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Transcripción:

Las NIA-ES, de un vistazo Número 8 - Diciembre de 2013 NIA adaptadas La serie 300 (cont.) Publicación periódica de algunos aspectos relevantes de las NIA adaptadas para ayudar a los auditores en su lectura y estudio. Continuando con la seria 300, resumimos la NIA-ES 330 Respuesta del auditor a los riesgos valorados. Contenido Alcance y objetivo Requerimientos Respuestas globales Respuestas a los riesgos valorados de incorrección material en las afirmaciones Pruebas de controles Procedimientos sustantivos Adecuación de la presentación y de la información revelada Evaluación de la suficiencia y adecuación de la evidencia de auditoría Documentación Alcance y objetivo Atendiendo a lo establecido en la NIA-ES 315 Identificación y valoración de los riesgos de incorrección material mediante el conocimiento de la entidad y de su entorno (ver resumen NIA-ES núm.7) el auditor habrá identificado y valorado los riesgos de incorrección material: En los estados financieros Se relacionan de modo generalizado con los estados financieros en su conjunto y pueden afectar a muchas afirmaciones. En las afirmaciones Corresponden a riesgos de incorrección material en las afirmaciones sobre los tipos de transacciones, saldos contables e información a revelar. Como parte de la valoración, el auditor determinará si alguno de los riesgos identificados es un riesgo significativo y, por tanto, si requiere de una consideración especial en la auditoría. La NIA-ES 330 trata de la responsabilidad que tiene el auditor, en una auditoría de estados financieros, de diseñar e implementar respuestas a los riesgos de incorrección material identificados y valorados de conformidad con la NIA-ES 315. Parte de la base de que el objetivo del auditor es obtener evidencia de auditoría suficiente y adecuada con respecto a los riesgos valorados de incorrección material mediante el diseño e implementación de respuestas adecuadas a dichos riesgos.

A nivel de estados financieros Respuestas globales Requerimientos Evaluación de riesgos Respuesta de auditoría A nivel de afirmaciones Procedimientos de auditoría posteriores Respuestas globales Las respuestas globales para responder a los riesgos valorados de incorrección material en los estados financieros pueden consistir en: Insistir ante el equipo de auditoría en mantener el escepticismo profesional. Asignar empleados de mayor experiencia o cualificaciones específicas o recurrir a expertos. Incrementar la supervisión. Aumentar la imprevisibilidad de los procedimientos a aplicar. Modificar la naturaleza, momento de realización o extensión de los procedimientos de auditoría. Pruebas de controles Procedimientos sustantivos El conocimiento del entorno de control por el auditor incide en la valoración de los riesgos de incorrección material en los estados financieros y, por tanto, en sus respuestas globales: Adecuación de la presentación y de la información revelada Evaluación de la suficiencia y adecuación de la evidencia de auditoría 2 Documentación Entorno de control eficaz Deficiencias en el control interno Permite tener más confianza en el control interno y en la fiabilidad de la evidencia de auditoría generada internamente por la entidad. Tiene el efecto opuesto a un entorno de control eficaz. El auditor puede responder mediante, por ejemplo: la aplicación de un mayor número de procedimientos de auditoría al cierre del periodo que en una fecha intermedia, a través de la obtención de evidencia de auditoría más amplia a partir de procedimientos sustantivos, incrementando el número de ubicaciones a incluir en el alcance de la auditoría.

