ADMINISTRACIÓN MUNICIPAL 2012 2016 TLAHUILTEPA HIDALGO Manual de Organización y Operaciones Registro del Estado Familiar
I. Aprobación Con fundamento en el Artículo 144 de la Constitución Política del Estado de Hidalgo y la Ley Orgánica Municipal Artículo 7 y capítulo Quinto Artículo 56 fracción I, en relación con el Artículo 115 fracción II, de la Constitución Política de los Estado Unidos Mexicanos; la Honorable Asamblea del Municipio de Tlahuiltepa por acuerdo de fecha 07 del mes de Junio del año 2012, votado por unanimidad ha tenido a bien aprobar en sus términos el presente Manual de Organización del Registro del Estado Familiar de Tlahuiltepa, Hidalgo, el cual contiene información referente a su estructura y funcionamiento y tiene como objetivo servir de instrumento de consulta de inducción para el personal. 1
II. Introducción La existencia de las Oficialías del Registro Civil es de suma importancia ya que ellas realizan una función propia del Estado, responsable de llevar a cabo y autorizar con las excepciones de la ley todo tipo de actos, actas y registros relacionados al Estado Civil que guardan las personas fundamentado todo ello en el Código Familiar del Estado Libre y Soberano de Hidalgo, Código de Procedimientos Familiares Para el Estado de Hidalgo, Ley Orgánica Municipal y Bando de Policía y Gobierno. La elaboración del presente Manual de Organización y Procedimientos es una herramienta que nos permite conocer la información orgánica de la Oficialía, así como las funciones inherentes a la misma describiendo y documentando lo que desarrolla esta dependencia para proporcionar los servicios que sean solicitados por la ciudadanía y cuya obligación de esta es ofrecerlos. Además el manual de organización facilita a los empleados y funcionarios el conocimiento de sus obligaciones en el ámbito de su competencia, así mismo ayuda entre otras cosas, a integrar y orientar al nuevo personal y es un instrumento valioso de datos para estudios de productividad, reorganización y de recursos humanos. 2
III. Antecedentes El Registro Civil en sus inicios al establecerse la colonia de la nueva España y por medio de esta se crea un registro eclesiástico que tiene como propósito establecer los registros de nacimiento, muerte y matrimonio, el cual fue controlado por la iglesia, cuyo cuidado fue encomendado a los párrocos del lugar, y este se encontraba restringido a personas que no profesaban con la religión y si no es hasta el logro de la independencia de México y siendo en el año de 1857 se expide la ley orgánica del registro civil, durante el gobierno de Ignacio Comonfort que comprendía los nacimientos, la adopción y arrogación de personas, los matrimonios, los votos religiosos, y los fallecimientos, se establecía las bases de las expediciones de las actas, asimismo en el año de 1959 se dictó la Ley de Matrimonio Civil, y en este mismo año se emite la Ley que establecía el Registro Civil en el país; dichas leyes fueron promulgadas por el presidente Benito Juárez, la idea principal era la separación de la iglesia con el estado delimitando el papel que le corresponde a cada uno. A la fecha el Registro Civil es una institución de orden público y de interés social la cual se encuentra regulado por el Código Familiar y de Procedimientos Familiares ambos, para el estado libre y soberano de Hidalgo, así como la Ley Orgánica Municipal y el Bando de Policía y Gobierno del Municipio de Tlahuiltepa. En la actualidad el registro civil cumple con su noble función modernizando y actualizando nuevas formas y procedimientos con la finalidad principal de dar reconocimiento y un ordenamiento jurídico proporcionando identidad a la población dentro de nuestro municipio de Tlahuiltepa. 3
IV. Misión y visión MISIÓN: Dar seguimiento al registro civil como una la institución de orden público y de interés social, por la cual el estado inscribe, autoriza, certifica y da publicidad a los hechos y actos constitutivos, modificativos o extintivos del estado civil de las personas, atendiendo a toda persona con respeto rapidez y eficacia sin importar el distingo de persona alguna, en los actos propios del registro civil VISIÓN: Aplicar los avances informáticos para que a través de sistemas computacionales nos permita brindar un servicio con eficiencia y calidad, creando así una innovación en el sistema de registro civil. Además de lograr el ordenamiento, jurídico proporcionando identidad a la población del municipio, haciendo los servicios con mayor rapidez y eficacia. 4
