AMICUS CURIAE Jornadas de Formación de Jueces en Derecho Europeo de la Competencia. María Álvarez San José Jefe de Área, Asesoría Jurídica CNMC

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Transcripción:

AMICUS CURIAE Jornadas de Formación de Jueces en Derecho Europeo de la Competencia María Álvarez San José Jefe de Área, Asesoría Jurídica CNMC Valencia, 23 de octubre de 2015

Casos en 2015 - ejemplificación Comunicación por JMs de varios autos de admisión a trámite de demandas de responsabilidad patrimonial por daños generados por infracción de cártel sancionada en Resolución CNC 15/03/2013 (S/0316/10 Sobres de papel). JM solicita informe sobre motivos expediente sancionador abierto contra tres principales operadores del mercado de carburantes, vinculada a fijación indirecta precios de venta al público. JPI solicita observaciones sobre compatibilidad con derecho competencia de régimen aranceles procuradores. JPI solicita certificación en relación a expedientes en los que se ha sancionado a una determinada mercantil por prácticas irregulares en licitaciones públicas. A iniciativa de la CNMC, una vez conocido auto admisión a trámite de demanda en procedimiento ordinario ante JM entre multinacional fabricante de refrescos y distribuidor, se comunica que se ha incoado procedimiento sancionador contra esa fabricante por posible infracción competencia vinculada a importaciones paralelas. 2

Marco normativo Ley de Enjuiciamiento civil (disp. adic. 2ª LDC) Art. 15 bis: intervención autoridades competencia en procesos Art. 212: comunicación de sentencias Arts. 404 y 461: comunicación de auto admisión a trámite de demandas y traslado del escrito de interposición recurso apelación Art. 434 y 465: suspensión plazo para resolver Ley Defensa de la Competencia Art. 16: cooperación con órganos jurisdiccionales Art. 15.2: coordinación con autoridades competencia CCAA a efectos cooperación Ley 3/2013 de creación de la CNMC (art. 5): órganos consultivo para (i) criterios cuantificación indemnizaciones e (ii) informe ex art. 16 LDC y Reglamento 1/2003 3

Concepto Naturaleza jurídica Término amicus curiae utilizado por Exposición Motivos LDC 2007. Autorización legal para la participación limitada en el proceso de Comisión/CNMC/autoridades autonómicas de competencia Intervención de un tercero (CNMC) no parte en el procedimiento civil para prestar asistencia al órgano judicial mediante aportación de información/documentación/observaciones, a requerimiento de órgano jurisdiccional o por propia iniciativa de CNMC Ámbito: Procesos de aplicación de arts. 1 y 2 LDC y arts. 101 y 102 TFUE. Requisito previo para intervención: Información sobre el procedimiento: existencia, elementos básicos Posible consecuencia: suspensión del plazo para dictar sentencia en procedimientos de aplicación de arts. 1 y 2 LDC y 101 y 102 TFUE. 4

Razón de ser figura Carácter técnico de la materia (=perito): insuficiente justificación (jueces de lo mercantil; jueces de una determinada sección o sala, especializada de facto, en segunda instancia) Abundancia, en derecho de la competencia, de conceptos abiertos: acuerdo, práctica concertada, recomendación colectiva, posición de dominio, empresa, unidad económica, impedir, restringir o falsear la competencia, mercado relevante Aplicación paralela del derecho de la competencia por órganos administrativos y tribunales nacionales Necesaria aplicación coherente de la normativa de competencia en el ámbito nacional Necesaria complementariedad y coherencia de los modelos público y privado del Derecho de la competencia Interés público en el proceso civil, distinto de intereses privados litigantes 5

Diferenciación de figuras afines Criterios para la cuantificación de las indemnizaciones por perjuicios derivados de conductas de infracción de los artículos 1, 2 y 3 LDC (art. 5. 2 LCCNMC) Cooperación con órganos judiciales ex art. 381 LEC: certificación o testimonios sobre hechos relevantes al proceso que se refieran a la actividad de una entidad pública. Otras actuaciones de apoyo a Tribunales (órdenes contencioso, social y penal): requerimientos de informe o certificaciones (ej. sobre determinados aspectos en materia de competencia en relación con pliegos del concurso de transporte regular de viajeros) 6

Principales características Evidentemente, no tiene efectos vinculantes para el tribunal Aportación de información u observaciones diez días antes de la celebración del acto del juicio/dentro del plazo de oposición/impugnación del recurso (necesaria adaptación para observaciones orales) Límite legal a provisión de documentación/aportación de información: información vinculada a clemencia Límites prácticos: procedimientos en curso, documentos no definitivos Límite para la CNCM en observaciones: no se entra a considerar el fondo del asunto concreto pendiente ante el órgano jurisdiccional nacional. Intervención neutral, objetiva, pero no imparcial respecto resultado que se pretende 7

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Problemas interpretativos regulación LEC -Que la aplicación del Derecho de la competencia se suscite no en interposición de demanda sino en contestación del demandado, reconvención del demandado, acción acumulada por el demandante tras la interposición de la demanda -Aplicación del Derecho de la competencia como elemento principal o accesorio de la pretensión -No previsión de la obligación de dar traslado a la CNMC del escrito de interposición del recurso de casación -Notificación primera sólo del auto de admisión a trámite, no de la demanda ni, posterior contestación. - Plazo para presentar observaciones muy breve en fase de apelación (art. 461.1 LEC: diez días para oposición o impugnación de la apelación) 9

Experiencia práctica de la Autoridad de competencia española Escasos antecedentes desde 2004. Mayor desarrollo tras LDC 2007 Heterogénea temática de las solicitudes de información/observaciones: contratos distribución de carburantes; entidades de gestión de propiedad intelectual, relaciones franquiciador/franquiciadas; Solicitudes tanto por Juzgados Primera Instancia, Juzgados de lo Mercantil, Audiencias Provinciales Incremento paulatino del número de autos de admisión a trámite y de sentencias notificadas a la CNMC 10

Desafíos y cuestiones abiertas Deber de cooperación CNMC con órganos jurisdiccionales e información confidencial, secreto profesional, secretos comerciales. Transposición Directiva de daños: acceso a expediente administrativo; carácter vinculante de la decisión CNMC a los efectos de una acción por daños; y papel CNMC en cuantificación del daño. Conveniencia/oportunidad de hacer públicas las observaciones, tras sentencia. Amicus curiae ante órganos judiciales extranjeros. 11

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