ACTA DE PROTOCOLIZACIÓN DE BASES DE SORTEO NÚMERO MIL SETECIENTOS SETENTA Y CINCO. En Madrid, mi residencia, a treinta de mayo de dos mil catorce. Ante mí, IGNACIO PAZ-ARES RODRIGUEZ, Notario de esta Capital y de su Ilustre Colegio. ===================COMPARECE===================== DON JORGE MUÑAGORRI DEL PALACIO, mayor de edad, casado, con domicilio a estos efectos en Madrid, calle Ribera del Loira, 20-22, y con D.N.I./N.I.F. 02548600-Q. ===================INTERVIENE==================== En nombre y representación de la compañía mercantil de nacionalidad española denominada "COCA-COLA IBERIAN PARTNERS, S.A.", con domicilio en Madrid, Torre de Cristal, Paseo de la Castellana 259 C planta 9. Constituida con la denominación de IBÉRICA DE BEBIDAS NO ALCOHÓLICAS, S.A., mediante escritura de fecha tres de octubre de dos mil doce, autorizada por el Notario de Madrid, Don Ignacio Paz-Ares
Rodríguez, con el número 1.874 de orden de su protocolo. Modificados sus estatutos en escritura autorizada por el Notario de Madrid, Don Ignacio Paz-Ares Rodríguez, el día veinte de febrero de dos mil trece, con el número 230 de orden de protocolo. Cambiada su denominación por la que actualmente ostenta mediante escritura autorizada por el Notario de Madrid, Don Ignacio Paz-Ares Rodríguez, el día cuatro de marzo de dos mil trece, con el número 297 de orden de protocolo. Trasladado su domicilio social al actual mediante escritura autorizada por el Notario de Madrid, Don Ignacio Paz-Ares Rodríguez, el día treinta y uno de mayo de dos mil trece, con el número 845 de orden de protocolo. Inscrita en el Registro Mercantil de Madrid, al Tomo 30.349, Folio 135, Hoja M-546.165. Tiene C.I.F número A-86561412. Manifiesta el compareciente que el objeto social de la representada entidad, es la compraventa, fabricación, embotellado, envasado, distribución y comercialización, tanto nacional como internacional, de toda clase de bebidas y productos de alimentación, incluyendo toda clase de
bebidas gaseosas y refrescantes, zumos y néctares o cualesquiera otras bebidas no alcohólicas y, entre ellas, las comercializadas bajo las marcas propiedad de The Coca-Cola Company, así como cualesquiera productos de alimentación con independencia del proceso de conservación de los mismos y, en general, la operación de negocios mercantiles de toda clase relacionados con el cumplimiento de los anteriores objetivos. Si las disposiciones legales exigiesen para el ejercicio de alguna de las actividades comprendidas en el objeto social algún título profesional o autorización administrativa, o la inscripción en Registros Públicos, dichas actividades deberán realizarse por medio de persona que ostente la requerida titulación y, en su caso, no podrán iniciarse antes de que se hayan cumplido los requisitos administrativos exigidos. La Sociedad desarrollará su objeto social directamente, pudiendo, asimismo, realizarlo total o parcialmente de modo indirecto, mediante la titularidad de
acciones o de participaciones en sociedades cuyo objeto sea idéntico o análogo. Su representación y facultades resultan del poder especial conferido a su favor por la Sociedad que representa mediante escritura autorizada por el Notario de Esplugues de Llobregat, Don José Vicente Galdón Garrido, el día 21 de Junio de 2.013, con el número 1.315 de orden de su protocolo, de la que en este acto me exhibe copia autorizada. Me asevera el compareciente la vigencia de su cargo, facultades representativas y la subsistencia de la capacidad jurídica de la entidad que representa, que sigue siendo plena. A la vista del íntegro contenido del reseñado documento de representación, cuya copia autorizada he tenido a la vista, y en cumplimiento del art. 98 de la Ley 24/2001, hago constar que califico y considero a dicho señor, como plenamente legitimado para la formalización de la presente acta, por tener, a mi juicio, facultades suficientes para la formalización de la misma, en las condiciones que se estipulan en este instrumento público. A efectos del art. 4º de la ley 10/2010 de 28 de abril, de prevención de blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo, el
