Reglamento Campaña. Compras a 3 ó 6 meses sin intereses
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- Laura Alvarado Aguilera
- hace 8 años
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1 A.- SOBRE LA PROMOCIÓN: Reglamento Campaña Compras a 3 ó 6 meses sin intereses 1. Patrocinador: La presente promoción es patrocinada por el Banco Nacional de Costa Rica, a través de comercios afiliados al sistema adquirente del Banco Nacional y otros adquirentes de la República de Costa Rica y el exterior. 2. Naturaleza y Jurisdicción: La presente promoción se considerará de naturaleza exclusiva para clientes consumidores finales y se regirá por el presente reglamento y el ordenamiento jurídico de la República de Costa Rica. 3. De la administración y responsabilidad: Para todos los efectos legales correspondientes se establece que el Banco Nacional de Costa Rica será el responsable y encargado de la administración de la presente promoción en Costa Rica. 4. Participación: El participante deberá ser una persona física, mayor de dieciocho años, y debe contar con un documento de identificación vigente, válido y reconocido conforme a las leyes de la República de Costa Rica. Ser titular, adicionales o segundos plásticos de una tarjeta de crédito del Banco Nacional de Costa Rica (Local, internacional, Oro, Platino, Black e infinite, titulares). También podrán participar de la promoción aquellas personas físicas que cumplan con los requisitos del punto inmediato anterior, y que sean titulares vinculados a una tarjeta de crédito empresarial, Pymes, Pymex, Mypimes o de Banca de Desarrollo. Haber efectuado al menos una compra utilizando como medio de pago alguna de las tarjetas indicadas en el aparatado inmediato anterior, en las fechas comprendidas entre el 01 de Enero, y hasta todo el día 31 de diciembre del 2014 (ambas fechas inclusive), en cualquiera de los establecimientos comerciales que reciben las tarjetas de crédito como medio de pago. Mantenerse al día en el pago de todas sus obligaciones crediticias, Información personal actualizada, además de no haber hecho incurrir al Banco Nacional en algun tipo de perdida. B.- PERÍODO DE VALIDEZ: 5. La promoción tendrá vigencia partir del 17 de Febrero, y hasta todo el día 31 de diciembre del C.- PARTICIPANTES: 6. Para poder participar en la presente promoción es requisito indispensable que el interesado conozca las condiciones, mecánica, características, y limitaciones contenidas dentro del presente reglamento. Para efectos del Banco Nacional, el simple acto de enviar voucher haciendo la solicitud de aplicación de la promoción durante el período Apartado San José, Costa Rica/Teléfono: (506) /Fax: (506) /Web: BNCRCRSJ Pág. 1 de 5
2 establecido, hará suponer que el participante conoce de la existencia de las condiciones, limitaciones, premios, mecánica, y restricciones de la promoción, quedando sujetos a las mismas en su totalidad. 7. Para los efectos del presente reglamento solo se le cobrará al cliente una comisión administrativa de 4% sobre el monto de la compra realizada y cuyo financiamiento sea aplicado al Plan de compras a 3 meses sin intereses. Para los clientes que opten por el Plan de compras a 6 meses sin intereses, la comisión administrativa a aplicar será de un 6%. D. MECÁNICA: Para poder participar, los tarjetahabientes titulares adicionales o segundos plásticos de tarjetas crédito del Banco Nacional de Costa Rica durante el período promocional deben realizar al menos una compra de algún bien o servicio en los establecimientos que se encuentren bajo las condiciones establecidas en el presente documento, utilizando como medio de pago su tarjeta de Crédito del Banco Nacional de Costa Rica. Si se considerarán las compras efectuadas fuera del territorio nacional y facturadas en US dólares el cliente podrán enviar mas de un voucher o factura para así llegar al monto minímo establecido (ver punto 8.1) en la promoción y así participar en esta. 8. Con esta campaña se pretende promocionar que todos los tarjetahabientes de crédito del Banco Nacional realicen compras en comercios relacionados con : Salud: Pagos en Hospitales, Centros de Salud, clínicas, y compra de productos farmacéuticos Educación: Pagos de