1.- OBJETO DEL CONTRATO:

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Nº Expte: 109/2015/00152 ÁREA / CONCEJALÍA / JMD:DISTRITO MONCLOA-ARAVACA Servicio Promotor: DEPARTAMENTO DE SERVICIOS SOCIALES Objeto: ATENCION A MAYORES EN SITUACIÓN DE VULNERABILIDAD Fecha: 25/03/2015 Doc.: PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TECNICAS PARTICULARES De conformidad con lo dispuesto en el artículo 116 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público Aprobado por Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, así como en lo establecido en el artículo 68 del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, aprobado por Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, así mismo según lo establecido en el apartado 1.7, de la Instrucción 3/2012, que establece las medidas a adoptar en relación con la contención del gasto en el ámbito de la contratación municipal, aprobado por el Decreto de 26 de abril de 2012, se detallan los pliegos que contienen las prescripciones técnicas particulares. 1.- OBJETO DEL CONTRATO: El objeto del presente contrato de servicios es la organización y desarrollo de un servicio de apoyo social y de terapia ocupacional dirigido a la atención en los domicilios de mayores de 65 años que se encuentren en situación de aislamiento, dependencia, soledad y/ o presenten disminución de algunas de las capacidades físicas o psíquicas. Se trata de mejorar la calidad de vida a través de una intervención integral. 2.- OBJETIVOS GENERALES: Mejorar la calidad de vida de las personas mayores con deficiencias físicas, sociales y/o cognitivas. 3.- OBJETIVOS ESPECIFICOS: Potenciar las relaciones sociales estimulando la comunicación con el exterior para paliar de esta forma posibles problemas de aislamiento y soledad. Mejorar la seguridad y autoestima personal de los mayores para el bienestar personal y social. Facilitar una atención integral para potenciar y estimular sus capacidades físicas, psíquicas y de relación. 1

Reeducar en las actividades de la vida diaria, tanto básicas como instrumentales, para conseguir la mayor autonomía posible de la persona mayor objeto de trabajo. Mantener y/o mejorar las capacidades cognitivas y el estado de alerta del/la usuario/a. Asesorar / aplicar las ayudas técnicas y adaptaciones domiciliarias necesarias para favorecer la independencia en las actividades de la vida diaria básicas e instrumentales. Fomentar las actividades de ocio aumentando la autoconfianza del/la usuario/a, conectando al mayor con los recursos del entorno. Facilitar la participación del mayor en otros recursos del distrito mediante una comunicación bidireccional entre el entorno del mayor y los Servicios Sociales. Entrenar y enseñar herramientas de cuidado, mantenimiento, recuperación etc a los cuidadores. Acercar los recursos sociales, especialmente Centros de Día 4.- ACTIVIDADES : Realizar una valoración integral del usuario / a nivel funcional, físico, cognitivo, psíquico y socio-relacional. Entrevistas estructuradas a los/as usuarios/as y con sus familiares. Diseño de los planes individualizados de atención. Atención y apoyo en el domicilio. Seguimiento y evaluación de los/as usuarios/as Asesoramiento y apoyo a las familias. Entrenamiento y reeducación en actividades de la vida diaria. Dos excursiones en autobús adaptado para mayores y cuidadores a: El Escorial y a Aranjuez, incluyendo comida y personal. Acompañamiento en paseos, salidas fuera del domicilio, actividades de ocio y aprovechamiento de recursos del entorno Reentrenamiento en ayudas técnicas. Coordinación de las diferentes actividades del Proyecto. Gestión de la lista de espera, altas y bajas Elaboración de informes pertinentes, solicitados por el personal técnico del Departamento de Servicios Sociales. Coordinación mensual con el/la Responsable del Programa de Infancia y Familia. 5. METODOLOGIA: Se intervendrá a nivel individual mejorando la calidad de vida de los usuarios/as, a través de un plan de intervención y evaluación, tanto en el domicilio como en el entorno físico cercano. El proceso comienza desde la primera atención cuando la persona llega al programa derivada por Servicios Sociales de la Junta Municipal de Moncloa- Aravaca. En 2

