PÓLIZA MULTIRIESGO Producto diseñado para proteger empresas comerciales, industriales o de servicio contra los daños materiales de sus contenidos y edificaciones. En forma opcional el cliente puede ampararse contra los riesgos de hurto calificado, daños a la maquinaria y el equipo electrónico, transporte de mercancías en los trayectos nacionales y transporte de valores, así como amparar la muerte con propósito criminal que sufran las personas que permanezcan en el establecimiento. CONDICIONES DEL PRODUCTO Coberturas: Cobertura básica: Incendio y/o rayo, explosión, terremoto, temblor y/o erupción volcánica, actos mal intencionados de terceros, terrorismo, asonada, motín, conmoción civil o popular y huelga, granizo, vientos fuertes, impacto de vehículos, aeronaves, daños por agua, anegación, inundación, avalancha, deslizamiento Coberturas opcionales: - Sustracción con violencia (hurto calificado) - Equipo eléctrico y electrónico. - Transporte de mercancías - Transporte de valores - Cobertura de muerte por asalto con propósito criminal - Asistencia domiciliaria - Asistencia jurídica Existen coberturas especiales para algunos tipos de riesgos como: - Estaciones de Servicio: Seguro especial para vehículos automotores en mantenimiento o reparación Hasta por los límites establecidos la compañía ampara las pérdidas o daños que lleguen a sufrir o a causar a terceras personas (en sus bienes o personas) los vehículos automotores de propiedad de terceros que el asegurado reciba para suministrarles cualquiera de los servicios que la estación de servicio asegurada acostumbra a suministrar en forma directa (no en concesión), mientras tales vehículos se encuentren ubicados o en movilización dentro de los predios y/o instalaciones de la estación, bajo responsabilidad legal del asegurado.
Se amparan las mercancías y combustibles a primera pérdida y a valor de costo Mercancías propias de un supermercado en la EDS (si existe) - Restaurantes: Cobertura para Contenidos como: Menajes y utensilios de cocina y comedor Stock de insumos perecederos Stock de licores y bebidas envasadas Comidas y productos en proceso Muebles y enseres y efectos personales de terceros residentes en predios Coberturas: Seguro automático de despachos a domicilio Seguro especial para prendas y objetos personales de clientes Responsabilidad Civil Extracontractual (incluyendo cobertura para alimentos y bebidas preparadas, manufacturadas o tratadas por el restaurante asegurado) Incrementos de existencias de insumos, materias primas, licores y bebidas Productos en refrigeradores o neveras Productos alimenticios en proceso y terminados para suministrar a clientes Frescos o murales decorativos - Oficinas: Seguro especial de mudanza en caso de cambio de local - Droguerías: Seguro automático de transporte urbano de medicamentos y/o mercancías enviadas a domicilio - Concesionarios: Amparo de daños y hurto calificado de vehículos para la venta o en mantenimiento, revisión o reparación, incluyendo responsabilidad civil por lesiones a terceros (pruebas) Vehículos automotores en promoción externa Vehículos automotores de propiedad del asegurado o recibidos por él en consignación, mientras se encuentren ubicados, con el debido permiso legal y particular, en zonas externas adyacentes a las instalaciones del concesionario, hasta por la suma
equivalente en pesos al diez por ciento (10%) de la suma asegurada de vehículos en consignación y de vehículos propios para la venta Cobertura automática para vehículos en ferias y exposiciones - Instituciones Educativas: Frescos o murales decorativos Seguro contra todo riesgo para implementos de laboratorio, libros e implementos de la biblioteca, implementos deportivos e instrumentos musicales Bienes a la intemperie Bienes bajo tenencia, custodia, cuidado o control de la institución Nuevos bienes (bienes muebles, equipos y maquinaria, nuevas mejoras locativas) Daños y Responsabilidad civil por bebidas y productos alimenticios de la cafetería propia del colegio en refrigeradores o neveras Cobertura automática para objetos personales de profesores, empleados, alumnos, visitantes, padres o acudientes de alumnos Seguro Especial de Mudanza en caso de cambio de local en la misma ciudad - Agencias de Viaje: Seguro especial de mudanza en caso de cambio de local Exclusiones: AIG Seguros Colombia S.A. no realizará pago alguno, cuando se presente una o más de las causales mencionadas en el Clausulado. Conozca nuestro Clausulado en nuestra página Web http://www.aig.com.co. Beneficios Adicionales o Valores Agregados del Producto: Asistencia domiciliaria 24 horas en su empresa para situaciones imprevistas: Cobertura en plomería, electricidad, cerrajería, rotura de vidrios entre otros. No aplicación de demerito por uso cuando el cliente previa aceptación de la compañía se asegura con valores asegurados de reposición y/o reconstrucción a nuevo. Rotura de vidrios, espejos e instalaciones sanitarias Todo riesgo de avisos y vallas, exteriores e interiores Productos en refrigeradores o neveras Amparo de materiales, herramientas e instrumentos, de instalación no fija, destinados a la limpieza, aseo, conservación, vigilancia (incluyendo armas) o construcción de mejoras o modificaciones. Seguro especial de mudanza en caso de cambio de local