matrícula y cursos de Universidades, colegios y escuela, centros educativos parauniversitarios, así como cursos libres. Electrodomésticos: Línea Blanca: Cocinas, hornos, lavadoras, lavaplatos, secadoras, refrigeradoras y congeladores, aires acondicionados Audio y video: Televisores, reproductores de audio, equipos de música, reproductores de video, reproductor de DVD, home cinemas y teléfonos celulares. Compras en Hoteles, Agencias de Viajes y Aerolíneas. Compras en el Exterior: Compras realizadas con las BN Tarjetas de Crédito fuera de Costa Rica. 8.1 Compras: Dichas compras por un monto igual o superior a los o el equivalente en US dólares si la compra fuera facturada en dicha moneda, de acuerdo al tipo de cambio (Venta) del día, del Banco Nacional de Costa Rica, donde los tarjetahabientes puedan optar por pagar este monto a 3 ó 6 meses sin intereses. 8.2 Para poder participar, los tarjetahabientes titulares, adicionales o segundos plásticos de Crédito del Banco Nacional de Costa Rica durante el período promocional que realicen compras de bienes o servicios, ligados a los sectores de Salud, Educación, electrodomésticos, audio y video, compras en hoteles y compras en el exterior, podrán solicitar que dicha transacción se financie a 3 o 6 meses con el cobro respectivo de la comisión de cada plan, para lo cual deberán de enviar un correo a la cuenta bncerointeres@bncr.fi.cr adjuntando nombre completo del titular de la tarjeta, últimos Apartado San José, Costa Rica/Teléfono: (506) /Fax: (506) /Web: BNCRCRSJ Pág. 2 de 5
3 4 dígitos de la tarjeta con la que se realizó la compra, número de identificación, plan al cual desea que se le asigne la compra e indicados en el punto 7 del apartado C, (Plan de compras de 3 meses sin intereses o Plan de compras de 6 meses sin intereses) comprobante de la compra (voucher) y factura de la compra. 8.3 Si el cliente no cuenta con el voucher o factura de la compra, deberá detallar en el correo en el que envía la información anteriormente indicada, el monto y comercio en donde se efectuó la transacción que desea se le aplique a 3 o 6 meses sin intereses, para lo cual el Banco efectuará un análisis de las transaccion y contactará al cliente para comunicarle sobre la solicitud efectuada. 8.4 Monto: Para la presente promoción existirá un monto máximo de compras que se pueda aprovechar, de ,00, o su equivalente en dólares estadounidenses, para lo cual se tomará como referencia el tipo de cambio del día que se efectúo la compra en base a los indicadores del BANCO NACIONAL DE COSTA RICA. El monto mínimo en este esquema es de , las compras en colones no son acumulativas, caso contrario para las compras en dólares. 8.5: Compras por Internet: La fecha máxima para que los tarjetahabientes de crédito que realicen compras a través de internet puedan solicitar la aplicación de la promoción es hasta todo el día del 09 de enero del Solo se considerarán para los efectos de la presente promoción, todas aquellas compras que hayan sido efectivamente realizadas y que no hayan sido objeto de anulación o reversión por cualquier motivo. Asimismo, no se tomarán en cuenta para los efectos de la presente promoción: las transacciones que se realicen por concepto de retiro de cajeros automáticos, Pago Automático de Recibos, Pago Automático de Salarios, avances de efectivo, compras en estaciones de servicios o transacciones realizadas vía Internet con tarjeta virtuales. 10. Se tomarán en cuenta las compras realizadas en supermercados siempre y cuando el cliente presente la factura de compra, donde indique el monto de cualquiera de los artículos especificados en el presente reglamento y que adicionalmente el monto de dicha compra se ajuste a los establecidos en las condiciones del presente documento. E. INCENTIVO: 11. Condiciones y Restricciones específicas del Incentivo: Para que las personas que quieran optar por esta promoción, deberán cumplir los siguientes requisitos o condiciones: a. Realizar compras entre el 01 de Enero y hasta el 31 de diciembre del 2014 ambas fechas inclusive durante todo el día. b. Realizar compras mediante tarjetas de crédito del Banco Nacional de Costa Rica en comercios donde sea aceptada como medio de pago. c. El monto máximo de la compra será de ,00 (o su equivalente en dólares) y el minimo de (o su equivalente en dólares). d. Las compras realizadas en colones no podrán ser acumulativas para poder reportar el monto mínimo establecido en el punto anterior. Apartado San José, Costa Rica/Teléfono: (506) /Fax: (506) /Web: BNCRCRSJ Pág. 3 de 5
