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BASES DE CONVOCATORIA PARA LA PROVISIÓN, POR EL SISTEMA DE CONCURSO GENERAL DE MÉRITOS, DEL PUESTO DE JEFE DE NEGOCIADO DE INGRESOS Y CONTABILIDAD (PUESTO Nº 697 DE LA RELACIÓN DE PUESTOS DE TRABAJO DE PERSONAL FUNCIONARIO). Existiendo vacante en el puesto de trabajo Nº 697 de la Relación de Puestos de Trabajo de personal funcionario del Ayuntamiento de Badajoz, dotado presupuestariamente, y cuya provisión corresponde llevar a efecto por el procedimiento de concurso de méritos, fijado para el mismo en la vigente Relación de Puestos de Trabajo (RPT), D. Miguel Celdrán Matute, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Badajoz, en virtud de las atribuciones que le están conferidas, ha dispuesto: CONVOCAR concurso general de méritos, en atención a la naturaleza del puesto, para la provisión del puesto anteriormente citado, con arreglo a las siguientes Primera.- Convocatoria. B A S E S 1. Se convoca provisión del puesto de trabajo Nº 697 (Jefe de Negociado de Ingresos y Contabilidad), mediante el sistema de Concurso general de Méritos. 2. Las tareas y funciones, así como sus características y requisitos figuran en Anexo I a la presente convocatoria, de conformidad con los requisitos y méritos que para el mismo determina la Relación de Puestos de Trabajo, aprobada en sesión plenaria de fecha 30 de Marzo de 2012. Este concurso, que tiene carácter interno, se regirá por lo dispuesto en la Ley 7/1985, de 2 de abril; R.D.L. 781/1986, de 18 de abril; Decreto 43/1996, de 26 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios de la Comunidad Autónoma de Extremadura; las Bases de la presente convocatoria y, supletoriamente, el R.D. 364/1995, de 10 de marzo, Reglamento de Provisión de Puestos de Trabajo de los funcionarios de la Administración del Estado, LEY 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público y Acuerdo Regulador por el que se regulan las relaciones de trabajo de los empleados públicos del Ayuntamiento de Badajoz y sus organismos autónomos. Segunda.- Requisitos de participación: 1. Podrán tomar parte en el citado concurso, aquellos empleados, que se encuentren en cualquiera de las situaciones administrativas reglamentariamente previstas, a excepción de los suspensos en firme mientras dure tal suspensión, siendo necesario, en 1

cualquier caso, haber permanecido en el puesto desde el que se concursa, un mínimo de dos años. 2. Los aspirantes deberán reunir los requisitos exigidos para el desempeño del puesto, que figura en Anexo I, así como las condiciones generales de la presente convocatoria, a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes. Tercera.- Presentación de solicitudes: 1. Las solicitudes para tomar parte en el concurso se ajustarán al modelo establecido por este Ayuntamiento y se facilitarán a quienes lo interesen en la Oficina de Información del mismo. cuenta: 2. En la tramitación de sus solicitudes, los aspirantes deberán tener en a) Las solicitudes, debidamente cumplimentadas, se dirigirán al Ilmo. Sr. Alcalde Presidente de la Corporación.- Plaza de España, 1.- 06002 Badajoz.- y a ellas deberán acompañar Curriculum Vitae en el que figuren, debidamente acreditados, el Cuerpo, Escala, Subescala, Clase, o Especialidad a que pertenecen, Grupo en el que se hallan clasificados, Grado Personal consolidado, titulación académica, años de servicio, puestos de trabajo desempeñados, y cuantos otros méritos estimen oportuno poner de manifiesto en relación con las funciones atribuidas al puesto que se concursa, acompañando la documentación que de modo fehaciente acredite las circunstancias y méritos alegados. b) Los requisitos y méritos que se invoquen deberán referirse a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes. c) El plazo de presentación de solicitudes será de quince días naturales contados a partir del siguiente al de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia. d) La presentación de solicitudes podrá realizarse en el Registro General de este Ayuntamiento o en la forma establecida en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. e) Los errores de hecho que pudieran advertirse podrán ser subsanados en cualquier momento, de oficio o a petición del interesado. f) Los aspirantes quedan vinculados a los datos que hayan hecho constar en sus solicitudes, pudiendo demandar su modificación mediante escrito motivado, dentro del plazo establecido en el apartado 2.b) de la presente base para la presentación de solicitudes, transcurrido el cual, no se admitirá ninguna petición de esta naturaleza. 2