este momento es cuando desde el informe emitido por el responsable municipal y tras una primera entrevista con el/la usuario/a y los familiares se detectan las necesidades, expectativas, se consensúan objetivos y empieza a establecerse un plan de intervención. La intervención debe ser global, individualizada, participativa, comunitaria, integradora y adaptada a las necesidades reales de cada persona. Todas las actuaciones deberán estar coordinadas con los Servicios Sociales. 6.-LUGAR: El domicilio o residencia habitual de los beneficiarios del servicio. No obstante, cuando la prestación del servicio o el desarrollo de la actividad lo requieran, se realizará en los lugares adecuados -a los que dará su conformidad la técnico municipal responsable cuya localización y gestión de uso serán por cuenta del Ayuntamiento. Los cambios de lugares serán conocidos a través de la asistencia obligatoria de la interlocutora de la empresa a las reuniones de programación que se lleven a cabo en el distrito. 7.- MEDIOS UTILIZABLES: Será por cuenta de la Junta Municipal de Moncloa-Aravaca el acondicionamiento de los espacios 8.- PLAZO DE DURACIÓN Y CALENDARIO: El plazo de ejecución del contrato será del 18 de Mayo al 30 de diciembre del 2015. 9.- DESTINATARIOS: Personas mayores de 65 años, del Distrito Moncloa - Aravaca en situación de riesgo social, aislamiento, problemas funcionales, cognitivos etc. 10.- RECURSOS HUMANOS A/ Para la ejecución de las actuaciones profesionales señaladas, la entidad pondrá a disposición del proyecto un terapeuta ocupacional, una auxiliar de terapia ocupacional y una persona con funciones de coordinación, apoyo al proyecto y de interlocución con el Departamento. 3

El personal propuesto dispondrá de la formación suficiente para hacerse cargo de la actividad: la acreditación en el caso de la terapeuta deberá ser mediante la presentación de la titulación académica pertinente y además deberá presentar un currículo vital para acreditar que tiene una experiencia mínima de trabajo o de voluntariado con este colectivo de al menos tres años. En el caso de la auxiliar de terapia ocupacional es requisito indispensable tener una experiencia laboral o de voluntariado en tareas de terapia ocupacional con mayores de al menos tres años de experiencia, que acreditara mediante currículo vital. El coordinador o coordinadora deberá tener formación de trabajador social o psicólogo, que acreditará mediante la presentación de la correspondiente titulación académica y presentar un curriculum vital que acredite una experiencia mínima de trabajo o de voluntariado con este colectivo de al menos tres años La empresa deberá contratar un autobús adaptado para el trasporte entre 40-50 personas a El Escorial y a Aranjuez entre los meses de Junio y Noviembre, incluyendo la comida. La excursión contara con el apoyo de 5 auxiliares, con una dedicación de seis horas. B/ El total de horas contratadas será: - Terapeuta Ocupacional 815 horas anuales, de las cuales 770 destinará a la atención directa y 45 horas anuales a la coordinación con responsable del programa y con otros profesionales, en horario de mañana. - Auxiliar de Terapia Ocupacional 652 horas anuales para la atención directa - Coordinadora de la empresa 96 h anuales - 10 Auxiliares de apoyo para 2 excursiones 60 horas Los profesionales deben tener la flexibilidad necesaria en un trabajo de estas características, adecuándose siempre a la mejor atención de los mayores y las familias. C/ Relación de personal La plantilla de personal al servicio de la empresa adjudicataria que desarrolle las actividades será detallada en una relación de puestos de trabajo, que deberá presentarse al inicio del contrato con el siguiente desglose de información: - Nombre y funciones del puesto. - Jornada semanal. - Nombre de la persona que ocupe el puesto. - Acreditación de su capacitación. 4

