Marco Normativo en materia de Derechos de los Niños, las. Dirección de Niñas, Niños y Adolescentes

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Ecuador % % 3.80% 3.82% 5.58% masculino 11.1% ,000. 4,040,020 (0 a 14 años) Habitantes de 0 a 17 años PIB US$ 9, POBREZA 27.

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Transcripción:

Marco Normativo en materia de Derechos de los Niños, las Niñas y Adolescentes Dirección de Niñas, Niños y Adolescentes

Marco Normativo Constitución Política Convención sobre los Derechos del Niño. Leyes Ley 27337. Código de los Niños y Adolescentes. Ley 28487. Eleva de rango D.S. 003-2002-PROMUDEH que aprueba PNAIA 2002-2010. Ley 28983. Igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres. el Decretos D. S. No. 003-2002-PROMUDEH Plan Nacional de Acción por la Niñez y la Adolescencia D. S. No. 003-2009-MIMDES Plan Nacional contra la Violencia hacia la Mujer 2009-2015 D. S. No. 009-2005-MIMDES Plan de Igualdad de Oportunidades entre Hombres y Mujeres 2006-2010 Resoluciones R. M. No. 624-2005-MIMDES. Lineamientos de intervención en focos de explotación sexual. R. M. No. 181-2005-MIMDES Declara al mes de abril como "El Mes del Derecho al Nombre y a la Identidad". R. M. No. 122-2007. Mayo mes de lucha contra la ESNNA R.M.Nº355-2009-MIMDES Crea el Consejo Consultivo de Niñas, Niños y Adolescentes

Constitución Política del Perú de 1993 Artículo 4.- La comunidad y el Estado protegen especialmente al niño, al adolescente, a la madre y al anciano en situación de abandono. También protegen a la familia y promueven el matrimonio. Reconocen a estos últimos como institutos naturales y fundamentales de la sociedad.

Convención sobre los Derecho del Niño Mediante Resolución Legislativa Nº 25278 de fecha 3 de agosto de 1990, el Estado Peruano ratificó la Convención sobre los Derechos del Niño, aprobada por Asamblea General de las Naciones Unidas el 20 de Noviembre de 1989.

Ejes Transversales 1. Prevención 2. Atención 3. Recuperación 4. Sanción POLITICAS NORMAS ESTANDARES

Código de Niños y Adolescentes Ley 27337 1. Estructura.- Título Preliminar, Libro I Derechos y Libertades, Libro II Sistema Nacional de Atención Integral, Libro III Instituciones Familiares, Libro IV Administración de Justicia Especializada en el Niño y el Adolescente. 2. Crea el Sistema de Atención Integral al Niño y al Adolescentes, y lo define como el conjunto de órganos, entidades y servicios públicos y privados que formulan, coordinan, supervisan, evalúan y ejecutan los programas y acciones para la protección y promoción de los derechos de los niños/as y adolescentes. 3. Crea instituciones, instancias y servicios y especializados. 4. El servicio de defensorías se crea al promulgarse el Código de los Niños y Adolescentes en 1992 (Ley No. 26102) y es ratificado en el Código vigente.

Sistema Nacional de Atención Integral Ley 27337 Código de los Niños y Adolescentes.-Ente Rector Nacional Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales Establece como función del Gobierno Regional en materia de Desarrollo Social e Igualdad de oportunidades, formular y ejecutar políticas y acciones concretas orientadas a la protección de las niñas, niños y adolescentes. Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades Establece las funciones municipales en materia de programas sociales, de defensa y promoción de derechos de los niños, niñas y adolescentes.

Ley 28487 Eleva a rango de Ley el Plan Nacional de Acción por la Infancia y Adolescencia 2002-2010, aprobado mediante Decreto Supremo 003-2002-PROMUDEH. Es la política pública en materia de niñez y adolescencia, que focaliza 4 objetivos estratégicos: 1. Asegurar una vida sana para niñas y niños de 0 a 5 años. 2. Ofrecer una educación básica de calidad para todas las niñas y niños de 6 a 11 años de edad, 3. Crear espacios de participación para las y los adolescentes de 12 a 17 años de edad y promover su desarrollo pleno, 4. Instituir un sistema de garantías para la protección de los derechos de las niñas, niños y adolescentes (0-17 años).

