SUNAT PROCESO DE DESPACHO ANTICIPADO DE IMPORTACIÓN PARA EL CONSUMO Intendencia Nacional de Técnica Aduanera
BASE LEGAL Ley General de Aduanas D. Leg. N 1053, publicado el 27.06.2008. Reglamento de la Ley General de Aduanas D.S. N 010-2009-EF, publicado el 16.01.2009. Procedimiento de Importación para el Consumo INTA-PG.01- A ( v.1) aprobado por RSNAA N 491-2010/SUNAT/A, publicada el 28.08.2010
MODALIDADES DE DESPACHO Despacho Anticipado Se destina la mercancía dentro del plazo de quince (15) días calendario antes de la llegada del medio de transporte, vencido este plazo, se someterá al despacho excepcional, debiendo el despachador de aduana solicitar la rectificación de la DUA Despacho Urgente Se destina la mercancía dentro del plazo de quince (15) días calendario antes de la llegada del medio de transporte hasta los siete (07) días calendario computados a partir del día siguiente del término de la descarga Despacho Excepcional Se destina la mercancía dentro del plazo de treinta (30) días calendario computado a partir del día siguiente del término de la descarga
SELECCIÓN DEL CANAL 1 NUMERACION DE LA DUA En la vía terrestre o fluvial con la recepción del medio de transporte 3 DEUDA TRIBUTARIA ADUANERA CANCELADA o GARANTIZADA 2 TRANSMISION DE MANIFIESTO DE CARGA (Información Complementaria)
DESPACHO ANTICIPADO NUMERACION DE LA DECLARACION Numera la DUA 15 días Punto de llegada REGLA GENERAL: EL LEVANTE SE EFECTUA EN EL TERMINAL PORTUARIO O TERMINAL DE CARGA AÉREA. Libre disponibilidad Puerto
EXCEPCIONES A LA REGLA GENERAL El levante en la modalidad de despacho anticipado se efectúa en el terminal portuario o en el terminal de carga aéreo, según corresponda, excepto en los siguientes casos: a) Se trate de carga consolidada, salvo la que pertenece a un mismo consignatario, amparada en un documento de transporte con código 3. b) Se trate de despachos parciales de mercancía contenida en un contenedor. c) Se trate de mercancías que por las condiciones específicas a su naturaleza requieran ser trasladadas a un depósito temporal.
TIPOS DE DESCARGA TIPOS DE DESCARGA a opción del dueño o consignatario: DESPACHO ANTICIPADO 1-0 CÓDIGO 03 TERMINAL PORTUARIO, DE CARGA AÉREA Y OTRAS VÍAS A DEPÓSITO TEMPORAL B CÓDIGO 04 LOCAL DEL IMPORTADOR CON AUTORIZACIÓN ESPECIAL DE ZONA PRIMARIA En la opción A bajo la vía marítima no será necesaria la consignación del código del depósito temporal
1. DESCARGA EN EL PUNTO DE LLEGADA PUNTO DE LLEGADA = CODIGO 03 A B TERMINAL PORTUARIO O TERMINAL DE CARGA AÉREO DEPOSITO TEMPORAL SIN SOLICITUD SIN REQUISITOS
LEVANTE EN 48 HORAS a. Presentar Garantía previa art.160 LGA a la numeración de la declaración. Importador b. Transmitir el manifiesto de carga antes de la llegada del medio de transporte. Transportista c. Numerar la declaración antes de la llegada del medio de transporte. Agente de Aduana d. Contar con toda la documentación requerida por la legislación aduanera para el despacho de la mercancía. Importador e. Que no se haya dispuesto sobre la mercancía una medida preventiva (inmovilización o incautación)o la suspensión del despacho. SUNAT. f. Transmitir la Nota de Tarja hasta 8 horas siguientes al termino de la descarga. Transportista g. Tratándose de carga consolidada transmitir la Tarja al Detalle. Deposito Temporal
