ÓRGANO DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR DEL ESTADO DE VERACRUZ DE IGNACIO DE LA LLAVE CONVOCATORIA PÚBLICA

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Transcripción:

ÓRGANO DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR DEL ESTADO DE VERACRUZ DE IGNACIO DE LA LLAVE CONVOCATORIA PÚBLICA PARA LA INSCRIPCIÓN EN EL PADRÓN DE PRESTADORES DE SERVICIOS PROFESIONALES DE AUDITORÍA FINANCIERA Y TÉCNICA A LA OBRA PÚBLICA, DEL ÓRGANO DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR DEL ESTADO. EJERCICIO 2008 El Órgano de Fiscalización Superior del Estado, de conformidad con lo que disponen los artículos 67, fracción III de la Constitución Política Estatal; 2, 5 bis, 6, fracciones VII y XIV, 10, fracción III, 15 BIS, 27, 28 y 29 de la Ley de Fiscalización Superior para el Estado; 16, fracción XIX, 45, 46, 47, 48, 49, 50, 51, 52 y 53 del Reglamento Interior del ORFIS y el Instructivo de criterios y lineamientos para los despachos externos que prestan servicios profesionales de auditoría pública; convoca a las personas físicas y morales interesadas en obtener su INSCRIPCIÓN O REFRENDO EN EL PADRÓN DE PRESTADORES DE SERVICIOS PROFESIONALES DE AUDITORÍA FINANCIERA Y TÉCNICA A LA OBRA PÚBLICA, QUE COADYUVEN EN LAS FUNCIONES Y ACTIVIDADES DE FISCALIZACIÓN DEL ÓRGANO, de conformidad con las siguientes: I. GENERALIDADES: BASES 1. La inscripción en el padrón de prestadores de servicios profesionales de auditoría, podrá hacerse en los siguientes tipos o subtipos de Auditoría: Auditoría Financiera: Auditoría Técnica: - Auditoría Integral - Auditoría Operacional - Auditoría Administrativa - Auditoría Gubernamental - Auditoría Legal - Auditoría de Desempeño - Obra Carretera - Obra Hidráulica - Obra Sanitaria - Obra de Edificación - Obra Eléctrica - Control de Calidad - Valuador - Auditoría Legal 1

Nota.- Los tipos de auditoría, se señalan a título enunciativo, más no limitativo, pudiéndose requerir tipos diversos, de acuerdo a las necesidades del servicio. 2. El registro en el Padrón de Prestadores de Servicios, tendrá una vigencia de un año calendario, es decir, del primero de enero al treinta y uno de diciembre, y por lo tanto deberá refrendarse con dicha periodicidad, por lo que los registros que no sean revalidados en los plazos y términos que señala la Ley de Fiscalización Superior del Estado, y el Reglamento Interior del ORFIS, serán dados de baja. 3. El Órgano establecerá programas de capacitación continua con carácter obligatorio, para las personas físicas o morales que deseen inscribirse en el Padrón o, en su caso, refrendar su registro anual. 4. Quienes ya hubieren presentado la información sin haber obtenido el registro, o bien, pretendan refrendarlo por el ejercicio de que se trate, deberán presentar la actualización de dicha información, así como la adicional que se establezca. 5. El otorgamiento del Registro Anual como Prestador de Servicios Profesionales de Auditoría Financiera y Técnica a la Obra Pública del ORFIS, estará sujeto al cumplimiento de todos los requisitos solicitados en la presente convocatoria y a la evaluación técnica que efectúe el Órgano. 6. A las personas físicas o morales que pretendan su inscripción o refrendo en el Padrón de este Órgano, que tengan antecedentes de desempeño profesional deficiente, se les negará el registro correspondiente. 7. Los plazos para la presentación de solicitudes serán improrrogables. 8. Toda la documentación comprobatoria solicitada, deberá exhibirse en copia certificada por fedatario público. 9. Las personas físicas o los representantes e integrantes de personas morales que obtengan su registro en el Padrón, y que participen en el proceso de fiscalización que desarrolle el ORFIS, por medio de la habilitación correspondiente, serán considerados como servidores públicos para todos los efectos legales. 10. Lo no previsto en la presente convocatoria, será resuelto por el Comité de Adquisiciones del Órgano de Fiscalización Superior del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave. II. REQUISITOS: PERSONAS FÍSICAS a) Copia certificada del acta de nacimiento; b) Copia certificada por fedatario público, de identificación oficial; PERSONAS MORALES a) Copia certificada por fedatario público, del acta constitutiva de la sociedad debidamente inscrita en el Registro Público de la Propiedad; b) Copia certificada por fedatario público, de la cédula 2

