DOCUMENTACIÓ COMPLEMENTÀRIA: MEMÒRIA DETALLADA SISTEMA DE GESTIÓ INFORMÀTICA AGÈNCIA TRIBUTÀRIA DE LES ILLES BALEARS

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Transcripción:

DOCUMENTACIÓ COMPLEMENTÀRIA: MEMÒRIA DETALLADA SISTEMA DE GESTIÓ INFORMÀTICA AGÈNCIA TRIBUTÀRIA DE LES ILLES BALEARS La creciente relevancia de las fuentes de financiación de origen tributario en el marco de la Comunidad Autónoma de Illes Balears condiciona la mejora y perfeccionamiento de un sistema de información que permita la optimización de la gestión de tributos y un mayor grado de calidad en la atención al contribuyente. El sistema actualmente desarrollado en el entorno SAP - a partir de un marco fijado en el año 1997 - requiere una serie de mejoras e innovaciones adecuadas. Ante esta situación, la Agencia Tributaria de las Illes Baleares, ente que ejerce en nombre y por cuenta de la CAIB, las funciones de gestión, recaudación y liquidación tributaria, promueve mediante esta contratación, el perfeccionamiento y mejora del Sistema de Gestión informática que permita a las unidades orgánicas que la integran mencionadas posteriormente, afrontar los problemas planteados y mejorar las funcionalidades del sistema de información actual. ENTORNO ORGANIZATIVO En este apartado se describe de forma resumida y sistemática el ámbito orgánico que afecta al sistema de información tributaria y se clasifican los órganos que intervienen en la gestión tributaria en niveles en función de su capacidad de decisión. Primer nivel: Conselleria d Economia i Hisenda Segundo nivel: Agència Tributaria de les Illes Balears Tercer nivel: Serveis Centrals: departamento de Aplicación y Revisión Servicios Territoriales de Recaudación de Zona Delegaciones Insulares de Ibiza y Menorca Debe destacarse como novedad, que está previsto que los servicios territoriales Oficinas Liquidadoras de distrito hipotecario, dejen de prestar las funciones hasta ahora delegadas o encomendadas, a partir de 1 de enero de 2010. La estructura organizativa de la Agencia Tributaria se regula en el artículo 12 de la Ley 3/2008, de 14 de abril; y en la Orden del consejero de Economía, Hacienda e Innovación de 24 de octubre de 2008, por la cual se regula la estructura organizativa y funcional de la Agencia Tributaria de les Illes Balears (BOIB de 6.11.2008). Según tal regulación, la ATIB se estructura por razón de la materia en departamentos y en Áreas funcionales; y por razón del territorio en servicios centrales y territoriales. Asimismo, se adscriben a la ATIB, las recaudaciones de zona reguladas por la Ley 10/2003, de 22 de diciembre. Concretamente, los servicios centrales, bajo la dependencia de la Directora de la ATIB, se estructuran en el Departamento y Áreas siguientes: 1

a) Departamento de Aplicación y Gestión Tributaria, en el cual se integran las áreas siguientes: a.1) Área Gestión Tributaria. a.2 Área Inspección y control tributario a.3 Área de Recaudación de Ingresos Públicos y Relación con los Tribunales. a.4) Área de Resolución de Recursos y Relaciones con los Tribunales. b) Área de Planificación, comunicación y Relaciones con los ciudadanos y otras instituciones. c) Área de Auditoria, de Producción Estadística y de Inspección de Servicios. d) Área de Sistemas, Tecnologías de la información y comunicaciones. e) Área Jurídica, Económico-financiera y de recursos humanos. Y los servicios territoriales se estructuran en: a) Delegaciones Insulares b) Recaudaciones de zona, cuyas principales funciones son: la recaudación en periodo ejecutivo de los recursos integrantes de la Administración de la CAIB; la recaudación en período voluntario y ejecutivo, y en su caso, las funciones de gestión, inspección, liquidación y de revisión de recursos de entidades locales que correspondan a la Agencia Tributaria; y la realización de determinadas funciones materiales relativas a la gestión, liquidación, inspección, recaudación y revisión de tributos propios y cedidos que se les pueda encargar de acuerdo con la normativa vigente. Cabe destacar que Intervienen también en la gestión y aplicación tributaria, dado que por una parte los créditos a favor de la CAIB que se derivan de la gestión de los recursos que la ley 3/2008 atribuye a la ATIB, forman parte de la hacienda autonómica; y que la recaudación de ingresos tributarios y otros recursos de derecho público de la hacienda de la CAIB derivada de la actividad de la ATIB forma parte de la Tesorería de la CAIB: a) Intervención General C.A.I.B. b) Dirección General del Tesoro y Política Financiera. Estas dos direcciones generales están integradas en la Conselleria d'economia i Hisenda de la Administración de la CAIB. Esquemáticamente este primer nivel orgánico se podría representar de la siguiente manera: 2