compareciente, que interviene en representación de la sociedad, manifiesta que la entidad por el mismo representada carece de titular real en los términos con que a éste se le define en el referido artículo. Tiene, a mi juicio, el señor compareciente, según interviene, interés legitimo para formalizar la presente acta, y al efecto. ==================ME REQUIERE==================== A mí, el Notario, para que por medio de la presente deje protocolizadas las bases de participación de la promoción organizada por su representada "COCA-COLA IBERIAN PARTNERS, S.A.", denominada "AQUÍ SE VIVE EL FÚTBOL - CONSUMIDOR" y que tiene por objeto el apoyo para la comercialización de las bebidas de formato vidrio retornable de 200 ml. 300 ml. y 350 ml., según corresponda en cada caso, de Coca-Cola; Coca-Cola Zero; Coca-Cola Light, Fanta, Nestea, Aquarius, Sprite y Nordic Mist. Dichas Bases están redactadas en nueve folios de
papel común mecanografiados por ambas caras excepto el último que está mecanografiado solamente por su anverso, que me entrega el señor compareciente en este acto y que están firmadas por él, con firma que el compareciente reconoce como legítima suya. Yo, el Notario, acepto el requerimiento que me ha formulado el señor compareciente y dejo incorporado a esta matriz dicho documento. Yo, el Notario, informo al señor compareciente de la existencia y características del archivo electrónico notarial de bases de concursos y sorteos (ÁBACO) y, en consecuencia, remitiré copia de las citadas bases a la entidad gestora INSTITUTO NOTARIAL PARA TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN, S.L. (INTI), con sede en el Consejo General del Notariado, Paseo General Martínez Campos, 46, 6º, 28010-Madrid. A tal fin, el compareciente acepta expresamente las normas de funcionamiento del archivo, sobre las cuales le informo expresamente. Manifiesta el señor compareciente, según interviene, que la promoción cuyas Bases se protocolizan mediante la presente acta no está sujeta al pago de tasas. Tratamiento datos. De acuerdo con lo establecido en la Ley Orgánica 15/1999 de 13 de
diciembre, de Protección de Datos de carácter personal, el compareciente queda informado y acepta la incorporación de sus datos y los de su representada a los ficheros informatizados existentes en la Notaría, que se conservarán en la misma con carácter confidencial, sin perjuicio de las remisiones de obligado cumplimiento. Leída por mí esta acta, advertido el compareciente de su derecho declara haberla leído íntegramente por sí, y enterado de su contenido, la consiente y firma conmigo el Notario, que doy fe de haberme asegurado de su identidad personal por su documento de identidad reseñado en la comparecencia, de que, a mi juicio, el compareciente, según interviene, tiene capacidad y legitimación suficiente para la formalización de la presente acta (en los términos antes referidos), el consentimiento ha sido libremente prestado, y la formalización de la presente acta se adecua a la legalidad y a la voluntad debidamente informada del
otorgante e interviniente y de todo lo demás contenido en este instrumento público extendido en cuatro folios de papel exclusivo para documentos notariales, números: el del presente, que signo, firmo, rubrico y sello y los tres inmediatos anteriores en orden correlativo, yo, el Notario, doy fe.- Está la firma del compareciente. Signado.- IGNACIO PAZ-ARES RODRIGUEZ.- Rubricados y sellado. Aplicación Arancel. Disposicion Adicional 3ª. Ley 8/89 DOCUMENTO SIN CUANTIA ES COPIA SIMPLE DOCUMENTOS UNIDOS:
ES COPIA SIMPLE ELECTRÓNICA (Con valor meramente informativo)