4 e. Las compras realizadas en comercios diferentes a los indicados en la cláusula D, punto 9 de este reglamento no se tomarán en cuenta para participar en esta promoción. f. Contar con el pago de las cuotas mensuales de la tarjeta de crédito al día. g. No presentar atrasos en sus obligaciones crediticias o actualización de datos con el Banco Nacional. F. CONDICIONES: 12. VERIFICACIÓN DE DATOS: El Banco Nacional se reserva el derecho de verificar en cada caso la identidad, estado crediticio y estado de la tarjeta, esto con el objetivo de validar si el solicitante cumple con los requisitos necesarios para poder optar por el programa. 13. El cliente autoriza al Banco Nacional de Costa Rica para tratar, recopilar, almacenar, ceder y transferir la información de sus datos personales, incluidos los de uso restringido. Esta autorización incluye: 1) la posibilidad de compartir la información indicada con el Banco Nacional y las demás subsidiarias del Conglomerado Banco Nacional existentes o futuras, o a terceros subcontratados por el Banco Nacional y sus subsidiarias para el manejo y archivo de expedientes, envíos de estados de cuenta y para brindar servicios como cliente del conglomerado o de la subsidiaria, incluyendo pero no limitado a los contratos de tarjetas, servicios de call center, servicios de venta o contratación de productos, mercadeo, promociones en general y de servicios bancarios y financieros, de cobro, servicios para la seguridad de las transacciones a efectuar u otros servicios a través de medios telefónicos, digitales, mensajes de texto, correo electrónico o cualquiera otras que ayude a llevar a cabo transacciones. Dichas comunicaciones podrán ser con fines informativos, de venta directa, de verificación de datos, de cobro, de promoción de productos y cualquier otro que se considere oportuno brindar por estos medios. 2) la posibilidad de compartir la información indicada con el Banco Nacional y las demás subsidiarias del Conglomerado Banco Nacional para efectos de verificar el cumplimiento de la Ley Por otra parte el cliente autoriza expresamente y en forma irrevocable al Banco Nacional para que como entidad supervisada acceda y consulte mi información en el Centro de Información Crediticia (CIC) de la Superintendencia General de Entidades Financieras. Asimismo esta autorización permite el uso de la información que se acceda y que dicha información pueda ser compartida con BN Vital, BN Valores, BN SAFI y BN Corredora de Seguros para facilitar cualquier análisis de crédito o de negocios que vaya a ser realizado por las entidades indicadas, incluso para el ofrecimiento de servicios, productos comerciales y/o financieros. El cliente acepta que ha sido informado y acepta que la falta de entrega de la información solicitada puede provocar el rechazo de su solicitud o el no recibir los servicios prestados por el Banco y su conglomerado y que puede ejercer los derechos de acceso, rectificación y cancelación establecidos en la ley. 14. El Banco Nacional no asumirá, bajo ninguna circunstancia, responsabilidad alguna por situaciones o eventualidades no previstas dentro del presente reglamento. 15. Por consiguiente, cualquier asunto que se presente con respecto a la presente promoción y que no esté previsto en el presente reglamento, será resuelto por el Apartado San José, Costa Rica/Teléfono: (506) /Fax: (506) /Web: BNCRCRSJ Pág. 4 de 5
5 patrocinador, en estricto apego a las leyes, usos y costumbres de la República de Costa Rica. 16. Una vez concluido el período promocional, cesarán automáticamente los efectos, tanto de la promoción como del presente reglamento, para cualquier consulta se puede comunicar a los teléfonos de la Dirección Banca de Medios Electrónicos de Pago: extensiones: 5253, 5274, 5257, Apartado San José, Costa Rica/Teléfono: (506) /Fax: (506) /Web: BNCRCRSJ Pág. 5 de 5
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