CONTRATO DE COMODATO Contrato de comodato que celebran por una parte el Municipio de Lagos de Moreno, Jalisco; representado en este acto por los C. C. JOSE BRIZUELA LOPEZ, Presidente Municipal; LIC. LUZ DEL CARMEN GARCIA GOMEZ Secretario General; LIC. BLANCA ERENDIDA GALLARDO JIMENEZ Sindico Municipal y L.C.P JOSE LUZ CONTRERAS ZERMEÑO Encargado de Hacienda Municipal; a quienes en lo sucesivo y para efectos contractuales se denominara LA COMODATARIA y por la otra parte el Señor JOSE GUADALUPE MUÑOZ MARQUEZ, a quien en lo sucesivo se les identificara como EL COMODANTE ambas partes manifiestan que previo al acuerdo de cláusulas resulta necesario realizar las siguientes DECLARACIONES: 1. manifiesta LA COMODATARIA que son representantes del Municipio de Lagos de Moreno, Jalisco y que tienen plena capacidad legal para celebrar este CONTRATO DE COMODATO, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 37 fracción II, 38 fracción II y 52 fracción II de la Ley de Gobierno y Administración Publica Municipal del Estado de Jalisco. 2. declara LA COMODATARIA que señala como domicilio legal el ubicado en la calle Juárez esquina Francisco Gonzáles León, sin numero zona Centro, en esta ciudad de Lagos de Moreno, Jalisco. 3. declara LA COMODANTE que es propietario de un terreno ubicado en el Punto denominado BUENAVISTA, perteneciente a este municipio de Lagos de Moreno, Jalisco; en el cual se encuentra perforado un Pozo Profundo, el cual será objeto de este COMODATO dicho pozo cuenta con el titulo de concesión numero 4JAL102492/12FMGE95. 4. Manifiesta el señor JOSE GUADALUPE MUÑOZ MARQUEZ ser mexicano, casado, mayor de edad, originario de Miranda, perteneciente al municipio de Lagos de Moreno, Jalisco, con domicilio en la calle Francisco I. Madero numero 644, colonia Centro. 5. Manifiesta LA COMODATARIA que requiere de los servicios que le proporciona el pozo profundo propiedad de LA COMODANTE, por lo cual le propone la celebración de un Contrato de comodato.
6. Por su parte, el señor JOSE GUADALUPE MUÑOZ MARQUEZ manifiesta que esta en posibilidad de celebrar el Contrato de Comodato propuesto por los representantes del MUNICIPIO DE LAGOS DE MORENO, JALISCO, que conviene a sus particulares intereses otorgar su consentimiento y realizar la suscripción del mismo. 7. En virtud de lo expuesto en líneas precedentes, y toda vez que se reúnen los elementos de Existencia y de Validez de cualquier acuerdo de voluntades, ambas partes Consienten en celebrar un Contrato de Comodato, el cual convienen sujetar al tenor de las siguientes CLAUSULAS: PRIMERA: Ambas Partes se reconocen la personalidad con que se ostentan en la celebración del presente Contrato, así como el carácter con el que comparecen en representación del MUNICIPIO DE LAGOS DE MORENO, JALISCO y del señor JOSE GUADALUPE MUÑOZ MARQUEZ motivo por el cual no se reservan acción alguna que hacer valer al respecto. SEGUNDA: por virtud del presente Contrato, LA COMODANTE otorga de manera gratuita a LA COMODATARIA el uso del Pozo equipado que se encuentra ubicado en el Predio de su propiedad, en el punto denominado Buenavista, perteneciente a este Municipio de Lagos de Moreno, Jalisco, así como el espacio de terreno suficiente y necesario para realizar las maniobras de los vehículos que se encargan de trasportar el Agua, terreno que se identificara mediante croquis que firmado por las partes formara parte integrante de este Contrato de Comodato. TERCERA: ambas partes acuerdan que el presente contrato tendrá una vigencia de 1 año, contada a partir del día 01 primero de Enero del año 2010 dos mil diez al 31 treinta y uno de Diciembre del año 2010 dos mil diez, LA COMODANTE podrá exigir en cualquier tiempo a LA COMODATARIA la devolución del pozo que constituye el Objeto Indirecto de este contrato; pero, LA COMODATARIA tendrá un lapso de un mes contado por días naturales a partir de la fecha en que se le requiere por la entrega del pozo, para devolver el mismo a la posesión de su legitimo propietario. Se entiende que LA COMODANTE deberá requerir por escrito dirigido a LA COMODATARIA, la devolución del pozo objeto de este Contrato.
