A.- SOBRE LA PROMOCIÓN: Reglamento de la Promoción Satisfaciendo sus necesidades de vivienda 1. Patrocinador: La presente promoción es patrocinada por el Banco Nacional de Costa Rica, a través de comercios afiliados al sistema adquirente del Banco Nacional y otros adquirentes dentro y fuera del país. 2. Naturaleza y Jurisdicción: La presente promoción se considerará de naturaleza exclusiva para clientes consumidores finales y es válida para compras dentro y fuera de la República de Costa Rica. 3. De la administración y responsabilidad: Para todos los efectos legales correspondientes se establece que el Banco Nacional de Costa Rica será el responsable y encargado de la administración de la presente promoción. 4. Participación: En la promoción pueden participar todas aquellas personas físicas, mayores de dieciocho años, que posean un documento de identificación válido, vigente y reconocido conforme a las leyes de la República de Costa Rica, y que sean tarjetahabientes de crédito del Banco Nacional de Costa Rica, o persona físicas que sean titulares vinculadas a una Tarjeta Empresarial, que se encuentren al día en sus obligaciones y que realicen compras utilizando como medio de pago su tarjeta de Crédito del Banco Nacional de Costa Rica (local, Internacional, Oro, Platino, Black e Infinite, titulares, adicionales o segundos plásticos, empresariales, corporativas y Banca de Desarrollo. Para poder participar en esta promoción es indispensable que los participantes posean un crédito de vivienda con el Banco Nacional y mostrar dentro del score de comportamiento del crédito de vivienda una calificación de A, AA, AAA. B.- PERÍODO TEMPORAL DE VALIDEZ: 5. La presente promoción aplicará a partir del 01 de Enero del 2016 hasta el 31 de Diciembre de ese mismo año, ambos días inclusive. C.- PARTICIPANTES: 6. Podrán participar en la presente promoción todas las personas físicas mayores de edad, tarjetahabientes de crédito del Banco Nacional, personas físicas que sean titulares vinculadas a una Tarjeta Empresarial y que efectúen compras del primero (01) de enero y hasta el treinta y uno (31) de Diciembre de 2016 (ambas fechas inclusive), en cualquiera de los comercios afiliados de la red adquirente del Banco Nacional y la red externa, utilizando como medio de pago la tarjeta de crédito del Banco Nacional de Costa Rica y que adicionalmente posean un crédito de vivienda con el Banco Nacional. Asimismo cliente debe mostrar dentro del score de comportamiento del crédito de vivienda una calificación de A, AA, AAA. Apartado 10015-1000 San José, Costa Rica/Teléfono: (506)2212-2000/Fax: (506) 2253-3828/Web: www.bncr.fi.cr/swift: BNCRCRSJ Pág. 1 de 6
7. Para poder participar en la presente promoción es requisito indispensable que el interesado conozca las condiciones, mecánica, características, y limitaciones contenidas dentro del presente reglamento. Para efectos del Banco Nacional, si el tarjetahabiente realiza al menos una compra utilizando como medio de pago la tarjeta de crédito durante el período establecido de la promoción y solicita la aplicación de las condiciones descritas en el punto 8, hará suponer que el participante conoce el presente reglamento así como de la existencia de las condiciones, limitaciones, premios, mecánica, y restricciones de la promoción, quedando sujetos a las mismas en su totalidad. D. MECÁNICA 8. Para poder participar, los participantes que realicen compras de bienes o servicios en colones o dólares, moneda de curso legal de los Estados Unidos de América, ligados a la reparación, ampliación, remodelación de vivienda, podrán solicitar que dicha transacción se financie a una tasa de interés del 16% (dieciséis por ciento) anual si la compra es facturada en colones y del 11% (once por ciento) anual si la compra es en dólares, para lo cual deberán de enviar un correo a la cuenta bncomercializaciontc@bncr.fi.cr adjuntando nombre completo del titular de la tarjeta, últimos 4 dígitos de la tarjeta con la cual se realizó la compra, copia de la factura de la compra de bienes o servicios, número de identificación, y copia del comprobante de pago (o voucher) asociado a la compra, cuyo envío es indispensable para la participación de esta promoción. 8.1 La remodelación, reparación, o ampliación de la vivienda que se realice, podrá efectuarse en la vivienda asociada al crédito de vivienda o en otra vivienda propiedad del tarjetahabiente. Para tales efectos no se considerarán en la presente promoción la compra de artículos considerados como menaje de casa o decoración de hogar. 8.2 Para que a la compra efectuada por el tarjetahabiente se le aplique la tasa preferente, es necesario que la factura expedida por el comercio contenga un detalle de los bienes o servicios comprados, para efectos de poder verificar que se cumpla con el objeto de financiamiento. No se considerarán en la presente promoción, los artículos ligados a menaje o decoración de hogar. 8.3 El Banco Nacional de Costa Rica tiene la facultad de rechazar el financiamiento mediante la tasa especial indicada, de aquellas compras de bienes o servicios que considere a su discreción que no están destinados a la reparación, ampliación o remodelación de vivienda, aún cuando dicha compra haya sido efectuada en una ferretería o establecimiento similar. En caso de que la solicitud de financiamiento sea rechazada, le será notificado al cliente mediante correo Apartado 10015-1000 San José, Costa Rica/Teléfono: (506)2212-2000/Fax: (506) 2253-3828/Web: www.bncr.fi.cr/swift: BNCRCRSJ Pág. 2 de 6