- Informe curricular del personal adscrito al servicio. D) Ausencias de personal Las personas responsables del desarrollo del proyecto deberán permanecer hasta el cumplimiento del contrato. No obstante, si durante su ejecución causasen baja deberán ser sustituidas, dando cuenta a la unidad contratante, debiendo aportar la documentación necesaria. La entidad adjudicataria organizará su personal de modo que cubra las necesidades de funcionamiento del servicio, garantizando su sustitución en caso de ausencia de forma inmediata, con objeto de que no se interfiera en la prestación del servicio. No obstante, si durante la ejecución del contrato alguno de ellos causara baja definitiva, podrá ser sustituido por acuerdo del órgano contratante, a propuesta del contratista, tras cumplir los requisitos señalados. El adjudicatario deberá cumplir tanto con la normativa laboral como en materia de Seguridad Social en relación con el personal que preste sus servicios. En ningún supuesto podrá considerarse que el personal de la entidad adjudicataria tiene relación laboral, contractual o de naturaleza alguna respecto al Ayuntamiento de Madrid, quedando dicho personal expresamente sometido al poder discrecional y de organización de la empresa adjudicataria, debiendo dicha entidad informar debidamente a su personal de dicho extremo e incluir expresamente esta circunstancia en todos los contratos de las personas que trabajan en ella, todo ello con independencia de las facultades de control e inspección que le corresponda al Ayuntamiento de Madrid 11.-RECURSOS MATERIALES: La empresa que resulte adjudicataria proporcionará los materiales didácticos, audiovisuales y aquellos otros que sean necesarios para la realización del proyecto. La empresa dotara a los profesionales con los materiales necesarios para la realización de las actividades. 5

12.- CONDICIONES TECNICAS GENERALES GENERALES: 1. Para el desarrollo de los objetivos y las actividades descritas será necesaria la elaboración de un Proyecto de trabajo que debe incluir los objetivos a desarrollar, que se definirán por el adjudicatario para cada una de las actuaciones a realizar, especificando claramente las actividades que se llevarán a cabo durante la ejecución del contrato. Contemplará además las características técnicas como la metodología que se utilizará para su consecución, detallando las acciones a realizar y especificando éstas claramente. 2. El horario de intervención profesional (Terapeuta y Auxiliares de Terapia) será de lunes a viernes de 9:00 a 19:00 h. siendo distribuido en función de la necesidad de cada uno/a de los usuarios/as y respondiendo a la directrices marcadas por los técnicos y responsables de Servicios Sociales. La atención individualizada será como mínimo de una sesión semanal de dos horas de duración en cada domicilio, pudiendo pasar a una atención quincenal si así lo determina previa valoración, la terapeuta ocupacional del programa. Las bajas en el proyecto propuestas por la empresa deberán ser ratificadas por la Jefa de Sección de Programas. Se podrán llevar a cabo atenciones grupales dirigidas a los mayores en general, especialmente a los que estén de alta en el programa o/y a los familiares que lo deseen. Entre las actividades grupales se contemplaran las salidas por la comunidad de Madrid 3. La terapeuta realizara entrenamiento y reeducación en actividades de la vida diaria, reentrenamiento en ayudas técnicas, psicomotricidad y mejora de las capacidades físicas, estimulación funcional, motricidad fina, estimulación sensorial, estimulación en las actividades de ocio, entrenamiento y asesoramiento de los familiares, y/o estimulación e integración social de los usuarios. La auxiliar de terapia realizara las tareas de apoyo que le asigne el terapeuta ocupacional 4. La figura de coordinador-responsable del proyecto, que será el interlocutor con el Departamento de Servicios Sociales de este Distrito, realizará un seguimiento de la actividad e informara de la marcha del mismo y coordinará y apoyara todas las acciones de la actividad. Deberá estar disponible ante cualquier incidencia que se produzca en el desarrollo del proyecto. 5) El contratista, mensualmente, comunicará a la Junta de Distrito, por escrito, las incidencias que puedan producirse a lo largo del mes, así como aquella información que considere de interés para la mejor atención de los mayores. 6