V. Marco jurídico Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos Constitución Política del Estado de Hidalgo Ley Orgánica Municipal Bando de Policía y Gobierno Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos para el Estado de Hidalgo Código Familiar del Estado Libre y Soberano de Hidalgo Código de Procedimientos Familiares Para el Estado de Hidalgo Ley para la Familia del Estado de Hidalgo 5
VI. Atribuciones Artículo 15. Fracción II de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Los Municipios estarán investidos de personalidad jurídica y manejarán su patrimonio conforme a la ley. Artículo 57. Fracción VI de la Ley Orgánica Municipal. Los Municipios tienen facultades concurrentes con el Estado, en las materias de: Registro del Estado Familiar. Artículo 60. Inciso n) y w) de la Ley Orgánica Municipal. Los Presidentes Municipales asumirán las siguientes Facultades y Obligaciones: Promover lo necesario para que los oficiales y funcionarios por delegación del Registro del Estado Familiar, desempeñen en el Municipio los servicios que les competen, en los términos establecidos en la Constitución Política del Estado y demás leyes de la materia y vigilar su cumplimiento; ejercer las funciones del Registro del Estado Familiar o delegarlas en el funcionario idóneo que designe. Artículo 108. Fracción VII de la Ley Orgánica Municipal. Los municipios organizarán y reglamentarán la administración, funcionamiento, conservación o explotación de los servicios públicos. Se consideran, enunciativa y no limitativamente como tales, los siguientes Registro del Estado Familiar; Artículo 115. De la Ley Orgánica Municipal. El Oficial del Registro del Estado Familiar, contará con las facultades que le confieran la Ley de la materia y deberá observar las formalidades, el protocolo y los requisitos que se establecen para ellos. Los actos del Registro del Estado Familiar, podrán realizarse en horas ordinarias o extraordinarias, dentro o fuera de sus oficinas, pero no fuera de su competencia territorial. 6
Artículo 116. De la Ley Orgánica Municipal. Dentro de los primeros quince días del mes de enero de cada año, el duplicado de los libros del Registro del Estado Familiar se remitirá a la Dirección del Registro del Estado Familiar del Estado. El Presidente Municipal vigilará que se cumpla con esta disposición 7
VII. Organigrama PRESIDENTE MUNICIPAL ING. ISRAEL MARTINEZ RIVERA SECRETARIO MUNICIPAL PROF. ALMIRO ISIDRO VERDE JUEZ DEL REGISTRO DEL ESTADO FAMILIAR C. RAMÓN MORALES ESCAMILLA AUXILIAR DEL REGISTRO CIVIL CATARINO LÓPEZ ROMERO SECRETARIA JAQUELINE GARCÍA MORALES 8
VIII. Estructura Orgánica 1) Juez del Registro del Estado Familiar C. Ramón Escamilla Morales 2) Auxiliar del Registro del Estado Familiar C. Catarino López Romero 3) Secretaria C. Jaqueline García Morales 9
IX. Descripciones y Perfiles del Puesto PUESTO: Oficial del Registro Civil JEFE INMEDIATO: Presidente Municipal PERSONAL A SU CARGO: Auxiliar del Registro Civil Secretaria FUNCIONES PRINCIPALES: Servir a la ciudadanía en la tramitación de los actos concernientes al Registro Civil Efectuar registros de nacimiento tanto de menores como de adultos en donde conste de manera fehaciente el nacimiento, la nacionalidad y filiación de un individuo ante la sociedad. La celebración de matrimonios dando la existencia a relación conyugal entre los contrayentes con todos sus derechos y obligaciones siendo la forma solemne requerida con la ley para la existencia del matrimonio. Elaboración de registros de actas de defunción documento a través del cual se declara legalmente el fallecimiento o muerte de una persona. Elaboración de anotaciones marginales por errores mecanográficos, manuscritos ortográficos donde se autoriza por corrección o aclaración ya sean por resolución administrativa o judicial. Apoyar a la ciudadanía en la tramitación de aclaraciones de actas y asesoría en caso de problemas con las mismas. Registros de divorcio, adopción, reconocimiento, admisión de hijo inserción de actas de nacimiento y matrimonio, constancias de inexistencia. Entregar a la Dirección General del Registro Civil del Estado, en las instancias correspondientes, las estadísticas mensuales de la oficina. Resguardo bajo responsabilidad y cuidado de los libros y archivos de la Oficialía. 10