Bienes bajo tenencia, custodia, cuidado o control Cobertura para nuevos bienes muebles Cobertura para nuevas mejoras locativas Traslado temporal de bienes Amparo automático de gastos derivados del siniestro Restauración de archivos y de información en portadores o medios externos de almacenamiento Alquiler de local alterno, en caso de siniestro Amparo automático de índice variable Aplicación de infraseguro únicamente si este excede el 10% Usted elige los valores asegurados de acuerdo a sus necesidades. Condiciones, plazos y requisitos mínimos para acceder y finalizar los productos o servicios: Las condiciones, plazos y requisitos mínimos para acceder al seguro dependerán al límite de cobertura solicitada. Valor de los Deducibles: El valor del deducible se encontrará sujeto a lo acordado entre el cliente y la Compañía y a las coberturas. Períodos de Carencia o tiempos de permanencia mínimos antes de la cobertura: No aplica. Límites de Edad: No aplica. Duración del Contrato - Renovación Automática o Expresa - Causales que facultan a terminar unilateralmente y por anticipado el contrato por parte del Asegurado y la Compañía - Plazos establecidos para la renovación, prórroga o cancelación o revocación unilateral de los productos: La duración del contrato será según lo pactado entre el Cliente y la Compañía, sin aplicación de renovación automática, salvo que las Partes acuerden renovación automática y se encuentre estipulada en las condiciones particulares de la Póliza.
El asegurado podrá revocar unilateralmente el seguro en cualquier momento, mediante aviso escrito a la aseguradora. (Art. 1071 C. de Comercio) La Compañía podrá revocar unilateralmente el seguro en cualquier momento, mediante noticia escrita al asegurado, enviada a su última dirección conocida, con no menos de diez días de antelación, contados a partir de la fecha del envío. (Art. 1071 C. de Comercio) La mora en el pago de la prima de la póliza o de los certificados o anexos que se expidan con fundamento en ella, producirá la terminación automática del contrato y dará derecho al asegurador para exigir el pago de la prima devengada y de los gastos causados con ocasión de la expedición del contrato. Lo anterior no podrá ser modificado por las partes. (Art. 1068 C. de Comercio) Términos de respuesta a solicitudes de productos o servicios: Los términos de respuesta para la solicitud de este producto variará de 1 a 15 días hábiles y se encontrará sujeto al riesgo asegurable. Tarifas: Nuestras tarifas varían de acuerdo a los límites de coberturas solicitadas. Si desea una cotización por favor comuníquese con nosotros a la Línea de Contacto AIG en Bogotá: (1) 317 21 93 y Línea Nacional: 01 8000 522 244; o a nuestro correo electrónico servicioal.cliente@aig.com Conceptos que se incluyen en la prima: Los conceptos que se incluyen en la prima son los gastos de expedición, según lo acordado entre el cliente y la compañía. No existen pagos adicionales por aspectos no contemplados de manera específica. Cargos tributarios del producto: Los cargos tributarios del producto corresponden al IVA del 16.00%. Procedimiento para la devolución de primas en los casos de presentarse las figuras de sobreseguro, disminución del interés asegurado o revocatoria del seguro: En los casos de presentarse las figuras de sobreseguro, disminución del interés asegurado o revocatoria del seguro, podrá solicitar la devolución de primas a través de solicitud escrita y firmada presentada en nuestras oficinas
Fax: +57-1-310-1014 Correo Electrónico: Servicioal.cliente@aig.com FECHA DE DEPÓSITO ANTE LA SFC: SEGURO MULTIRIESGO con Código 180809-1322-P-12-INTC4310: 10 de Diciembre de 2012 SEGURO MULTIRIESGO PARA RESTAURANTES con Código 180809-1322-P-07-INTV4315: 10 de Diciembre de 2012 SEGURO MULTIRIESGO PARA OFICINAS con Código 180809-1322-P-07-INTC4314: 10 de Diciembre de 2012 SEGURO MULTIRIESGO PARA ESTACIONES DE SERVICIO con Código 180809-1322-P- 07-: 10 de Diciembre de 2012 SEGURO MULTIRIESGO PARA DROGUERIAS con Código 180809-1322-07-INTC4312: 10 de Diciembre de 2012 SEGURO MULTIRIESGO PARA CONCESIONARIOS con Código 180809-1322-P-07- INTC4311: 10 de Diciembre de 2012 SEGURO MULTIRIESGO PARA INSTITUCIONES EDUCATIVAS con Código 180809-1322-P- 07-: 10 de Diciembre de 2012 SEGURO MULTIRIESGO PARA AGENCIAS DE VIAJE con Código 180809-1322-P-07- INTC4318: 10 de Diciembre de 2012 ANEXO DE ASISTENCIA DOMICILIARIA EMPRESARIAL con Código 21052010-1322-A- : 10 de Diciembre de 2012