3.2.- FLUJOS DE RESIDUOS

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Transcripción:

3.2.- FLUJOS DE RESIDUOS 3.2.1.- MARCO NORMATIVO COMUNITARIO Directiva 75/442/CEE, de 15 de julio, relativa a los Residuos, modificada por la Directiva91/156/CEE, de 18 de marzo. Directiva 87/101/CEE, del Consejo de 22 de diciembre de 1986, por la que se modifica la directiva 75/439/CEE relativa a la gestión de aceites usados. Directiva 89/429/CEE del Consejo, de 21 junio de 1989, relativa a la reducción de la contaminación atmosférica procedente de instalaciones existentes de incineración de residuos municipales. Directiva 94/62/CE, de 20 de diciembre relativa a los Envases y Residuos de Envases y borradores de la revisión de esta Directiva. Directiva 96/61/CE, de 24 de septiembre, relativa a la Prevención y Control Integrados de la Contaminación. (IPPC). Directiva 1999/31/CE, de 26 de abril de 1999, relativa al Vertido de Residuos. Directiva 200/76/CE, de 4 de diciembre, relativa a la Incineración de Residuos. Decisión del Consejo 2001/573/CE, de 23 de julio de 2001, por la que se modifica la Decisión 2000/532/CE de la Comisión en lo relativo a la lista de residuos. Directiva 2003/108/CE del Parlamento Europeo y del Consejo de 8 de diciembre de 2003, por la que se modifica la Directiva 2002/96 sobre residuos de aparatos eléctricos y electrónicos (RAEE). Mancha Capítulo III. 39

ESTATAL Ley 11/1997, de 24 de abril, de Envases y Residuos de Envases (BOE nº 99, de 25.04.97). Observaciones: Traspone la Directiva del Parlamento y del Consejo 94/62/CE, de 20 de diciembre, relativa a los Envases y Residuos de Envases (DOCE L nº 365, de 31.12.94). En materia de identificación de materiales de envase, véase Decisión de la Comisión 97/129/CE, de 28 de enero. (DOCE L nº 50, de 20.02.97). En materia de modelos relativos al sistema de bases de datos, véase Decisión de la Comisión 97/62/CE, de 3 de febrero. (DOCE L nº 52, de 22.02.97). Desarrollada reglamentariamente por el Real Decreto 782/1998, de 30 de abril (BOE nº 104, de 01.05.98) y por la Orden de 27 de abril de 1998 del Ministerio de Medio Ambiente (BOE nº 104, de 01.05.98) (Corrección de errores: BOE nº 120, de 20.5.98). Modificada por la disposición adicional trigésimooctava de la Ley 66/1997, de 30 de diciembre, de medidas fiscales, administrativas y del orden social (BOE nº 313, de 31.12.97). Modificada por la disposición adicional séptima de la Ley 10/1998, de 21 de abril, de residuos (BOE nº 96, de 22.04.98). Modificada por la disposición adicional decimonovena de la Ley 50/1998, de 30 de diciembre, de medidas fiscales, administrativas y del orden social (BOE nº 313, de 31.12.97). Afectada por la Resolución de 30 de septiembre de 1998, de la Dirección General de Tributos [aplicación del IVA a operaciones de los SIG] (BOE nº 257, de 27.10.98). Afectada por la Orden de 21 de octubre de 1999 por la que se establecen las condiciones para la no aplicación de los niveles de concentración de metales pesados a las cajas y paletas de plástico reutilizables que se utilicen en una cadena cerrada y controlada (BOE nº 265, de 50.11.99). Modificada su disposición adicional primera por el artículo 82 de la Ley 14/2000 (BOE nº 313, de 30.12.00). Mancha Capítulo III. 40

Se relaciona con: Real Decreto 782/1998, de 30 de Abril, por el que se aprueba el Reglamento (BOE nº 1.05.1998). Ley 10/1998, de 21 de abril, de Residuos. (BOE nº 96, de 22.04.98). Observaciones: Transpone la Directiva 91/156/CEE, del Consejo, de 18 de marzo de 1991, por la que se modifica la Directiva 75/442/CEE, del Consejo, de 15 de julio de 1975. Deroga: Ley 42/1975, de 19 de noviembre, sobre desechos y residuos sólidos urbanos; Ley 20/1986, de 14 de mayo, básica de residuos tóxicos y peligrosos. -Modifica la Ley 11/1997, de 24 de abril, de envases y residuos de envases-. Se relaciona con: Real Decreto 2818/1998, de 23 de diciembre, sobre producción de energía eléctrica por instalaciones abastecidas por recursos o fuentes de energía renovables, residuos y cogeneración [artículos 1.c) y 2.1.c) y d)] (BOE nº 312, de 30.12.98), que regula la utilización de residuos urbanos en la cogeneración de electricidad. Corrección de errores (BOE nº 43, de 19.02.99). Real Decreto 2822/1998, de 23 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento General de Vehículos. [Anexo 1, apartados 1 y 2] (BOE nº 22, de 26.01.99), que hace referencia a las disposiciones sobre la emisión de humos y gases contaminantes de los vehículos y la normativa sobre vehículos abandonados contenida actualmente en la Orden de 14 de febrero de 1974 (BOE nº 48, de 25.02.74). Ley 11/1999, de 21 de abril. Su artículo segundo añade en la letra a), apartado 1 del artículo 71 de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a motor y Seguridad Vial, aprobada por el Real Decreto legislativo 339/1990, de 2 de marzo, estableciendo cuando un vehículo abandonado podrá ser considerado residuo sólido urbano. Ley 10/1998, de 21 de abril, de Residuos (BOE; 22 de abril de 1998). Resolución de 17 de noviembre de 1998, de la Dirección General de Mancha Capítulo III. 41

Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se dispone la publicación del catálogo europeo de residuos (CER), aprobado mediante la Decisión 94/3/CE, de la comisión, de 20 de diciembre de 1993 (BOE; 8 de enero de 1999). Resolución de 24 de julio de 1989, por la que se dispone la publicación del Acuerdo del Consejo de Ministros por el que se aprueba el Plan Nacional de Residuos Industriales y se constituye la Comisión de Seguimiento del mismo. (BOE nº 179, de 28.07.89). Orden de 13 de Junio de 1990, por la que se modifica la Orden de 28 de Febrero de 1989 del Ministerio de Obras Públicas y Urbanismo, por la que se regula la gestión de aceites usados. (BOE nº 148, de 21-06-90). Resolución de 13 de enero de 2000, de la Secretaría General de Medio Ambiente, por la que se dispone la publicación del Acuerdo de Consejo de Ministros, de 7 de enero de 2000, por el que se aprueba el Plan Nacional de Residuos Urbanos (BOE nº 28, de 02.02.00). Resolución de 14 de junio de 2001, de la Secretaría General de Medio Ambiente, por la que se dispone la publicación del Acuerdo de Consejo de Ministros, de 1 de junio de 2001, por el que se aprueba el Plan Nacional de Residuos de Construcción y Demolición 2001-2006 (BOE nº 166, de 12.07.01).- Corrección de errores (BOE nº 188, de 07.08.00). Resolución de 25 de septiembre de 2001, de la Secretaría General de Medio Ambiente, por la que se dispone la publicación del Acuerdo del Consejo de Ministros de 3 de agosto de 2001, por el que se aprueba el Plan Nacional de Vehículos al final de su vida útil (2001-2006) (BOE nº 248, de 16.10.01). Resolución de 8 de octubre de 2001, de la Secretaría General de Medio Ambiente, por la que se dispone la publicación del Acuerdo del Consejo de Ministros de 5 de octubre de 2001, por el que se aprueba el Plan Nacional de Neumáticos Fuera de Uso, 2001-2006 (BOE nº 260, de 30.10.01). Mancha Capítulo III. 42

