AYUNTAMIENTO MUNICIPAL HUAZALINGO, HIDALGO.

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Transcripción:

AYUNTAMIENTO MUNICIPAL HUAZALINGO, HIDALGO. MANUAL DE ORGANIZACIÓN PARA EL MUNICIPIO DE HUAZALINGO TOMO I AYUNTAMIENTO MUNICIPAL M a n u a l d e O r g a n i z a c i ó n d e l M u n i c i p i o d e H u a z a l i n g o Página 1 de 7

Contenido I. Introducción... 3 II. Misión... 3 III. Visión... 3 IV. Marco Jurídico... 3 V. Organigrama... 4 VI. Manual de organización... 5 A) Síndico... 5 B) Regidor... 5 VII. Transitorio... 7 M a n u a l d e O r g a n i z a c i ó n d e l M u n i c i p i o d e H u a z a l i n g o Página 2 de 7

El presente Manual de Organización fue aprobado el día 7 de Julio del 2015 por el Ayuntamiento en el Municipio de Huazalingo, Hgo. I. Introducción El Ciudadano Héctor Martínez Galindo, Presidente Municipal Constitucional de Huazalingo, Hidalgo. A través de la Dirección de Contraloría y Transparencia municipal y para un adecuado desempeño de todo funcionario y trabajador público de la Administración Municipal que preside, ha tenido a bien expedir el presente manual de organización. Este instrumento técnico administrativo tiene el objeto de establecer de manera clara y precisa las funciones y responsabilidades de las áreas y de los servidores públicos que integran este ayuntamiento, regulando así la organización interna, sobre la base de objetivos y funciones establecidas en la Ley Orgánica Municipal y manual de procedimientos que contiene información específica, caracterizada por describir en forma clara y precisa las actividades asignadas a los cargos que la conforman el valor del manual de organización, radica en la veracidad y actualidad de su información; por lo que se requiere de revisiones periódicas para mantenerlo al día, registrando los cambios que se presenten en la organización; es así que para la actualización del presente manual, se seguirán las políticas que para tal fin se encuentran en su contenido y que permiten mantener la información en condiciones óptimas de utilización. II. Misión Establecer de manera clara y precisa las funciones y responsabilidades de las áreas y de los servidores públicos del municipio de Huazalingo. III.Visión Permitir que el personal conozca con claridad las funciones y atribuciones del cargo que se le ha asignado y así tener un buen control interno del ayuntamiento municipal IV. Marco Jurídico Federales: Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos Ley Federal de Trabajo Estatales: Constitución Política del Estado libre y Soberano de Hidalgo Ley Orgánica Municipal del Estado de Hidalgo M a n u a l d e O r g a n i z a c i ó n d e l M u n i c i p i o d e H u a z a l i n g o Página 3 de 7

Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Hidalgo Ley de Responsabilidad de los Servicios Públicos Presupuesto de Egresos del Gobierno del Estado Código del Estado Familiar del Estado de Hidalgo Ley de Adquisiciones, Arrendamiento y Prestación de Servicio relacionado con Bienes Muebles. Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público Ley de los Trabajadores al Servicio de los Gobiernos Estatal y Municipal así como de los Organismos Descentralizados del Estado de Hidalgo Ley del Equilibrio Ecológico y la protección ambiental del Estado de Hidalgo. V. Organigrama SINDICO M a n u a l d e O r g a n i z a c i ó n d e l M u n i c i p i o d e H u a z a l i n g o Página 4 de 7

VI. Manual de organización MANUAL DE ORGANIZACIÓN PARA EL MUNICIPIO DE HUAZALINGO. TOMO I AYUNTAMIENTO MUNICIPAL A) Síndico B) Regidor Dirección: Ayuntamiento Municipal Área: Ayuntamiento Municipal Nombre del cargo: Regidor Cargo al que reportan: Presidente Municipal Ayuntamiento Municipal Contraloría y Transparencia Municipal Objetivo general del cargo: Recibir, discutir, proponer, analizar, y votar en las Sesiones del Ayuntamiento aprobando los planes, propuestas y proyectos que presente el Presidente Municipal, el Síndico, algún otro Regidor y vecinos del Municipio. Realizar las funciones descritas en la Ley Orgánica Municipal para el Estado de Hidalgo y la comisión designada por los integrantes del Ayuntamiento. Descripción de las funciones: 1.- Vigilar y atender el ramo de la administración municipal que conforme a sus disposiciones reglamentarias, les sea encomendado por el Ayuntamiento; 2.- Vigilar que los actos de la Administración Municipal, se desarrollen en apego a lo dispuesto por las leyes y normas de observancia municipal; 3.- Recibir y analizar los asuntos que les sean sometidos y emitir su voto, particularmente en las materias siguientes: a) Los proyectos de acuerdo para la aprobación de los bandos, reglamentos, decretos y circulares de observancia general en el Municipio, que les sean presentados por el Presidente Municipal, los Síndicos, o los vecinos del municipio, cuidando que las disposiciones no invadan las competencias reservadas para el Estado o la Federación; M a n u a l d e O r g a n i z a c i ó n d e l M u n i c i p i o d e H u a z a l i n g o Página 5 de 7