c) Copia certificada por fedatario público, de la cédula de identificación fiscal como contribuyente ante la Secretaría de Hacienda y Crédito Público; y d) Copias certificadas por fedatario público, de las últimas declaraciones de obligaciones fiscales ante la Federación, Estado o Municipio. de identificación fiscal como contribuyente ante la Secretaría de Hacienda y Crédito Público; c) El poder general o especial a favor del representante, otorgado ante la fe de notario público, debidamente inscrito en el Registro Público de la Propiedad, para intervenir en los procedimientos a que se refiere la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos, Administración y Enajenación de Bienes Muebles del Estado; y d) Copias certificadas por fedatario público, de las últimas declaraciones de obligaciones fiscales ante la Federación, el Estado o Municipio. III. REQUISITOS QUE ADICIONALMENTE DEBERÁN CUMPLIR LAS PERSONAS FÍSICAS Y MORALES: a) Copia de los Estados Financieros recientes (Balances y Resultados) (máximo 60 días), firmados por el representante legal; b) Documentación que avale una experiencia mínima de 3 años en el Sector Gubernamental, en el área de fiscalización, contraloría, auditoría, obra pública, en su caso, tales como copias de contratos de prestación de servicios, oficios de comisión y/o habilitación, recibos de honorarios, entre otros (Representante Legal o del personal adscrito al despacho, empresa o asociación) c) Conocer las Leyes Estatales y las de orden Federal aplicables; para lo cual el profesional manifestará por escrito, bajo protesta de decir verdad, que cumple con este requisito; d) Copia de las constancias de inscripción en el registro de despachos contables y fiscales, y en el registro de Contadores Públicos, de la SHCP (para despachos que realizan auditorías financieras); e) Currículum: del despacho, empresa, asociación y de los socios principales; o de la persona física prestadora del servicio (original); f) Carta solicitud y formato del registro, proporcionados por el ORFIS (original); g) Escrito en papel membretado del despacho, empresa o asociación, en el que señale, bajo protesta de decir verdad, que no tienen antecedentes de desempeño profesional deficiente, suspensión o cancelación en materia de auditoría pública (original); h) Escrito en papel membretado del despacho, empresa o asociación, en el que señale, bajo protesta de decir verdad, que autoriza la verificación de la información presentada (original); i) Carta-compromiso en papel membretado del despacho, empresa o asociación, en el que señale, bajo protesta de decir verdad, que se compromete en el desempeño de su trabajo a aplicar los procedimientos técnicosnormativos del ORFIS (original); ADEMÁS, LOS RESPONSABLES DE LAS FIRMAS DE SERVICIOS PROFESIONALES DEBERÁN CUMPLIR CON LOS SIGUIENTES REQUISITOS: j) Copia del anverso y reverso de la Cédula Profesional emitida por la Secretaría de Educación Pública ; k) Copia de la constancia reciente emitida por el Colegio de Profesionistas, que acredite su calidad de miembro activo; l) Copia del certificado de actualización de educación profesional continua, emitido por el Colegio al que está adscrito; m) Copia de la constancia del registro en el padrón de contratistas ante la SEFIPLAN (sólo para Servicios Profesionales de Auditorías Técnicas). n) Escrito en papel membretado del despacho, empresa o asociación, en el que señale, bajo protesta de decir verdad, de no estar bajo proceso penal o condenado por delito que amerite pena corporal (original); o) No estar inhabilitado para ejercer el comercio o para desempeñar un empleo, cargo o comisión en el servicio público, así como no haber sido declarado como quebrado concursado sin que haya sido rehabilitado; 3