Real Decreto 1416/2001, de 14 de diciembre, sobre envases de Productos Fitosanitarios. (BOE nº 1416, de 28-12-01). Real Decreto 208/2005, de 25 de febrero, sobre aparatos eléctricos y electrónicos y la gestión de sus residuos. (BOE nº 49, de 26.02.05). AUTONÓMICA (CASTILLA-LA MANCHA) Orden 22 de diciembre de la Consejería de Agricultura y Medio Ambiente, por la que se modifica la Orden de 23 de febrero de 1996, sobre actuaciones encaminadas a la mejora de la gestión de los Residuos Sólidos Urbanos (DOCM;2 de enero de 1998). Decreto Legislativo 70/1999, de 25 de mayo, por el que se aprueba el Plan de Gestión de Residuos Urbanos de Castilla-La Mancha (DOCM; 5 de junio de 1999). Resolución de 02-12-98, de la Dirección General del Agua, por la que se somete a información pública el expediente sobre el Plan Regional de Residuos Urbanos (DOCM; 18 de diciembre de 1998). Decreto 70/1999, 25 de mayo, se aprueba el Plan de Gestión de Residuos de Castilla La Mancha. (DOCM; 5 de mayo de 1999). Decreto 189/2005,13 de diciembre, se aprueba el Plan de Gestión de Residuos de Construcción y Demolición de Castilla La Mancha. Corrección de errores en (DOCM; 6 de marzo de 2006). RESIDUOS PELIGROSOS Decreto 158/2001, de 5 de mayo, por el se aprueba el Plan Regional de Residuos Peligrosos de Castilla-La Mancha. (DOCM núm. 81, de 19 de julio de 2001). Mancha Capítulo III. 43

Decreto 51/1990, de 24 de abril, sobre asignación de competencias en materia de residuos tóxicos y peligrosos. (DOCM núm. 31, de 9 de mayo de 1990). Orden de 21 de agosto de 2000, de la Consejería de Agricultura y Medio Ambiente, por la que se regulan los documentos a emplear por los recogedores-transportistas autorizados en Castilla-La Mancha en la recogida de residuos peligrosos procedentes de pequeños productores. Ley 10/1998, de 21 de abril, de residuos. Real Decreto 833/1988, de 20 de julio, por el que se aprueba el Reglamento para la ejecución de la Ley 20/1986 Básica de Residuos Tóxicos y Peligrosos. Real Decreto 952/1997, de 20 de junio, por el que se modifica el Reglamento para la ejecución de la Ley 20/1986. Real Decreto 45/1996, de 19 de enero, por el que se regula diversos aspectos relacionados con las pilas y acumuladores que contengan determinadas materias peligrosas (BOE, 24 de febrero de 1996). Resolución de 28 de abril de 1995, de la Secretaría de Estado de Medio Ambiente y Vivienda, por la que se dispone la publicación del Acuerdo del Consejo de Ministros de 17 de febrero de 1995, por el que se aprueba el Plan Nacional de Residuos Peligrosos. (BOE nº 114 de 13.05.95). Real Decreto 1088/92, de 11 de septiembre, relativo a las instalaciones de incineración de residuos municipales. Real Decreto 1217/97, de 18 de julio, sobre incineración de residuos peligrosos y de modificación del R.D. 1088/92 (BOE, 8 de agosto de 1997). Ley 10/1998, de 21 de abril, de Residuos (BOE, 22 de abril de 1.998). Resolución de 17 de noviembre de 1998, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se dispone la publicación del catálogo Mancha Capítulo III. 44

europeo de residuos (CER), aprobado mediante la Decisión 94/3/CE, de la Comisión, de 20 de diciembre de 1993 (BOE, 8 de enero de 1999). Real Decreto 833/1988, de 20 de julio, por el que se aprueba el Reglamento para la ejecución de la Ley 20/1986 Básica de Residuos Tóxicos y Peligrosos. (BOE, 30 de julio de 1988). Real Decreto 1310/1990, de 29 de octubre, que regula la utilización de los lodos de depuración (BOE, 1 de noviembre de 1990). Real Decreto 280/94, de 18 de febrero, por el que se establece los límites máximos de plaguicidas y su control en determinados productos de origen vegetal (BOE, 9 de marzo de 1994). Orden de 5 de diciembre de 1996, sobre límites máximos de residuos de productos fitosanitarios por la que se modifica el anexo II del R.D. 280/94 (BOE, 11 de diciembre de 1996). Orden de 28 de febrero de 1989, por la que se regula la gestión de aceites usados. (BOE nº 57, de 08.03.89). Modificada por Orden de 13 de junio de 1990 (BOE nº 148, de 21.06.90). Real Decreto 45/1996, de 19 de enero, por el que se regulan diversos aspectos relacionados con las pilas y los acumuladores que contengan determinadas materias peligrosas. (BOE nº 48 de 24.02.96). Real Decreto 1217/1997, de 18 de julio, sobre incineración de residuos peligrosos y de modificación del Real Decreto 1088/92, de 11 de septiembre, relativo a las instalaciones de incineración de residuos municipales (BOE núm. 189, de 08.08.97). Corrección de errores (BOE núm. 15, de 17.1.98). Modifica el Real Decreto 1088/1992, de 11 de septiembre. Real Decreto 1378/1999, de 27 de agosto, por el que se establecen medidas para la eliminación y gestión de los policlorobifenilos, policloroterfenilos y aparatos que los contengan (PCBs/PCTs) (BOE núm. 206, de 28.8.99). Mancha Capítulo III. 45

