Quién puede solicitarlo? Cuándo solicitarlo? Dónde dirigirse? Qué se debe presentar? Cómo solicitarlo? Sanciones Información complementaria Fuentes jurídicas y/o documentales Impresos asociados Enviar a un amigo Teléfono de Información 012 Última modificación: 14/06/2006 Qué se puede solicitar? NOMBRE DEL PROCEDIMENTO Inscripción y renovación en el Registro de empresas instaladoras o mantenedoras de calefacción y agua caliente sanitaria, y en el Registro Industrial. OBJETO DEL PROCEDIMENTO - Inscripción en el Registro de empresas instaladoras o mantenedoras de calefacción y agua caliente sanitaria. - Inscripción en el Registro Industrial, simultánea o separadamente al anterior. - Renovación, modificación, traslado o cambio de titularidad de la empresa. - Alta de empresas de otras Comuninades Autónomas. Quién puede solicitarlo? SOLICITANTES El titular de la empresa o su representante legal. Tasas - Alta de empresa instaladora: Tasa por los primeros 6.635,77 euros de presupuesto de maquinaria y equipo - 40,55 Por cada 6.635,77 euros más o fracción - 10,69 Certificados ó DCE. Cada uno - 20,38 - Modificación de datos del registro industrial de una empresa: Tasa por los primeros 6.635,77 euros de presupuesto de maquinaria y equipo - 40,55 Por cada 6.635,77 euros más o fracción - 10,69 - Cambios de titularidad - 27,25 - Renovación de empresa instaladora: 6,99 - Alta empresa instaladora de otra comunidad: 20,38 http://www.prop.gva.es/reportes/expdc.asp?id=403 (1 de 5)10/01/2007 13:16:48
Cuándo solicitarlo? Durante todo el año Dónde dirigirse? - En los registros de los órganos administrativos a que se dirijan o ante cualquier órgano administrativo que pertenezca a la Administración General del Estado, a la de cualquier administración de las Comunidades Autónomas, o a la de alguna de las entidades que forman la Administración Local si, en este último caso, se hubiera suscrito el oportuno convenio, así como en las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero. - También en cualquier oficina de Correos. En este caso se deberá presentar en sobre abierto para que se pueda estampar el sello y la fecha en el impreso de solicitud y en la copia. - Y, preferentemente, en: ALICANTE C/ CHURRUCA, 29-03003 ALACANT/ALICANTE Teléfono: 012 CASTELLÓN C/ CABALLEROS, 8-12001 CASTELLÓ DE LA PLANA/CASTELLÓN DE LA PLANA Teléfono: 012 VALENCIA C/ GREGORIO GEA, 27 (PROP 1) - 46009 VALENCIA Teléfono: 012 Qué se debe presentar? INSCRIPCIÓN DE LA EMPRESA EN EL REGISTRO - Carnets de personas con certificados de cualificación individual. RENOVACIÓN DE INSCRIPCIÓN DE LA EMPRESA - Carnets de personas con certificados de cualificación individual, en su caso. ALTA DE EMPRESA DE OTRA COMUNIDAD - Carnets de personas con certificados de cualificación individual. Cuando en el carnet de instalador no se especifique el número y la letra del DNI de éste, deberá aportarse la fotocopia del documento. - Documento de Calificación Empresarial o certificado de la empresa instaladora de la comunidad autónoma de origen. http://www.prop.gva.es/reportes/expdc.asp?id=403 (2 de 5)10/01/2007 13:16:48
- Certificado de inscripción y no sanción en el Registro de Empresas de la comunidad autónoma respectiva. MODIFICACIÓN O TRASLADO CAMBIO DE TITULAR - Carnets de personas con certificados de cualificación individual. - Justificante del cambio de titularidad, liquidación del impuesto correspondiente (modelo 600). Cómo solicitarlo? TRÁMITES INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO DE EMPRESAS Y EN EL REGISTRO INDUSTRIAL (SIMULTÁNEA O SEPARADAMENTE) - Si se solicita también la inscripción en el Registro Industrial y la documentación es correcta, se inscribe la empresa en dicho Registro y en el Registro de Empresas, expidiéndose el Documento de Calificación Empresarial o Certificado de Empresa, según los casos. Se emitirá un documento por cada especialidad. - Caso de no haberse solicitado la inscripción en el Registro Industrial (ya que se tienen tres meses desde el alta en el Registro de Empresas para realizarse dicha inscripción), se procederá de la forma señalada anteriormente, inscribiéndose la empresa únicamente en el Registro de Empresas y expidiéndose el Documento de Calificación Empresarial o Certificado de Empresa, según los casos. Se emitirá un documento