electrónico, misma vía establecida para la recepción de las solicitudes. Ante el rechazo, el cliente puede canalizar sus motivos de inconformidad por la misma vía. 8.4 El Banco Nacional de Costa Rica tiene la facultad y expresamente el participante así lo autoriza al presentar la solicitud de aplicación de los beneficios, de visitar el inmueble en donde se están llevando las reparaciones, remodelaciones o ampliaciones en caso de requerir verificar el destino de las compras efectuadas, esta visita se realizaría con previa coordinación con el tarjetahabiente. En caso de que el tarjetahabiente no otorgue tal autorización, el Banco podrá rechazar la solicitud de financiamiento a tasa preferencial. 9. Con esta campaña se pretende ofrecer a los tarjetahabientes de crédito del Banco Nacional la posibilidad de financiar las compras que realicen de bienes o servicios en colones o dólares, moneda de curso legal de los Estados Unidos de América, ligados a la reparación, ampliación, o remodelación de vivienda a una tasa de interés más baja que la que está ligada a la tarjeta de crédito que poseen, según lo dispuesto en el punto 8 anterior, siempre y cuando posean un crédito de vivienda y la compra esté destinada a: Reparación de vivienda Ampliación de vivienda Remodelación de vivienda 9.1 Dichas compras deberán de ser por un monto mínimo igual o superior a los 150.000 (ciento cincuenta mil colones con 00/100) o su equivalente en dólares. Las compras no podrán ser acumulativas por lo que cada transacción que se requiera financiar deberá cumplir con el monto mínimo de compra establecido en este reglamento. No se considerarán en la presente promoción los artículos considerados como menaje de casa o decoración de hogar. 10. Solo se considerarán para los efectos de la presente promoción, todas aquellas compras de bienes o servicios que hayan sido efectivamente realizadas y que no hayan sido objeto de anulación o reversión por cualquier motivo. Por lo tanto no se tomarán en cuenta las transacciones efectuadas en Cajeros automáticos, o avances de efectivo. 11. Dichas compras deberán de ser por un monto mínimo igual o superior a los 150.000 (ciento cincuenta mil colones con 00/100) o su equivalente en dólares. Las compras no podrán ser acumulativas por lo que cada transacción que se requiera financiar deberá cumplir con el monto mínimo de compra establecido en este reglamento. No se considerarán en la presente promoción los artículos considerados como menaje de casa o decoración de hogar. Apartado 10015-1000 San José, Costa Rica/Teléfono: (506)2212-2000/Fax: (506) 2253-3828/Web: www.bncr.fi.cr/swift: BNCRCRSJ Pág. 3 de 6
12. El plazo de financiamiento de la compra es el mismo al plazo de la vigencia de la tarjeta con la que se realizó la transacción. Plazo que se encuentra impreso en el plástico respectivo. 13. Condiciones y Restricciones específicas del Incentivo: Los participantes que quieran optar por esta promoción, deberán cumplir los siguientes requisitos o condiciones: a. Realizar compras en colones o dólares entre el primero (01) de Enero y hasta todo el día del treinta y uno (31) de Diciembre del 2016 ambas fechas inclusive. b. Realizar compras en la red adquirente del Banco Nacional o en la red de comercios en la que las tarjetas de crédito del Banco Nacional de Costa Rica sea aceptadas bajo las condiciones del presente documento. c. Las compras realizadas en actividades diferentes a los indicados en el punto 9 de este reglamento no se tomarán en cuenta para participar en esta promoción. d. Solamente se dará trámite a las solicitudes enviadas a la cuenta correo bncomercializaciontc@bncr.fi.cr y que cumplan con el envío de la información indicada en el punto 8. e. Encontrarse al día en el pago de la tarjeta de crédito en el momento de realizar la solicitud. Por lo que únicamente se considerarán para estos efectos aquellas tarjetas cuyo estado sea normal. No se tomarán en cuenta aquellas tarjetas de crédtio que presenten arreglos de pago, u otro estado que no sea normal. f. No se deben presentar atrasos en el pago del resto de sus obligaciones con el banco. g. Los clientes que quieran acceder