Traspone la Directiva 96/59/CE, de 16 de septiembre. Deroga la Orden de 14 de abril de 1989. Resolución de 17 de noviembre de 1998, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se dispone la publicación del catálogo europeo de residuos (CER), aprobado mediante Decisión 94/3/CE, de la Comisión, de 20 de diciembre de 1993. Directiva del Consejo 75/439/CEE, de 16 de junio de 1975, relativa a la gestión de aceites usados. Directiva 91/156/CEE, del Consejo, de 18 de marzo de 1991, por la que la Unión Europea establece una norma común para todos los residuos, que garantice su eliminación y valorización y que fomente actividades tendentes a limitar la producción de residuos en origen, así como al establecimiento de uno o varios planes de gestión de residuos que respeten los objetivos fijados sin poner en peligro al hombre ni al medio natural. Directiva 91/689/ CEE, del Consejo, de 12 de diciembre de 1991, por la que se establece un régimen de autorizaciones, la obligación de las actividades a someterse a inspecciones periódicas y la prohibición de mezclar residuos peligrosos entre sí o con otros no peligrosos. Directiva 94/31/CEE, del Consejo, de 27 de junio de 1994, por la que se modifica la Directiva 91/689/CEE relativa a los residuos peligrosos. Decisión 94/904/CE, del Consejo, de 22 de diciembre de 1994, por la que se establece una lista de Residuos Peligrosos. Directiva 94/67/CE, del Consejo, de 16 de diciembre de 1994, relativa a la incineración de residuos peligrosos. Directiva 96/61/CE, del Consejo, de 24 de septiembre de 1996, relativa a la prevención y al control integrado de la contaminación. Mancha Capítulo III. 46

Directiva 99/31/CE, del Consejo, de 26 de abril de 1999, relativa al vertido de residuos. Reglamento 259/93/CEE, del Consejo, de 1 de febrero de 1993, relativo a la vigilancia y control de los traslados de residuos en el interior, a la entrada y a la salida de la Comunidad Europea, y sus modificaciones: Decisión 94/721/CE, Decisión 96/660/CE, Reglamento 120/97/CE, Decisión 98/368/CE, Reglamento 2408/98/CE). 3.2.2.- RESIDUOS URBANOS 3.2.2.1.-Plan Regional de Gestión de Residuos Sólidos Urbanos de Castilla-La Mancha La Estrategia Regional de Residuos de Castilla-La Mancha 2001-2010 es hoy por hoy, la referencia obligada para todas aquellas actuaciones que integran el ámbito de los residuos urbanos en la provincia de Toledo. El Plan de Gestión de Residuos Urbanos de Castilla-La Mancha responde a los principios inspiradores de la Ley 10/1998, de 21 de abril, de Residuos, así como a las determinaciones específicas que sobre la gestión de envases y de residuos de envases establece la Ley 11/1997, de 24 de abril. El Plan fue aprobado por el pleno de las Cortes de Castilla-La Mancha el 10 de Julio de 1997. Los objetivos básicos definidos en el Plan de Residuos son: Prevenir la producción de residuos urbanos (R.U.). Fomentar la reducción, reutilización y reciclado de los R.U. Garantizar el tratamiento de los R.U. sin poner en peligro la salud de las personas y sin producir daños al medio ambiente. Implantar la recogida selectiva en origen. Establecer las infraestructuras necesarias integrando los factores ambientales y económicos. Clausurar los puntos de vertido incontrolado. Mancha Capítulo III. 47

Promover campañas de sensibilización para informar y concienciar a la población sobre las actuaciones derivadas del Plan. El Plan de Gestión de Residuos Urbanos de Castilla-La Mancha propone un modelo de gestión basado en los siguientes elementos operativos: 1.- Definición de las fracciones valorizables contenidas en los residuos, fundamentalmente las siguientes: materia orgánica, papel, cartón, metales, plásticos, vidrio, residuos urbanos especiales en sus distintas categorías y resto, siendo estos últimos componentes de la fracción inorgánica, que deben ser separados de los residuos ordinarios por requerir sistemas de tratamiento distintos de aquellos (RCD; P y A; VFU: NFU; ADM; MEC). Dentro de la fracción inorgánica de los R.U. no considerados especiales se diferencian las siguientes fracciones de envase : Envases de papel y cartón, tanto los generados en los domicilios como en las oficinas y en otros establecimientos. Envases de vidrio, excluyendo en dicho grupo la aceptación de vidrio plano, bombillas de cualquier tipo, cristal, metales y cerámicas, que son incompatibles con el reciclado de envases de vidrio. Envases ligeros, dentro de los que se incluyen los envases metálicos vacíos (latas de aluminio para alimentos o bebidas, sprays no peligrosos, etc.); tapas de acero o aluminio y bolas de papel de aluminio; envases de plástico rígidos de cuerpo hueco de polietileno; PET o PVC; bolsas de compra de polietileno vacías; envases de cartón para bebidas o bricks; envases de poliestireno y botes de yogurt. 2.- Propuesta de un sistema de recogida selectiva básico fundamentado en: Ubicación de contenedores de acera. La recogida domiciliaria de residuos se realiza a través de contenedores instalados en la vía pública: - Contenedor azul para el papel y cartón. Mancha Capítulo III. 48

- Contenedor de color verde para el vidrio. - Contenedor amarillo para los envases ligeros (plástico, metal, brick, etc.). - Contenedor marrón para la materia orgánica. - Contenedor de color verde oscuro para el resto inorgánico. En una primera fase el Plan prevé que se instalen en las áreas de aportación 2 contenedores: el destinado al papel-cartón, de 2.400 litros de capacidad, apto para la carga lateral; y el destinado al vidrio, de 2.500 litros de capacidad. A la vez prevé la instalación de un contenedor de acera de 1.100 litros de capacidad para la recogida del resto de los R.U. mezclados. En una segunda fase se instalará el contenedor amarillo destinado al depósito separado de los envases ligeros. Deberá instalarse un contenedor por cada 500 habitantes de cada una de las características mencionadas. Finalmente se procederá a la instalación de los contenedores de materia orgánica en la cantidad de 1 por cada 75 habitantes. Creación de puntos limpios y ecoparques. Los puntos limpios y ecoparques son recintos situados cerca de las poblaciones y dotados de distintos contenedores para depositar separadamente los residuos domésticos especiales y fracciones valorizables. Están atendidos por los grupos recuperadores. Incluyen un sistema de vigilancia para garantizar que los residuos se depositen de modo adecuado y para evitar que los contenedores lleguen a desbordarse. El Plan prevé una proporción de un punto limpio estándar por cada 10.000 habitantes (ratio que varía en función del tamaño de la población), por lo que se estima que se ubicarán en la región un total de 166 unidades, distribuidos por Áreas de Gestión del siguiente modo: Mancha Capítulo III. 49

