MÁSTER OFICIAL EN PSICOLOGÍA GENERAL SANITARIA (90 ECTs) Lo que te interesa saber sobre la naturaleza, características y posibilidades laborales



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Transcripción:

MÁSTER OFICIAL EN PSICOLOGÍA GENERAL SANITARIA (90 ECTs) Lo que te interesa saber sobre la naturaleza, características y posibilidades laborales de este Máster Resolución de 3 de junio de 2013, de la Secretaría General de Universidades, por la que se publica el Acuerdo de Consejo de Ministros de 31 de mayo de 2013, por el que se establecen las condiciones a las que deberán adecuarse los planes de estudio conducentes a la obtención del título oficial de Máster en Psicología General Sanitaria que habilite para el ejercicio de la profesión sanitaria titulada y regulada de Psicólogo General Sanitario. Orden ECD/1070/2013, de 12 de junio, por la que se establecen los requisitos para la verificación de los títulos universitarios oficiales de Máster en Psicología General Sanitaria que habilite para el ejercicio de la profesión titulada y regulada de Psicólogo General Sanitario. Esto es: las directrices para elaborar y aprobar Planes de Estudio que permitan ofrecer a quienes han terminado sus estudios de licenciatura o grado en Psicología un Máster Oficial en Psicología General Sanitaria ya están en vigor Durante varios años se han esperado estas directrices, normas, regulaciones, decretos, etc., ahora qué? Cuál es la significación y trascendencia de este hecho? Vamos a considerar diversas cuestiones de notable interés para los profesionales en Ejercicio Libre y los que pudieran ser Contratados Laborales: 1. Se ha convertido finalmente la Psicología en una profesión sanitaria? No. En absoluto. La Psicología no ha obtenido de ningún modo la consideración de Profesión Sanitaria. Si tienes una licenciatura o un grado en Psicología, no eres profesional sanitario. En primer lugar porque ninguna legislación en vigor lo reconoce como tal. En segundo lugar porque, si acaso trabajaras en Selección de Personal, en Formación de Vendedores, en Asesoramiento Deportivo, en Mediación Familiar,, no estarías trabajando en el ámbito de la Salud. Es cierto que hace unos años varios Colegios Oficiales de Psicólogos motivaron y movilizaron a colegiados y no-colegiados para que se manifestasen delante del Ministerio de Sanidad reivindicando la consideración de la Psicología como profesión sanitaria. Todo ello con la paradoja de que el Grado de Psicología ya está incluido en el área de las Ciencias de la Salud. Posteriormente, en un pequeño ejercicio de sentido común, los Colegios abandonaron esta solicitud y pidieron al Ministerio de Sanidad que se incorporase a los Psicólogos al Sistema Nacional de Salud mediante alguna regulación. El proceso de incorporar la Psicología al ámbito sanitario fue largo y complejo, finalizando con la creación del Título de Especialista en Psicología Clínica.

En ese momento ya tenemos la Psicología como una Titulación General y la Psicología Clínica como una Titulación Específica. De modo, que desde entonces hasta hoy solo se pueden obtener uno o ambos de estos Títulos. Ningún profesional puede atribuirse otra denominación que la de Psicólogo/a o la de Psicólogo Especialista en Psicología Clínica. No existen los títulos de Psicólogo Forense, Psicólogo Jurídico, Psicólogo Educativo, Neuropsicólogo, o similares. La realización de Másteres, Cursos de Especialización, Diplomados, etc. no proporciona Títulos Profesionales. Solamente acreditan una formación específica en un área concreta con unas características determinadas. 2. Cómo se puede obtener el Título de Psicólogo Especialista en Psicología Clínica? Desde la creación de este Título Oficial se ofrecieron dos modos de obtenerlo: a) Procedimiento de formación PIR (oposición + formación posterior en hospital público), análogo a las formación de Especialistas Médicos (oftalmólogos, dermatólogos, cardiólogos, etc.) b) Procedimiento transitorio para legalizar a los Psicólogos que ya estaban en el Sistema Público de Salud. c) Procedimiento transitorio para oficializar a los Psicólogos que ya trabajaban en Ejercicio Libre. Estos procedimientos han dado lugar a que en España haya un número de Psicólogos Especialistas en Psicología Clínica limitado: los que iban terminando la formación PIR y los que obtuvieron la misma titulación por los procedimientos transitorios. Hoy en día, 2013, ya sólo hay un método para obtener en España- el título de Psicólogo Clínico : el sistema PIR. No existe otro método diferente. Los que fueron titulados por los procedimientos transitorios, que nunca podrán ejercer en el Sistema Público de Salud, nos guste o no, nos parezca justo o injusto, y los que ha seguido la vía PIR, que podrán ejercer tanto en el Sistema Público como en el Privado. 3. Se puede ser Psicólogo Clínico en España si se obtiene esta titulación en otro país de la Unión Europea? De acuerdo a la legalidad de la UE, un Psicólogo Clínico de otro país debe ser autorizado automáticamente a ejercer como tal en España, de manera similar a la de un Ingeniero Industrial, un Oftalmólogo o un Arquitecto. Sin embargo, según nuestra legislación solamente podrá ejercer de manera privada o como contratado laboral. No podrá acceder al Sistema Público de Salud.