a esta promoción deben de contar con una tarjeta de crédito y un crédito de vivienda formalizado con el Banco Nacional. h. El cliente debe mostrar dentro del score de comportamiento del crédito de vivienda una calificación de A, AA, AAA, de lo contrario no podrá participar. i. El cliente debe enviar por correo electrónico una copia de la Factura de compra, con el fin de verificar que los artículos adquiridos cumplan con lo establecido en el presente documento. F. CONDICIONES: 14. VERIFICACIÓN DE DATOS: El Banco Nacional se reserva el derecho de verificar en cada caso la identidad, estado crediticio y estado de la tarjeta, esto con el objetivo de validar si el participante cumple con los requisitos necesarios para poder optar por el programa. Apartado 10015-1000 San José, Costa Rica/Teléfono: (506)2212-2000/Fax: (506) 2253-3828/Web: www.bncr.fi.cr/swift: BNCRCRSJ Pág. 4 de 6
15. El cliente autoriza al Banco Nacional de Costa Rica para tratar, recopilar, almacenar, ceder y transferir la información de sus datos personales, incluidos los de uso restringido. Esta autorización incluye: 1) la posibilidad de compartir la información indicada con el Banco Nacional y las demás subsidiarias del Conglomerado Banco Nacional existentes o futuras, o a terceros subcontratados por el Banco Nacional y sus subsidiarias para el manejo y archivo de expedientes, envíos de estados de cuenta y para brindar servicios como cliente del conglomerado o de la subsidiaria, incluyendo pero no limitado a los contratos de tarjetas, servicios de call center, servicios de venta o contratación de productos, mercadeo, promociones en general y de servicios bancarios y financieros, de cobro, servicios para la seguridad de las transacciones a efectuar u otros servicios a través de medios telefónicos, digitales, mensajes de texto, correo electrónico o cualquiera otras que ayude a llevar a cabo transacciones. Dichas comunicaciones podrán ser con fines informativos, de venta directa, de verificación de datos, de cobro, de promoción de productos y cualquier otro que se considere oportuno brindar por estos medios. 2) la posibilidad de compartir la información indicada con el Banco Nacional y las demás subsidiarias del Conglomerado Banco Nacional para efectos de verificar el cumplimiento de la Ley 8204. Por otra parte el cliente autoriza expresamente y en forma irrevocable al Banco Nacional para que como entidad supervisada acceda y consulte mi información en el Centro de Información Crediticia (CIC) de la Superintendencia General de Entidades Financieras. Asimismo esta autorización permite el uso de la información que se acceda y que dicha información pueda ser compartida con BN Vital, BN Valores, BN SAFI y BN Corredora de Seguros para facilitar cualquier análisis de crédito o de negocios que vaya a ser realizado por las entidades indicadas, incluso para el ofrecimiento de servicios, productos comerciales y/o financieros. El cliente acepta que ha sido informado y acepta que la falta de entrega de la información solicitada puede provocar el rechazo de su solicitud o el no recibir los servicios prestados por el Banco y su conglomerado y que puede ejercer los derechos de acceso, rectificación y cancelación establecidos en la ley. 16. El Banco Nacional no será responsable por la calidad o cantidad de bienes o servicios que el cliente adquiera. 17. En caso de que el tarjetahabiente que solicite este financiamiento sufra algún atraso con el pago mensual, el saldo pendiente perderá la condición de tasa preferencial, y pasará a generar los intereses moratorios correspondientes bajo las condiciones iniciales de tasa de interés y plazo estipulado en el contrato inicial establecido por el Banco Nacional. 18. Ninguna persona podrá interpretar o modificar el presente reglamento si no es con la autorización previa y expresa del Banco Nacional de Costa Rica, por consiguiente, cualquier asunto que se presente con respecto a la presente promoción y que no esté previsto en el presente reglamento, será resuelto por el Banco Nacional de Costa Rica, en estricto apego a las leyes, usos y costumbres de la República de Costa Rica. Apartado 10015-1000 San José, Costa Rica/Teléfono: (506)2212-2000/Fax: (506) 2253-3828/Web: www.bncr.fi.cr/swift: BNCRCRSJ Pág. 5 de 6
19. Una vez concluido el período promocional, se mantendrán vigentes las tasas de interés para las compras aprobadas a esa fecha. 20. El presente reglamento, así como cualquier modificación al mismo se mantendrá publicado en la página web del Banco Nacional www.bncr.fi.cr 21. Para cualquier consulta se puede comunicar a los teléfonos de la Dirección Banca de Medios Electrónicos de Pago: 2212-2000 extensiones: 5253, 5274, 5257, 5265. Apartado 10015-1000 San José, Costa Rica/Teléfono: (506)2212-2000/Fax: (506) 2253-3828/Web: www.bncr.fi.cr/swift: BNCRCRSJ Pág. 6 de 6