1.- Albacete Centro-Norte. Cuenca Sur: 26. 2.- Albacete Sur: 13. 3.- Mancha Centro: 22. 4.- Ciudad Real: 36. 5.- Cuenca Centro-Norte: 12. 6.- Guadalajara: 15. 7.- Toledo Centro-Norte: 29. 8.- Talavera: 13. Los Grupos recuperadores se definen como grupos especializados en la recogida de los residuos considerados como "residuos urbanos especiales" de las fracciones valorizables con destino a su reciclado. Los grupos recuperadores pueden actuar mediante distintos sistemas: recogida periódica "puerta a puerta" en centros de gran producción; recogida para fracciones de papel-cartón, vidrio y envases ligeros; recogida domiciliaria para recoger los residuos urbanos especiales (muebles, enseres, electrodomésticos, equipos electrónicos, chatarras, ropas, incluso libros o juguetes usados, etc.). La Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha establecerá los convenios necesarios con los grupos recuperadores en orden a favorecer su actuación. 3.- El Transporte de los residuos está previsto mediante vehículos de recogida mecanizada y compactación según el tipo de residuo. 4.- El Tratamiento de los residuos debe realizarse garantizando que aquellos que sean reciclables se incorporen a su cadena y los no reciclables puedan ser tratados convenientemente: la materia orgánica en plantas de compostaje, los residuos irrecuperables, ( rechazo ), en vertederos controlados. Mancha Capítulo III. 50

5.- Para garantizar el correcto reciclado de los materiales recogidos el Plan establece la necesidad de considerar el mercado del producto objeto de la recogida, en base a los criterios de calidad, precio y flexibilidad del producto. 6.- Zonificación del territorio: el territorio queda dividido en ocho Áreas de Gestión (AGES). En cada una de ellas quedan incluidos los municipios que comparten planta de selección, de compostaje y, en su caso, vertedero. Áreas de Gestión número de UNION Ubicación 1.- ALBACETE CENTRO-NORTE. CUENCA SUR: 4 C.T. Albacete. 2.- ALBACETE SUR: 7 C.T. Hellín. 3.- MANCHA CENTRO: 4 C.T. Alcázar de San Juan. 4.- CIUDAD REAL: 7 Almagro. Valdepeñas. 5.- CUENCA CENTRO-NORTE: 6 C.T. Cuenca. 6.- GUADALAJARA: 5 C.T. Guadalajara. 7.- TOLEDO CENTRO-NORTE 8 C.T. Toledo. 8.- TALAVERA: 3 C.T. Talavera de la Reina. A su vez cada Área de Gestión está compuesta por Unidades de Producción (UNION) formadas por municipios cercanos a las estaciones de transferencia. Se han establecido 44 Unidades de Producción. Las UNION están definidas por un ámbito territorial en donde se efectúa la recogida selectiva y el transporte antes de transferencia. Su agrupación da lugar a una AGES. Cada AGES dispondrá de un punto de vertido del rechazo, que recibirá todos aquellos residuos que no ha sido posible recuperar previamente. Cada Área de Gestión lleva aparejada la implantación de sendas plantas de selección y compostaje para la obtención de las diversas fracciones contenidas en los residuos que permitan su valorización posterior. Igualmente, cada Área llevará consigo, en principio, un vertedero de rechazos, salvo que económicamente no esté justificado. El conjunto de planta de selección, compostaje y vertedero de rechazos se denomina centro de tratamiento. Mancha Capítulo III. 51

Cada Área de Gestión contará con un conjunto de plantas de transferencia de residuos como instalaciones intermedias entre los centros generadores de R.U. (domiciliarios, comercios, etc.) y las instalaciones de tratamiento, para facilitar y abaratar el coste de transporte de los R.U. Los Centros de tratamiento permiten tratar los residuos recogidos de forma adecuada, seleccionándolos para su reciclaje posterior (papel y cartón, envases de metal, vidrio o plásticos) ó, en el caso de los residuos orgánicos, convirtiéndolos en compost. En la actualidad la Estrategia Regional de Residuos de Castilla-La Mancha no ha sido desarrollada o adaptada en forma de Plan o Programa para la provincia de Toledo, a diferencia de lo realizado por las Diputaciones de Provincias vecinas como Albacete o Ciudad Real, por lo que su aplicación se está basando en la iniciativa local y los acuerdos establecidos en la gestión con diferentes Ayuntamientos de la provincia. Los municipios del área de estudio, pertenecen a dos AGES diferentes, por un lado, en el AGES nº 7 Toledo Centro-Norte, se encuentran El Romeral, Tembleque, Corral de Almaguer, La Villa de Don Fadrique, Villanueva de Alcardete, Cabezamesada (todos estos municipios son la UNION 7.8), Turleque, Camuñas y Madridejos (estos tres municipios forman parte de la UNION 7.7), y por otro lado, los municipios pertenecientes al AGES nº 3 Mancha Centro, son Villafranca de los Caballeros, Villacañas, Quero, La Puebla de Almoradiel, Quintanar de la Orden, Miguel Esteban y El Toboso (todos forman la UNION 3.3). 3.2.2.2.- Generación de residuos urbanos La generación de residuos urbanos de una población depende, como es natural, del tamaño de dicha población, pero fundamentalmente de su nivel de consumo y de las características de los productos objeto de consumo, y más en concreto de la forma de presentación de los mismos, o lo que es igual de su envasado y embalado. Mancha Capítulo III. 52

A medida que la población crece cabe esperar que la generación de residuos crezca también, pero dicho crecimiento se ve influido por otros factores que hacen que los incrementos de residuos se produzcan con mayor o menor intensidad que el incremento demográfico. El nivel de renta es, en este sentido, un factor fundamental a la hora de explicar el consumo de una población, dado que una mayor renta explica un mayor poder adquisitivo de las familias y, por tanto, un potencial mayor de consumo. Junto al mismo, el comportamiento de la población, ante los productos que se le ofrecen en el mercado, su propia cultura de consumo, y los hábitos en relación a la reutilización, las posibilidades de reciclaje y recuperación dentro de los hogares ó ante los sistemas locales habilitados para gestionar los residuos constituyen hechos que se relacionan habitualmente con la estructura de edad de la población, la cultura y la sensibilidad medioambiental para conformar un conjunto de factores que interactúan entre sí y permiten explicar el hecho constatable de que ciudades o pueblos de similar tamaño poblacional presenten una generación de residuos urbanos muy distinta. Si a todo ello se une la importancia que pueden tener las actividades urbanas como generadoras de residuos, en relación a la centralidad funcional de las distintas áreas de una ciudad o de la propia ciudad en relación a su entorno, se convendrá en concluir que la explicación de la generación de residuos de un municipio, mancomunidad o comarca viene dada por una confluencia de factores que trasciende del propio tamaño demográfico de éste. En este contexto, la ausencia de información relativa a las cantidades de residuos urbanos generados en los municipios pertenecientes a la AGES nº 7 y gestionados por los distintos servicios de recogida en funcionamiento en años anteriores al año 2.007, impide disponer de la evolución del vector residuos de los últimos años en estos municipios. Mientras tanto, se disponen datos de los años 2.003, 2.004, 2.005, 2.006 y 2.007 para los municipios que pertenecen a la AGES nº 3. Por tanto, no podemos confirmar ninguna tendencia en el caso de la AGES nº 7, pero sí en el AGES nº 3. Mancha Capítulo III. 53