4. Qué significado tendrá el Título de Psicólogo General Sanitario? En primer lugar, en ningún documento se ha establecido la creación de este título. Los profesionales que terminen los estudios de un Máster Oficial en Psicología General Sanitaria, obtendrán este título, pero no serán Titulados en Psicología General Sanitaria. Quienes finalicen (como muy pronto en el año 2015) la primera edición de un MPGS tendrán la consideración de psicólogos sanitarios, acreditada por la posesión del Máster correspondiente (realizado en una Universidad española, porque ninguna otra Universidad europea tiene este tipo de Máster). 5. Qué diferencias y similitudes tendrán los titulados especialistas en Psicología Clínica, los titulados con un MPGS y los Psicólogos Generalistas (sin PIR ni MPGS)? 5.1. Un Psicólogo Sanitario (en adelante PS, poseedor de un MPGS) podrá solicitar una autorización para abrir una Consulta Privada o un Centro Privado de Psicología Sanitaria. 5.2. Un Psicólogo Clínico (en adelante PC, poseedor del título por vía PIR o por los procedimientos transitorios ya mencionados) podrá hacerlo del mismo modo. Las similitudes entre ambos se reducen al simple hecho de que los dos tendrán la consideración de profesionales sanitarios. Consideración meramente académica y social pero sin ninguna implicación legal. 5.3. Un Psicólogo Generalista (en adelante PG, poseedor del título oficial de Psicólogo grado/licenciatura-) que puede tener o no tener algún posgrado, título propio o título oficial en algún área de la Psicología: educación, clínica, jurídica, RR.HH.,, nunca podrá solicitar una autorización para abrir una Consulta Privada o un Centro Privado de Psicología Sanitaria. Sin embargo, un PG podrá solicitar autorización para abrir una Consulta Privada o un Centro Privado de Psicología General. En esta consulta o Centro podrán ejercer Psicólogos Clínicos o Sanitarios, pero, lo más importante: podrá ejercer la Psicología en el área que tenga competencia, sin otras limitaciones que las impuestas por el hecho de NO SER PSICÓLOGO CLÍNICO. Por otra parte, las diferencias entre PC y PS serán muchas y de gran envergadura, por lo que las revisaremos con cierto detalle. Un Psicólogo Clínico queda capacitado, en función de su titulación para: Realizar diagnósticos clínicos en el ámbito de la salud mental. Realizar tratamientos psicoterapéuticos en el ámbito de la salud mental. Supervisar la formación de otros psicólogos clínicos (en formación PIR) y otros psicólogos sanitarios (en formación MPGS). Elaborar y firmar Informes Clínicos Periciales.

Puede ser contratado en Hospitales y Clínicas Privadas para desempeñar todas y cada una de las tareas anteriores. Puede ser contratado por Compañías Aseguradoras para atender a sus clientes en demanda de atención psicológica autorizada/prescrita por un Psiquiatra. Un Psicólogo Sanitario carece de la capacidad legal en función de su titulación para: Realizar diagnósticos clínicos en el ámbito de la salud mental. Realizar tratamientos psicoterapéuticos en el ámbito de la salud mental. Supervisar la formación de otros psicólogos clínicos (en formación PIR) y otros psicólogos sanitarios (en formación MPGS). Elaborar y firmar Informes Clínicos Periciales. NO PUEDE ser contratado en Hospitales y Clínicas Privadas para desempeñar todas y cada una de las tareas anteriores. NO PUEDE ser contratado por Compañías Aseguradoras para atender a sus clientes en demanda de atención psicológica autorizada/prescrita por un Psiquiatra. Un Psicólogo General carece de la capacidad legal en función de su titulación para: Realizar diagnósticos clínicos en el ámbito de la salud mental. Realizar tratamientos psicoterapéuticos en el ámbito de la salud mental. Supervisar la formación de otros psicólogos clínicos (en formación PIR) y otros psicólogos sanitarios (en formación MPGS). Elaborar y firmar Informes Clínicos Periciales. NO PUEDE ser contratado en Hospitales y Clínicas Privadas para desempeñar todas y cada una de las tareas anteriores. NO PUEDE ser contratado por Compañías Aseguradoras para atender a sus clientes en demanda de atención psicológica autorizada/prescrita por un Psiquiatra. 6. Qué obligaciones o compromisos diferencian a los Psicólogos Sanitarios de los Psicólogos Generales? Un Psicólogo Sanitario pone su consulta o su Centro bajo la supervisión y el control directo de la Consejería de Sanidad de su Comunidad Autónoma de Residencia, lo que conlleva normalmente unas mayores y más numerosas exigencias legales, además de ciertas limitaciones.