ESCOLARIDAD QUE REQUIERE EL PUESTO: Lic. en Derecho o carrera afín. EXPERIENCIA Y/O CONOCIMIENTOS QUE REQUIERE EL PUESTO: Ser ciudadano Hidalguense. Contar con conocimientos inherentes para el buen desempeño del cargo. Conocimientos sobre Derecho Civil. Conocimientos sobre computación. HABILIDADES: Facilidad de palabra Liderazgo Buena comunicación Negociador Conciliador disciplinado Competitivo Relaciones públicas Paciente Solidario Espíritu crítico analítico Puntual 11
PUESTO: Auxiliar del Registro Civil JEFE INMEDIATO: Oficial del Registro Civil PERSONAL A SU CARGO: Ninguno FUNCIONES PRINCIPALES: Servir a la ciudadanía en la tramitación de los actos concernientes al Registro Civil Dar información al usuario sobre los servicios y trámites que soliciten. Orientar a las personas según su trámite a realizar. Revisar cada uno de los registros asentados, de nacimiento, matrimonio, defunciones y reconocimientos para su posterior encuadernación. Archivar informes o algunos documentos de la oficina. Visitar las comunidades del Municipio para realizar diversos trámites a la ciudadanía y evitar su traslado hasta la Cabecera Municipal, con previa autorización del Oficial del Registro Civil. Las demás que asigne el jefe inmediato. ESCOLARIDAD QUE REQUIERE EL PUESTO: Lic. en Derecho o carrera afín. EXPERIENCIA Y/O CONOCIMIENTOS QUE REQUIERE EL PUESTO: Ser ciudadano Hidalguense. Contar con conocimientos inherentes para el buen desempeño del cargo. Conocimientos sobre Derecho Civil. Conocimientos sobre computación. HABILIDADES: Facilidad de palabra Buena comunicación Negociador Conciliador disciplinado Competitivo Relaciones públicas Paciente Solidario Espíritu crítico analítico 12
PUESTO: Secretaria del Registro Civil JEFE INMEDIATO: Oficial del Registro Civil PERSONAL A SU CARGO: Ninguno FUNCIONES PRINCIPALES: Servir a la ciudadanía en la tramitación de los actos concernientes al Registro Civil Hacer el asentamiento del registro de las actas en forma mecanográfica o digitalizada. Elaborar copias certificadas de todos los actos civiles de las personas y que se encuentran registrados en los libros del archivo general en la Oficialía. Atender y revisar la documentación de la persona que solicite algún tramite. Elaborar oficios, cartas y escritos que le sean solicitados por el titular. Llevar el control de folios previa impresión de las actas. Realizar anotaciones marginales en los libros del registro civil, por rectificación de actas. Realizar anotaciones marginales de matrimonio, divorcio y reconocimientos de hijos en los libros del Registro Civil. Elaborar e integrar informes mensuales y anuales sobre las actividades realizadas en la oficina. Recibir documentación probatoria suficiente para la asignación y expedición de la CURP; así como capturarla, imprimirla y entregarla. Apoyar en todas las actividades que realice la Oficialía del registro civil. ESCOLARIDAD QUE REQUIERE EL PUESTO: Carrera comercial y/o Bachillerato EXPERIENCIA Y/O CONOCIMIENTOS QUE REQUIERE EL PUESTO: Conocimientos sobre computación, taquigrafía y mecanografía Conocimiento del Código Civil y Código de Procedimientos Familiares del Estado de Hidalgo HABILIDADES: Facilidad de palabra Buena comunicación Relaciones públicas Paciente Puntual 13
X. Directorio Nombre y Puesto Dirección Teléfono Correo electrónico C. Ramón Morales Escamilla. Oficial del Registro Civil C. Catarino López Romero. Auxiliar del Registro Civil C. Jaqueline García Morales. Secretaria del Registro Civil. Dom. Conocido, Boca de León, Tlahuiltepa, Hidalgo. Dom. Conocido, San Andrés Miraflores, Tlahuiltepa, Hidalgo. Dom. Conocido, El Ocotal, Tlahuiltepa, Hidalgo. 01 200 1232869 01 200 1232869 registro.tlahuiltepa@hotmail.com 01 200 1232869 Jaque_amer_k456@hotmail.com 14
XI. Hoja de Participación La elaboración del presente manual estuvo a cargo del Oficial del Registro Civil C. Ramón Morales Escamilla y la Secretaria del Registro Civil C. Jaqueline García Morlaes de la Administración Municipal 2012 2016 de Tlahuiltepa, Hidalgo. 15