1 LICENCIA DE DEMOLICIÓN CÓDIGO: CS/28 ÚLTIMA ACTUALIZACIÓN: 1/09/2012 DESCRIPCIÓN: Se incluyen en esta categoría las obras que impliquen la demolición de edificaciones o construcciones, lleven o no aparejado movimiento de tierras Por lo general se trata de una categoría de obras comprendida dentro de las obras mayores, salvo que nos encontremos en un supuesto de ruina inminente. FORMAS DE TRAMITACIÓN: Presencial Por correo En línea QUIEN PUEDE SOLICITARLO: Persona interesada física o jurídica. REQUISITOS: Que la edificación no se encuentre en alguna de las categorías de protección que impidan su demolición. Presentación de la documentación exigida. CUÁNDO SE PUEDE SOLICITAR (PLAZO DE PRESENTACIÓN): Sin plazo determinado NORMATIVA RELACIONADA: - Texto Refundido de las Leyes de Ordenación del Territorio de Canarias y de Espacios Naturales de Canarias, aprobado por Decreto Legislativo 1/2000, de 8 de mayo (TRLOTC-ENC 00). - Art.215 y sig. del Reglamento de Gestión y Ejecución del Sistema del Planeamiento de Canarias, aprobado por Decreto 183/2004, de 21 de diciembre. - Real Decreto-ley 8/2011, de 1 de julio, de medidas de apoyo a los deudores hipotecarios, de control del gasto público y cancelación de deudas con empresas y autónomos contraídas por las entidades locales, de fomento de la actividad empresarial e impulso de la rehabilitación y de simplificación administrativa. - Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero. - Ley 4/1999, de 15 de marzo, de Patrimonio Histórico de Canarias, en su caso. - Art. 21.1,q) y 21.3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local. - Real Decreto 314/2006, de 17 de marzo, por el que se aprueba el Código Técnico de la Edificación (CTE) - Normativa sectorial de aplicación según el caso (Ley de Costas 22/1988 de 28 de Julio, normativa de Carreteras de Canarias, etc., Normativa sobre impacto ecológico autonómica y estatal). - Normativa urbanística en vigor según el Ayuntamiento que corresponda.
2 Catálogo de Servicios de una Oficina Técnica Municipal Virtual (Plan General, Planes de desarrollo etc) CONSULTAR TAMBIÉN LOS SIGUIENTES TRÁMITES RELACIONADOS: - Licencia de Instalación de Grúa - Licencia ocupación de vía pública - Licencia para desmonte - Declaración de ruina TASA: Sujeta al pago de Tasas municipales por la tramitación del expediente administrativo. Según Ordenanzas Fiscales Municipales en vigor. Consultar Ordenanzas fiscales municipales. Pueden contemplar reducciones y exenciones y bonificaciones IMPUESTOS: Según Ordenanzas Fiscales Municipales en vigor. Sujeta a Impuesto de Construcciones, Instalaciones y Obras: asciende a un porcentaje sobre el coste de ejecución material de la demolición. Fotocopia del DNI (persona física) o CIF (empresa, persona jurídica) del interesado. DOCUMENTOS A PRESENTAR CON CARÁCTER GENERAL: En caso de actuar mediante representante, documento acreditativo de la representación que ostenta. Referencia Catastral de la parcela o solar (fotocopia del recibo del Impuesto sobre Bienes Inmuebles o Certificado Catastral). DOCUMENTACIÓN ESPECÍFICA A PRESENTAR: - impreso modelo. - Plano de situación según Planeamiento vigente en el Municipio (solicitar en la Oficina Técnica o en el SAC del Ayuntamiento correspondiente), en el que marque la parcela conforme al planeamiento vigente, firmado por el interesado. - Fotografía en color del solar, y de la edificación en todas sus fachadas, donde se vea el estado de la parcela y de la urbanización (calles, aceras,...) - Motivo por el cual se solicita la demolición. - Proyecto técnico de demolición (2 ejemplares) redactado por técnico competente y visado por el colegio oficial correspondiente. Si la obra a realizar estuviera afectada por normativa sectorial y hubiera de emitirse informe por otra Administración (ej. Edificio en conjunto histórico), se aportará una copia más por cada Administración que debiera informar. Los ejemplares serán en soporte papel y 1 en soporte digital. - Oficio normalizado de la dirección facultativa de los técnicos y declaración jurada de incompatibilidad. - Estudio de Seguridad y Salud (2 ejemplares) o estudio básico de seguridad y salud (en su caso). - Informes de la Compañía de aguas, de la compañía eléctrica, y de telefonía en los que se informe si la demolición afecta o no a las instalaciones de los servicios públicos. En su caso, se presentará además lo siguiente: - Copia de la solicitud de licencia de instalación de grúa, en su caso. Es posible que el Ayuntamiento las tramite de forma conjunta.
3 - En caso de ocupación de la vía pública, croquis o plano a escala señalando la superficie a ocupar y la duración de la ocupación - Ingreso de Autoliquidación, en caso de que el Ayuntamiento autoliquide Tasas y/o Impuestos. - Se aportarán las autorizaciones sectoriales que en su caso sean precisas Según Ayuntamiento. Consultar posibilidad de tramitación online LUGAR DE PRESENTACIÓN: En todo caso en el Registro General de cada Ayuntamiento o cualquiera de los medios admitidos en la Ley 30/1992 (Correo certificado, Delegación o Subdelegación del Gobierno, etc ). HORARIO: Según Ayuntamiento.- Horario de atención al público. Consultar posibilidad de tramitación on-line. TELÉFONO DE ATENCIÓN: Según Ayuntamiento MODELO DE SOLICITUD: Según Ayuntamiento ÓRGANO TRAMITADOR: Según Ayuntamiento. Oficina Técnica Gerencias Municipales de urbanismo en su caso. ÓRGANO DE RESOLUCIÓN: Alcalde, Concejal u órgano delegado, según Ayuntamiento TIEMPO MÁXIMO DE RESOLUCIÓN: 3 Meses desde que obre en poder de la Administración toda la documentación necesaria para poder resolver SILENCIO ADMINISTRATIVO: ETAPAS DEL PROCEDIMIENTO: Estimatorio, si bien en ningún caso se entenderá adquiridas por silencio administrativo la licencia en contra de la legislación y el planeamiento. 1. Presentación de la solicitud de licencia en el Registro General del Ayuntamiento o cualquiera de los medios admitidos en la Ley 30/1992. Es posible que el Ayuntamiento cuente con un servicio de Atención ciudadana específico que recoja las solicitudes. En caso de que el Ayuntamiento contemple la opción de autoliquidación, se abonará lo que corresponda y en la forma que determine cada Ayuntamiento. 2. Comprobación de la documentación presentada 3. Puede ser preciso que deban solicitarse informes a otras Administraciones por razón de la materia, los cuales interrumpen el cómputo del plazo para resolver. (ej. Informe sobre patrimonio) 4. En caso de faltar documentación, se emitirá requerimiento para la subsanación de las deficiencias documentales presentadas concediendo un plazo máximo de 15 días para ello desde la notificación. El requerimiento interrumpe el cómputo del plazo para resolver. En caso de no aportar lo requerido se le podrá tener por desistido de la petición. 5. Con la documentación completa se informa el proyecto y
4 Catálogo de Servicios de una Oficina Técnica Municipal Virtual demás documentación emitiéndose informe técnico. El mismo puede contener requerimiento de documentación necesaria para poder resolver. En tal caso se requerirá al solicitante para que aporte la misma en el plazo máximo de 15 días desde su notificación. 6. Trámite de Audiencia.- En el caso de que el informe sea desfavorable, se otorgará un plazo de 15 días al solicitante para que pueda ver el expediente y aportar la documentación y presentar las alegaciones que estime necesario. 7. Informe jurídico que contiene la propuesta de resolución (En el caso de ser desfavorable, trámite de audiencia también). 8. Resolución del Alcalde u órgano delegado. 9. (nota.- si no se contempla la autoliquidación de las tasas en el momento de la solicitud, se practicará la liquidación que corresponda. La misma puede ser aprobada en la misma resolución que la licencia, o en otra resolución independiente exclusivamente para ese fin, todo ello dependiendo del Ayuntamiento que corresponda). 10. Elaboración de las correspondientes notificaciones así como del cartel de la licencia. El cartel que se le entrega con la licencia deberá colocarse en un lugar visible de la obra durante el tiempo que dure la misma, indicando nº y fecha de la licencia urbanística, promotor, director facultativo, empresa constructora, plazo de ejecución. 11. Registro de salida de las notificaciones y se notifican al interesado. PREGUNTAS FRECUENTES QUÉ DEBO SABER DE ESTE TRÁMITE? Las obras de demolición no podrán iniciarse hasta la obtención de la licencia. Los requerimientos de documentación suspenden el cómputo del plazo para resolver, que se reanudara una vez se presente la documentación solicitada. La licencia producirá efectos entre el Ayuntamiento y el sujeto a cuya actuación se refieran, pero no alterarán las situaciones jurídico privadas entre éste y las demás personas. Las licencias se entenderán concedidas dejando a salvo el derecho de propiedad y sin perjuicio del de terceros con mejor derecho. En caso de precisarse una prórroga de la licencia que se conceda, deberá solicitarse antes de la finalización del plazo que la licencia concede para edificar, y sólo se podrá otorgar una prórroga. Es posible solicitar cambios de titularidad de la licencia, debiendo constar en la solicitud la voluntad de las dos partes a que se produzca tal transmisión. El comienzo de cualesquiera obras o usos al amparo de una licencia requerirá, en todo caso, comunicación previa al Ayuntamiento con al menos diez días de antelación, a la que se adjuntará el correspondiente proyecto de ejecución si la solicitud de licencia se hubiera presentado acompañada de un proyecto básico.
5 OBSERVACIONES: Podrá solicitarse por el Ayuntamiento aval o fianza para la reposición de elementos urbanos que pudieran dañarse con la demolición. Se podrán establecer condiciones especiales en la licencia, El promotor puede presentar un cronograma fundamentado en criterios de proporcionalidad y complejidad a los efectos de que sea tenido en cuenta por el Ayuntamiento. Si la licencia no indica expresamente su plazo de vigencia, (que nunca podrá superar los 4 años) se entenderán otorgadas bajo la condición legal de 2 años para iniciar las obras y 4 años para terminarlas. Se recomienda en todo caso consultar con el Ayuntamiento respectivo con carácter previo al encargo del proyecto de demolición los requisitos solicitados por el mismo.