CONSELLERIA D ECONOMIA I HISENDA ATIB INTERVENCIÓ D G DEL TRESOR I POLÍTICA FINANCERA Conselleria d Economia i Hisenda Dirección General del Tresor i Política Financera Intervención General Corresponde a la Intervención, además de la contabilización de los derechos, la fiscalización de aquellos actos y expedientes de los que deriven derechos y obligaciones de contenido económico. Esta fiscalización es previa en el caso de devolución de ingresos indebidos y a posteriori con toma de razón, en el caso de las liquidaciones. Así mismo la intervención emite las certificaciones de descubierto previas al inicio del periodo ejecutivo. Dirección General del Tesoro Se encarga fundamentalmente de los ingresos y pagos de la Comunidad Autónoma. SEGUNDO NIVEL Agencia Tributaria de les Illes Baleares. Le corresponde ejercer, en nombre y por cuenta de la CAIB, las funciones relacionadas en el artículo 2 de la citada Ley 3/2008, entre las que destaca la gestión e inspección de los tributos propios y cedidos. Asume también las tareas de valoraciones relativas a los impuestos de transmisiones patrimoniales y de sucesiones, así como la supervisión, coordinación de los procedimientos de gestión y recaudación desarrollados por los servicios territoriales. TERCER NIVEL En una tercera etapa de ese análisis sobre los órganos participantes en el proceso de gestión tributaria, se presenta la estructura de la Agencia Tributaria y su relación con los Servicios Territoriales Delegaciones Insulares y Recaudación de zona. Esquemáticamente esta estructura, desglosando los órganos y unidades administrativas que se integran en los departamentos y Áreas de los SERVICIOS CENTRALES: 3

a) Departamento de Aplicación y Gestión Tributaria, en el cual se integran las Áreas siguientes: a.1) Área Gestión Tributaria. a.2 Área Inspección y control tributario a.3 Área de Recaudación de Ingresos Públicos y Relación con los Tribunales. a.4) Área de Resolución de Recursos y Relaciones con los Tribunales. b) Área de Planificación, comunicación y Relaciones con los ciudadanos y otras instituciones. c) Área de Auditoria, de Producción Estadística y de Inspección de Servicios. d) Área de Sistemas, Tecnologías de la información y comunicaciones. e) Área Jurídica, Econòmicofinancera y de recursos humanos. Los SERVICIOS TERRITORIALES se estructuran en: -Delegaciones Insulares -Recaudaciones de zona Y dentro de cada Departamento y Área funcional, por Acuerdo del Consejo General de la ATIB, se aprobó la Relación de puestos de trabajo (RLT), que estableció las siguientes órganos y unidades administrativas: Departamento de Aplicación y Revisión Tributaria. Del mismo, dependen los siguientes órganos y unidades administrativas Área funcional de gestión tributaria: -Administrador Tributario -Servicio de Transmisiones Patrimoniales -Servicio de Sucesiones y Donaciones -Servicio de tributos propios, juego y patrimonio Área funcional de inspección y control tributario -Servicio de la Oficina Técnica de inspección -Servicio de selección i investigación del fraude fiscal Área funcional de recaudación de ingresos públicos y de coordinación con las Haciendas Territoriales -Servicio de Recaudación y control de ingresos -Servicio de Desarrollo Recaudatorio Área funcional de Resolución de Recursos y Relación con los Tribunales -Servicio de Revisión en vía administrativa -Servicio de aplazamientos y devoluciones 4