Respuestas a los riesgos valorados de incorrección material en las afirmaciones La naturaleza, momento de realización y extensión de los procedimientos de auditoría que se diseñen y apliquen están basados en los riesgos valorados de incorrección material en las afirmaciones y responden a dichos riesgos. Naturaleza de un procedimiento: Es fundamental para responder a los riesgos valorados y se refiere a su objeto (prueba de controles o procedimiento sustantivo) y a su tipo (inspección, observación, indagación, confirmación, recálculo, reejecución o procedimiento analítico). Momento de realización: Se refiere al momento en el que se aplica un procedimiento, o al periodo o fecha al que corresponde la evidencia de auditoría. Extensión: Es el volumen cuantitativo de lo que ha de realizarse (p.e. tamaño de la muestra, nº. de observaciones de una actividad de control). Para diseñar los procedimientos de auditoría posteriores, el auditor: 1. Considerará los motivos de la valoración dada al riesgo de incorrección en las afirmaciones incluyendo: la probabilidad de que exista una incorrección material debido a las características específicas (riesgo inherente), si en la valoración del riesgo se han tenido en cuenta los controles relevantes (riesgo de control); en este caso el auditor debe obtener evidencia de que los controles operan eficazmente. 2. Obtendrá evidencia más convincente cuanto mayor sea la valoración del riesgo realizada. Para ello puede incrementar la cantidad de evidencia u obtener evidencia que sea más relevante o fiable. Pruebas de controles El auditor diseñará y realizará pruebas para obtener evidencia suficiente y adecuada sobre la eficacia operativa de los controles relevantes si tiene la expectativa de que los controles están operando eficazmente o si los procedimientos sustantivos, por sí mismos, no pueden proporcionar evidencia de auditoría suficiente y adecuada en las afirmaciones. En el diseño y aplicación de pruebas de controles, el auditor obtendrá evidencia de auditoría más convincente cuanto más confíe en la eficacia de un control. Naturaleza y extensión de las pruebas de controles El auditor debe: Indagar, en combinación con otros procedimientos, para obtener evidencia de auditoría suficiente y adecuada sobre la eficacia operativa de los controles y sobre: cómo se han aplicado los controles en los momentos relevantes a lo largo del periodo sometido a auditoría; la congruencia con que se han aplicado, y las personas que los han aplicado y los medios utilizados. Determinar si los controles que van a ser probados dependen de otros controles (controles indirectos) y, en este caso, si es necesario obtener evidencia de auditoría que corrobore la eficacia operativa de dichos controles indirectos. 3

Momento de realización de las pruebas de controles El auditor realizará pruebas sobre los controles en lo que respecta al momento concreto o totalidad del periodo en relación con el cual tiene previsto confiar en dichos controles con el fin de obtener una base adecuada para su confianza. Utilización de evidencia de auditoría obtenida durante un periodo intermedio Si realiza pruebas de controles durante un periodo intermedio, el auditor obtendrá evidencia de auditoría sobre los cambios significativos en dichos controles con posterioridad al periodo intermedio y determinará la evidencia de auditoría adicional que debe obtenerse para el periodo restante. Utilización de evidencia de auditoría obtenida en auditorías anteriores Para determinar si es adecuado utilizar la evidencia de auditoría obtenida en auditorías anteriores y, de ser así, para determinar el tiempo que puede transcurrir antes de realizar nuevamente pruebas sobre un control, el auditor considerará lo siguiente: a) la eficacia de otros elementos de control interno; b) los riesgos originados por las características del control; c) la eficacia de los controles generales de las tecnologías de la información (TI); d) la eficacia del control y su aplicación por la entidad, incluida la naturaleza y extensión de las desviaciones en la aplicación del control detectadas en auditorías anteriores, así como si se han producido cambios de personal que afecten de forma significativa a la aplicación del control; e) si la ausencia de cambio en un control concreto supone un riesgo debido a que las circunstancias han cambiado; y f) los riesgos de incorrección material y el grado de confianza en el control. Si el auditor tiene previsto utilizar evidencia de auditoría procedente de una auditoría anterior sobre la eficacia operativa de controles específicos, obtendrá evidencia combinando las indagaciones con procedimientos de observación o inspección, con el fin de confirmar el conocimiento de dichos controles específicos y evaluar si se han producido cambios que afectan a la continuidad de la relevancia de la evidencia de auditoría procedente de la auditoría anterior. Si se han producido cambios, realizar pruebas sobre los controles en la auditoría actual. Si no se han producido cambios, probar los controles al menos en una de cada tres auditorías, realizando pruebas sobre algunos controles en cada auditoría para evitar la posibilidad de que se prueben en un solo periodo de auditoría todos los controles en los que tenga previsto confiar y no se realice prueba alguna en los dos periodos de auditoría subsiguientes. Controles sobre riesgos significativos Si se tiene previsto confiar en los controles sobre un riesgo que se considere significativo, deben realizarse pruebas sobre dichos controles en el periodo actual. 4