6) El contratista se comprometerá a presentar en septiembre y a la finalización del contrato, por escrito, una memoria de evaluación de las actividades realizadas, en la que deberá referenciarse actividad, lugar y asistentes. será entregada en documento Pdf y en soporte papel y en documento Pdf en soporte CD. 7). La empresa adjudicataria pondrá a disposición de los/as profesionales teléfono móvil para facilitar el contacto y comunicación con los técnicos municipales y poder realizar las gestiones necesarias para las actividades programadas. Asimismo, pondrá a disposición de cada uno/a de los equipos un equipo informático para el desarrollo de su trabajo. 8) El contratista dispondrá de seguro de responsabilidad civil que dará cobertura en horario previsto a las contingencias que pudieran surgir. Deberá tener una póliza de seguro de responsabilidad civil, sin franquicia de importe mínimo de 30.000. Se deberá entregar la póliza de seguro, así como el justificante de estar al corriente de pago del mismo, previamente a la adjudicación del contrato. 13.- PRESUPUESTO: VALOR ESTIMADO : 33.513,32 euros (IVA excluido) PRESUPUESTO BASE DE LICITACION : 33.513,32 IVA: 3.351,33 PRESUPUESTO TOTAL IVA INCLUIDO: 36.864,65 Se imputara a la Partida: 231.03/227.99 14- REGIMEN DE PAGOS En cuanto al régimen de pagos se efectuarán en forma de facturas mensuales por horas prestadas a precio unitario por hora de trabajo en cada uno de los meses de prestación del contrato 33.513,32 : 1563 h = 21,44 / hora. En cada factura se consignará el nombre del contrato y el mes al que corresponde, así como un desglose de servicios y horas prestadas. Coincidiendo con la presentación de cada factura, la empresa presentará una memoria de las actividades realizadas cada mes según el Pliego de Prescripciones Técnicas. 7

En el caso de que no se haya realizado algún servicio, o haya habido una realización defectuosa de las actividades el importe correspondiente a las mismas se detraerá de la factura correspondiente, según los precios establecidos por hora de actividad para el cálculo del contrato. Asimismo, se establece la posibilidad de recuperación de las horas no prestadas, que podrán, a criterio del Departamento de Servicios Sociales ser prestadas en meses posteriores Las facturas serán conformadas por el servicio competente. Asimismo, y en cumplimiento del Real Decreto-Ley 4/2013 de febrero de medidas de apoyo al emprendedor y de estímulo del crecimiento y de la creación de empleo, la empresa adjudicataria del servicio deberá identificar en la factura presentada que el órgano de contratación es el Gerente Presidente del Distrito Moncloa-Aravaca y que el destinatario de la factura es el Departamento de Servicios Sociales. 15.- ORGANIZACIÓN Y SUPERVISIÓN DEL SERVICIO: La programación de todas las actividades se coordinarán y acordarán con la Jefa de Sección de Programas. El contratista desarrollará y ejecutará los contenidos especificados en el contrato gestionando de manera diligente todos los medios y recursos, tanto materiales como personales, necesarios para la ejecución. Serán causas de rescisión de contrato además de las legalmente previstas, cualquier alteración en la programación o prestación del Servicio sin previa conformidad de la Junta de Distrito, o si hay realización defectuosa de forma reiterada. La Junta de Distrito se reserva el derecho a formular cuantas objeciones fundamentadas estime convenientes modificando las orientaciones, según las conveniencias del Servicio, debiendo someterse el adjudicatario a las directrices e instrucciones que le sean formuladas por el funcionario responsable, con objeto de tener la máxima eficacia y coordinación. El órgano contratante se reserva la facultad de inspeccionar en cualquier momento el desarrollo del servicio pudiendo variar aquello que no suponga modificación sustancial de los pliegos de condiciones y siendo dichas variaciones de obligado cumplimiento para el adjudicatario. Así mismo la Junta Municipal se reserva la facultad de exigir el cambio de un profesional cuando existan razones suficientes que lo justifiquen debiendo el adjudicatario solicitar la previa conformidad de la Junta Municipal para llevar a cabo los cambios que el proponga. 8