Fuera del Departamento, y dependiendo directamente de la Dirección de la ATIB, se establecen las siguientes Áreas funcionales relativas a servicios comunes, en las cuales se integran las siguientes unidades administrativas: Área funcional de planificación, comunicación y relaciones con los ciudadanos y otras instituciones -Servicio de planificación y relaciones con los contribuyentes -servicio de relaciones informativas y institucionales Área funcional de auditoría, de producción estadística e inspección de servicios -Servicio de auditoría e inspección -Servicio de producción estadística Área funcional de sistemas, tecnologías de la información y telecomunicaciones -Servicio de sistemas de la información Área funcional jurídica, econòmicofinancera y de recursos humanos -Servicio jurídico -Servicio de gestión econòmicofinancera -Servicio de personal Oficinas Liquidadoras* Se prevé su supresión en fecha 1 de enero de 2010. Hasta tal fecha, las oficinas liquidadoras se encargan de la gestión de los impuestos sobre Sucesiones y Transmisiones Patrimoniales en el ámbito de su competencia territorial y funcional. Actualmente existen 8 oficinas: Inca, Manacor, Felanitx, Pollensa y Registro Mercantil en Mallorca, otras en Ibiza, Mahón y Ciudadela. Servicios Territoriales: Delegaciones Insulares Actualmente hay dos servicios territoriales insulares, uno en Ibiza y otro en Menorca, desde donde se lleva la Gestión de los demás tributos que gestiona la Agencia Tributaria de les Illes Balears: Patrimonio, Tasa sobre el Juego, Canon de Agua; y, a partir de 1 de enero de 2010, la gestión de los de los impuestos sobre Sucesiones y Transmisiones Patrimoniales en el ámbito de su competencia territorial y funcional. Servicios Territoriales: Recaudaciones de zona Se trata de un órgano adscrito a la ATIB, de acuerdo con el artículo 12 de la Ley 372008, y lo establecido en los artículos 8 a 11 de la Ley 10/03, de 22 de diciembre. Las oficinas de la recaudación de zona, tienen la consideración de oficinas de la Agencia Tributaria de las Islas Baleares. 5

Situación Actual A continuación se detallan las principales características del sistema actualmente en explotación: Agencia Tributaria de las Illes Balears: TRANSACCIONES 1285 PROGRAMAS 2411 TABLAS 853 Entorno tecnológico y de explotación A. La aplicación se desarrollará siguiente los siguientes estándares publicados por la Direcció General de Tecnologia i Comunicacions: - METRICA versión 3 - Procedimiento de paso a explotación (ver ALTRES o consultar http://dgtic.caib.es/nomenclaturasap) B. Las aplicaciones podrán desarrollar módulos cliente/servidor para aquella funcionalidad con altos requerimientos en cuanto a interfaz de usuario, siempre que dicho software vaya a ser utilizado en instalaciones conectadas a la Intranet del Govern de les Illes Balears C. Las aplicaciones deberán desarrollar los módulos siguiendo una arquitectura distribuida a tres niveles (interfaz, lógica y datos), al objeto de facilitar la integración e interoperabilidad de las aplicaciones. D. El software de base a utilizar será el a continuación detallado en función del tipo de desarrollo empleado. Módulos Intranet Módulos ciudadano Área Producto Tecnología Producto Tecnología Interfaz de usuario SAP GUI 7.10 ABAP-4 Plataforma de Tramitación Telemática. J2EE JSP / Servlets Lógica de aplicación SAP R/3 4.6C ISPS 4.62 Base de datos DB2/400 V6R1 ABAP-4 JBOSS Sistema de integración SAP XI XML / SOAP / HTTP / JCA / RFC En función de criterios de mejora y disponibilidad de versiones y con el objetivo de mejorar el servicio ofrecido a las Consejerías y entes dependientes de las mismas, el Centro de Proceso de Datos de la D.G.T.I.C. se reserva la facultad de 6

actualizar las versiones del software aquí reflejadas por otras superiores en el momento de la puesta en producción. E. Los módulos asociados a la lógica de aplicación deberán disponer del interface RFC adecuado, al efecto de poder extender su uso a otras aplicaciones vía llamadas entre aplicaciones. Esto es particularmente aplicable a los módulos de uso por el ciudadano, los cuales deberán desarrollar en Java el interfaz de usuario y hacer uso de las transacciones ABAP-4 vía RFC, utilizando el sistema de Integración SAP XI para conectar las diferentes aplicaciones con SAP. F. El hardware sobre el que se implantará la solución será el siguiente, haciendo especial hincapié en el hecho de que dicho hardware no será de utilización exclusiva, sino compartida con numerosas aplicaciones de las consejerías: Producto SAP GUI SAP R/3 4.6C DB2/400 Jboss 3.0.6 + Tomcat 4.1.18 Hardware PCs Pentium SO: Windows Terminal Server 4.0 y Windows 2000 PRO, XP PRO RAM: 32 MB mínimo Almacenamiento: 4 GB mínimo IBM i-series i595 S.O. OS/400 V6R1 RAM: 96 GB Almacenamiento: 1 TB Intel Xeon S.O. Linux Red Hat Advanced Server 2.1 RAM: 2 GB Almacenamiento: 72 GB El producto final y las actualizaciones se entregarán según el formulario estándar de cuadernos de carga estandarizados por la DGTIC. El sistema deberá cumplir las medidas de seguridad designadas en el Real Decreto 1720/2007 de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la L.O. 15/1999 de 13 de diciembre de 1999 de protección de datos de carácter personal. 7