonso Palacio Rudas

CAPÍTULO I. DE SU FINALIDAD, ALCANCES y FUNCIONES

Reglamento del Laboratorio de Artes Plásticas

REGLAMENTO SOBRE EL USO DE LA BIBLIOTECA DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL

REGLAMENTO GENERAL DE LA BIBLIOTECA CENTRAL UNSAM

REGLAMENTO INTERNO DEL ESTUDIANTE

REGLAMENTO DE USO DE DEPENDENCIAS DE INFRAESTRUCTURA Y MOBILIARIO ESCOLAR DE ESTABLECIMIENTOS EDUCACIONALES DE CHÉPICA

Laboratorios, áreas de cómputo y en la biblioteca Raúl Pous Ortíz

PROCEDIMIENTO SOLICITUD DE PRÉSTAMO DE EQUIPOS DE ACCESO Y MEDIDAS DE PROTECCIÓN

Transcripción:

Infraestructura REGLAMENTO Salón de Practica Mesas para Practicas Mesas de pared para Practicas Lavaderos Taburetes Equipos y Accesorios Salón de Preparado de Practica Escritorios Sillas Bibliotecas Capacidad de los laboratorio: 30 alumnos por sala Nivel Medio, Avanzado. Los tienen por función el de asistir a los profesores, alumnos de la Facultad de Ingeniería UNA, en apoyo a los programas de estudios de los mismos, asi como el insentivar el espiruto investigativo en diferentes areas de la carrera de. Para asegurar el mejor cumplimiento de los servicios que brinda esta Unidad; preservar y explotar racionalmente sus recursos, se elaboró el siguiente Reglamento; donde se contempla las medidas de Orden y Seguridad. Este reglamento debera ser revisado y modificado periodicamente para su ajueste a las necesidades actuales. Pag.: 1

Requisitos para utilizar los Laboratorio 1. Los Usuarios deberán cumplir los siguientes requisitos: A. Estar matriculados en el año en curso como alumno/a de la Facultad de Ingeniería UNA. B. No estar afectado por ningún tipo de sanción disciplinaria en la U.N.A. C. El profesor debera coordinar las experiencias con el tecnico del laboratorio, con tiempo prudencial a la practica, a los efectos de la BUENA PRACTICA EN LOS LABORATORIOS. D. El usuario debe contar con el Carnet de Alumno de la Institución, donde se consignan sus datos personales. El mismo debe portar dicho documento para todos los trámites sean estos de préstamos o consultas en los laboratorios. E. Para los usuarios externos a UNA, los mismos deberan solicitar el uso de los laboratorios y/o equipos al Decanato de la. La Direccion de la carrera de Ingenieria Electronica, sera la que otorogara el permiso de uso, en base a las disponibilidades de los laboratorios y equipos, toda vez que no afecte al normal desempeo de los mismos. 2. Los equipos, accesorios y manuales de instrucción deben mantenerse en el orden y ubicación establecidos y ser tratados adecuadamente, siguiendo las especificaciones técnicas. 3. El uso de todos los equipos deberá ser sustentado por los estudios teóricos y de experimentos indicados por los profesores y no por tanteos. En Relación a los Traslados o Prestamos 1. Los préstamos de equipos a usuarios externos, sean estos profesores alumnos de otras instituciones, y al público en general; se harán en los Pag.: 2