CUARTA: LA COMODANTE entrega a LA COMODATARIA, el pozo descrito en la Declaración numero 3 del Capitulo de Antecedentes, para el aprovechamiento del mismo por la Dirección de agua Potable y alcantarillado del Municipio de Lagos de Moreno, Jalisco, pudiendo destinarlo a cualquier actividad, siempre que se encuentre dentro de las comprendidas como de aquellas que por Ley pueda realizar el Municipio. QUINTA: Ambas partes acuerdan, que los costos del mantenimiento, por las reparaciones se todos aquellos deterioros que regularmente son causados por el uso moderado, así como por el mantenimiento preventivo y/o correctivo de la infraestructura o equipo de bombeo durante la vigencia del contrato serán cubiertos por LA COMODATARIA. SEXTA: LA COMODATARIA queda obligada a poner toda diligencia en la conservación del buen estado del pozo objeto de este contrato, y será responsable de todo deterioro que sufra por su culpa. SEPTIMA: LA COMODATARIA no tendrá derecho de repetir a LA COMODANTE los gastos ordinarios que se eroguen para el uso y la conservación del pozo, ni podrá retener el bien a pretexto de lo que por expensas o por cualquier otra causa le deba LA COMODANTE, de conformidad a lo previsto por el Código Civil para el Estado de Jalisco. OCTAVA: LA COMODATARIA expresamente manifiesta que debido al uso dado al pozo concedido en Comodato, se hace responsable bajo cualquier circunstancia durante la vigencia de este contrato de los pagos que deban realizarse a la Comisión Nacional del Agua por la explotación del pozo, así como de cualquier pago extraordinario, multa o infracción por tal motivo; así como por los pagos a la Comisión Federal de Electricidad, y una vez concluida la vigencia de este contrato deberá entregar el pozo con la totalidad de los pagos realizados, sin adeudos de ninguna clase por los servicios recibidos durante la vigencia de este Contrato, por lo que se obliga a sacar en paz y a salvo e indemnizar a LA COMODANTE para el caso de adeudos contraídos con anterioridad a la fecha de terminación. NOVENA: LA COMODANTE permitirá el acceso por el resto del inmueble de su propiedad para realizar cualquier obra de mantenimiento o inspección necesaria que pudiera requerir el pozo, por el tiempo estrictamente indispensable para ello.
DECIMA: LA COMODANTE expresamente manifiesta que se encuentra conforme con que LA COMODATARIA sea quien opere el pozo equipado y las válvulas de distribución durante el tiempo de vigencia de este Contrato, por lo que no podrá interferir en dichas actividades. DECIMA PRIMERA: LA COMODANTE manifiesta su consentimiento en que LA COMODATARIA podrá realizar mejoras o inversiones en el equipo electromecánico del pozo, el que podrá retirar al concluir la vigencia del Contrato de Comodato, siempre que al retirarlas no causen algún perjuicio al pozo objeto de este Contrato. Se entiende expresamente que en el supuesto de que exista algún desperfecto de la bomba o en general de cualquier parte del equipo que se encuentra en el pozo, deberá de ser reparado a satisfacción de LA COMODANTE, para estar en posibilidad de que esta reciba el pozo otorgado en comodato, en caso contrario se obliga a cubrir la cantidad que por concepto de reparación tenga que erogar LA COMODANTE en un plazo que no deberá de exceder de 10 diez días contados a partir de que concluya la reparación. DECIMO SEGUNDA: ambas partes manifiestan que en la celebración del presente contrato no concurren error, dolo, lesión, mala fe, violencia, reticencia, ni ningún otro vicio del consentimiento que pudiera invalidarlo. DECIMO TERCERA: convienen las partes que para todo lo referente a la interpretación, cumplimiento o ejecución de lo pactado en este contrato, se sujetan expresamente a la jurisdicción de los tribunales competentes de la ciudad de Lagos de Moreno, Jalisco, y por ende renuncian terminantemente a cualquier otro fuero competencial que pudiera corresponderles en razón de sus respectivos domicilios o vecindades presentes o futuros.
Leído que les fue a las Partes el presente contrato, y bien enterados del contenido y alcance legal de sus Cláusulas, manifiestan su conformidad con lo pactado en su texto y lo suscriben para constancia en unión de testigos, siendo las 12:00 doce horas del día 28 veintiocho de enero del año 2010 dos mil diez, en la ciudad de Lagos de Moreno, Jalisco. CONSTE.- LA COMODANTE C. JOSE GUADALUPE MUÑOZ MARQUEZ LA COMODATARIA C. JOSE BRIZUELA LOPEZ PRESIDENTE MUNICIPAL LIC. LUZ DEL CARMEN GARCIA GOMEZ SECRETARIO GENERAL LIC. BLANCA ERENDIDA GALLARDO JIMENEZ SINDICO MUNICIPAL L.C.P. JOSE LUZ CONTRERAS ZERMEÑO ENCARGADO DE LA HACIENDA MUNICIPAL TESTIGO TESTIGO