Evaluación de la eficacia operativa de los controles El auditor evaluará si las incorrecciones que se han detectado mediante los procedimientos sustantivos indican que los controles no están funcionando eficazmente. Sin embargo, la ausencia de incorrecciones detectadas mediante procedimientos sustantivos no constituye evidencia de auditoría de que los controles relacionados con la afirmación que son objeto de prueba sean eficaces. Si se detectan desviaciones en los controles en los que tiene previsto confiar, el auditor realizará indagaciones específicas para comprender dichas desviaciones y sus consecuencias potenciales y determinará si: Las pruebas de controles que se han realizado proporcionan una base adecuada para confiar en los controles; Son necesarias pruebas de controles adicionales; o Resulta necesario responder a los riesgos potenciales de incorrección mediante procedimientos sustantivos. Procedimientos sustantivos Con independencia de los riesgos valorados de incorrección material, el auditor diseñará y aplicará procedimientos sustantivos para cada tipo de transacción, saldo contable e información a revelar que resulte material. El auditor considerará si deben aplicarse procedimientos de confirmación externa a modo de procedimientos sustantivos de auditoría. Naturaleza y extensión de los procedimientos sustantivos En base a las circunstancias, el auditor puede determinar que para reducir el riesgo de auditoría a un nivel aceptablemente bajo es suficiente aplicar sólo procedimientos analíticos sustantivos; sólo pruebas de detalle o una combinación de ambos. Procedimientos sustantivos que responden a riesgos significativos Para los riesgos de incorrección material en las afirmaciones valorados como riesgo significativo se aplicarán procedimientos sustantivos que respondan de forma específica a dicho riesgo. Cuando la forma de enfocar un riesgo significativo consista únicamente en procedimientos sustantivos, dichos procedimientos incluirán pruebas de detalle. Procedimientos sustantivos relacionados con el proceso de cierre de los estados financieros Los procedimientos sustantivos incluirán los siguientes procedimientos de auditoría relacionados con el proceso de cierre de los estados financieros: Comprobación de la concordancia o conciliación de los estados financieros con los registros contables de los que se obtienen. Examen de los asientos del libro diario y de otros ajustes materiales realizados durante el proceso de preparación de los estados financieros. 5

Momento de realización de los procedimientos sustantivos Si los procedimientos sustantivos se aplican en una fecha intermedia, el auditor cubrirá el periodo restante con procedimientos sustantivos, combinados (o no) con pruebas de controles que permitan hacer extensivas las conclusiones desde la fecha intermedia hasta el cierre del periodo. Si en una fecha intermedia se detectan incorrecciones que el auditor no esperaba en su valoración de los riesgos de incorrección material, evaluará si resulta necesario modificar la correspondiente valoración del riesgo y la naturaleza, el momento de realización o la extensión planificados de los procedimientos sustantivos planificados que cubren el periodo restante. Adecuación de la presentación y de la información revelada El auditor aplicará procedimientos de auditoría para evaluar si la presentación global de los estados financieros, incluida la información a revelar relacionada, es conforme con el marco de información financiera aplicable. Evaluación de la suficiencia y adecuación de la evidencia de auditoría En base a los procedimientos de auditoría aplicados y la evidencia de auditoría obtenida, evaluar, antes de que termine la auditoría, si la valoración de los riesgos de incorrección material en las afirmaciones sigue siendo adecuada. El auditor concluirá si se ha obtenido evidencia de auditoría suficiente y adecuada. Documentación Aspectos a incluir en la documentación de auditoría: Las respuestas globales frente a los riesgos valorados de incorrección material en los estados financieros y la naturaleza, momento de realización y extensión de los procedimientos de auditoría posteriores aplicados. La conexión de dichos procedimientos con los riesgos valorados en las afirmaciones. Los resultados de los procedimientos de auditoría, incluidas las conclusiones cuando éstas no resulten claras. Si se ha utilizado evidencia de auditoría obtenida en auditorías anteriores sobre la eficacia operativa de los controles, las conclusiones alcanzadas sobre la confianza en los controles sobre los que se realizaron pruebas en una auditoría anterior. Demostración de que los estados financieros concuerdan o han sido conciliados con los registros contables que los sustenten. El auditor considerará toda la evidencia de auditoría relevante, independientemente de si parece corroborar o contradecir las afirmaciones contenidas en los estados financieros. Si el auditor no ha obtenido evidencia de auditoría suficiente y adecuada sobre una afirmación material de los estados financieros, intentará obtener más evidencia de auditoría y, en caso de no poder obtenerla, expresará una opinión con salvedades o denegada. Más información: NIA-ES330 Para dudas y aclaraciones se puede contactar con el Departamento Técnico del ICJCE 6