FECHA DE ACTUALIZACIÓN 01 de Enero del 2015 RESPONSABLE DEL TRÁMITE AUTORIZA Gerardo Alfonso Gutiérrez Hernández Subdirector de Rentas y Contratación de Peritos Mtro. Daniel Huerta Conde Director de Seguimiento y Gestión del Avalúo Otorgamiento del registro de peritos, en el Trámite Padrón Nacional de Peritos Valuadores del del trámite Reglas para el otorgamiento, revalidación, Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Dependencia Casos en los que debe o puede realizarse el trámite Nacionales. Cuando los profesionistas especialistas deseen obtener su registro en el Padrón Nacional de Peritos Valuadores del Reglas para el otorgamiento, revalidación, Oficina receptora Usuarios Forma de presentación Requisitos Centro de Contacto INDAABIN Horario de atención de lunes a viernes de las 9:00 a las 18:00 horas Peritos, ya sean personas físicas, personas físicas con actividad empresarial, y/o personas morales. Numeral 6 de las Reglas para el otorgamiento, Valuadores del Formato que se encuentra en la página web del Instituto www.indaabin.gob Persona física: especialidad valuatoria requerida. 2. Llenar y presentar la cédula de identificación como persona física. 3. Copia certificada de las cédulas profesionales de licenciatura y de posgrado en
valuación expedidas por la SEP y certificación de perito por el colegio profesional correspondiente o designación MAI emitido por el Appraisal Institute o certificación por parte del American Society of Appraisal u otra documentación requerida por el Instituto. 4. Curriculum vitae, (anexando documentos probatorios). 5. Copia del RFC. 6. Certificado de opinión favorable de no adeudos fiscales emitido por el SAT (Última declaración mensual de impuestos).7. No estar inhabilitado por la SFP (la constancia será tramitada por el Instituto). 8. Dos fotografías recientes, tamaño credencial a color, con fondo blanco. 9. Contar con firma electrónica avanzada (FIEL). 10. Escrito bajo protesta de decir verdad donde describa los recursos con los que cuenta con recursos humanos, materiales y financieros suficientes para solventar los trabajos que sean solicitados. 11. Acreditar la evaluación de capacidades técnicas y normativas. 12. Dos trabajos valuatorios por especialidad solicitada que cumplan con las características técnicas aplicadas por el Instituto. 13. Firma de aceptación del código de ética del proceso valuatorio de bienes nacionales. Persona física con actividad empresarial: especialidad valuatoria requerida del solicitante. 2. Llenar y presentar la cédula de identificación como persona física con actividad empresarial. 3. Copia certificada de las cédulas profesionales de licenciatura y de posgrado en valuación expedidas por la SEP y certificación de perito por el colegio profesional correspondiente o designación MAI emitido por el Appraisal Institute o certificación por parte del American Society of Appraisal u otra documentación requerida por el Instituto del solicitante y del perito responsable técnico por especialidad valuatoria. 4. Curriculum vitae, anexando documentos probatorios) del solicitante y de los responsables técnicos por especialidad valuatoria. 5. Copia del RFC. 6. Certificado de opinión favorable de no adeudos fiscales emitido por el SAT (Última declaración mensual de impuestos). 7. Copia del poder notarial de las personas facultadas para obligarse y firmar como representante de la persona moral del solicitante y del perito responsable técnico por especialidad valuatoria. 8. Organigrama de la empresa en forma gráfica, mostrando el nombre completo del titular de cada puesto, así como fecha de elaboración, nombre y firma de quién lo elaboró. 9. No estar inhabilitado por la SFP (la constancia será tramitada por el Instituto) el valuatoria. 10. Dos fotografías recientes, tamaño
