ÚLTIMAS MEJORAS IMPLEMENTADAS AL SISTEMA

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Transcripción:

ÚLTIMAS MEJORAS IMPLEMENTADAS AL SISTEMA Estimados usuarios, el presente documento es para informarles las mejoras implementadas en la nueva versión del REDEN@VES Electrónico II RD II que entró en funcionamiento el día 02 del presente mes de Agosto, a partir de las 02:00 p.m. horas. 1. Cambio de Agencia. 2. En la opción adjuntar documentos se agregó La declaración jurada y posterior ingreso del pago. 3. Se agregó el ingreso de Localidades de procedencia y destino solo para los puertos de Iquitos, Pucallpa y Yurimaguas. 4. Se agregó la validación para el caso en que se realice la tercera rectificación al ETD luego de que el agente hizo envío de la Solicitud de Despacho. 5. Se agregó la validación para el caso en que se realice una rectificación posterior a la tercera rectificación al ETD por parte del agente marítimo. 1. La opción para adjuntar documentos, específicamente recibos de pago posterior a la autorización para el arribo o zarpe de la nave, estará habilitado para que el agente marítimo pueda adjuntar el recibo de pago siempre y cuando previamente al momento de enviar la confirmación de arribo o solicitud de despacho respectivo allá adjuntado una declaración jurada firmada por su representante legal, siempre que se encuentre debidamente acreditado ante la Autoridad Portuaria. El DUE se encuentra en estado arribo autorizado, sin embargo dado que el agente al momento de enviar la Declaración General de Arribo adjuntó la declaración jurada donde se le obliga a realizar el pago correspondiente el primer día útil siguiente Se visualiza el botón Adjuntar Documento en el cual se procederá a adjuntar el recibo de pago, previamente debió de haber adjuntado la declaración jurada indicada.

Declaración General Arribo: Se puede visualizar que anteriormente el agente adjunto la declaración jurada de pago respectivo.

Solicitud de Despacho: Se visualiza el botón Adjuntar Documento en el cual se procederá a adjuntar el recibo de pago, previamente debió de haber adjuntado la declaración jurada indicada.

2. Se agrego la opción Cambio de Agencia cuya funcionalidad permitirá que un DUE pueda ser cambiada a una nueva agencia. El cambio de agencia se podrá ejecutar tanto para anuncio de arribo como para el anuncio de zarpe (El DUE no puede estar en estado Despachado ni Zarpe autorizado ) en caso de un convoy solo será para el zarpe de la nave Luego de haber ejecutado la opción cambio de agencia se mostrará una ventana con la siguiente información a ingresar: Agencia: Es la nueva agencia que estará a cargo del DUE. En caso el agente desconozca la nueva agencia entonces deberá seleccionar el valor Agencia Desconocida. Fecha de Agenciamiento: Es la fecha a partir de la cual la agencia actual dejará de agenciar el DUE. El agente solo podrá modificar cualquier valor de la pantalla mostrada hasta que la fecha actual sea menor o igual a la fecha de agenciamiento.

NOTA: Para el caso de un convoy de salida solo se deberá seleccionar una sola DUE y automáticamente se procesa todas las naves asociadas a dicho convoy. Luego que la fecha actual sea mayor a la Fecha de Agenciamiento, el agente que estaba a cargo de la DUE no podrá visualizarla en su bandeja, automáticamente dicho DUE solo aparecerá en la opción Procesos/Cambio de Agencia de la nueva agencia, en el caso que el agente seleccionó Agencia Desconocida entonces el DUE podrá ser visualizada por todas las agencias. Una vez visualizada el DUE en la opción mencionada anteriormente el nuevo agente deberá aceptar el Cambio de Agencia para poder ser visualizada en su bandeja respectiva. Los campos a continuación son los que se mostraran: DUE: Es el numero de DUE que esta en proceso del cambio de agencia. RUC Agente Emisor: Es la agencia que dejara de agenciar el DUE. Fecha Agente Emisor: Es la fecha a partir de la cual el DUE dejara de estar a cargo de la agencia Emisora. RUC Agente Receptor: Es la nueva agencia que agenciara la DUE especifica. Fecha Agente Receptor: Es la fecha a partir de la cual la DUE pasara a ser agenciada por una nueva agencia. NOTA: Para el caso de un convoy solo se deberá seleccionar una sola DUE y automáticamente se procesa todas las naves asociadas a dicho convoy. Luego que el agente ejecute la opción Aceptar cambio de agencia se mostrará la ventana con la siguiente información a ingresar: Fecha de Agenciamiento: Es la fecha a partir de la cual la nueva agencia estará a cargo de el DUE. Solo las entidades podrán visualizar los cambios de agencia para una DUE específica. Para las DUEs que tuvieron un cambio de agencia se activara automáticamente un Link en la columna Agente tal como muestra la siguiente figura.

Haciendo click en el link anterior se mostraran los datos del cambio de agencia tal como muestra en la pantalla siguiente: 3. Se agrego el ingreso de Localidades de procedencia y destino solo para los puertos de Iquitos, Pucallpa y Yurimaguas. Opciones para el ingreso de Localidades

Ingreso de Localidades de Procedencia y Destino. Las localidades de Procedencia también podrán ser modificadas en el Documento de Declaración General tal como se muestra en la siguiente pantalla.