Durante el año 2.007 se recogieron un total de 13.389,19 Tm de residuos urbanos en el AGES nº 7, mientras que en el AGES nº 3 se recogen los datos de generación de RSU para los diferentes años en la siguiente tabla: AÑO Tm de RSU 2003 17.712,88 2004 18.240,36 2005 17.904,81 2006 16.352,68 2007 20.016,61 Así, en total, en el año 2.007 se recogieron un total de 33.405,8 Tm de residuos urbanos en los municipios de la zona de estudio, saliendo una media de 455,1 kg./ hab./año, siendo los municipios con mayor producción de residuos Madridejos, Quintanar de la Orden y Villacañas, como es de esperar por sus mayores tamaños de población. Entre los diferentes pueblos, existen diferencias importantes en las tasas de producción de residuos en el año 2.007 (año del que se tienen datos de todos los municipios), como se muestra a continuación: TASA DE PRODUCCIÓN DE RSU kg/hab/año 700 600 500 400 300 200 549,7 462,3 487,6 435,1 431,3 474,2 408,0 385,9 590,5 503,9 488,0 458,7 469,1 486,5 479,4 455,1 395,0 100 0 Cabezamesada Camuñas Corral de Almaguer El Romeral El Toboso La Villa de Don Fadrique Madridejos Miguel Esteban Puebla de Almoradiel Quero Quintanar de la Órden Tembleque Turleque Villacañas Villafranca de los Caballeros Villanueva de Alcardete GAL Dulcinea Fuente: GESMAT y CONSERMANCHA. Elaboración propia. Mancha Capítulo III. 54

Se puede observar como existe poca diferencia en la tasa de producción, saliendo valores en todos los municipios cercanos al valor medio. Cabe destacar como municipio con mayor tasa Tembleque (590,5 kg/hab*año), y el que menor Madridejos (385,9 kg/hab*año.) 3.2.2.3.- Caracterización de residuos sólidos urbanos Al no disponer de dato alguno sobre la composición de los R.U. del GAL Dulcinea se ha considerado que la mejor aproximación a la misma es hacer extensiva a los R.U. del área de estudio la composición correspondiente al conjunto de la comunidad autónoma, composición que se recoge de los datos aportados por el Plan de Gestión de Residuos de Castilla-La Mancha. De forma más concreta se recoge en el siguiente gráfico la caracterización de los residuos sólidos urbanos que establece la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha en la Estrategia Regional de Residuos 2000-2005, para la provincia de Toledo, determinando los porcentajes de cada tipo de residuo que componen la basura. COMPOSICIÓN DE LOS R.S.U Materia orgánica 37% Resto 1% Metales 7% Vidrio 9% Plástico 15% Papel 31% A partir de la caracterización de residuos citada, y tomándola con cierta cautela y siempre como referencia orientativa los datos de composición del conjunto de la provincia, se puede realizar una aproximación cuantitativa a la cantidad de los diferentes materiales integrantes de los residuos urbanos que se generan en el GAL Dulcinea para el año 2006: Mancha Capítulo III. 55

TIPO % (Tm/año) Materia orgánica 37 12.376,8 Papel 31 10.369,7 Plástico 15 5.017,6 Vidrio 9 3.010,6 Metales 7 2.341,5 Otros 1 334,5 TOTAL 100 33.450,8 Fuente: Elaboración propia y Estrategia Regional de Residuos de Castilla-La Mancha. 3.2.2.4.- Gestión de los Residuos Sólidos Urbanos La responsabilidad de la gestión de los residuos urbanos en los municipios del GAL Dulcinea corresponde al Consorcio de Servicios Públicos Medioambientales de la Provincia de Toledo y a la empresa Consermancha. Los estatutos del Consorcio de Servicios Públicos fueron aprobados por la Diputación Provincial de Toledo y están adheridos la mayoría de los Ayuntamientos de la provincia, a excepción de los 7 municipios del GAL Dulcinea que son gestionados por Consermancha. Actualmente la gestión integral de los residuos urbanos en la zona de estudio está pendiente de su total implantación si se toma como referencia los objetivos y actuaciones previstas por el Plan de Gestión de Residuos Urbanos de Castilla-La Mancha, estando pendiente la implantación de algunos servicios que deben integrar dicha gestión de los residuos generados en los municipios. En este sentido, la gestión actual no dispone del servicio de recogida en origen de la materia orgánica fermentable, tampoco con la elaboración de compost a partir de los residuos orgánicos para su aplicación en la agricultura. El actual sistema comprende los siguientes servicios: Recogida selectiva de vidrio con contenedores. Recogida selectiva de cartón y papel con contenedores. Recogida selectiva de envases ligeros plásticos y metálicos- con contenedores. Mancha Capítulo III. 56

Recogida ordinaria de residuos urbanos mezclados en contenedores de basura. Recogida especial de pilas en establecimientos públicos. La frecuencia de prestación del Sistema de recogida y la dotación de medios varía en función del servicio que se preste. 3.2.2.4.1.- La recogida selectiva en origen En la actualidad en el GAL Dulcinea se recoge selectivamente, mediante contenedores especiales los envases y residuos de envases correspondientes a los siguientes materiales de los R.U.: vidrio, papel-cartón y envases ligeros -plásticos y metálicos. A dichas recogidas selectivas debe añadirse la recogida de pilas en los centros institucionales. Los materiales recogidos selectivamente -vidrio, papel-cartón y envases ligerosse destinan a su reciclaje posterior en la planta de tratamiento de Toledo (en el caso del AGES nº 7 y a Alcázar de San Juan (para el AGES nº 3). No se han podido obtener evoluciones de la producción de residuos producidos en la recogida selectiva debido a que los datos pertenecen sólo al año 2.007 para el caso de los municipios pertenecientes al AGES nº 7. A) RECOGIDA MEDIANTE EL CONTENEDOR AZUL DESTINADO A DEPÓSITO SEPARADO DE PAPEL Y CARTÓN La recogida selectiva de papel y cartón con contenedores azules se halla implantada en todos los municipios de la zona de estudio. Se sirve para ello de 190 contenedores igloo de 3.000 lts de capacidad instalados en la vía pública, en los que la población puede depositar, separadamente del resto de los residuos urbanos, el papel y cartón generado como desecho en sus domicilios o establecimientos. Dichos contenedores son vaciados periódicamente, sobre un vehículo recogedor. La dotación de contenedores azules para la recogida selectiva de papel y cartón es de 1/386,4 habitantes en enero del 2007, considerando a toda la población Mancha Capítulo III. 57