16.-PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES: CONFIDENCIALIDAD, PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES Y SEGURIDAD DE LA INFORMACIÓN La empresa adjudicataria y el personal a su servicio en la prestación del contrato, tal y como se define en la letra g) del artículo 3 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, están obligados en su calidad de encargados de tratamiento de datos personales por cuenta del (Órgano de contratación) al cumplimiento de lo dispuesto en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, la Ley 8/2001, de 13 de julio, de Protección de Datos de Carácter Personal de la Comunidad de Madrid, el Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, así como de las disposiciones que en materia de protección de datos se encuentren en vigor a la adjudicación del contrato o que puedan estarlo durante su vigencia. La empresa adjudicataria se obliga especialmente a lo siguiente: 1º) Deberá guardar la debida confidencialidad y secreto sobre los hechos, informaciones, conocimientos, documentos y otros elementos a los que tenga acceso con motivo de la prestación del servicio (art. 10 LOPD), sin que pueda conservar copia o utilizarlos para cualquier finalidad distinta a las expresamente recogidas en el presente pliego, incurriendo en caso contrario en las responsabilidades previstas en la legislación vigente (art. 12.4 LOPD). Igualmente, deberá informar a sus empleados de que sólo pueden tratar la información del Ayuntamiento para cumplir los servicios objeto de este pliego y también de la obligación de no hacer públicos, ceder o enajenar cuantos datos conozcan (artículo 9 LOPD). Esta obligación subsistirá aún después de la finalización del contrato. 2º) Asimismo, deberá incluir una cláusula de confidencialidad y secreto en los términos descritos (art. 10 LOPD) en los contratos laborales que suscriban los trabajadores destinados a la prestación del servicio objeto del presente pliego. La empresa adjudicataria, al igual que su personal, se someterán a los documentos de seguridad vigentes en el Ayuntamiento de Madrid para cada uno de los ficheros a los que tengan acceso, e igualmente a las especificaciones e instrucciones de los responsables de seguridad en materia de protección de datos de cada una de las dependencias municipales afectadas. 3º) Dicho compromiso afecta tanto a la empresa adjudicataria como a los participantes y colaboradores en el proyecto y se entiende circunscrito tanto al ámbito interno de la empresa como al ámbito externo de la misma. El Ayuntamiento de Madrid se reserva el derecho al ejercicio de las acciones legales oportunas en caso de que bajo su criterio se produzca un incumplimiento de dicho compromiso. 9

4º) Únicamente tratará los datos personales a los que tenga acceso para la prestación del contrato conforme al contenido de este pliego de prescripciones técnicas y a las instrucciones que el (Órgano de contratación) le pueda especificar en concreto y que se incluyan como una Adenda al presente contrato. No aplicará o utilizará los datos personales indicados con fin distinto al previsto en el contrato, ni los comunicará, ni siquiera para su conservación, a otras personas salvo autorización expresa por parte del responsable del fichero en los términos previstos en el artículo 21 del Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal. 5º) A cumplir todas y cada una de las medidas de seguridad (nivel básico, medio o alto) que sean de aplicación en función de la tipología de datos que se utilicen y traten para la prestación del servicio objeto del presente contrato y que vienen previstas en el Título VIII del Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal. A este respecto no se registrarán datos de carácter personal en ficheros que no reúnan las condiciones determinadas en el referido Titulo VIII respecto a su integridad y seguridad y a las de los Centros de tratamiento, locales, equipos, sistemas y programas. (Artículo 9.2. LOPD). 6º) Los diseños, desarrollos o mantenimientos de software deberán, con carácter general, observar los estándares que se deriven de la normativa de seguridad de la información y de protección de datos, y en concreto lo relativo a la identificación y autenticación de usuarios, estableciendo un mecanismo que permita la identificación de forma inequívoca y personalizada de todo aquel usuario que intente acceder al sistema de información y la verificación de que está autorizado, limitando la posibilidad de intentar reiteradamente el acceso no autorizado al sistema de información. 7º) El Ayuntamiento de Madrid se reserva el derecho de efectuar en cualquier momento los controles y auditorias que estime oportunos para comprobar el correcto cumplimiento por parte del adjudicatario de sus obligaciones, el cual está obligado a facilitarle cuantos datos o documentos le requiera para ello. 8º) Todos los datos personales que se traten o elaboren por la empresa adjudicataria como consecuencia de la prestación del contrato, así como los soportes del tipo que sean en los que se contengan son propiedad del Ayuntamiento de Madrid. 9º) Una vez cumplida la prestación contractual, los datos de carácter personal deberán ser destruidos o devueltos al Ayuntamiento de Madrid conforme a las instrucciones que haya dado, al igual que cualquier soporte o documento que contenga algún dato de carácter personal objeto del tratamiento. 10º) De conformidad con lo que establece el artículo 12.4 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, en relación con el artículo 9.4 de la Ley 8/2001, de 13 de julio de Protección de Datos de Carácter 10