Niños, Niñas y Adolescentes privados de su medio familiar Convención sobre los Derechos del Niño.Artículo 20º.- Los niños temporal o permanentemente privados de su medio familiar o cuyo superior interés exija que no permanezca en ese medio, tendrán derecho a la protección y asistencia especiales del Estado Ley 29174: Ley General de Centros de Atención Residencial. Regula el funcionamiento de los Centros de Atención Residencial- CAR, independientemente de la denominación y modalidad que tengan las instituciones que brindan residencia a niñas, niños y adolescentes (hogares, casas hogares, albergues, aldeas, villas, centros tutelares etc.)

Trata de personas con fines de explotación sexual Protocolo Facultativo de la Convención sobre los Derechos del Niño, relativo a la venta de niños, prostitución infantil y utilización de niños en la pornografía. Aprobado mediante Resolución Legislativa Nº 27518, ratificado mediante D.S. Nº 078-2001-RE Ley 28950. Ley contra la Trata de Personas y tráfico ilícito de migrantes. Modifica los artículos 153º y 153º-A del Código Penal, estableciendo penas más severas contra la Trata de Personas y el Tráfico de Inmigrantes (entre 8 y no menos de 25 años). Ley No. 28251, Ley que modifica el Código Penal, incorpora la figura del usuario-cliente y turismo sexual infantil y eleva la pena del delito de pornografía infantil. Ley No. 28119 (modif L. 29139), Prohíbe el acceso de menores de edad a páginas web de contenido pornográfico.

Violencia Sexual Convención Sobre los Derechos del Niño Art. 34º Señala el compromiso de los Estados de proteger al niño y al adolescente contra todas las formas de explotación y abuso sexual. Leyes Nos. 27459 y 28251, Agrava penas de los Delitos contra la Libertad Sexual en agravio de niños/as y Adolescentes, y suprime beneficios penitenciarios a los sentenciados por estos delitos. Ley No. 27911, Medidas Extraordinarias contra Personal de Instituciones Educativas involucrados en Delitos de Violación de la Libertad Sexual Ley No. 27637 que crea hogares de refugio temporales para menores víctimas de violación sexual.

Restitución internacional de niños, niñas y adolescentes Convención sobre los Derechos del Niño. Artículo 9, derecho de los niños y adolescentes a no ser separado de sus padres contra su voluntad, salvo por mandato judicial. Artículo 11, los Estados parte adoptaran medidas para luchar contra el traslado y retención ilícita de niños, niñas y adolescentes. Decreto Supremo 023-2000-RE Que prueba y ratifica la adhesión del Perú a la Convención de la Haya de 1980 sobre los aspectos civiles de la sustracción internacional de menores. Decreto Supremo Nº 058-2004-RE El Ministerio de Relaciones Exteriores del Perú ratifica la Convención interamericana sobre restitución internacional de menores suscrita por el Perú y aprobada por el Congreso de la República mediante Resolución Legislativa Nº 28246 del 17 de mayo de 2004.

Trabajo Infantil Convenio sobre la Prohibición de las peores formas de Trabajo Infantil y la acción inmediata para su Eliminación (C182- OIT) Aprobado mediante Resolución Legislativa Nº 27513 Ratificado mediante D.S. Nº 087-2001-RE Entrada en vigor: 19.11.2002 D.S. 008-2005- TR que prueba Plan Nacional de Prevención y Erradicación del Trabajo Infantil R.S. 018-2003-TR que Crea el Comité Directivo Nacional para la Prevención y Erradicación del Trabajo Infantil que potencia y articula diversos actores para la prevención y erradicación del trabajo infantil que permiten formular propuestas de políticas, programas y acciones

Derecho a la Identidad Convención sobre los Derechos del Niño Artículo 8 Los Estados Partes se comprometen a respetar el derecho del niño a preservar su identidad, incluidos la nacionalidad, el nombre y las relaciones familiares de conformidad con la ley sin injerencias ilícitas Ley Nº 28720, Ley que modifica los Artículos 20 y 21 del Código Civil, relativos a la inscripción del nacimiento del hijo extramatrimonial

Muchas Gracias