residente en la zona. A continuación se muestra una tabla con el ratio de habitantes por contenedor en cada uno de los municipios. Núcleo abastecido Ratio de habitantes por contenedor Número de contenedores azules Cabezamesada 234,5 2 Camuñas 229,9 8 Corral de Almaguer 274,7 22 El Romeral 280,7 3 El Toboso 362,7 6 La Villa de Don Fadrique 296,4 14 Madridejos 302,6 37 Miguel Esteban 549,1 10 La Puebla de Almoradiel 447,8 13 Quero 417,3 3 Quintanar de la Orden 637,2 18 Tembleque 287,0 8 Turleque 310,0 3 Villacañas 542,6 19 Villafranca de los Caballeros 603,3 9 Villanueva de Alcardete 246,5 15 TOTAL 386,4 190 Fuente: Consorcio de Servicios Públicos Medioambientales de la Provincia de Toledo Y CONSERMANCHA. Elaboración propia. El ratio de habitantes por contenedor de papel-cartón según el Plan de Gestión de Residuos de Castilla-La Mancha es de 1 contenedor por cada 500 habitantes, en la zona, con lo cual podemos decir que a nivel de Grupo de Acción se cumple el objetivo propuesto. Sin embargo, en determinados municipios no se cumple este objetivo, como es el caso de Miguel Esteban, Quintanar de la Orden, Villacañas y Villafranca de los Caballeros. La cantidad recogida de cartón y papel en el 2.007 es de 973.335 kg., saliendo una tasa por habitante y año de 13,26 kg. Entre los municipios existen diferencias importantes en las tasas de producción de papel y cartón, como se muestra a continuación. Mancha Capítulo III. 58

TASA DE PRODUCCIÓN DE PAPEL Y CARBÓN kg/hab*año 20,00 15,00 10,00 5,00 0,00 Cabezamesada Camuñas 10,81 10,02 8,86 7,50 Corral de Almaguer 15,49 9,81 9,22 El Romeral El Toboso La Villa de Don Fadrique Madridejos Migue l Esteban Puebla de Almoradiel 15,50 16,01 15,07 14,57 Quero Quintanar de la Órden 9,70 16,05 15,46 15,23 13,26 11,19 Tembleque Turleque Villacañas V illafranca de los Caballeros V illanueva de Alcardete GAL Dulcinea Fuente: Consorcio de Servicios Públicos Medioambientales de la Provincia de Toledo Y CONSERMANCHA. Elaboración propia El papel-cartón recogido, tras el control de su pesaje, es sometido a los procesos de recuperación y reciclaje. Si se tienen en cuenta los datos de generación residuos en 2007 para la zona de estudio y la proporción de papel-cartón dentro de ellos (31%), según estimaciones del Plan de Gestión de Residuos Urbanos de Castilla-La Mancha de 1999, el porcentaje de recuperación de papel y cartón resultante es de un 9,39 %, muy por debajo de los objetivos de recuperación numerados por el citado Plan de Gestión (60%). PAPEL Y CARTÓN 2007 Cantidad Generada de R.U. (Kgs/año) 33.405.806 Cantidad Recuperable (Kgs/año) 10.355.799,8 Cantidad Recuperada en la Recogida (Kgs/año) 973.335 % Recuperación 9,39 Fuente: Consorcio de Servicios Públicos Medioambientales de la Provincia de Toledo Y CONSERMANCHA. Elaboración propia. Mancha Capítulo III. 59

B) RECOGIDA MEDIANTE EL CONTENEDOR VERDE DESTINADO A DEPÓSITO SEPARADO DE VIDRIO La recogida selectiva de vidrio con contenedores verdes se halla implantada en el GAL Dulcinea. Se sirve para ello de 184 contenedores igloo de 3.000 lts de capacidad situados en la vía pública. La dotación de contenedores es de 1 contenedor por cada 399,0 habitantes en 2007, considerando a toda la población del GAL Dulcinea. A continuación se muestra una tabla con el ratio de habitantes por contenedor. Núcleo abastecido Ratio de habitantes por contenedor Número de contenedores verdes Cabezamesada 234,5 2 Camuñas 306,5 6 Corral de Almaguer 335,7 18 Madridejos 361,1 31 Miguel Esteban 549,1 10 La Puebla de Almoradiel 388,1 15 Quero 208,7 6 Quintanar de la Orden 546.1 21 El Romeral 280,7 3 Tembleque 287,0 8 El Toboso 362,7 6 Turleque 310,0 3 La Villa de Don. Fadrique 296,4 14 Villacañas 572,8 18 Villafranca de los Caballeros 603,3 9 Villanueva de Alcardete 264,1 14 TOTAL 399,0 184 Fuente: Consorcio de Servicios Públicos Medioambientales de la Provincia de Toledo Y CONSERMANCHA. Elaboración propia. También en este caso los municipios cumplen el objetivo del Plan, que igual que antes determina la existencia de un contenedor por cada 500 habitantes. Mancha Capítulo III. 60

La cantidad recogida de vidrio en el 2.007 es de 610.327kg., saliendo una tasa por habitante y año de 8,31 kg. Existen diferencias importantes en las tasas de producción de vidrio en el GAL Dulcinea. TASA DE PRODUCCIÓN DE VIDRIO kg/hab*año 20,00 15,00 10,00 5,00 0,00 5,62 14,76 12,52 10,83 7,58 11,53 Cab ezamesada Camuñas Corral de Almaguer El Romeral El Toboso La Villa de Don Fadrique Madridejos Migue l Esteban Puebla de Almoradiel 7,37 7,58 7,83 7,13 5,75 Quero Quintanar de la Órden 15,65 7,56 6,88 7,45 Tembleque Turleque Villacañas V illafranca de los Caballeros 14,48 V illanueva de Alcardete GAL Dulcinea Fuente: Consorcio de Servicios Públicos Medioambientales de la Provincia de Toledo Y CONSERMANCHA. Elaboración propia. 8,31 Si se tienen en cuenta los datos de generación residuos en 2007 para el Grupo de Acción Local Dulcinea y la proporción de vidrio dentro de este (9%), según estimaciones del Plan de Gestión de Residuos Urbanos de Castilla-La Mancha, 1999, el porcentaje de recuperación de vidrio resultante es de un 34,04 %, por debajo de los objetivos de recuperación numerados por el citado Plan de Gestión (65%). VIDRIO 2007 Cantidad Generada de R.U. (Kgs/año) 33.405.806 Cantidad Recuperable (Kgs/año) 3.006.522,54 Cantidad Recuperada en la Recogida (Kgs/año) 610.327 % Recuperación 34,04 Fuente: Consorcio de Servicios Públicos Medioambientales de la Provincia de Toledo Y CONSERMANCHA. Elaboración propia. Mancha Capítulo III. 61