p) No tener litigio alguno pendiente con el Órgano o con el ente fiscalizable de que se trate; q) Para los profesionales de la contaduría pública, contar con la certificación vigente emitida por el Instituto Mexicano de Contadores Públicos, A.C., o por cualquier colegio o asociación a la que pertenezca que esté debidamente acreditada y autorizada por la Secretaría de Educación pública y, contar con los registros vigentes para dictaminar, emitidos por cualquiera de las siguientes dependencias: CNBV, CNSF, IMSS, INFONAVIT, otros organismos o dependencias que sean consideradas como entidades fiscalizadoras, o bien, contar con registro en el catálogo de peritos del Consejo de la Judicatura, en materia de auditoría; r) En su caso, últimas modificaciones ante la SHCP (cambios de domicilio, aumento o disminución de obligaciones, aumento o disminución de capital, etc.). IV. REFRENDO Los prestadores de servicios de auditoría que en ejercicios anteriores, hayan obtenido su registro en el Padrón, deberán refrendar su inscripción, para lo cual actualizarán la documentación que hayan exhibido para tal efecto, conforme a lo siguiente: a) Carta solicitud y formato del registro, proporcionados por el ORFIS (original); b) Copia certificada por fedatario público de las últimas declaraciones de obligaciones fiscales ante la Federación, Estado o Municipio; c) Copia de los Estados Financieros (Balance y Resultados) (máximo 60 días), firmado por el representante legal; d) Copia de la constancia reciente emitida por el Colegio de Profesionistas, que acredite su calidad como miembro activo; e) Copia del certificado de actualización de educación profesional continua, emitido por el colegio al que esté adscrito; f) Copia de la constancia en el registro en el padrón de contratistas ante la SEFIPLAN (sólo para auditorías técnicas); g) En su caso, últimas modificaciones ante la SHCP (cambios de domicilio, aumento o disminución de obligaciones, aumento o disminución de capital, etc.); Así mismo, los prestadores de servicios que pretenden refrendar el registro, deberán dar cumplimiento a los requisitos que en esta convocatoria se señalan para los prestadores de servicios profesionales de nuevo ingreso, que no hayan sido establecidos o considerados en la convocatoria del ejercicio anterior. V. SOLICITUDES Los formatos relativos al proceso de inscripción en el Padrón, están disponibles en el domicilio que se señala en el apartado siguiente, o bien, los podrán obtener en la página de Internet del Órgano: www.orfis.gob.mx. 4

VI. LUGAR DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES Y DOCUMENTACIÓN COMPROBATORIA. Los trámites relativos al proceso de inscripción y registro, se deberán realizar por medio del Departamento de Oficialía de Partes del Órgano de Fiscalización Superior del Estado, ubicado en Carretera Federal México Veracruz, Tramo Xalapa-Veracruz N 1102, esquina Boulevard Culturas Veracruzanas, Colonia Reserva Territorial, Código Postal 91096, de esta ciudad capital (lugar donde se recibirá la documentación solicitada), con teléfono (01 228) 841 86 00, en horario de 10:00 a 14:00 horas. La documentación e información que se presente para el registro, deberá exhibirse mediante escrito dirigido al Titular del ORFIS, en el que se detalle pormenorizadamente y en el orden señalado en la presente convocatoria, la que se recibirá para su revisión y análisis. VII. PLAZOS La inscripción y refrendo en el padrón, deberá hacerse a partir de la publicación de la presente convocatoria, en la página de Internet del ORFIS, hasta el día 30 de abril del año en curso, sin que se pueda otorgar registro alguno fuera de dicho plazo, por lo que no se aceptarán trámites con carácter de extemporáneo. XALAPA, VER., A 20 DE ENERO DE 2008. AUDITOR GENERAL, TITULAR DEL ÓRGANO DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR DEL ESTADO DE VERACRUZ DE IGNACIO DE LA LLAVE MAURICIO M. AUDIRAC MURILLO 5