En la Comunidad de Madrid, en un Centro Sanitario SOLAMENTE se pueden realizar ACTIVIDADES SANITARIAS. Esto implica, para quienes desean poner en marcha o mantener gabinetes psicológicos con servicios de psicología clínica y educativa, logopedia, psicomotricidad, formación a entidades, etc., que NO PODRÍAN HACERLO. Por su parte un Psicólogo General NO PONE su consulta o Centro bajo la supervisión y el control directo de la Consejería de Sanidad, sino exclusivamente bajo la supervisión de la Concejalía correspondiente de su Ayuntamiento. En una consulta o Centro de Psicología General, como puede ser un Gabinete Psicológico tradicional se pueden realizar cualquier tipo de actividades profesionales relacionadas con la Psicología. Si, ocasional o temporalmente, un psicólogo clínico deseara pasar consulta clínica podría hacerlo sin ningún impedimento legal. 7. Si un Licenciado o Graduado en Psicología posee algún Máster en Psicología Clínica, sea título propio o título oficial, de una entidad acreditada en el país,o ha realizado el itinerario de Psicología Clínica durante el estudio de Grado, 7.1. puede solicitar autorización para establecer una consulta sanitaria? Hasta el 31 de octubre de 2014 SÍ PUEDE HACERLO. Existe la posibilidad pero no es una realidad todavía- de que las autorizaciones otorgadas hasta el 31 de octubre de 2014, se prorroguen automáticamente uno o dos años (ya que en esa fecha no puede haber ningún titulado con MPGS) o incluso que se hagan indefinidas. 7.2. puede ejercer de alguna manera la práctica clínica psicológica? Un licenciado o graduado en Psicología SIEMPRE podrá desarrollar su profesión, haciéndolo de manera responsable de acuerdo a su formación posgrado, en cualquier ámbito psicológico: jurídico, educativo, clínico, deportivo, social, etc. Las limitaciones para su ejercicio se reducen a la denominación concreta de sus actividades (diagnóstico, psicoterapia, ) y se clarifican con el empleo de consentimientos informados firmados por sus clientes. 1 8. Desde el punto de vista de la Asociación de Profesionales en Ejercicio Libre, se recomienda como mejor opción formarse con un Máster en Psicología General Sanitaria o con un Máster tradicional en Psicología o Práctica Clínica? La obtención de un Máster en Psicología General Sanitaria a) no conlleva titulación de Especialista. b) no califica 2 para emitir diagnóstico clínico alguno. c) no califica para realizar psicoterapias. 1 La Asociación APPEL tiene documentación técnica a disposición de sus asociados 2 Desde el punto de vista legal esta tarea esta restringida a los Especialistas

d) no califica para trabajar con Aseguradoras. e) no califica para trabajar como profesional clínico en Hospitales o Clínicas. f) durante los próximos años serán programas experimentales, ya que no existe antecedente de los mismos, por lo que resultará difícil desarrollarlos con criterios de calidad. g) se desconocen los Centros de Prácticas que autorizará el Ministerio y las plazas disponibles en los mismos (que deberán compaginarse con los PIRES en formación). Además, la Ley de Servicios Profesionales pendiente de aprobación por el Gobierno, plantea, de acuerdo a las directrices europeas limitar la colegiación obligatoria a profesiones especialmente sensibles. Por ello, resultará seguro que todos los profesionales sanitarios sigan obligados a mantener su colegiación. Sin embargo, los psicólogos no-sanitarios podrían quedar excluidos de esa obligación. Si tenemos en cuenta que los riesgos de una demanda deontológica ante el Colegio Profesional correspondiente, por parte de un cliente insatisfecho con los servicios de un profesional en ejercicio libre y el hecho de que los colegiados, en la mayoría de las Comisiones deontológicas carecen de defensor, el riesgo de ser obligados a suspender la actividad profesional (a menudo el único medio de ingresos) resulta ser muy elevado. Confiamos en que los datos anteriormente expuestos ayuden a los profesionales de la Psicología a tomar una decisión basada en una información amplia y concreta y no sesgada o incompleta. setiembre de 2013