C) RECOGIDA SELECTIVA DE ENVASES LIGEROS En el GAL Dulcinea se ha implantado la recogida selectiva de envases de plástico de los R.U. a través de 183 contenedores igloo, con capacidad de 3.000 l, destinados al depósito separado de envases de dicho material generados como R.U. por los hogares y las actividades terciarias urbanas. La mayoría de estos contenedores, han sido implantados en septiembre del 2007. La dotación de contenedores destinados a la recogida selectiva de envases ligeros tanto para envases plásticos como metálicos y brick en el conjunto del grupo es de 1 contenedor por cada 401,2 habitantes en 2007, considerando a toda la población residente dentro del GAL. A continuación se muestra una tabla con el ratio de habitantes por contenedor. Núcleo abastecido Ratio de habitantes por contenedor Número de contenedores amarillos Cabezamesada 234,5 2 Camuñas 306,5 6 Corral de Almaguer 274,7 22 Madridejos 302,6 37 Miguel Esteban 686,4 8 La Puebla de Almoradiel 529,3 11 Quero 417,3 3 Quintanar de la Orden 573,5 20 El Romeral 280,7 3 Tembleque 287,0 8 El Toboso 435,2 5 Turleque 310,0 3 La Villa de Don Fadrique 296,4 14 Villacañas 572,8 18 Villafranca de los Caballeros 543,0 10 Villanueva de Alcardete 284,5 13 TOTAL 401.2 183 Fuente: Consorcio de Servicios Públicos Medioambientales de la Provincia de Toledo Y CONSERMANCHA. Elaboración propia. Mancha Capítulo III. 62

El ratio de habitantes por contenedor de envases ligeros, según el Plan de Gestión de Residuos de Castilla-La Mancha, es de 1 contenedor por cada 500 habitantes, en la zona, con lo cual podemos decir que en conjunto se cumple el objetivo propuesto. Sin embargo, en determinados municipios no se cumple este objetivo, como es el caso de Miguel Esteban, Quintanar de la Orden, Villacañas, La Puebla de Almoradiel, Corral de Almaguer o Villafranca de los Caballeros. La cantidad recogida de envases de plástico en el 2.007 es de 346.260 kg., saliendo una tasa por habitante y año de 4,72 kg. Hay diferencias significativas entre las tasas de recogida de envases de plástico de los diferentes municipios. 8,00 TASA DE PRODUCCIÓN DE ENVASES kg/ hab*año 6,00 4,00 2,00 0,97 3,21 3,42 1,55 5,62 3,19 5,62 5,81 5,47 5,29 4,60 2,43 1,75 5,61 5,49 4,72 4,18 0,00 Cabezamesada Camuñas Corral de Almaguer El Romeral El Toboso La Villa de Don Fadrique Madridejo s Migue l Esteban Puebla de Almoradiel Quero Quintanar de la Órden Tembleque Turleq ue Villacañas V illafranc a de los Caballeros V illanuev a de Alcardete GAL Dulcinea Fuente: Consorcio de Servicios Públicos Medioambientales de la Provincia de Toledo Y CONSERMANCHA. Elaboración propia. Si se tienen en cuenta los datos de generación residuos en 2007 para el GAL Dulcinea y la proporción de envases de plástico dentro de ellos (15%), según estimaciones del Plan de Gestión de Residuos Urbanos de Castilla-La Mancha, 1999, el porcentaje de recuperación de envases de plástico resultante es de un 2,34 %, muy por debajo de los objetivos de recuperación numerados por el citado Plan de Gestión (45%). Mancha Capítulo III. 63

ENVASES 2007 Cantidad Generada de R.U. (Kgs/año) 33.405.806 Cantidad Recuperable (Kgs/año) 5.010.870,9 Cantidad Recuperada en la Recogida (Kgs/año) 346.260 % Recuperación 2,34 Fuente: Consorcio de Servicios Públicos Medioambientales de la Provincia de Toledo Y CONSERMANCHA. Elaboración propia. 3.2.2.4.2- Recogida ordinaria de residuos urbanos mezclados Los residuos urbanos generados por los domicilios y la actividad urbana terciaria (comercio, hostelería, dotaciones, etc.) que no son objeto de recogida selectiva en origen se depositan mezclados en contenedores tipo caja instalados en la vía pública. Los contenedores utilizados tienen mayoritariamente una capacidad de 800 litros, existiendo también los de 360 y de 240 litros, y, en su mayoría, se distribuyen por los municipios en puntos compartidos con contenedores destinados a la recogida selectiva. Los contenedores son vaciados periódicamente por la empresa contratada por el Consorcio (GESMAT) y/o Consermancha. A continuación se muestra una tabla con el ratio de habitantes por contenedor, sin tener en cuenta la capacidad de los contenedores. Núcleo abastecido Ratio de habitantes por contenedor Número de contenedores Cabezamesada 13,4 35 Camuñas 20,62 90 Corral de Almaguer 22,42 266 Madridejos 28,87 382 Miguel Esteban 39,38 138 La Puebla de Almoradiel 29,74 194 Quero 18,60 69 Quintanar de la Orden 30,79 340 El Romeral 13,67 59 Tembleque 13,35 170 El Toboso 23,92 91 Mancha Capítulo III. 64

Núcleo abastecido Ratio de habitantes por contenedor Número de contenedores Turleque 15,73 60 La Villa de Don Fadrique 59,34 172 Villacañas 11,57 361 Villafranca de los Caballeros 25,12 212 Villanueva de Alcardete 27,74 136 TOTAL 26,45 2.775 Fuente: Consorcio de Servicios Públicos Medioambientales de la Provincia de Toledo Y CONSERMANCHA. Elaboración propia. Así, se considera que en el año 2007, el GAL Dulcinea se encontraba suficientemente dotado de contenedores destinados a la recogida de residuos urbanos mezclados, con un total de unos 26,45 habitantes por contenedor, para el cumplimiento de los ratios mínimos de dotación previstos para dicha recogida por el Plan de Gestión de Residuos Urbanos de Castilla-La Mancha (1 contenedor por cada 75 habitantes). La cantidad recogida de residuos urbanos mezclados en el 2.007 es de 31.475.884 kg., saliendo una tasa por habitante y año de 428,76 kg. No existen diferencias importantes en las tasas de producción de residuos, entre los diferentes municipios que componen el GAL, como se muestra a continuación: Mancha Capítulo III. 65

TASA DE RU MEZ CLADOS kg/ hab*año 600,00 450,00 300,00 418,45 440,72 404,51 524,53 458,87 384,07 365,75 446,34 459,30 474,25 431,67 562,76 444,45 457,91 451,22 365,18 428,76 150,00 - Cabezamesada Camuñas Corral de Almaguer El Romeral El Toboso La Villa de Don Fadrique Madridejos Migue l Esteban Puebla de Almoradiel Quero Quintanar de la Órden Tembleque Turleque Villacañas V illafranca de los Caballeros V illanuev a de Alcardete GAL Dulcinea Fuente: Consorcio de Servicios Públicos Medioambientales de la Provincia de Toledo Y CONSERMANCHA. Elaboración propia 3.2.2.4.3.- Pilas Los ciudadanos disponen de contenedores para el depósito separado de las pilas usadas y/o gastadas ubicados en los establecimientos públicos y algunos comercios de los municipios. De la recogida de dichas pilas se responsabiliza la propia empresa contratada para el servicio de recogida de residuos urbanos. 3.2.2.4.4.- Limpieza viaria De los dieciséis municipios que componen el GAL Dulcinea, catorce de ellos poseen servicio municipal de limpieza viaria. Este servicio es llevado a cabo por parte de cada uno de los ayuntamientos. El personal que conforma éste servicios, procede tanto del propio ayuntamiento, con trabajadores fijos, como de los Planes de Empleo. Este servicio además lleva asociado, en la mayoría de los casos, la limpieza y mantenimiento de parques y jardines. Mancha Capítulo III. 66