laboratorios correspondientes con la autorización y los montos arancelarios fijados por las autoridades de la FIUNA. 2. El usuario autorizado por el Director, Jefe de Departamento, o Jefe de División, para retirar de algunos de los laboratorios algún equipo o accesorios de los mismos, deberá registrar su pedido, llenando previamente el formulario de solicitud que obra en poder de cada responsable de laboratorio y de la secretaria de la Ingeniería Electrónica (DIE) 3. En caso de trasladar un equipo de un laboratorio a otro se deberá llenar un formulario de movimiento entre laboratorios, a efecto de informar y ejecutar por parte de los encargados correspondientes. 4. Para el caso de traslado de equipos, muebles y accesorios correspondientes en las afueras del CITEC, se debe contar con la autorización de la Ingeniaría Electrónica el personal de seguridad recibirá una copia de la autorización y del formulario de solicitud para facilitar y agilizar el control tanto de salida como de entrada, permaneciendo dicha copia en poder de los mismos. De las Responsabilidades, Extravíos y Averías 1. El usuario está comprometido a devolver los equipos, muebles y accesorios correspondientes retirados en calidad de préstamo en la fecha de devolución asignada. 2. El o los usuarios son responsables en forma absoluta de los equipos durante su arrendamiento, cualquier anomalía en el lapso de tiempo del préstamo deslinda la responsabilidad de los encargados y jefes de laboratorio., y deberan encargarse de los gastos de reparacion y/o reposocion. 3. El encargado de cada laboratorio deberá chequear el estado de los equipos, muebles y accesorios correspondientes y posteriormente remitir un informe al Jefe de laboratorios u otra autoridad que lo solicitare. Pag.: 3

4. El o los usuarios que no hayan devuelto los equipos, muebles y accesorios correspondientes, en la fecha fijada serán plausibles de multa, sanción o demandas a ser establecidas por las autoridades de la FIUNA. 5. Todo usuario que haya dañado el o los equipos, muebles y accesorios correspondientes, abonará los gastos que impliquen la reparación o reposición de los mismos en términos a ser establecidos por las autoridades de la FIUNA. De los Procedimientos 1. Para utilizar los laboratorios, deberán llenarse el formulario de autorización de práctica, con firma del profesor de cátedra en ella estará indicadas: la experiencias a ser realizadas, cantidad de participantes, horario de utilización, equipos y accesorios requeridos. El formulario correspondiente debera ser presentado al Laboratorio correspondiente con 48 Hs. Anticipadas. 2. Todo lo relacionado a horas extras, cambios de horarios de las prácticas y/o arrendamientos de laboratorios como de equipos que afecten al horario de trabajo del personal de los Laboratorios u otras áreas del DIE, deberá contar con autorización de la Dirección y estar adecuados con los reglamentos administrativos vigentes de la UNA a fin de cubrir las remuneraciones extraordinarias de los tecnicos de laboratorios. Medidas de Orden y Seguridad 1. Sin la presencia del Encargado del laboratorio, el acceso a los Laboratorios está restringido. 2. Respetar las normas de seguridad impartida por los encargados de cada laboratorio. 3. Los usuarios deberán mantener buena presencia durante el uso del laboratorio con vestimentas adecuadas (pantalones largos, camisas y calzados con buena aislamiento), no podrán acceder a el con mochilas o maletines, los aparatos de telefonía móvil deberán ser desconectado. Pag.: 4

4. El uso de accesorio de vestir como aritos, pulseras, piercing, relojes, anillos piezas de metal durante el laboratorio queda prohibido por seguridad. 5. Esta terminantemente prohibido ingresar alimentos, cualquier tipo de bebidas y golosinas. 6. Esta prohibido fumar en los laboratorios, y en las zonas de influencia de los mismos. Los alumnos deberán mantener el orden y la disciplina durante las prácticas y el desarrollo de los experimentos, cuidando del buen estado de los mobiliarios, accesorios, de los diferentes equipos y medidores. 7. En caso de existir alguna irregularidad en el comportamiento de algunos alumnos o usuarios dentro de cualquiera de los laboratorios, el encargado del mismo, el profesor o el instructor tendrá la potestad de expulsar a los mencionados y redactar un informe a la instancia correspondiente. 8. En caso de alguna anomalía en el funcionamiento de los equipos, se debe comunicar de forma inmediata al profesor o instructor. Estos deberán hacer lo propio al encargado del laboratorio en forma inmediata. 9. Durante la duración de las clases, el profesor o instructor tiene la responsabilidad exclusiva de la seguridad de los equipos y del personal a su cargo, y, por lo tanto dar cumplimiento de estas normativas. 10. Ante cualquier duda, el usuario debe recurrir al instructor o encargado del laboratorio para la orientación correspondiente. Pag.: 5