PROTECCIÓN DE UN TRABAJO DE GRADO CON LICENCIAS LIBRES EN LA UNIVERSIDAD DEL CAUCA Alejandro Ríos Peña Mayo de 2.

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Transcripción:

PROTECCIÓN DE UN TRABAJO DE GRADO CON LICENCIAS LIBRES EN LA UNIVERSIDAD DEL CAUCA Alejandro Ríos Peña <alerios@unicauca.edu.co> Mayo de 2.004 Introducción En este documento, se exponen algunos argumentos que justifican el licenciamiento de un Trabajo de Grado en la Universidad del Cauca bajo el paradigma del Software Libre y se incluyen las modificaciones que fueron realizadas al acta de propiedad intelectual del trabajo de grado «Sistema de Información de Productos y Servicios para Parquesoft Popayán», de los estudiantes Alejandro Ríos Peña y Diego Andrés Asenjo, con el fin de aplicar esta forma de licenciamiento. El Software y las Licencias Libres El software libre consiste en un conjunto de soluciones informáticas que son liberadas bajo distintas licencias, facilitan la reutilización de la experiencia (al estilo del conocimiento científico) y permiten su uso generalizado y a bajo costo. Generalmente, el tipo de licencias utilizadas en el Software Libre tratan de garantizar cuatro libertades básicas: a) Libertad para usar el producto con cualquier propósito, incluidos el académico y el comercial. b) Libertad de distribuir el producto a otras personas. b) Libertad de estudiar el código fuente del producto, es decir, la libertad de saber cómo fue construido y cómo funciona, y poder modificarlo. c) Libertad de distribuir los trabajos derivados de las modificaciones hechas al producto original. Esta forma de licenciar los productos software se ha extendido a una gran variedad de trabajos y productos, como documentos, obras musicales, diseños gráficos, etc. El Software Libre implica un cambio radical de una serie de paradigmas impuestos por la globalización y el afán de lucro de personas y corporaciones en todo el mundo. La libertad de generar, compartir, utilizar y mejorar el conocimiento con el fin de incrementar la calidad de vida de la sociedad, ha sido opacada por el anhelo desmedido de retribuciones económicas, más allá del bienestar colectivo. El Software Libre representa una enorme oportunidad para que países como el nuestro, acorten la brecha de desarrollo que afrontan respecto al mundo industrializado, a través de una nueva economía fundamentada en el conocimiento. El Software es una industria

cuyo principal insumo es el talento humano, es limpia y rentable, respetuosa con los recursos naturales, con costos de producción mínimos y altos beneficios económicos. La Universidad y El Software Libre Muchas universidades del mundo han sido capaces de desprenderse de las retribuciones económicas por la explotación de su producción intelectual, pasando a preocuparse por el cumplimiento de sus propósitos más altos, como la apropiación, creación, estudio y difusión del conocimiento para que éste contribuya efectivamente al mejoramiento del bienestar de la sociedad. Uno de los ejemplos más impresionantes es el de la Universidad de Berkeley, en los Estados Unidos, donde se han desarrollado innumerables programas bajo la popular licencia BSD, incluidos el sistema operativo openbsd, el servidor de nombres de domino BIND y el motor de bases de datos PostgreSQL, entre otros. En el «Libro Blanco del Software Libre en España 2.003» [1], encontramos algunas de las razones que justifican la adopción del software libre en las universidades y, especialmente, en los países subdesarrollados: «A nivel institucional, tres ventajas de la utilización del software libre son claves: En primer lugar, el Software libre es más adecuado que el software propietario para entornos académicos al ser más fiable, robusto y seguro. Y no es una casualidad, sino consecuencia de su desarrollo abierto. En segundo lugar, su bajísimo costo permite localizar recursos financieros en otras áreas que mejorarían enormemente la utilidad pública de la Universidad (infraestructura, becas, apoyo a la investigación, etc). En tercer lugar, al demandar menores recursos computacionales, se extiende la vida útil de los equipos informáticos tanto de la Universidad como de los propios estudiantes, evitando ciclos rápidos de obsolescencia y optimizando así las inversiones realizadas. «A nivel académico, el Software Libre refleja mucho mejor los valores tradicionales de la investigación universitaria desde su propia definición de "libre": libertad para analizar cómo trabaja un programa y adaptarlo a nuestras necesidades, libertad para mejorar un programa y compartir con otros las adaptaciones, beneficiando así a toda la comunidad.» «El acceso al conocimiento profundo de los sistemas informáticos, la posibilidad de mejorarlos, usarlos y redistribuirlos sin impedimentos proporciona la mejor garantía para que el país crezca tecnológicamente y se haga independiente en este sentido. Esto asegura la disponibilidad de buenos técnicos locales y, por lo tanto, una mayor probabilidad de que sus problemas se resuelvan más rápidamente. «Cuando se habla de crecimiento tecnológico no se habla solo de informática. La flexibilidad que proporciona el software libre hace que se aceleren los procesos científicos, industriales y comerciales de otras áreas puesto que esa capacidad de