Las localidades de Destino también podrán ser modificadas en el Documento de Solicitud de Despacho tal como se muestra en la siguiente pantalla. 4. Se agregó la validación para el caso en que se realice la tercera rectificación al ETD luego de que el agente hizo envío de la Solicitud de Despacho. Si se diera el caso de una tercera rectificación, el sistema permitirá dar opinión y aprobación por parte del personal de APN, por ser esta última una excepción que deberá ser justificada y aprobada por éste personal para que proceda. Para el caso del Agente: Si el agente realiza una tercera rectificación del ETD (luego de haber enviado la Solicitud de despacho con anterioridad confirmando el zarpe) el sistema emitirá un mensaje al agente al momento de realizar la rectificación. La siguiente figura muestra el mensaje señalado.

Luego que el agente realizo la tercera rectificación, el sistema enviara correo electrónico a la agencia y al personal del APN. El mensaje que se enviara será el siguiente: SE MODIFICO EL DOCUMENTO UNICO DE ESCALA CLL 2011 001583.SE REALIZÓ RECTIFICACION AL ETD. RECTIFICACION NRO: 3. El agente tendrá que esperar a que el personal de APN emita nuevamente una opinión favorable o desfavorable respecto a ello. Finalmente se puede observar en el reporte de seguimientos la tercera rectificación realizada por el agente en cual se muestra el tipo de Operación al ETD y el ETD modificado. Para el caso del Personal del APN: El sistema permitirá que el usuario vuelva a emitir nuevamente la opinión correspondiente a pesar de que antes de la tercera rectificación realizada por el agente ya se halla emitido una opinión favorable por lo tanto la opción para opinar quedara habilitada nuevamente. Como consecuencia de la tercera rectificación realizada por el agente, el sistema registrara un tipo de seguimiento ENVIADO e indicara como mensaje de observación lo siguiente

Realizada la emisión de la opinión por parte del personal del APN se procede con el actual proceso definido. Finalmente se puede observar en el reporte de seguimientos que producto de la tercera rectificación realizada por el usuario, se esta mostrando en la trazabilidad un tipo de Seguimiento ENVIADO con el mensaje de observación tal como se muestra en la siguiente figura 5. Se agregó la validación para el caso en que se realice una rectificación posterior a la tercera rectificación al ETD por parte del agente marítimo. Después de la tercera rectificación, el sistema no aceptará otra rectificación, archivando todo el trámite de despacho en una carpeta, debiendo proceder el agente marítimo o representante a efectuar un nuevo anuncio utilizando el mismo DUE adjuntando a la documentación anterior el nuevo recibo de pago.

Para el caso del Agente: Si el agente realiza una rectificación adicional (luego de haber enviado la Solicitud de despacho con anterioridad confirmando el zarpe) el sistema emitirá un mensaje al agente al momento de realizar la rectificación. La siguiente figura muestra el mensaje señalado. Luego que el agente realizó la rectificación adicional, el sistema enviará correo electrónico a la agencia y al personal del APN. El mensaje que se enviara será el siguiente: SE MODIFICÓ EL DOCUMENTO UNICO DE ESCALA CLL 2011 001583.SE REALIZÓ RECTIFICACION AL ETD. RECTIFICACION ADICIONAL DEBE DE ENVIAR NUEVAMENTE LA SOLICITUD DE DESPACHO UTILIZANDO EL MISMO DUE Y ADJUNTANDO EL NUEVO RECIBO DE PAGO. El agente tendrá que enviar nuevamente la Solicitud de Despacho adjuntando el nuevo recibo de pago para que el personal de APN emita nuevamente una opinión respecto a ello. Por este motivo la pestaña SOLICITUD DE DESPACHO queda nuevamente habilitada para volver a REENVIAR. En este caso como es un trámite nuevo, puede realizar las rectificaciones normadas

Finalmente se puede observar en el reporte de seguimientos la cuarta rectificación realizada por el agente en cual se muestra el tipo de Operación al ETD y el ETD modificado.

Para el caso del Personal del APN: El sistema permitirá que el usuario vuelva a emitir nuevamente la opinión correspondiente a pesar de que antes de la cuarta rectificación realizada por el agente ya se halla emitido una opinión favorable por lo tanto la opción para opinar quedara habilitada nuevamente. Como consecuencia de la rectificación adicional realizada por el agente, el sistema registrara AUTOMATICAMENTE un tipo de seguimiento OPINADO e indicara como mensaje de observación lo siguiente Finalmente se puede observar en el reporte de seguimientos que producto de la cuarta rectificación realizada por el usuario, se esta mostrando en la trazabilidad un tipo de Seguimiento OPINADO con el mensaje de observación tal como se muestra en la siguiente figura

Requerimientos: 5. Navegador de Internet (Google Chrome, Mozilla Firefox o Internet Explorer Versión 8.0 ) 6. Borrar todos los temporales del navegador. Internet Explorer: Opción Herramientas Botón Eliminar y Aceptar Mozilla Firefox: Opción herramientas/limpiar el historial reciente Botón Limpiar Ahora

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