por cada especialidad, cuya fecha de caducidad será de tres meses. - Si transcurridos los tres meses desde la inscripción en el Registro de Empresas no se solicita la inscripción en el Registro Industrial, se iniciará procedimiento sancionador. - Solicitada la inscripción en el Registro Industrial y pagada la tasa, si la documentación es correcta se dará de alta la empresa y se expedirá el Documento de Calificación Empresarial o Certificado de Empresa nuevo, dándole ya el plazo de caducidad que indica la normativa correspondiente. Se emitirá un documento por cada especialidad. Si la documentación no es correcta, se remitirá un escrito al interesado concediéndosele un plazo de diez días para subsanar las deficiencias y proseguirse la tramitación anteriormente descrita; caso de no producirse la subsanación, se archivará el expediente. RENOVACIÓN DE INSCRIPCIÓN DE LA EMPRESA - Si la documentación es correcta, se hacen las anotaciones correspondientes en el Registro de Empresas, expidiéndose el nuevo Documento de Calificación Empresarial o Certificado de Empresa, según los casos. Se emitirá un documento por cada especialidad. MODIFICACIÓN, CAMBIO DE TITULAR O TRASLADO http://www.prop.gva.es/reportes/expdc.asp?id=403 (3 de 5)10/01/2007 13:16:48
- Si la documentación es correcta, se hacen las anotaciones correspondientes en el Registro Industrial y en el Registro de Empresas, en su caso, expidiéndose el Documento de Calificación Empresarial o Certificado de Empresa, en los casos en que se modifique algún dato que conste en el documento. Se emitirá un documento por cada especialidad. ALTA DE EMPRESA DE OTRA COMUNIDAD AUTÓNOMA - Si la documentación es correcta, se inscribe en el Registro de Empresas poniendo el plazo de caducidad que indique el certificado de la Comunidad Autónoma de origen y se expide el Certificado de habilitación con plazo de validez de un año, excepto si el certificado de origen indica un plazo menor, expidiéndose por este último. RENOVACIÓN DE EMPRESA DE OTRA COMUNIDAD AUTÓNOMA - No existe renovación para empresas de otras Comunidades Autónomas. Han de volver a darse de alta por un año, o por un plazo menor si el certificado de origen así lo indica. RECURSOS QUE PROCEDEN CONTRA LA RESOLUCIÓN Recurso de alzada ante la Dirección General de Seguridad Industrial y Consumo, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de la notificación, si el acto fuera expreso, o en el plazo de tres meses a partir del día siguiente a aquel en que se produzcan los efectos del silencio administrativo. Sanciones Las que establece la Ley 12/1992 de 16 de julio, de Industria (BOE de 23/7/92) y los reglamentos correspondientes. Información complementaria - La renovación del certificado empresarial de las empresas instaladoras y/o mantenedoras/ conservadoras se realizará cada cinco años. - La renovación deberá realizarse antes de que caduque la inscripción, si se pasa el plazo la empresa no podrá pasar los boletines por Industria. - Las empresas instaladoras y/o mantenedoras-reparadoras de calefacción y agua caliente sanitaria tienen dos categorías: A y B. * POLIZA DE RESPONSABILIDAD CIVIL - Importe 218.822,25 Fuentes jurídicas y/o documentales - Real Decreto 1751/1998, de 31 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Instalaciones Técnicas en los Edificios (RITE) y sus Instrucciones Técnicas Complementarias (ITE) y se crea la Comisión Asesora para las Instalaciones Térmicas de los Edificios (BOE nº 186, de 5/8/98). - Orden de 15 de mayo de 1998, de la Conselleria de Empleo, Industria y Comercio, por la que se establece un plazo uniforme para la renovación de documentos de calificación empresarial o certificados de empresa en ciertas actividades de instalación, mantenimiento y conservación industrial (DOGV nº 3255, de 2/6/98). Ver Orden de 15 de mayo de 1998 http://www.prop.gva.es/reportes/expdc.asp?id=403 (4 de 5)10/01/2007 13:16:48
La Generalitat Valenciana desea que esta información le sea de utilidad La presente información tiene exclusivamente carácter ilustrativo, por lo que no originará derechos ni expectativas, ni vinculará con el procedimiento a que se refiere, cuya tramitación se sujetará siempre a las instrucciones específicas http://www.prop.gva.es/reportes/expdc.asp?id=403 (5 de 5)10/01/2007 13:16:48