A continuación se especifica en la tabla con que frecuencia se realiza la limpieza y el personal y maquinaria que utilizan (en caso de que se utilice): Cabezamesada Servicio Limpieza Empresa Personal Maquinaria NO Camuñas SI Diaria Ayuntamiento 2-6 personas Corral de Almaguer SI Diaria Ayuntamiento >5 personas Madridejos SI Diaria Ayuntamiento 10-15 pers Barredora Miguel Esteban SI Diaria Ayuntamiento 5 personas La Puebla de Almoradiel SI Diaria Ayuntamiento variable Barredora Quero NO Quintanar de la Orden SI Diaria Ayuntamiento 2 personas Barredora El Romeral NO Tembleque SI Diaria* Ayuntamiento 15 personas Barredora Turleque SI Diaria Ayuntamiento variable Barredora El Toboso SI Diaria Ayuntamiento 6-8 personas Barredora La Villa de Don Fadrique SI Diaria Ayuntamiento 7 personas Villacañas SI Diaria* Ayuntamiento 4-8 personas Barredora Villafranca de los Caballeros SI Diaria* Ayuntamiento 2-3 personas Barredora Villanueva de Alcardete SI Diaria Ayuntamiento variable Barredora Fuente: Ayuntamientos Y CONSERMANCHA. Elaboración propia *El servicio de limpieza viaria se complementa además son el servicio de limpieza y mantenimiento de parques y jardines. ** El número de personas que componen la plantilla en cada uno de los ayuntamientos es aproximado, puesto que varía a lo largo del año dependiendo de los planes de empleo. 3.2.2.4.5.- Tratamiento de los Residuos Urbanos Los materiales recogidos selectivamente -vidrio, papel-cartón y envases ligerosse destinan a su reciclaje posterior en la planta de tratamiento de Toledo (en el caso del AGES nº 7) y a Alcázar de San Juan (para el AGES nº 3) respectivamente. En el primer caso, se encarga de llevar a cabo el tratamiento en Consorcio Público de Servicios Medioambientales de la provincia de Toledo, mientras que en los municipios del AGES nº 3, se encarga la Mancomunidad de Servicios CONSERMANCHA. El Consorcio Público de Servicios Medioambientales de la provincia de Toledo se constituyó como tal el año 1996 con la finalidad de gestionar los servicios de tratamiento de los residuos sólidos urbanos de la provincia, pudiendo según sus Mancha Capítulo III. 67

estatutos ser objeto otros servicios como la recogida domiciliaria de residuos urbanos, la limpieza viaria, la recogida y tratamiento de los residuos hospitalarios, industriales, tóxicos, peligrosos y otros análogos, así como los relacionados con el ciclo integral del agua y otras actuaciones medioambientales. Para la gestión y tratamiento de los residuos urbanos en la provincia de Toledo el Consorcio constituyó a finales de 1997 la sociedad de economía mixta GESMAT S.A. En la actualidad se hallan adheridos al Consorcio un total de 198 municipios de la provincia, que cuentan con un total de 558.613 habitantes, es decir el 97% de los municipios y el 91% de la población de la provincia. En el caso de la Mancomunidad de servicios CONSERMANCHA, fue constituida en 1975 dando servicio en la actualidad a 21 municipios de las provincias de Ciudad Real, Toledo y Cuenca, cubriendo una población de más de 150.000 personas. La sede de la Mancomunidad se encuentra situada en el municipio de Alcázar de San Juan. Encontramos en el GAL Dulcinea un total de 9 puntos limpios, repartidos en los siguientes municipios: Corral de Almaguer, El Toboso, La Puebla de Almoradiel, La Villa de Don Fadrique, Madridejos, Miguel Esteban, Quero, Quintanar de la Orden y Villacañas. No existen datos de vertederos controlados e incontrolados en ninguno de los municipios del Grupo de Acción Local Dulcinea. 3.2.3.- RESIDUOS INDUSTRIALES La empresas resuelven por sí mismas la gestión de los residuos generados en las mismas, bien directamente a través de empresas recuperadoras que se hacen cargo de los materiales recuperables componentes de sus residuos, bien a través del transporte de los residuos a los Centros de tratamiento del Consorcio de Servicios Públicos Medioambientales de Toledo o de Alcázar de San Juan, bien a través de la recogida por gestores autorizados cuando los residuos son especiales y requieren dicho tipo de gestión. Mancha Capítulo III. 68

Esta variedad de sistemas impide conocer la cantidad de residuos generados finalmente por los establecimientos de la zona de estudio, así como la importancia de cada sistema de gestión. 3.2.4.- LOS RESIDUOS PELIGROSOS 3.2.4.1.- Plan Regional de Gestión de Residuos Peligrosos de Castilla-La Mancha El día 23 de julio de 2001 se publicó en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha el Decreto por el que se aprueba el Plan Regional de Residuos Peligrosos, al que la Consejería de Agricultura y Medio Ambiente destinará 8,35 millones de euros durante el período 2001-2006, con el doble objetivo de reducir en origen la producción de este tipo de residuos y fomentar la reutilización, recuperación y reciclado de dichos residuos en los casos en que esto sea posible. La Consejería de Agricultura y Medio Ambiente espera que la aplicación de este Plan dé como resultado que los residuos peligrosos para eliminación final se reduzcan en un 55%, lo que supondría eliminar 61.875 toneladas/año sobre una producción total de 112.500 toneladas/año, que es la cifra que se ha estimado para el año 2006. La Estrategia en la Gestión de Residuos Peligrosos se enmarca dentro de un nivel de prioridades que sitúan, en primer lugar, la reducción de la cantidad de residuos peligrosos que se generan mediante la mejora de los procesos productivos y, en segundo lugar, la reutilización, recuperación o reciclado de los residuos generados. Junto a estas dos prioridades, el Plan establece, en tercer lugar, el aprovechamiento energético del residuo y, en cuarto, la eliminación segura del residuo. PROGRAMAS Y MEDIDAS DEL PLAN El Plan regional de Residuos Peligrosos de Castilla-La Mancha consta de dos programas y un conjunto de medidas de control, financiación, complementarias y de revisión. Mancha Capítulo III. 69