b) Las solicitudes de expropiación por causa de utilidad pública, así como disponer la indemnización a sus propietarios, en cumplimiento a lo dispuesto por la fracción V del Artículo 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y la fracción XVII del Artículo 141 de la Constitución Política del Estado y por la Ley de la materia; c) La enajenación de bienes inmuebles del dominio privado del Municipio y observar las previsiones establecidas por la Constitución Política del Estado; d) Los proyectos de acuerdo para celebrar contratos que comprometan el patrimonio del Municipio u obliguen económicamente al Ayuntamiento, en los términos de esta Ley; e) Los proyectos de acuerdo para la firma de convenios de asociación con los municipios del Estado, cuyo objeto sea el mejor cumplimiento de sus fines. Cuando la asociación se establezca para el mismo propósito con municipios de otras entidades federativas, el Ayuntamiento deberá turnar el Acuerdo de referencia al Congreso del Estado, para su autorización; f) Los proyectos de acuerdo para convenir con el Estado, el cobro de determinadas contribuciones o la administración de servicios municipales, cuando los motivos sean de carácter técnico o financiero y cuya finalidad sea obtener una mayor eficacia en la función administrativa; g) Los proyectos de acuerdo para la municipalización de servicios públicos, o para concesionarlos; h) Las propuestas de modificación de categorías correspondientes a los poblados y localidades del Municipio; y i) Las propuestas para el nombramiento de los titulares de las unidades técnicas de las dependencias de la Administración Pública Municipal. 4.- Solicitar al Presidente Municipal, información sobre los proyectos de desarrollo regional y metropolitano de las zonas conurbadas, convenidos con el Estado, o los que, a través de él, se convengan con la Federación y los que se realicen por coordinación o asociación con otros municipios; 5.- Vigilar que las peticiones realizadas a la Administración Pública Municipal, se resuelvan oportunamente; 6.- Solicitar información a los Síndicos, respecto de los asuntos de su competencia, cuando lo consideren necesario; 7.- Vigilar que el Presidente Municipal cumpla con los acuerdos y resoluciones del Ayuntamiento; 8.- Recibir y analizar el Informe Anual que rinda el Presidente Municipal o el Presidente del Concejo Municipal y emitir su voto respecto de su aprobación; 9.- Realizar sesiones de audiencia pública, para recibir peticiones y propuestas de la comunidad; 10.- Formular, con la participación de las instancias competentes del Ayuntamiento y de los sectores social y privado, el conocimiento y estudio de los asuntos en materia de M a n u a l d e O r g a n i z a c i ó n d e l M u n i c i p i o d e H u a z a l i n g o Página 6 de 7

Derechos Humanos, para lo cual se deberán atender las necesidades y características particulares de su Municipio, impulsar y fortalecer en todas las actividades que desarrolle el propio Ayuntamiento la protección y promoción de los derechos humanos; y 11.- Presentar ante la Auditoría Superior del Estado, su declaración patrimonial inicial, dentro de los sesenta días hábiles siguientes a la toma de posesión; de modificación anual, durante el mes de mayo de cada año; y de conclusión de encargo, dentro de los treinta días hábiles siguientes a ésta; 12.- Formular propuestas de estudio, acciones y proyectos en materia de zonas metropolitanas congruentes con el Programa Municipal de Desarrollo Urbano y Ordenamiento Territorial; 13.- Asegurar que las Comunidades y Pueblos Indígenas avecindadas en su territorio, gocen de los programas de desarrollo e infraestructura comunitaria y de asistencia social, estableciendo presupuestos específicos destinados a ellos, de conformidad con la normatividad aplicable; 14.- Crearán en coordinación los Delegados Municipales y de las instancias competentes y los sectores social y privado los reglamentos internos propios de cada localidad a fin de que coadyuven al mejoramiento, establecimiento, limitación y regulación de los usos y costumbres con la participación de la comunidad; y 15.- Las demás que les otorguen las leyes y reglamentos. Los Regidores, concurrirán a las sesiones del Ayuntamiento, con voz y voto; percibirán su dieta de asistencia que señale el presupuesto de egresos del Municipio y no podrán, en ningún caso, desempeñar cargos, empleos o comisiones remuneradas en la Administración Pública Municipal. VII. Transitorio Primero. El presente Manual de Organización entrara en vigor al día siguiente de su publicación. Segundo. La publicación del presente Manual de organización se realizara el mismo día de su autorización en la página web del Municipio. M a n u a l d e O r g a n i z a c i ó n d e l M u n i c i p i o d e H u a z a l i n g o Página 7 de 7