Cuarta.- Admisión de aspirantes: Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, se publicarà en el Tablón de Anuncios del Servicio de Recursos Humanos la lista de admitidos y exluidos, pudiendo corregirse de oficio o a instancia de los interesados, en el plazo de diez días naturales, cualquier error u omisión de datos. Quinta.- Comisión de Valoración: 1. La Comisión de Valoración estará integrada por los siguientes miembros: Presidente: Un funcionario de la Corporación, con titulación correspondiente al grupo C1. Vocales: Tres funcionarios de la Corporación, con titulación correspondiente al grupo C, con titulación correspondiente al grupo C1. Un representante de cada una de las Centrales Sindicales con representación en la Mesa General de Empleados Públicos, con titulación correspondiente al grupo C1. Secretario: Un funcionario de Recursos Humanos. 2. Los miembros de la Comisión de Valoración serán nombrados por el Alcalde Presidente de la Corporación, mediante Resolución que se hará pública en el Tablón de Anuncios de la Delegación de Personal, Plaza de la Soledad, 7, de Badajoz, en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes. Sexta: Fases del Concurso: 1. La valoración de los méritos para la adjudicación del puesto objeto de convocatoria se realizará por la valoración de los siguientes factores: Méritos Generales: Máximo 10 puntos MÉRITOS % PUNTOS PUNTUACIÓN MÁXIMA Antigüedad en el Ayuntamiento 40% 0,10 por año (*) 4 Experiencia en el desarrollo del puesto convocado. Formación específica incluida en los planes de formación continua de las Administraciones Públicas 30% 0, 5 por año (*) 3 20% 0,07 por cada 10 horas de formación 2 Titulación superior a la exigida 10% 1 punto 1 (*) Calculándose la fracción inferior al año proporcionalmente. 3

Séptima.- Plazo de resolución. 1. Constituida la Comisión de Valoración, y tras examinar las solicitudes y documentación presentada, aprobará la lista definitiva de adjudicación del puesto, que será expuesta al público en el Tablón de Anuncios de la Delegación de Personal, Plaza de la Soledad, 7, de Badajoz. 2. Elevada propuesta de adjudicación al Ilmo. Sr. Alcalde, éste resolverá, en el plazo máximo de dos meses, contados desde el día siguiente al de finalización del plazo de presentación de solicitudes. La propuesta de resolución deberá recaer sobre el candidato que haya obtenido mayor puntuación sumados los resultados finales de las dos fases. En el caso de que varios aspirantes tuviesen igual puntuación se dará preferencia al/la funcionario/a que hubiese obtenido mayor puntuación en la fase de Concurso General. La resolución, que se hará pública en el Boletín Oficial de la Provincia, se motivará con referencia al cumplimiento, por parte del aspirante elegido, de los requisitos y especificaciones exigidos en la convocatoria. En todo caso, deberá quedar acreditada, como fundamento de la resolución adoptada, la observancia del procedimiento debido. Octava.- Toma de posesión y destino. 1. El plazo de toma de posesión del puesto convocado será de tres días naturales, que empezarán a contarse a partir del día siguiente al del cese del anterior destino, el cual, a su vez, deberá efectuarse dentro de los tres días naturales siguientes a la publicación de la resolución del presente procedimiento de provisión. 2. Si la resolución comporta el reingreso al servicio activo, el plazo de toma de posesión deberá computarse desde dicha publicación, y será de tres días naturales, a reserva de que el reingreso comporte cambio de residencia, en cuyo caso el plazo será de un mes. 3. No obstante, con carácter excepcional, y siempre que medien razones justificadas, la resolución de la convocatoria podrá determinar la fecha concreta de cese y toma de posesión, hasta un máximo de tres meses, del aspirante adjudicatario. 4. El cómputo del plazo posesorio se iniciará cuando finalicen los permisos o licencias que en su caso hayan sido concedidos al interesado, salvo que por causas justificadas excepcionalmente y debidamente motivadas por el órgano competente, se acuerde suspender el disfrute de los mismos. 4

5. El destino adjudicado al puesto de trabajo objeto de convocatoria se considera de carácter voluntario y, en consecuencia, no generará derecho al abono de indemnización alguna. 6. El destino adjudicado será irrenunciable, salvo que antes de finalizar el plazo posesorio se hubiera obtenido otro destino mediante convocatoria pública, quedando obligado el interesado, en este caso, a comunicarlo a los Servicios afectados. Novena.- Reclamaciones. La presente convocatoria, sus bases y cuantos actos administrativos se deriven de la misma, podrán ser impugnados por los interesados en los casos y en la forma establecidos en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Badajoz, 24 de Octubre de 2012. EL ALCALDE, P.D. LA TTE. ALCALDE DELEGADA DE RR.HH. B.O.P. Badajoz, nº 123, 30/06/2011 Fdo.: Mª Paz Luján Díaz 5

ANEXO I Denominación del Puesto: JEFE DE NEGOCIADO DE INGRESOS Y CONTABILIDAD Régimen: Funcionario Número de Puesto: 697 Nivel: 20 Grupo: C1 Escala: Administración General RPT: (B.O.P. 01 de Junio de 2012) TAREAS A REALIZAR: Atender e informar al público en mostrador informando y efectuando ingressos en las arces municipales. Confeccionar y contabilizar los mandamientos de ingressos presupuestarios, no presupuestarios y valores. Contabilizar acuerdos de la Corporación con trascendencia econòmica que generen recursos. Llevar la contabilidad del Instituto Municipal de Servicios Sociales, liquidar el presupuesto y obtenir la cuenta general. Contabilizar y supervisar los ingressos, anulaciones devoluciones de ingressos, de la empresa de Recaudación. Tramitar las generaciones de Crédito y los informes de existència de Créditos del I.M.S.S. Confeccionar los libros del presupuesto de Ingresos. Confeccionar los libros de contabilidad del I.M.S.S. Efectuar cualquier otra tarea propia de su categoria para la cual haya sido previamente instruido. 6