credencial a color, con fondo blanco. 11. Contar con firma electrónica avanzada (FIEL) el solicitante y el responsable técnico por especialidad valuatoria. 12. Escrito bajo protesta de decir verdad donde describa los recursos con los que cuenta con recursos humanos, materiales y financieros suficientes para solventar los trabajos que sean solicitados. 13. Acreditar la evaluación de capacidades técnicas y normativas el solicitante y el responsable técnico por especialidad valuatoria. 14. Dos trabajos valuatorios por especialidad solicitada que cumplan con las características técnicas aplicadas por el Instituto del solicitante y del perito responsable técnico por especialidad valuatoria. 15. Firma de aceptación del código de ética del proceso valuatorio de bienes nacionales del solicitante y del perito responsable técnico por especialidad valuatoria. Persona moral: especialidad valuatoria requerida del solicitante. 2. Llenar y presentar la cédula de identificación como persona moral del solicitante y del perito responsable técnico por especialidad valuatoria. 3. Copia certificada de las cédulas profesionales de licenciatura y de posgrado en valuación expedidas por la SEP y certificación de perito por el colegio profesional correspondiente o designación MAI emitido por el Appraisal Institute o certificación por parte del American Society of Appraisal u otra documentación requerida por el Instituto del perito responsable técnico por especialidad valuatoria. 4. Curriculum vitae, anexando documentos probatorios) del solicitante y de los responsables técnicos por especialidad valuatoria. 5. Copia del RFC. 6. Certificado de opinión favorable de no adeudos fiscales emitido por el SAT (Última declaración mensual de impuestos). 7. Acta constitutiva con sus modificaciones protocolizadas ante notario público e inscrita en el Registro Público de la Propiedad y de Comercio, indicando en el objeto social, la facultad de ejercer la actividad valuatoria. 8. Copia del poder notarial de las personas facultadas para obligarse y firmar como representante de la persona moral del solicitante y del perito responsable técnico por especialidad valuatoria. 9. Documento suscrito por parte del representante legal en el que autoriza la firma de avalúos por parte del perito responsable técnico en las especialidades solicitadas. 10. Organigrama de la empresa en forma gráfica, mostrando el nombre completo del titular de cada puesto, así como fecha de elaboración, nombre y firma de quién lo elaboró. 11. No estar inhabilitado por
de los requisitos Plazo oficial de resolución del plazo de resolución Comprobante a obtener Cobro oficial la SFP (la constancia será tramitada por el Instituto) el valuatoria. 12. Dos fotografías recientes, tamaño credencial a color, con fondo blanco del perito responsable técnico por especialidad valuatoria. 13. Contar con firma electrónica avanzada (FIEL) el valuatoria. 14. Escrito bajo protesta de decir verdad donde describa los recursos con los que cuenta con recursos humanos, materiales y financieros suficientes para solventar los trabajos que sean solicitados. 15. Acreditar la evaluación de capacidades técnicas y normativas. 14. Dos trabajos valuatorios por especialidad solicitada que cumplan con las características técnicas aplicadas por el Instituto del perito responsable técnico por especialidad valuatoria. 15. Firma de aceptación del código de ética del proceso valuatorio de bienes nacionales del perito responsable técnico por especialidad valuatoria. Artículo 15 y 15 A, de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo. Numeral 6 y 7 de las Reglas para el otorgamiento, revalidación, suspensión y revocación del registro de peritos en el Padrón Nacional de Peritos Valuadores del 06 meses Reglas para el otorgamiento, revalidación, Acuerdo por el que se constituye la integración y funcionamiento del Comité de asignación de trabajos y evaluación de peritos valuadores. Oficio de incorporación así como la asignación del número de registro correspondiente (clave única), mismo que será consecutivo y la credencial de identificación que los acreditará como miembro del Padrón Nacional de Peritos Valuadores del Instituto. Numeral 8 de las Reglas para el otorgamiento, Valuadores del Gratuito. Numeral 9 de las Reglas para el otorgamiento, Valuadores del
Domicilio Teléfono administrativo Avenida México No. 151, Colonia Del Carmen, Del. Coyoacán, C.P. 04100, México, D.F. 55-63-27-98 Artículo 29 fracción XII de la Ley General de Bienes Nacionales; 3 apartado B y 85 del Reglamento de la Secretaría Pública; y 1º, 3º fracción XXIII y 6º fracción X del Reglamento del Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales.