ANEXO 1 ACREDITACIÓN DE FACULTADES O ESCUELAS DE MEDICINA HUMANA: LEY, NORMAS DE EJECUCIÓN Y ESTÁNDARES

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Transcripción:

ANEXO 1 ACREDITACIÓN DE FACULTADES O ESCUELAS DE MEDICINA HUMANA: LEY, NORMAS DE EJECUCIÓN Y ESTÁNDARES Servicios Académicos Complementarios Variable 51: Disponibilidad de ambientes para lectura y consulta bibliográfica Indicador 51.1: Número de ambientes de lectura y consulta bibliográfica dentro del campus de la universidad o de la facultad. - Valor: 1 sala de lectura o de usos múltiples y 1 biblioteca - Fuente de verificación: Informe sobre disponibilidad Variable 52: Disponibilidad y actualización del material bibliográfico Indicador 52.1: Número de ejemplares por estudiante de cada texto (papel o medio electrónico) de consulta obligatoria considerado en el silabus del curso correspondiente. - Valor: 1 ejemplar por cada 20 estudiantes - Fuente de verificación: Silabo de los cursos. Informe sobre el número de libros de consulta obligatoria por estudiante

Indicador 52.2: Número de suscripciones a revistas médica listadas en el índice de la Biblioteca Nacional de Medicina de los Estados Unidos de Norteamérica (NLM) - Valor: - Medicina: 4 - Cirugía: 3 - Ginecología- Obstetricia: 2 - Pediatría: 2 - Especialidades médico quirúrgicas: 6 - Fuente de verificación: Informe sobre el número y título de suscripciones anuales por especialidad Indicador 52.3: Antigüedad de los textos de consulta obligatoria. - Valor: No mayor de 5 años con relación a la última edición actualizada en el idioma original - Fuente de verificación: Informe sobre renovación de material bibliográfico.

ANEXO 2 ASAMBLEA NACIONAL DE RECTORES CONSEJO NACIONAL PARA LA AUTORIZACIÓN DE FUNCIONAMIENTO DE UNIVERSIDADES - CONAFU CONAFU SECCION IV INFRAESTRUCTURA FISICA PARÁMETRO 4.4.1 BIBLIOTECA FORM 4-E 4-F Asignar puntaje de acuerdo a las siguientes pautas a). Diseño: - Adecuado, tanto en funcionalidad de salas de lectura, áreas de depósito y oficinas administrativas, como en la intervención entre ellas - Con algunas deficiencias, por tratarse de ambientes adaptados para la la función... - Con notables deficiencias... b). Capacidad: - Número de asientos en salas de lectura no menor al 5% de alumnos matriculados, con mínimo de asientos... - No menor al 3%, con mínimo de 30 asientos... - Menor al 3%... c) La Biblioteca contará con una dotación de libros equivalente a: - No menor de 5 títulos por un curso ofrecido en universidad y no menos de 5 ejemplares por título... - No menor de 4 títulos por un curso ofrecido en universidad y no menos de 4 ejemplares por título... - No menor de 3 títulos por un curso ofrecido en universidad y no menos de 3 ejemplares por título... - No menor de 2 títulos por un curso ofrecido en universidad y no menos de 2 ejemplares por título... - No menor de 1 títulos por un curso ofrecido en universidad y no menos de 1 ejemplares por título... - Menos del nivel anterior... Total del parámetro 4.4.1: Hasta

ANEXO 3 ESTÁNDARES PARA BIBLIOTECAS UNIVERSITARIAS CHILENAS Estándar II Gestión de recursos de información 7. Recomendaciones cuantitativas 7.1. Es importante que la base de una buena biblioteca universitaria sea adecuada selección de los recursos de información, junto con la disponibilidad de volúmenes físicos o accesos a publicaciones digitales. 7.2. Respecto a los aspectos cuantitativos que afectan a la dimensión y crecimiento de los recursos de información físicos y virtuales, se reconoce la dificultad en fijar normas comunes para todas las bibliotecas universitarias, debido a las diferentes existentes entre ellas. No obstante, se establecen recomendaciones generales que sirvan de referencia y que, en cualquier caso, casa biblioteca debe adaptar a su situación particular. 7.3. Las normas hacen referencia al número de recursos de información permanente y al número de recursos de información actual, debiendo considerarse en cada caso los diferentes servicios y soportes existentes.

7.4. Información permanente Recursos mínimos de información monográfica a) 50.00 volúmenes monográficos b) 15 volúmenes por alumno, considerando la colección total de la biblioteca c) 100 volúmenes por cada profesor jornada completa equivalente d) A lo menos un 50% de la colección deberá estar compuesta por volúmenes físicos Relación alumno por volumen e) De 1 a 7 alumnos por volumen de lectura obligatoria Incremento para bibliotecas universitarias en régimen: f) 1 volumen ingresado por alumno por año g) 1.000 volúmenes de la especialidad para nueva carrera al completar su primer ciclo h) A lo menos un 50% de la colección deberá estar compuesta por volúmenes físicos

7.5. Información actual: Publicaciones periódicas texto completo a) 8 Títulos suscritos de publicaciones periódicas internacionales por especialidad o carrera que se imparte en la universidad b) 12 Títulos suscritos de publicaciones periódicas internacionales por programa de maestría c) 16 Títulos suscritos de publicaciones periódicas internacionales por programa de doctorado Los criterios a) b) y c) deben ser sumados Servicio de suministro de documentos contra demanda: d) Facilitar el acceso a los artículos publicados en la totalidad de las publicaciones periódicas consideradas de corriente principal en cada disciplina. e) 1 base de datos o abstractas internacional por área principal del conocimiento en que se imparte docencia o investiga en la institución

ANEXO 4 NORMAS Y DIRECTRICES PARA BIBLIOTECAS UNIVERSITARIAS Y CIENTÍFICAS REBIUN Colecciones 5. Volumen e incremento de la colecciones 5.1. Respecto a los aspectos cuantitativos que afectan a la dimensión y crecimiento de las colecciones, se parte de la dificultad de fijar normas comunes para todas las BU españolas debido a las grandes diferencias existentes en cuanto a la historia, evolución y dimensiones de las propias universidades. No obstante, se establecen unas recomendaciones generales que puedan servir de referencia y que, en cualquier caso, cada biblioteca deberá adaptar a su situación particular. 5.2. Las normas hacen referencia a número de volúmenes (documentos no periódicos) y número de títulos de publicaciones periódicas, debiendo considerarse en cada caso los diferentes soportes existentes. 5.3. Recomendaciones cuantitativas 5.3.1. Colección básica: 50.000 volúmenes 5.3.2. Nuevos Estudios 5.000 volúmenes colección básica de nueva titulación 1.000 volúmenes cada nuevo programa de doctorado 500 volúmenes cada nuevo programa de master

5.3.2. Un título de publicación periódica cada 3 usuarios 5.3.3. Incremento anual 1 volumen por alumno 10 volúmenes por PDI 5.4. El volumen de incremento anual se ha calculado atendiendo a la media de número de usuarios de las bibliotecas universitarias españolas. Se deberán aplicar, por lo tanto, índices correctores al alza o a la baja en aquellas Bibliotecas Universitarias cuyo número de usuarios sea sensiblemente inferior o superior respectivamente a dicha media, con el fin el incremento al volumen de usuarios.