Personal de la Comunidad de Madrid, el incumplimiento por parte del adjudicatario de las estipulaciones del presente contrato lo convierten en responsable del tratamiento respondiendo directamente de las infracciones en que hubiera incurrido, así como del pago del importe íntegro de cualquier sanción que, en materia de protección de datos de carácter personal, pudiera ser impuesta al Ayuntamiento de Madrid, así como de la totalidad de los gastos, daños y perjuicios que sufra el Ayuntamiento de Madrid como consecuencia de dicho incumplimiento (art. 12.4 LOPD). 11º) Aportará una memoria descriptiva de las medidas que adoptará para garantizar la seguridad, confidencialidad e integridad de los datos manejados y de la documentación facilitada. Dicha memoria deberá contener el nivel de seguridad que permite alcanzar así como información sobre la posibilidad de definir distintos perfiles de acceso, existencia de un mecanismo de identificación y autenticación y, en su caso, descripción de la gestión de contraseñas. También y cuando proceda, el tratamiento que se aplicará a los soportes y documentos, el procedimiento de gestión de copias de respaldo y el contenido del registro de accesos. Asimismo, el adjudicatario deberá informar al organismo contratante, antes de transcurridos siete días de la fecha de comunicación de la adjudicación, la persona que será directamente responsable de la puesta en práctica y de la inspección de dichas medidas de seguridad, adjuntando su perfil profesional. La entidad adjudicataria, en cuanto al tratamiento de datos de carácter personal relativos a los usuarios del servicio, deberá respetar en todo caso las prescripciones de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, B.O.E. nº 298 de 14 de diciembre de 1999. 17.MEDIDAS EN CASO DE HUELGA LEGAL En el supuesto de huelga legal en el sector al que pertenecen los trabajadores adscritos al servicio, la entidad adjudicataria deberá mantener informado permanentemente al Departamento responsable del servicio de las incidencias y desarrollo de la huelga. Una vez finalizada la mencionada huelga, la entidad adjudicataria deberá presentar un informe en el que se indiquen los servicios mínimos prestados y los servicios, en su caso, que se hayan dejado de prestar. Dicho informe deberá presentarse en el plazo de una semana tras la finalización de la huelga. 11

Una vez comprobados los incumplimientos producidos como consecuencia de la huelga, el Departamento de la Concejalía responsable del servicio procederá a valorar la deducción que corresponda en la factura del período en el que se haya producido la huelga legal. Dicha valoración se comunicará por escrito a la entidad adjudicataria, para su deducción en la factura correspondiente o, en su caso, en la del siguiente período de facturación Madrid, 25 de Marzo de 2015 ADJUNTO AL DEPARTAMENTO DE SERVICIOS SOCIALES Andrés Gordillo Isaza 12