DESPACHO ANTICIPADO Pre arribo Post arribo Asignación de canal / Aduana Libre Disp. Verde : 0 días Naranja: 0 a 1 día Rojo con garantía : 1 día Rojo sin garantía: - con incidencia: 5 días - sin incidencia: 2 días Envío de la DUA Garantía o Pago de impuestos Revisión Documentaria Libre Disp Agente de Aduana Plazo para garantizar o cancelar sin intereses Transmisión del manifiesto Transportista Control electrónico de llegada de la Nave Transportista / Aduana / APN Leyenda: SUNAT Control de la Descarga Puerto (Tarja general) R N, V Rec. Fís. (Puerto) Control de salida Libre Disp. Al local del importador Punto de Llegada (Puerto)
2. DESCARGA EN ZONA PRIMARIA CON AUTORIZACIÓN ESPECIAL ZONA PRIMARIA CON AUTORIZACIÓN ESPECIAL CODIGO 04 SOLICITUD DE AUTORIZACIÓN ESPECIAL DE ZONA PRIMARIA. REQUISITOS UBICACIÓN DEL LOCAL La solicitud debe ser debidamente motivada en relación a la cantidad, volumen, naturaleza de las mercancías o las necesidades de la industria o el comercio que así lo ameriten. y contener la información y la documentación sustentatoria pertinente, así como las especificaciones necesarias que demuestren el carácter excepcional que justifique el traslado a la zona primaria con autorización especial. (Art.115 LGA)
REGULARIZACION Transmisión del ICA DESPACHO ANTICIPADO Transmisión de la Actualización de pesos El plazo para regularizar el despacho anticipado y urgente es de 15 días calendario siguientes a la fecha del término de la descarga Regularización Electrónica
CONCLUSION DEL DESPACHO La etapa de conclusión del despacho comprende: Conclusión del despacho Ampliación del plazo de conclusión del despacho Numeración Tres (03) meses Dentro del plazo tres (03) meses siguientes contados desde la fecha de numeración de la DUA Las DUA(s) no asignadas al funcionario aduanero de conclusión concluyen automáticamente a los tres (03) meses. Las DUA(s) asignadas a funcionario aduanero concluyen cuando éste registre su diligencia en el SIGAD Ampliación del plazo Si es necesario puede ampliarse el plazo hasta un (01) año, debiendo registrar en el SIGAD el nuevo plazo y la justificación. Un (01) año La ampliación del plazo y el sustento podrá ser consultada en el Portal de la SUNAT en la CONSULTA DEL LEVANTE.
VENTAJAS DEL DESPACHO ANTICIPADO VS EXCEPCIONAL LEVANTE EN 48 HORAS RECONOCIMIENTO FÍSICO CON COPIAS AUTENTICADAS REVISIÓN DOCUMENTARIA ANTES DE LA LLEGADA RETIRO DESDE EL RECINTO PORTUARIO IMPORTADORES FRECUENTES TRANSMITEN FORMATO B DIFERIDO EXIGIBILIDAD DE LA DEUDA MÁS PROLONGADA
Principales cambios normativos Manifiesto: Transmisión electrónica, participación del agente de carga, nuevos plazos y nuevas responsabilidades. Regímenes de Ingreso: Nuevos plazos de destinación, promueve la modalidad anticipada, levante desde el puerto y en 48 horas, uso de la garantía previa, cambios en exigibilidad de la deuda y Conclusión del despacho. Otros: Reconocimiento físico en el punto de llegada, reconocimiento físico de oficio, rectificación electrónica antes del canal, aplicación de medidas en frontera. Complejo Aduanero: Reconocimiento Físico en las declaraciones anticipadas, uso del scanner para el control no intrusivo.
SUNAT GRACIAS Intendencia Nacional de Técnica Aduanera ECON. NORKA BENITES YAÑEZ nbenites@sunat.gob.pe 2195150 anexo 20165