modificación sin limitaciones hace que los propios usuarios, que son lo que realmente conocen el problema a resolver, intervengan de forma determinante en la búsqueda de su solución. «La capacidad que el Software Libre tiene de ser tratado como un ente científico, con posibilidades de difusión y postulado de hipótesis, antítesis y síntesis sin restricciones legales hace que sea extremadamente interesante para nuestros investigadores informáticos y de cualquier otra área. Así, las universidades y cualquier otra entidad con capacidad investigadora (o cualquier persona que lo desee) puede realizar grandes aportaciones a la mejora de la técnica tan solo con licenciar su software como GPL, lo que proveerá de una protección de que su software siempre será libre frente a los continuos intentos fagocitadores de las empresas multinacionales. A nivel metodológico, se quiebra el paradigma neoliberal de maximización del beneficio individual, sustituyendo la competición por la sinergia, esto es, por la convergencia de esfuerzos individuales en pro de un objetivo común. Se rompe un monopolio mental según el cual más tenemos cuanto más guardamos para nosotros mismos, donde las resultados de una investigación (o de un desarrollo de software) no están sometidos al escrutinio público ni a mecanismos abiertos de mejora. El Acta de Propiedad Intelectual Al realizar el anteproyecto del trabajo de grado, los estudiantes, el director del proyecto y la Universidad, representada por el decano de la Facultad, firman un acta donde se estipuan las condiciones para el desarrollo y posible usufructo del proyecto. El acta se basa en el acuerdo número 008 del 23 de Febrero de 1999, del Consejo Superior de la Universidad del Cauca, donde se estipula todo lo concerniente a la producción intelectual en la Institución. La modificación al Acta de Propiedad Intelectual realizada con el fin de proteger la producción del trabajo de grado con licencias libres, radica en la adición de los siguientes tres (3) artículos: «Art. 10.-Los estudiantes, el docente y la Universidad acuerdan proteger todos los documentos generados durante el desarrollo del proyecto bajo la Licencia para Documentación Libre FDL 1 (por sus siglas en inglés Free Documentation «Art. 11.-Los estudiantes, el docente y la Universidad acuerdan proteger todos los programas de computador generados durante el desarrollo del proyecto bajo 1 http://www.gnu.org/copyleft/fdl.html y una traducción no oficial de ella en el sitio http://gugs.sindominio.net/licencias/fdl- es.html

la Licencia Pública General GPL 2 (por sus siglas en inglés General Public «Art. 12.-Los estudiantes, el docente y la Universidad acuerdan proteger todos las metodologías generadas durante el desarrollo del proyecto bajo la Licencia para Metodologías Abiertas OML 3 (por sus siglas en inglés Open Methodology Universidad del Cauca». Estas modificaciones se sustentan en lo dispuesto en el artículo 29 del acuerdo 008 del 23 de febrero de 1999 expedido por el Consejo Superior de la Universidad del Cauca, que se transcribe a continuación: «ARTICULO 29. PUBLICACIÓN, PATENTE, REGISTRO Y COMERCIALIZACIÓN DE LA PRODUCCIÓN «Cuando la Universidad del Cauca tenga derechos patrimoniales sobre la propiedad intelectual, tendrá preferencia para tramitar la solicitud de registro, o de patente, así como para divulgar y para comercializar los resultados, dentro del año siguiente a la finalización del trabajo, o del informe final, si lo hubiere. «Con todo, los partícipes podrán realizar a iniciativa propia tales actividades cuando así lo convengan con la Universidad, caso en el cual los beneficios de ésta, establecidos en el acta correspondiente, se reducirán a la mitad. «Quienes adelanten el tramite quedan obligados a rendir a la Universidad informes sobre las licencias o sobre cualquier tipo de contratación que realicen con terceros. «Cuando la solicitud de patente o de registro deba iniciarse en países cuya legislación no permite como solicitante a una persona jurídica, la Universidad tramitará la patente o el registro a nombre de los integrantes del equipo de investigación, previo convenio entre las partes en el cual se regulen la participación de ellas en los beneficios. «La misma regla se seguirá para las patentes o registros que se formulen en comunidad entre la Universidad y los partícipes.» 2 http://www.fsf.org/licenses/gpl.html y una traducción no oficial de ella en el sitio http://www.garaitia.com/new/gpl- spanish.php 3 http://www.isecom.org/oml.shtml y una traducción no oficial de ella en el sitio http://www.isecom.org/oml- es.shtml

Referencias [1] Artículo: "Software Libre en la Universidad". Libro Blanco del Software Libre en España. http://www.libroblanco.com/ [2] Acuerdo número 008 del 23 de Febrero de 1999, del Consejo Superior de la